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Anulan títulos expedidos en Bahía de Las Águilas

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ABOGADOS DE ADQUIRIENTES DE TERRENOS APELARÁN SENTENCIA

Juicio. Tras ser anulados ayer todos los títulos de propiedad expedidos a favor de particulares en miles de metros cuadrados en Bahía de las Águilas, el Estado venció en una litis de 17 años.

Juicio. Tras ser anulados ayer todos los títulos de propiedad expedidos a favor de particulares en miles de metros cuadrados en Bahía de las Águilas, el Estado venció en una litis de 17 años.

La jueza de la Octava Sala del Tribunal de Tierras de la Jurisdicción Original del Distrito Nacional anuló ayer todos los  títulos de propiedad expedidos a favor de particulares en miles de metros cuadrados de terrenos en Bahía de las Águilas, por lo que ahora regresan a la propiedad exclusiva del Estado dominicano.

La magistrada Alba Beard Marcos  declaró nulas y sin ningún efecto jurídico las transferencias, operaciones inmobiliarias, deslindes, subdivisiones, refundiciones y cualquier operación o transacción realizada desde el alo 1990 a la fecha.

En la sentencia, que consta de 300 páginas y cuya lectura emepezó a las 11 de la mañana y concluyó pasadas las 3:00 de la tarde, el tribunal alega que hubo un concierto de voluntades para defraudar al Estado dominicano.

La magistrada Beard Marcos citó como ejemplo que una resolución fue emitida el mismo día y también se hizo una carta constancia y la transferencia, “produciendo un fraude colosal en contra del Estado Dominicano”.

Aduce, además,  que los documentos presentados como títulos de propiedad no otorgan titularidad, pues son fraudulentos y hay contradicciones en los títulos y las constancias de estos.

La magistrada consideró que los 1,200 títulos de propiedad emitidos a favor de unos 600 presuntos campesinos en terrenos ubicados en Bahía de las Águilas, Pedernales, durante la gestión de Jaime Rodríguez Pimentel al frente del Instituto Agrario Dominicano (IAD, se hizo de manera irregular.

Apelarán decisión
De su lado, los abogados que representaron a los adquirientes de los terrenos en Bahías de Las Águilas consideraron que la referida sentencia ha violentado todo el derecho de propiedad, por lo que adelantaron la recurrirán en apelación, por entender que no se sostiene jurídicamente.

Alegan que la jueza suplió de oficio pruebas que les correspondían aportar a las partes. “Estamos dentro de un derecho; este litigio era de carácter privado y entonces eran las partes las que tenían que suministrar las pruebas”.

Sostienen que la jueza, para anular los títulos de propiedad, “utilizó una certificación que ella misma, en su propia sentencia, la descalificó y desechó, y luego la tomó como suya, para alegar que existía una oposición inscrita de la transferencia, además de que anuló derecho de forma general”.

Procurador aplaude sentencia
De su lado, el procurador general de la Republica, Francisco Domínguez Brito, aplaudió la decisión del tribunal y destacó la profesionalidad y valentía con la que la jueza Beard Marcos asumió el caso.

“Ahora lo más importante para nosotros es que esos terrenos pasen al Estado dominicano para que se implemente un plan maestro que convierta a la provincia de Pedernales en un gran polo turístico y de desarrollo como se registra  en las regiones Este y Norte del país”, dijo el Procurador.

Agregó que “la voluntad y el esfuerzo  finalmente brindaron sus frutos”, para que los terrenos de Bahía de Las Águilas retornaran al control del  Estado dominicano, luego de casi dos décadas de lucha.

Destacó también, “la sabia y oportuna decisión del presidente Danilo Medina de permitir que este caso fuera ventilado por la justicia dominicana”, que a su juicio, “ha sido la estafa más escandalosa en materia inmobiliaria del país”.

 Esta victoria tiene nombres muy especiales, dijo Domínguez Brito, quien reconoció, “el coraje y la lucha constante de nuestra querida Piky Lora, para que esos terrenos pasaran a ser patrimonio del Estado dominicano”.

