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Montalvo dice bancas no han sido excluidas

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La aprobación en el Senado de la República de la reforma de la ley 72-02 sobre lavado de activos ha generado diversas reacciones en los sectores económicos del país.

Santo Domingo.- El ministro de la Presidencia, Gustavo Montalvo, consideró ayer que el Senado de la  República no incluyó las bancas de apuestas y de lotería en la Ley de Lavado de Activos como nuevos sujetos obligados, debido a  que el estándar del Grupo Acción Financiera Internacional (GAFI)  establece solo a los casinos y en caso de que sus clientes hagan operaciones superiores a US$3,000.

“Por esta razón, ni en la ley anterior ni en la nueva ley están como sujetos obligados las bancas de apuestas  y de loterías”, aclaró el funcionario.

Montalvo aclaró que las bancas de apuestas y juegos de lotería no han sido excluidas del ámbito de aplicación de la ley,  y explicó  que  toda persona física y jurídica, sin importar el sector al que pertenezca, puede ser perseguida y condenada penalmente en caso de incurrir en delitos precedentes o lavado de activos.

“El banquero de apuestas o lotería que se dedique a blanquear dinero sucio, en la ley actual y en la nueva, puede ser sometido por lavado de activos”, enfatizó.

No obstante,  dijo que cuando un propietario o ejecutivo de una banca de apuestas hace algún tipo de operación bancaria o inmobiliaria se le debe realizar una debida diligencia ampliada -como indican las recomendaciones del GAFI- debido al riesgo vinculado al alto movimiento de efectivo a sus actividades.

Los sujetos obligados son las empresas que deben implementar estándares de conocimiento de sus clientes para evitar que los mismos los utilicen como mecanismo para lavar activos provenientes de operaciones ilícitas. Además de casinos, la nueva lista de sujetos obligados incluye agentes inmobiliarios, firmas constructoras, fiduciarias, entre otras. Esta lista de sujetos obligados está alineada con los requerimientos del Grupo Acción Financiera Internacional en su recomendación 22 de sus nuevos estándares.

 “Esto no es una lista cerrada, en todo caso. Se pueden incluir otras entidades como sujetos obligados por resolución del Comité Nacional Contra el Lavado de Activos y Financiamiento al Terrorismo, luego de estudios sectoriales de riesgos y previa consulta pública”, explicó Montalvo.

 El funcionario indicó que “la inclusión o no de un tipo de un sector como sujeto obligado depende de la actividad de sus clientes. Es decir, se determina en cuanto al tipo y monto de las transacciones de los clientes, no del negocio en sí.

Dijo que si en el futuro se determina que los clientes de un sector están realizando transacciones de alto monto y poca transparencia, el Comité Nacional Contra el Lavado de Activos podrá incluirlos como sujetos obligados”.

Montalvo dijo que las modificaciones propuestas a la ley se han realizado siguiendo los estándares y recomendaciones del GAFI y en el marco de la evaluación que se realizará al país este año, tanto por Foro Global como por GAFILAT. Consideró que la nueva ley antilavado representa un gran avance en la lucha contra el crimen  y la impunidad, y dijo que con la iniciativa  aumentan las infracciones precedentes, incluyendo los delitos cometidos por funcionarios en el ejercicio de sus funciones, la falsificación y adulteración de medicamentos o los delitos fiscales y medioambientales.

Prisión mínima
La nueva ley también incrementa significativamente las penas y sanciones, aumentando el tiempo mínimo de prisión a 10 años, para algunas conductas que tipifican el lavado de activos, y a 200 salarios mínimos las multas, duplicando los montos actuales. “Esta nueva ley nos permitirá ser más efectivos en la persecución de delitos que lesionan el patrimonio público y los bienes colectivos, que el Estado debe tutelar”, sostuvo el funcionario.

