Análisis Noticiosos
Un año a la defensiva política con creciente endeudamiento
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9 años agoon
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LA REDACCIÓNPor Juan Bolívar Díaz
Un año a la defensiva política con creciente endeudamiento
Al agotar el primer cuarto de su segundo período constitucional, el gobierno del presidente Danilo. Medina aparece empeñado en salir de la defensiva en que lo dejaron los escándalos de corrupción, especialmente el devastador de Odebrecht que hizo estallar la indignación de la Marcha Verde.
Su mayor mérito sigue siendo el crecimiento económico, aunque fundado en un insostenible endeudamiento que en el primer semestre de este año alcanzó 12.31 millones de dólares (584.7 millones de pesos) por día, evadiendo el mandato legal y los reclamos de la sociedad por un pacto fiscal, ley de responsabilidad fiscal y reformas políticas.
Quinto año de gobierno
El presidente Danilo Medina llega el miércoles 16 a su quinto año de gobierno y primero del segundo cuatrienio tratando de salir de la trinchera defensiva en que quedó sumido desde el fin del 2016 por el escándalo de Odebrecht y otros que han sacudido la conciencia ciudadana durante mucho tiempo adormecida frente a ese fenómeno.
En los últimos días los altos funcionarios del gobierno fueron enviados a los programas de televisión y los periódicos a pregonar sus logros y el mismo mandatario ha roto su silencio para defenderse en discursos improvisados en Santo Domingo, Santiago y San Juan de la Maguana. Medina también ha incrementado sus viajes por el país, cada vez menos sorpresivos y más reiterativos en ofertas de pequeños financiamientos y en inauguración de escuelas, convertidas en su mayor realización gracias al acatamiento de la ley de 1997 que dispone el 4 por ciento del PIB para educación.
Impactado por una intensa lucha por el predominio partidario con el expresidente de la nación y presidente del PLD, Leonel Fernández, Medina no ha podido concertar una acción eficaz con su partido para evadir el cerco de la marcha verde, en especial en el plano judicial, donde una instancia que imputa a 14 personas no parece sostenible ni siquiera en la propia familia gobernante, lesionada en algunos miembros relevantes.
El PLD: amagar y no dar
Por más que se haya pretendido simular, el poderosos Comité Político del PLD, único de sus organismos que se mantiene vigente, no ha logrado concertar acciones para defenderse de la avalancha originada por las confesiones de sobornos, sobrevaluaciones y financiamientos electorales de la constructora brasileña, y ni siquiera ha podido emitir un pronunciamiento formal a ocho meses del estallido en vísperas de la Navidad del 2016.
La imputación por supuestos sobornos de tres de los propios miembros del Comité Político, considerada selectiva hasta en los predios peledeístas, ha contribuido a la inacción, aunque voceros como el secretario general Reinaldo Pared Pérez y el ministro de Interior y Policía Carlos Amarante Baret han amenazado con sacar los peledeístas a las calles a defender su gobierno, pero esa tarea ha quedado limitada a los altos funcionarios.
El hecho de haber imputado a dos de los que aspiraban a la candidatura presidencial del PLD para el 2020, Temístocles Montás y Radhamés Segura, amplió la disensión interna más allá del grupo del expresidente Fernández, donde hay quienes entienden que es a Medina a quien le toca defenderse de lo que pudiera ser tan dañino como fueron para Leonel Fernández las revelaciones del enorme déficit fiscal tras concluir su gobierno en 2012, y peor aún las pagadas declamaciones del narcotraficante Quirino Paulino en 2015.
No han parado la marcha
Las capacidades políticas de los peledeistas no han sido suficientes para detener el ascenso de la Marcha Verde, que todavía se expande por todo el país, a la vista de la muestra del pasado fin de semana en Nagua. Fracasaron en atribuir el movimiento cívico a los partidos de oposición, a grupos empresariales pretendidamente disgustados o al patrocinio extranjero, tanto como en las expectativas de que fuera efímera.
