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Opinión

Eduardo Galeano y el abril dominicano de 1965

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El coronel Caamaño se moja la cara y sale de la embajada. Camina mirando al suelo. Atraviesa el humo de los incendios, humo espeso, que hace sombra, y se mete en el aire alegre del día y vuelve a su puesto al frente de la rebelión.

HAMLET-HERMANN1Ahora que se cumple medio siglo de la lucha del pueblo dominicano contra el invasor militar de Estados Unidos de América y ahora que Eduardo Galeano se nos adelantó en el viaje que todos haremos, quiero recordar algo de lo que el amigo uruguayo escribió hace ya mucho tiempo.

En su obra “El Siglo del Viento”, tercer tomo del libro “Memoria del Fuego”, Eduardo Galeano dedica varios segmentos al patriotismo de nuestro pueblo que tanto lo quiso y admiró.
En la página 229, Galeano escribe:
1965
Santo Domingo
Caamaño
A la tremolina acuden estudiantes y soldados y mujeres con ruleros. Barricadas de toneles y camiones volcados impiden el paso de los tanques. Vuelan piedras y botellas. De las alas de los aviones que bajan en picada, llueve metralla sobre el puente del río Ozama y las calles repletas de multitud. Sube la marea popular y subiendo hace el aparte entre los militares que habían servido a Trujillo: a un lado deja a los que están baleando pueblo, dirigidos por Imbert y Wessin y Wessin, y al otro a los dirigidos por Francisco Caamaño, que abren los arsenales y reparten fusiles.
El coronel Caamaño que en la mañana desencadenó el alzamiento por el regreso del presidente Juan Bosch, había creído que sería cosa de minutos. Al mediodía comprendió que iba para largo y supo que tendría que enfrentar a sus compañeros de armas. Vio que corría la sangre y presintió, espantado, una tragedia nacional. Al anochecer, pidió asilo en la embajada de El Salvador.
Tumbado en un sillón de la embajada, Caamaño quiere dormir. Toma sedantes, las píldora de costumbre y más, pero no hay caso. El insomnio, la crujidera de dientes y el hambre de uñas le vienen de los tiempos de Trujillo, cuando él era oficial del ejército de la dictadura y cumplía o veía cumplir tareas sombrías, a veces atroces.
Pero esta noche está peor que nunca. En la duermevela, no bien consigue pegar los ojos, sueña. Cuando sueña es sincero: despierta temblando, llorando, rabiando por la vergüenza de su pavor.
Acaba la noche y acaba el exilio, que una sola noche ha durado. El coronel Caamaño se moja la cara y sale de la embajada. Camina mirando al suelo. Atraviesa el humo de los incendios, humo espeso, que hace sombra, y se mete en el aire alegre del día y vuelve a su puesto al frente de la rebelión.
En la siguiente página 230, Eduardo Galeano continúa con la epopeya dominicana:
1965
Santo Domingo
La invasión
Ni por aire ni por tierra, ni por mar. Ni los aviones del general Wessin y Wessin, ni los tanques del general Imbert son capaces de apagar la bronca de la ciudad que arde. Tampoco los barcos; disparan cañonazos contra el Palacio de Gobierno, ocupado por Caamaño, pero matan amas de casa.
La embajada de Estados Unidos, que llama a los rebeldes escoria comunista y pandilla de hampones, informa que no hay modo de parar el alboroto y pide ayuda urgente a Washington. Desembarcan, entonces, los marines.
Al día siguiente muere el primer invasor. Es un muchacho de las montañas del norte de Nueva York. Cae tiroteado desde alguna azotea, en una callecita de esta ciudad que nunca en su vida había oído nombrar. La primera víctima dominicana es un niño de cinco años. Muere de granada, en un balcón. Los invasores lo confunden con un francotirador. El presidente Lyndon Johnson advierte que no tolerará otra Cuba en el Caribe. Y más soldados desembarcan. Y más. Veinte mil, treinta y cinco mil, cuarenta y dos mil. Mientras los soldados norteamericanos destripan dominicanos, los voluntarios norteamericanos los remiendan en los hospitales. Johnson exhorta a  sus aliados a que acompañen esta Cruzada de Occidente. La dictadura militar de Brasil, la dictadura militar del Paraguay, la dictadura militar de Honduras y la dictadura militar de Nicaragua envían tropas a la República Dominicana para salvar a la Democracia amenazada por el pueblo.
Acorralado entre el río y la mar, en el barrio viejo de Santo Domingo, el pueblo resiste.
José Mora Otero, Secretario General de la OEA, se reúne, a solas, con el coronel Caamaño. Le ofrece seis millones de dólares si abandona el país. Es enviado a la mierda.
A seguidas, en la página 231, el escritor uruguayo comenta:
1965
Santo Domingo
132 noches
132 noches ha durado esta guerra de palos y cuchillos y carabinas contra morteros y ametralladoras. La ciudad huele a pólvora y a basura y a muerto.
Incapaces de arrancar la rendición, los invasores, los del todo poder, no tienen más remedio que aceptar un acuerdo. Los ningunos, los ninguneados, no se han dejado atropellar. No han aceptado traición ni consuelo. Pelearon de noche, cada noche, toda la noche, feroces batallas casa por casa, cuerpo a cuerpo, metro a metro, hasta que desde el fondo de la mar alzaba el sol sus flameantes banderas y entonces se agazapaban hasta la noche siguiente. Y al cabo de tanta noche de horror y de gloria, las tropas invasoras no consiguen instalar en el poder al general Imbert, ni al general Wessin y Wessin, ni a ningún otro General.
Eduardo Galeano
Memoria del Fuego (III)
El Siglo del Viento
Editora Siglo XXI
1986