 Montalvo manifestó que uno de los avances importantes es la eliminación de las acciones al portador y que “se da plazo para empresas inactivas a regularizar su estatus, evitando así que se utilicen para actividades de lavado de activos, ocultando el beneficiario final de esas acciones o cuotas sociales”.

Otras opiniones
El experto en el tema de lavado de activos, Ricardo Rojas León, en su participación en un programa radial, negó que la exclusión de las bancas, loterías y juegos de azar de la Ley de Lavado haya sido producto de la influencia de legisladores, y coincidió con el ministro Montalvo al afirmar que la autoridad internacional en esta materia no contempla a este tipo de entidades en la normativa, sino sólo a los casinos de juego.

Aún así, el especialista explicó que las bancas de apuestas no están exentas de ser alcanzadas por la ley, y como una medida encaminada a esto refirió que la DGII está trabajando para formalizarlas y fortalecer sus programas de inspección que incluyen los datos relativos a los beneficiarios finales y los fondos. “Yo no puedo poner en la ley a un sector que no está en el estándar porque me lo van a incluir en la evaluación”. Indicó que ya se han comenzado a hacer reuniones con los consorcios y que las mismas pueden ser incluidas en algún momento vía reglamentaria. “Una de las menciones de la ley es el Comité Nacional Contra el Lavado de Activos que puede designar nuevos sujetos obligados”.

 Explicó que también se excluyó del proyecto a zonas francas y empresas aduaneras, porque incluirla ahora agravaba la evaluación que realiza el CAFI al país.

NG Cortiñas: ley tiene vicios inconstitucionales

El economista Haivanjoe NG Cortiñas aseguró en un artículo que el proyecto de ley sobre lavado tiene vicios de inconstitucionalidad, ya que busca restringir el uso del dinero en efectivo. Aseguró que aprobar la iniciativa sería un reconocimiento a la incapacidad para afrondar debidamente el tema de la corrupción por la vía del lavado.

Recordó que el uso del dinero es el medio de pago fundamental y que las actividades legales se regulan para el bien común; pero no se deben restringir, menos aún prohibir, pues sería una admisión encubierta del fracaso.

Indicó que si se quiere disponer de un dispositivo legal más exigente respecto al tema de la corrupción, vía lavado, debe auscultarse aún más por el lado del origen de los fondos y ser más riguroso en términos de penalidades para los sujetos obligados que no realicen la debida diligencia.

Idecoop valora la ley
El director del Instituto de Desarrollo y Crédito Cooperativo (Idecoop), Julio Maríñez, valoró como positivo el proyecto y manifestó que aunque está de acuerdo debe ser revisado por los legisladores, “yo lo veo positivo pero hay que adecuarla, que la revisen bien los congresistas, para que realmente sea un instrumento eficiente”, indicó.

La información la dio a conocer en una rueda de prensa donde se firmó un acuerdo de cooperación interinstitucional entre la Unidad de Análisis Financiero (UAF) y el Idecoop que busca prevenir el lavado de activos dentro de las cooperativas y reducir el nivel de vulnerabilidad del sector.

MODIFICAR PARA ELEVAR TRIBUTOS
Pelegrín Castillo advirtió que solo será posible subir la presión tributaria después de reducir la presión de los elevados precios oligopólicos y monopólicos que es parte importante de la carga real que aplasta a la mayoría de las empresas y personas y frena el desarrollo de la República Dominicana.

El vicepresidente de la Fuerza Nacional Progresista advirtió,  además, que no es correcto pretender emplear las modificaciones a la Ley de Lavado cómo instrumento de recaudación tributaria sin antes hacer una profunda reforma integral y racional del gasto y los tributos, de la gestión de las deudas y de los activos.

“ Resulta desafortunado que en medio de la presente crisis general del Estado y de la economía, los actores políticos y empresariales sigan tomando el rábano por las hojas, evadiendo ir a las raíces de los problemas estructurales que confrontamos. Seguir poniendo parches o apelando a fórmulas mostrencas solo agravará los problemas de un Estado gestionado por un sistema político que lo torna inoperante y cada vez más oneroso para la sociedad”, enfatizó Castillo.