Fiscal califica de excelente
Mientras que la fiscal del Distrito Nacional, Yeni Berenice Reynoso calificó de excelente la sentencia dictada por la jueza Marcos, la que a su juicio pone de manifiesto el mayor fraude inmobiliario cometido en contra del Estado Dominicano.

“Esa decisión del tribunal no solo deja como consecuencia la nulidad, sino que se establece de forma clara que hubo un concierto de voluntades para defraudar al Estado Dominicano y de ahí es que nosotros hemos insistidos en reiteradas ocasiones que en ese proceso hay muchas personas que no han sido procesado penalmente y la sentencia dictada ahora evidencia que hay que procesarlo y dar cuenta ante la justicia penal de su actuación ilícita”, apuntó la fiscal.

listindiario.com

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JCE presenta plataforma digital del Observatorio de Participación Política de las Mujeres

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Santo Domingo, R.D.-La Junta Central Electoral (JCE), a través de la Comisión de Políticas de Igualdad de Género de la institución, presentó a la ciudadanía a través de sus redes sociales la plataforma digital del Observatorio de Participación Política de las Mujeres, espacio que estará integrado en la página de la institución.

Mediante un comunicado, la JCE explicó que el observatorio tiene como finalidad asesorar, diseñar, implementar, desarrollar y evaluar las acciones orientadas a fomentar la participación de las mujeres en la política.

Asimismo, indicó que esta iniciativa, que se encuentra bajo la coordinación de la miembro titular del Pleno y coordinadora de la Comisión de Políticas de Igualdad de Género, Dolores Fernández, es una plataforma que busca recopilar, analizar y visibilizar información sobre los avances, brechas y desafíos de la participación política femenina en República Dominicana.

Además, destacó que el observatorio funciona como una herramienta dinámica de estadísticas interactivas que permite conocer la evolución de la participación política de las mujeres en el país y a través de sus secciones, se podrán explorar datos sobre: candidaturas y cargos electos, participación en los partidos políticos, concurrencia electoral por sexo y participación de mujeres en juntas y colegios electorales.

La misión de este observatorio es, en primer lugar, analizar los niveles de cumplimiento de metas y objetivos nacionales e internacionales en torno a la igualdad de género en materia de representación política y, en segundo lugar, motivar e impulsar la participación paritaria de las mujeres en la toma de decisiones.

Entre los objetivos de esta propuesta, figuran: generar información cuantitativa y cualitativa sobre la representación política de mujeres y hombres en el ámbito nacional; medir los niveles de cumplimiento de metas y objetivos internacionales en torno a la igualdad de género; visibilizar avances de igualdad de género en los partidos políticos y aportar datos que sirvan para elaborar insumos claves para el análisis, la formulación de propuestas y el diseño de estrategias de incidencia política.

Asimismo, procura fortalecer las políticas públicas de igualdad, promover la paridad y la representación política equitativa, garantizar los derechos políticos de las mujeres e impulsar acciones para prevenir y erradicar la violencia política hacia las mujeres.

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Telemicro: TSA indicó que Indotel actuó de forma precipitada al asignar frecuencia del Canal 3

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Santo Domingo, R.D.-El Grupo Telemicro reaccionó al fallo judicial del Tribunal Superior Administrativo (TSA) sobre la asignación de la frecuencia del canal 3 VHF. En un documento indicó que la Tercera Sala del Tribunal Superior Administrativo (TSA) reconoció que el Instituto Dominicano de las Telecomunicaciones (Indotel), en su rol de autoridad para la gestión del espectro radioeléctrico, actuó de forma «imprudente y precipitada» al asignar el Canal 3 digital a favor de Franasyn, S.R.L., mediante la Resolución núm. 132-2024 dictada el 14 de noviembre de 2024.

Indicó que el tribunal estableció, luego del análisis de las pruebas aportadas por las partes en el litigio sobre el Canal 3 en la banda VHF, que el «regulador (Indotel) tenía pleno conocimiento de que existía un proceso judicial abierto sobre el derecho de uso y explotación de esa frecuencia».