Cuando a finales de mayo la Procuraduría General presentó la instancia de impugnaciones, la maquinaria propagandística gubernamental pretendió dar por cerrado el escándalo, pero la insustancialidad del documento lo diluyó rápidamente, aumentando la indignación, sobre todo cuando quedó evidente que el 75 por ciento del financiamiento de Odebrecht llegó en el gobierno de Medina, dejando fuera del expediente a los danilistas.
También resultaron contraproducentes el informe de la comisión presidencial sobre la contratación de las plantas de carbón de Punta Catalina, manchada desde su origen por conflictos de intereses y el acuerdo de la Procuraduría con la Odebrecht, en tanto han evadido exigir a la empresa que entregue la información detallada a que se comprometió a cambio de la impunidad. Haber ignorado las sobrevaluaciones de obras y el financiamiento electoral que salpica al gobierno de Medina, ha contribuido a mantener la indignación.
Fuente: Dirección General de Crédito Público. Elaboración cortesía de José Rijo PresbotEs demasiada corrupción
Si bien fueron las revelaciones de Odebrecht lo que detonó la crisis del gobierno de Medina apenas comenzaba su segundo período, una cadena de escándalos han contribuido a erosionar su credibilidad y apoyo, incluso algunos heredados de su predecesor, como el de sobornos en la compra de los aviones Tucano por 92 millones de dólares.
Pero a ello se adicionó el de la OISOE, estallado con el suicidio allí de un contratista bajo extorsión mafiosa que develó medio centenar de expedientes presentados por el Colegio de Ingenieros y Arquitectos. Igual la venta a precio vil a una empresa del barrio Los Tres Brazos y el tráfico de los terrenos del Consejo Estatal del Azúcar que generó el asesinato de dos comentaristas radiofónicos en San Pedro de Macorís y el “suicidio” de un desesperado comprador que se sintió estafado.
A pesar de algunos esfuerzos, el país no ha logrado mejorar su posicionamiento en las evaluaciones internacionales referente a las instituciones y la corrupción. El índice de competitividad del Foro Económico Mundial 2016-17 lo mantiene en el escalón 123 en el pilar de institucionalidad, en el 133 en desvío de los fondos públicos y en confiabilidad de la policía, 132 en políticas antimonopolios, 128 en favoritismo de los funcionarios, y 111 en despilfarro del gasto gubernamental. Eso entre 139 países evaluados.
Algunos esfuerzos fallidos
Aunque el gobierno iniciado hace cinco años ha realizado esfuerzos por mejorar la administración pública y controlar el dispendio, parece que se esfumaron. Fracasaron la mayoría de las comisiones de veeduría auspiciadas y el dispendio ha reflotado en términos escandalosos, como las recientes revelaciones de que el expresidente de la Cámara de Diputados Abel Martínez gastó en 6 años más de 7 mil millones 380 millones de pesos en ayudas sociales clientelares, donaciones y publicidad política.
Se acredita al ministro de educación Andrés Navarro la depuración de casi 4 mil personas que cobraban como maestros, lo que debería extender a la nómina de empleados administrativos, que creció 78 por ciento, con 33 mil 307 designaciones tras la aplicación del 4% del PIB para educación, lo que Educa denunció hace un año como insostenible. El mismo Navarro había limpiado la nómina de Relaciones Exteriores cancelando más de 900 botellas, pero su sucesor Miguel Vargas Maldonado ha recién designado 45 asesores con sueldos promedio de 122 mil pesos, incluyendo a nueve que aspiraron a diputados.
Estabilidad por endeudamiento
El gobierno de Danilo Medina llega a su quinto año con el mérito de haber mantenido la estabilidad macroeconómica con alto crecimiento, sobre 6 por ciento el año pasado, aunque en la primera mitad del 2017, se ha reducido al 4 por ciento, con indicadores preocupantes que obligaron a una reducción de tasas de intereses y del encaje legal para incentivar financiamiento productivo por 20 mil 423 millones de pesos.
En sus primeros meses, el régimen intentó acatar el mandato de la Ley de Estrategia Nacional de Desarrollo que dispone el pacto fiscal, pero lo desechó ante los reclamos sociales de ajuste del gasto, reducción del dispendio y de la malversación. Luego ha persistido en desestimarlo, lo mismo que la reclamada ley de responsabilidad fiscal.