El ex legislador y ex ministro explicó que la discusión fundamental que debe tenerse en las presentes circunstancias es la cómo lograr que la economía dominicana sea más libre, abierta y competitividad, superando la peligrosa tendencia a la concentraciones en manos de unos pocos grupos poderosos en todas las áreas estratégicas.

listindiario.com

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JCE presenta plataforma digital del Observatorio de Participación Política de las Mujeres

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Santo Domingo, R.D.-La Junta Central Electoral (JCE), a través de la Comisión de Políticas de Igualdad de Género de la institución, presentó a la ciudadanía a través de sus redes sociales la plataforma digital del Observatorio de Participación Política de las Mujeres, espacio que estará integrado en la página de la institución.

Mediante un comunicado, la JCE explicó que el observatorio tiene como finalidad asesorar, diseñar, implementar, desarrollar y evaluar las acciones orientadas a fomentar la participación de las mujeres en la política.

Asimismo, indicó que esta iniciativa, que se encuentra bajo la coordinación de la miembro titular del Pleno y coordinadora de la Comisión de Políticas de Igualdad de Género, Dolores Fernández, es una plataforma que busca recopilar, analizar y visibilizar información sobre los avances, brechas y desafíos de la participación política femenina en República Dominicana.

Además, destacó que el observatorio funciona como una herramienta dinámica de estadísticas interactivas que permite conocer la evolución de la participación política de las mujeres en el país y a través de sus secciones, se podrán explorar datos sobre: candidaturas y cargos electos, participación en los partidos políticos, concurrencia electoral por sexo y participación de mujeres en juntas y colegios electorales.

La misión de este observatorio es, en primer lugar, analizar los niveles de cumplimiento de metas y objetivos nacionales e internacionales en torno a la igualdad de género en materia de representación política y, en segundo lugar, motivar e impulsar la participación paritaria de las mujeres en la toma de decisiones.

Entre los objetivos de esta propuesta, figuran: generar información cuantitativa y cualitativa sobre la representación política de mujeres y hombres en el ámbito nacional; medir los niveles de cumplimiento de metas y objetivos internacionales en torno a la igualdad de género; visibilizar avances de igualdad de género en los partidos políticos y aportar datos que sirvan para elaborar insumos claves para el análisis, la formulación de propuestas y el diseño de estrategias de incidencia política.

Asimismo, procura fortalecer las políticas públicas de igualdad, promover la paridad y la representación política equitativa, garantizar los derechos políticos de las mujeres e impulsar acciones para prevenir y erradicar la violencia política hacia las mujeres.

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Telemicro: TSA indicó que Indotel actuó de forma precipitada al asignar frecuencia del Canal 3

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Santo Domingo, R.D.-El Grupo Telemicro reaccionó al fallo judicial del Tribunal Superior Administrativo (TSA) sobre la asignación de la frecuencia del canal 3 VHF. En un documento indicó que la Tercera Sala del Tribunal Superior Administrativo (TSA) reconoció que el Instituto Dominicano de las Telecomunicaciones (Indotel), en su rol de autoridad para la gestión del espectro radioeléctrico, actuó de forma «imprudente y precipitada» al asignar el Canal 3 digital a favor de Franasyn, S.R.L., mediante la Resolución núm. 132-2024 dictada el 14 de noviembre de 2024.

Indicó que el tribunal estableció, luego del análisis de las pruebas aportadas por las partes en el litigio sobre el Canal 3 en la banda VHF, que el «regulador (Indotel) tenía pleno conocimiento de que existía un proceso judicial abierto sobre el derecho de uso y explotación de esa frecuencia».

