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Conocen hoy coerción contra sacerdote acusado de asesinar menor de Villa Mella

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SANTO DOMINGO. El Tribunal de Atención Permanente de la provincia Santo Domingo conocerá en la mañana de este jueves la solicitud de un año de prisión preventiva como medida de coerción solicitada por el Ministerio Público en contra del sacerdote Elvin Taveras Durán, acusado del asesinato de Fernelis Carrión Saviñón.

La medida fue aplazada en la tarde del miércoles para las 9:00 a.m. de la mañana de este jueves, porque Taveras aún no tiene abogado, y para que la parte civil querellante se documente sobre el caso, según explicó el fiscal Gilberto Castillo.

Taveras Durán fue llevado hasta la Fiscalía de la provincia Santo Domingo al mediodía del miércoles, donde se depositó la solicitud de medida de coerción, en medio de un amplio dispositivo de seguridad, y evadió contestar preguntas de los periodistas que lo abordaron.

El imputado fue recluido en la cárcel de San Luis.

PN no informa

La Policía Nacional dijo ayer que no tiene informaciones que ofrecer sobre el caso del sacerdote Elvin Taveras Durán, señalado de haber ultimado a un adolescente en Santo Domingo Norte, porque el caso ya lo maneja el Ministerio Público.

El vocero de la Policía, general Nelson Rosario, dijo que ese caso ya está en poder de la justicia. Ya le corresponde al Ministerio Público dar los detalles del mismo.

Condenan el hecho

Religiosos condenaron el asesinato del que se acusa al sacerdote Elvin Taveras Durán.

El obispo de la diócesis de Baní, monseñor Víctor Masalles, dijo en su cuenta de Twitter: “Me uno en oración al dolor y al clamor de justicia de la familia de Fernelis Carrión y de toda la sociedad”.

“El abuso y la violencia deben llevar a la justicia al que lo comete, y no importa la investidura tenga”, agrega el obispo.

En tanto que el sacerdote Rogelio Cruz consideró que “eso es demasiado. No hay forma de describir ni buscar explicación que no sea la descomposición al extremo de un ser humano. No importa tu condición de sacerdote, porque él no era nuevo. Ese proceso es algo doloroso para todos”, expresó.

“Se ha llegado al límite de la descomposición de un ser humano. Tiene que caerle todo el peso de la ley. Afecta la imagen de la iglesia cuando tenemos tantos problemas y nos tira por el suelo a nosotros como sacerdotes”, afirmó.

Familia reitera pedido

Familiares de Fernelis Carrión Saviñón reiteraron el pedido de justicia en el caso, y saludaron la medida de la Arquidiócesis de Santo Domingo de suspender de su ejercicio sacerdotal, como medida cautelar a Taveras Durán y pedir perdón por el hecho a la familia de la víctima. El tío del adolescente ultimado, Víctor Saviñón, dijo que esa medida demuestra que no todos son iguales, y le devuelve confianza de que la justicia actuará sin injerencia.

Feligreses de Villa Mella tenían buena impresión del cura

El suspendido sacerdote Elvin Taveras Durán dejó una buena impresión a los miembros de la parroquia San Nicolás de la urbanización Máximo Gómez, de Villa Mella, donde dicen que sólo ofició tres eucaristías hace alrededor de dos años.

El catequista José Polanco expresó que para los feligreses de esa iglesia ha sido una sorpresa que el cura sea acusado de la muerte del adolescente Fernelis Carrión Saviñón, de 16 años, a quien también conocían, porque durante un tiempo prestó sus servicios como monaguillo en ese templo.

“El sacerdote Elvin Durán no pertenecía a esta iglesia, vino, no te voy a mentir, pero a oficiar tres misas, porque nuestro sacerdote Crisanto García estaba fuera del país. Su parroquia es la Santa Cecilia en Hainamosa, El Tamarindo”, explicó a Diario Libre el catequista, quien lleva 32 años residiendo en el sector. Asegura que en el poco tiempo que el religioso estuvo en esa comunidad se manejó con respeto. “La noticia nos ha dejado sorprendidos, pero tú sabes que el demonio tienta a los seres humanos. Cuando oficiaba la eucaristía todos decían: ¡qué padre más bueno!, siempre hacía una historia en medio de la misa, era una maravilla”.