«El órgano apuntó que, en tales circunstancias, esa entidad encargada de gestión radioeléctrica debía actuar con la debida prudencia y observar el principio de realizar una buena administración, absteniéndose de adoptar decisiones que pudieran incidir en el proceso, como lo fue asignar el Canal 3 a favor de un tercero, en este caso la sociedad Franasyl. S.R.L.», dice un documento enviado por la Corporación de Televisión y Microondas Rafa, S.A. (Telemicro).

Derechos de Franasyl

La Tercera Sala del TSA reconoció la legitimidad de los derechos alegados por Franasyl, S.R.L. en torno al Canal 3 virtual y declaró válida su intervención voluntaria en el proceso.

En su decisión, el tribunal rechazó en todas sus partes el recurso contencioso administrativo interpuesto por Telemicro y confirmó íntegramente la Resolución núm. 080-2022 emitida por el Indotel.

La sentencia se produce tras el reenvío ordenado por la Suprema Corte de Justicia mediante la decisión SCJ-TS-25-0203, que instruyó una nueva valoración del caso después de identificar un vicio de desnaturalización de los hechos en un fallo anterior.

  • Telemicro buscaba que la justicia anulara la resolución del Indotel alegando derechos adquiridos sobre el Canal 3 VHF derivados de una comunicación emitida por el órgano regulador en 2004.

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Senado contra la pared con el CPP: aprobar o rechazar

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Santo Domingo, R.D.-El Senado de la República conocerá este viernes en única discusión el proyecto de ley del nuevo Código Procesal Penal, con las decenas de modificaciones que hizo la Cámara de Diputados y la opción de aprobar o rechazar el documento.

El pleno senatorial deberá decidir “lo más rápido posible”, debido al plazo que le otorga el Tribunal Constitucional en la sentencia 0765/24. En su fallo, emitido el 6 de diciembre de 2024, la alta corte declaró nula la Ley 10-15, que modifica el Código Procesal Penal del 2002, y dio un año al Congreso Nacional, hasta el 11 de este mes, para tener listo un nuevo marco legal.

La pieza de ley que estudian los congresistas generó fuertes debates en la Cámara de Diputados mientras era conocida, por artículos que tienen que ver con las facultades del Ministerio Público (MP) en los procesos, como los de peritajes. Uno de ellos es el artículo 211, sobre el nombramiento de peritos.

La moción de Pacheco y Díaz, que es similar a la versión que llegó del Senado, consiga tres párrafos, en el que establecen que los peritos en cualquier otro momento son nombrados, mediante resolución motivada, por el juez o tribunal, a propuesta de parte; el número de peritos es determinado según la complejidad de las cuestiones a plantear, considerando las sugerencias de las partes; y el dictamen o la resolución que ordena el peritaje fija con precisión las razones que lo motivan, su objeto y alcance, así como el plazo para la presentación de dichos dictámenes.

El Procesal Penal vigente no condiciona el nombramiento del perito por el Ministerio Público a que no sea “anticipo jurisdiccional”. Dice, más bien, que durante la etapa preparatoria los nombra el Ministerio Público.

Ejecución del peritaje

Amado Díaz propuso también -siendo acogida por la mayoría-, modificar el artículo 215 del nuevo Código, que trata sobre la ejecución del peritaje, para agregar al MP, quien había sido dejado fuera de ese apartado en la aprobación en primera discusión. Se estableció que el órgano persecutor, juez o tribunal que ha dispuesto el peritaje, resuelva todas las cuestiones que se planteen durante su realización.

La CD modificó el artículo 48 de la pieza

Otro punto de debate en los diputados fue el de la interrupción de la prescripción, artículo 48, numeral 1, uno de los que se quejó Eugenio Cedeño. La Cámara modificó dicho apartado -al dejar quitar la frase “presentada por el Ministerio Público”, para que diga que la prescripción se interrumpe por: la imposición de medida de coerción; la presentación de la acusación; y el pronunciamiento de la sentencia, aunque sea revocable.

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