«El órgano apuntó que, en tales circunstancias, esa entidad encargada de gestión radioeléctrica debía actuar con la debida prudencia y observar el principio de realizar una buena administración, absteniéndose de adoptar decisiones que pudieran incidir en el proceso, como lo fue asignar el Canal 3 a favor de un tercero, en este caso la sociedad Franasyl. S.R.L.», dice un documento enviado por la Corporación de Televisión y Microondas Rafa, S.A. (Telemicro).

Derechos de Franasyl

La Tercera Sala del TSA reconoció la legitimidad de los derechos alegados por Franasyl, S.R.L. en torno al Canal 3 virtual y declaró válida su intervención voluntaria en el proceso.

En su decisión, el tribunal rechazó en todas sus partes el recurso contencioso administrativo interpuesto por Telemicro y confirmó íntegramente la Resolución núm. 080-2022 emitida por el Indotel.

La sentencia se produce tras el reenvío ordenado por la Suprema Corte de Justicia mediante la decisión SCJ-TS-25-0203, que instruyó una nueva valoración del caso después de identificar un vicio de desnaturalización de los hechos en un fallo anterior.

  • Telemicro buscaba que la justicia anulara la resolución del Indotel alegando derechos adquiridos sobre el Canal 3 VHF derivados de una comunicación emitida por el órgano regulador en 2004.

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Senado contra la pared con el CPP: aprobar o rechazar

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Santo Domingo, R.D.-El Senado de la República conocerá este viernes en única discusión el proyecto de ley del nuevo Código Procesal Penal, con las decenas de modificaciones que hizo la Cámara de Diputados y la opción de aprobar o rechazar el documento.

El pleno senatorial deberá decidir “lo más rápido posible”, debido al plazo que le otorga el Tribunal Constitucional en la sentencia 0765/24. En su fallo, emitido el 6 de diciembre de 2024, la alta corte declaró nula la Ley 10-15, que modifica el Código Procesal Penal del 2002, y dio un año al Congreso Nacional, hasta el 11 de este mes, para tener listo un nuevo marco legal.

La pieza de ley que estudian los congresistas generó fuertes debates en la Cámara de Diputados mientras era conocida, por artículos que tienen que ver con las facultades del Ministerio Público (MP) en los procesos, como los de peritajes. Uno de ellos es el artículo 211, sobre el nombramiento de peritos.

La moción de Pacheco y Díaz, que es similar a la versión que llegó del Senado, consiga tres párrafos, en el que establecen que los peritos en cualquier otro momento son nombrados, mediante resolución motivada, por el juez o tribunal, a propuesta de parte; el número de peritos es determinado según la complejidad de las cuestiones a plantear, considerando las sugerencias de las partes; y el dictamen o la resolución que ordena el peritaje fija con precisión las razones que lo motivan, su objeto y alcance, así como el plazo para la presentación de dichos dictámenes.

El Procesal Penal vigente no condiciona el nombramiento del perito por el Ministerio Público a que no sea “anticipo jurisdiccional”. Dice, más bien, que durante la etapa preparatoria los nombra el Ministerio Público.

Ejecución del peritaje

Amado Díaz propuso también -siendo acogida por la mayoría-, modificar el artículo 215 del nuevo Código, que trata sobre la ejecución del peritaje, para agregar al MP, quien había sido dejado fuera de ese apartado en la aprobación en primera discusión. Se estableció que el órgano persecutor, juez o tribunal que ha dispuesto el peritaje, resuelva todas las cuestiones que se planteen durante su realización.

La CD modificó el artículo 48 de la pieza

Otro punto de debate en los diputados fue el de la interrupción de la prescripción, artículo 48, numeral 1, uno de los que se quejó Eugenio Cedeño. La Cámara modificó dicho apartado -al dejar quitar la frase “presentada por el Ministerio Público”, para que diga que la prescripción se interrumpe por: la imposición de medida de coerción; la presentación de la acusación; y el pronunciamiento de la sentencia, aunque sea revocable.

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