Resaltó que en esa parroquia no han tenido problemas con sacerdotes, y desde hace años tienen prohibido a los jóvenes subir a la residencia de estos. “Una noche me sorprendí con él (en referencia al padre Elvin) porque cuando vio a una mujer con un vestido descotado, ella era nueva en la iglesia, y de una vez lo prohibió, dijo: no podemos aceptar mujeres con vestidos descotados ni cortos, porque detrás de esta sotana hay un hombre”, relató Polanco, al recordar las pocas celebraciones eucarísticas que hizo el cuestionado sacerdote en esa parroquia.

diariolibre.com

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JCE presenta plataforma digital del Observatorio de Participación Política de las Mujeres

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Santo Domingo, R.D.-La Junta Central Electoral (JCE), a través de la Comisión de Políticas de Igualdad de Género de la institución, presentó a la ciudadanía a través de sus redes sociales la plataforma digital del Observatorio de Participación Política de las Mujeres, espacio que estará integrado en la página de la institución.

Mediante un comunicado, la JCE explicó que el observatorio tiene como finalidad asesorar, diseñar, implementar, desarrollar y evaluar las acciones orientadas a fomentar la participación de las mujeres en la política.

Asimismo, indicó que esta iniciativa, que se encuentra bajo la coordinación de la miembro titular del Pleno y coordinadora de la Comisión de Políticas de Igualdad de Género, Dolores Fernández, es una plataforma que busca recopilar, analizar y visibilizar información sobre los avances, brechas y desafíos de la participación política femenina en República Dominicana.

Además, destacó que el observatorio funciona como una herramienta dinámica de estadísticas interactivas que permite conocer la evolución de la participación política de las mujeres en el país y a través de sus secciones, se podrán explorar datos sobre: candidaturas y cargos electos, participación en los partidos políticos, concurrencia electoral por sexo y participación de mujeres en juntas y colegios electorales.

La misión de este observatorio es, en primer lugar, analizar los niveles de cumplimiento de metas y objetivos nacionales e internacionales en torno a la igualdad de género en materia de representación política y, en segundo lugar, motivar e impulsar la participación paritaria de las mujeres en la toma de decisiones.

Entre los objetivos de esta propuesta, figuran: generar información cuantitativa y cualitativa sobre la representación política de mujeres y hombres en el ámbito nacional; medir los niveles de cumplimiento de metas y objetivos internacionales en torno a la igualdad de género; visibilizar avances de igualdad de género en los partidos políticos y aportar datos que sirvan para elaborar insumos claves para el análisis, la formulación de propuestas y el diseño de estrategias de incidencia política.

Asimismo, procura fortalecer las políticas públicas de igualdad, promover la paridad y la representación política equitativa, garantizar los derechos políticos de las mujeres e impulsar acciones para prevenir y erradicar la violencia política hacia las mujeres.

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Telemicro: TSA indicó que Indotel actuó de forma precipitada al asignar frecuencia del Canal 3

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Santo Domingo, R.D.-El Grupo Telemicro reaccionó al fallo judicial del Tribunal Superior Administrativo (TSA) sobre la asignación de la frecuencia del canal 3 VHF. En un documento indicó que la Tercera Sala del Tribunal Superior Administrativo (TSA) reconoció que el Instituto Dominicano de las Telecomunicaciones (Indotel), en su rol de autoridad para la gestión del espectro radioeléctrico, actuó de forma «imprudente y precipitada» al asignar el Canal 3 digital a favor de Franasyn, S.R.L., mediante la Resolución núm. 132-2024 dictada el 14 de noviembre de 2024.

Indicó que el tribunal estableció, luego del análisis de las pruebas aportadas por las partes en el litigio sobre el Canal 3 en la banda VHF, que el «regulador (Indotel) tenía pleno conocimiento de que existía un proceso judicial abierto sobre el derecho de uso y explotación de esa frecuencia».