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Opinión

Un Llamado a la Conciencia Democrática

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Por Isaías Ramos

En medio de un escenario político tumultuoso, la reciente exclusión de partidos minoritarios en el debate presidencial constituye una flagrante violación del artículo 39 de la Constitución. Este artículo consagra la igualdad ante la ley y garantiza los mismos derechos y oportunidades para todos, sin discriminación alguna. Esta situación pone en evidencia un alarmante déficit democrático y una profunda desconexión entre las estructuras de poder y las necesidades reales del pueblo dominicano.

La Asociación Nacional de Jóvenes Empresarios, al organizar un debate presidencial y decidir excluir a ciertos participantes basándose en criterios arbitrarios como el tamaño del partido, no solo ha perpetrado una discriminación injusta, sino que también ha socavado los principios fundamentales de igualdad y pluralismo. Este acto refleja cómo las élites políticas y económicas intentan perpetuar un sistema injusto que favorece a unos pocos en detrimento de la mayoría.

Es perturbador observar cómo los candidatos que aceptaron participar en este debate sin cuestionar la exclusión de otros no solo muestran una falta de compromiso con los principios constitucionales, sino que también evidencian una falta de ética y responsabilidad cívica. La aceptación de esta situación por parte de los candidatos participantes refuerza la percepción de que su interés por mantener su posición en el estatus quo prevalece sobre el bienestar colectivo y el respeto a la ley fundamental del país.

Los dominicanos se enfrentan no solo a la usurpación de su derecho a recibir información diversa y representativa durante un periodo electoral crítico, sino también a la erosión de su capacidad de tomar decisiones informadas. Limitar la participación en el debate presidencial a los partidos mayoritarios priva a la ciudadanía de explorar una gama más amplia de alternativas políticas y soluciones a los problemas nacionales.

Este contexto demanda un despertar cívico. Los ciudadanos deben exigir que se respeten los principios de igualdad y pluralismo en todos los procesos electorales, promoviendo un cambio hacia debates más inclusivos que permitan la participación de todas las fuerzas políticas sin discriminación. El respeto a la Constitución y a los derechos que esta garantiza es fundamental para construir una democracia verdaderamente representativa y justa.

El Frente Cívico y Social continuaremos abogando por un sistema electoral equitativo donde todos los partidos y candidatos tengan la misma oportunidad de ser escuchados. Es esencial que todos los sectores de la sociedad trabajemos juntos para garantizar que las futuras elecciones sean un reflejo fiel de la voluntad popular, libre de manipulaciones y exclusiones arbitrarias.

Por ello, es imperativo despertar nuestro sentido cívico y exigir un cambio hacia debates más inclusivos y equitativos. No podemos permitir que intereses particulares prevalezcan sobre el bienestar colectivo y la voluntad popular. Debemos ser guardianes activos de nuestra democracia, velando por el respeto irrestricto a nuestra Constitución y luchando contra cualquier intento de manipulación o exclusión.