«El órgano apuntó que, en tales circunstancias, esa entidad encargada de gestión radioeléctrica debía actuar con la debida prudencia y observar el principio de realizar una buena administración, absteniéndose de adoptar decisiones que pudieran incidir en el proceso, como lo fue asignar el Canal 3 a favor de un tercero, en este caso la sociedad Franasyl. S.R.L.», dice un documento enviado por la Corporación de Televisión y Microondas Rafa, S.A. (Telemicro).

Derechos de Franasyl

La Tercera Sala del TSA reconoció la legitimidad de los derechos alegados por Franasyl, S.R.L. en torno al Canal 3 virtual y declaró válida su intervención voluntaria en el proceso.

En su decisión, el tribunal rechazó en todas sus partes el recurso contencioso administrativo interpuesto por Telemicro y confirmó íntegramente la Resolución núm. 080-2022 emitida por el Indotel.

La sentencia se produce tras el reenvío ordenado por la Suprema Corte de Justicia mediante la decisión SCJ-TS-25-0203, que instruyó una nueva valoración del caso después de identificar un vicio de desnaturalización de los hechos en un fallo anterior.

  • Telemicro buscaba que la justicia anulara la resolución del Indotel alegando derechos adquiridos sobre el Canal 3 VHF derivados de una comunicación emitida por el órgano regulador en 2004.

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Senado contra la pared con el CPP: aprobar o rechazar

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Santo Domingo, R.D.-El Senado de la República conocerá este viernes en única discusión el proyecto de ley del nuevo Código Procesal Penal, con las decenas de modificaciones que hizo la Cámara de Diputados y la opción de aprobar o rechazar el documento.

El pleno senatorial deberá decidir “lo más rápido posible”, debido al plazo que le otorga el Tribunal Constitucional en la sentencia 0765/24. En su fallo, emitido el 6 de diciembre de 2024, la alta corte declaró nula la Ley 10-15, que modifica el Código Procesal Penal del 2002, y dio un año al Congreso Nacional, hasta el 11 de este mes, para tener listo un nuevo marco legal.

La pieza de ley que estudian los congresistas generó fuertes debates en la Cámara de Diputados mientras era conocida, por artículos que tienen que ver con las facultades del Ministerio Público (MP) en los procesos, como los de peritajes. Uno de ellos es el artículo 211, sobre el nombramiento de peritos.

La moción de Pacheco y Díaz, que es similar a la versión que llegó del Senado, consiga tres párrafos, en el que establecen que los peritos en cualquier otro momento son nombrados, mediante resolución motivada, por el juez o tribunal, a propuesta de parte; el número de peritos es determinado según la complejidad de las cuestiones a plantear, considerando las sugerencias de las partes; y el dictamen o la resolución que ordena el peritaje fija con precisión las razones que lo motivan, su objeto y alcance, así como el plazo para la presentación de dichos dictámenes.

El Procesal Penal vigente no condiciona el nombramiento del perito por el Ministerio Público a que no sea “anticipo jurisdiccional”. Dice, más bien, que durante la etapa preparatoria los nombra el Ministerio Público.

Ejecución del peritaje

Amado Díaz propuso también -siendo acogida por la mayoría-, modificar el artículo 215 del nuevo Código, que trata sobre la ejecución del peritaje, para agregar al MP, quien había sido dejado fuera de ese apartado en la aprobación en primera discusión. Se estableció que el órgano persecutor, juez o tribunal que ha dispuesto el peritaje, resuelva todas las cuestiones que se planteen durante su realización.

La CD modificó el artículo 48 de la pieza

Otro punto de debate en los diputados fue el de la interrupción de la prescripción, artículo 48, numeral 1, uno de los que se quejó Eugenio Cedeño. La Cámara modificó dicho apartado -al dejar quitar la frase “presentada por el Ministerio Público”, para que diga que la prescripción se interrumpe por: la imposición de medida de coerción; la presentación de la acusación; y el pronunciamiento de la sentencia, aunque sea revocable.

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