En el FCS queremos hacer un llamado urgente: no dejemos que aquellos que buscan perpetuar un sistema injusto y opresor nos silencien o nos dividan. Recordemos siempre que la verdadera fuerza radica en la unidad del pueblo consciente e informado. Si el sistema falla en representarnos adecuadamente, debemos manifestarlo con firmeza mediante acciones como la invalidación del voto o la abstención responsable. El poder está en nuestras manos para forjar un país donde cada voz sea escuchada, cada derecho sea respetado y cada sueño pueda realizarse sin obstáculos.

¡Despierta, RD!

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Opinión

La Corte Penal Internacional y  otras obligaciones internacionales

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Por Rommel Santos Díaz

La ley internacional concede inmunidad contra el enjuiciamiento penal por Estados extranjeros a los Jefes de Estado  y oficiales diplomáticos (artículo 31 Convención de Viena sobre Relaciones Diplomáticas). Sin embargo, los delitos enumerados por el Estatuto de Roma pueden haber sido cometidos por diplomáticos, Jefes de Estado, oficiales gubernamentales o por cualquier otra persona que goce de inmunidad diplomática, y la ley internacional no podrá  reconocerles inmunidad alguna contra el enjuiciamiento por tales crímenes.

La Corte Penal Internacional determinará si existe alguna inmunidad, cuando se le refiere un caso. Sin embargo, el artículo 98 del Estatuto de Roma establece ciertas restricciones a la CPI, cuando solicite la entrega  u otro tipo de asistencia a los Estados.

El artículo 98 del Estatuto de Roma trata la situación de entrega de una persona cuando existe un conflicto  con las obligaciones del Estado bajo el derecho internacional o con respecto  a la inmunidad diplomática de un extranjero o su  propiedad.

La Corte Penal Internacional no deberá requerir que un Estado actúe de manera contraria a sus obligaciones  internacionales. Pero al mismo tiempo una situación tal raras veces surgirá, ya que la Corte investigará tales posibilidades antes de solicitar una entrega al Estado. Adicionalmente, las obligaciones del derecho internacional aplicables a los Estados Partes incluirán sus obligaciones bajo el Estatuto de Roma.

Al aceptar los artículos 27 y 86 del Estatuto, los Estados Partes abiertamente retiran cualquier inmunidad contra la CPI . Por ende, cuando un nacional de un Estado Parte es requerido por la Corte, ese nacional no podrá reclamar las inmunidades normales que existan respecto al enjuiciamiento penal en el exterior, y el Estado requerido no estará violando sus obligaciones internacionales si entrega la persona a la CPI.

No obstante, cuando la CPI haya determinado que la inmunidad si existe, podrá dar curso a la solicitud de entrega solamente si cuenta primero con el apoyo del Estado de nacionalidad del acusado. En tal caso, el Estado requerido  que proceda con la entrega no violara sus obligaciones internacionales de conformidad con la Convención de Viena sobre Relaciones Diplomáticas

El artículo 98 establece que la Corte no podrá dar curso a la solicitud de entrega que requiera  que el Estado requerido viole sus obligaciones de conformidad con los acuerdos internacionales que requieran el consentimiento del Estado que entrega a una persona de ese Estado a la CPI.

Esta situación podría surgir cuando una persona detenida en el Estado requerido haya sido extraditada a ese Estado desde otro país, bajo la condición de ser devuelta a su país luego de la investigación o enjuiciamiento,  o la ejecución de una condena. Podría también darse cuando , bajo el  acuerdo de Estatus de Fuerzas, los miembros de las fuerzas armadas de un tercer Estado se encuentren dentro del Estado solicitado.

Cuando el Estado que entregue sea un Estado Parte del Estatuto de Roma , no deberá restringir la posibilidad de que otros  Estados entreguen  a sus nacionales a la CPI, ya que cada Estado Parte acepta la jurisdicción de la Corte sobre sus nacionales y no hay fundamento para rechazar la entrega de una persona a la Corte .

Sin embargo, cuando la persona requerida alegue el principio de ne dis in idem, y la decisión de  admisibilidad de la CPI aún esté pendiente, el Estado requerido deberá consultar con el Estado que entrega, y la CPI, de conformidad con el artículo 89, para determinar si se debe suspender o no la ejecución de la solicitud.

De lo contrario el Estado requerido tendría que contar con el consentimiento del Estado de la persona que entrega. La CPI deberá contar con la cooperación del Estado que entrega, si no es este un Estado Parte, antes de que la Corte  Penal  Internacional solicite la entrega.

El articulo 98 solo es relevante cuando el Estado requerido pueda demostrar que la acción requerida por la CPI lo obligaría a violar una obligación bajo el derecho internacional. Un Estado  no podrá invocar una  previsión de su derecho interno que garantice inmunidad a la persona a ser entregada.

En el contexto de las obligaciones el Estado Parte tiene la obligación de entregar a una persona  que goce de inmunidad diplomática, cuando la CPI solicite su entrega luego de haber obtenido la cooperación de un tercer Estado para la renuncia de la inmunidad.

Cuando la CPI solicite la entrega de una persona, pero el Estado Parte requerido normalmente estaría violando un acuerdo internacional con un tercer Estado, el Estado requerido  esta obligado a entregar a la persona si la Corte cuenta con el consentimiento del tercer Estado para la entrega de la persona . El Estado Parte requerido deberá entregar a la persona si el tercer Estado es un Estado Parte.

En el marco de la implementación los Estados Partes deberán prever dentro de su derecho interno, la posibilidad de entregar  a una persona a la CPI aunque normalmente goce de inmunidad estatal o diplomática, cuando el Estado de donde esta persona  es nacional acuerde renunciar  a su inmunidad. Debido a que la CPI tiene la autoridad de determinar si existen  o no las inmunidades, no obstaculizaron las la cooperación con la CPI. Esto garantiza que el Estado Parte pueda cumplir con sus obligaciones de entrega.

Los Estados Partes deberán asegurar que sus nacionales puedan ser entregados a la CPI por otros Estados, cuando sea conveniente, y que no existan acuerdos bilaterales o multilaterales que obstaculicen el proceso. Los Estados Partes deberán estar preparados para revelar a la Corte cualquier obligación o acuerdo internacional que pueda estar en conflicto con una solicitud de entrega que este preparando la Corte, si la misma necesitare tal información.

Rommelsantosdiaz@gmail.com

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Opinión

Danilo al margen de la ley

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Por Nelson Encarnación

La incitación a la violencia es un delito grave en todas las sociedades organizadas, incluida la nuestra, donde un llamado a alterar el orden público acarrea consecuencias penales para cualquier persona, pues el Estado tiene la obligación no solo de perseguir el hecho, sino de prevenirlo.

Por consiguiente, el expresidente Danilo Medina se coloca al margen de la ley e incurre en ese delito de incitación a la violencia cuando llama a la militancia del Partido de la Liberación Dominicana, que él lidera, a destruir las eventuales carpas que coloquen los seguidores oficialistas en los alrededores de los colegios electorales el próximo 19.

Un líder de la categoría de quien fue presidente de la República durante ocho años, y que además dirige una de las formaciones políticas fundamentales del sistema de partidos, debe ser lo suficientemente prudente y medido para conocer el alcance de sus arengas.

La incitación de Medina tiene varios puntos relevantes, pero fuera del delito en que incurre, hay dos de carácter electoral que su desatino no alcanza a calibrar.

El primero tiene que ver con lo que ya ha determinado la Junta Central Electoral (JCE) respecto de las carpas partidarias, las cuales el órgano de comicios prohibió tajantemente a partir de las alegaciones que produjeron esas instalaciones luego del proceso de febrero pasado.

En consecuencia, la perorata de Medina carece de sentido, si se toma en cuenta la señalada disposición.
El otro aspecto es aún más relevante para los intereses del partido morado y de toda la oposición, puesto que, si entre sus argumentos figura la supuesta manipulación del proceso por el oficialismo para provocar la abstención de sus adversarios, podemos suponer que, con un ambiente de posible violencia, los votantes poco motivados preferirían quedarse en sus casas para no exponerse.

Esto tiene un referente histórico que Danilo conoce perfectamente. Se trata de las elecciones de 1966, cuando el profesor Juan Bosch, candidato frente a un Joaquín Balaguer aupado por los invasores estadounidenses, llamó a sus seguidores a que fueran a votar armados con palos y piedras para defender el voto.

¿Qué hicieron miles de partidarios del PRD? Se quedaron en sus casas para no convertirse en presa de los violentos determinados a imponer a Balaguer. ¿Es esto lo que Danilo quiere para luego alegar irregularidades?

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Edificio La República: Restauración No. 138, cuarta planta, Santiago, República Dominicana. Teléfono: 809-247-3606. Fax: 809-581-0030.
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