Pese a las advertencias ha seguido sustentando el crecimiento en el endeudamiento, que del 2013 al 15 creció en US$791.8 millones por año, pero en el 2016 se disparó a US$3,459.67 millones, equivalentes a US$9.61 millones por día, 456 millones de pesos, según el informe de Crédito Público de abril pasado. Pero ya en el primer semestre del 2017 la deuda del sector público no financiero creció en US$2, 215.5 millones, igual a 369.2 millones mensuales, US$12.31 millones diarios, equivalentes a 584 millones de pesos cada 24 horas. La deuda representa ya el 52 por ciento del PIB y 41 por ciento de las recaudaciones.
Sobran razones para cuestionar si eso es sostenible a mediano plazo en una economía que no aumenta sus exportaciones, duplicadas por las importaciones.
Análisis Noticiosos
El Caribe lleva la delantera en legislación contra el plástico en América Latina.
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15 horas agoon
febrero 17, 2026Legislar contra el plástico en América Latina: el Caribe lleva la delantera y Centroamérica se queda atrás
Bogotá.-El plástico es uno de los materiales más ubicuos de nuestra sociedad. Está en los celulares, en la ropa y en los empaques en los que llegan los domicilios. Es tanta su ubicuidad que, en forma de microplásticos, también se ha identificado en el hígado, el intestino y el cerebro humano, y en la fosa de las Marianas, a 6.800 metros de profundidad en el océano Pacífico. La relación con el plástico encaja perfectamente en lo que es una “relación tóxica”: contamina ecosistemas terrestres y marinos, afecta la salud humana y, pese a esto, en 2023, según la Organización de las Naciones Unidas, su producción mundial alcanzó los 436 millones de toneladas métricas.
A pesar de la evidencia, no hemos podido terminar esa relación. En 2025, casi cuatro años después de que los países acordasen crear un tratado global contra la contaminación por plástico, las negociaciones entraron en un paréntesis: se suspendieron en agosto y Luis Vayas-Valdivieso, el ecuatoriano que las presidía, renunció. El 7 de febrero de 2026, tras una votación en Ginebra (Suiza), el cargo volvió a quedar en manos de un latinoamericano: en las del chileno Julio Cordano, director de la División de Medio Ambiente de la Cancillería y de quien, se espera, le pueda dar un nuevo aire a las negociaciones. “Tenemos el reto de lograr consensos que sean realistas, pero ambiciosos, algo crucial para el éxito del acuerdo”, señaló en un comunicado Cornado tras ser elegido.
“La lucha contra los plásticos ha sido una con un sello latinoamericano desde el origen”, comenta Alberto Quesada, experto internacional en contaminación marina y gestión de residuos plásticos, y que ha participado como observador de las negociaciones desde su inicio. “Perú, de la mano de Ruanda, fue la que presentó la resolución para el tratado”. De forma más lenta de lo que requiere la emergencia —una que se empezó a anunciar desde los años 60—, los países de América Latina y el Caribe también han creado leyes para regular el plástico, una necesaria carrera en la que las islas del gran Caribe van liderando.
Caribe a la vanguardia, Centroamérica atrás
La avalancha de plásticos no es ajena a América Latina y el Caribe. En los años 80, el consumo promedio anual por habitante era de 7 kilogramos, pero actualmente alcanzó los 35. Aunque es una cifra por debajo del promedio global (50 kilogramos), las proyecciones indican que, si no cambian las tendencias, en dos décadas será de entre 60 y 80 kilogramos. Los cálculos son de la Alianza Global de Alternativas a la Incineración (GAIA) y Break Free From Plastics (BFFP), organizaciones que también hicieron el ejercicio de rastrear si los países de la región tienen alguna ley o marco que los regule.
De 34 países –y para mediados de 2025–, 23 tenían alguna legislación nacional específica, tres contaban con normas departamentales o estatales, y solo siete (el 20%) estaban en blanco. Pero si se tiene en cuenta el reciente decreto federal de Brasil que, entre otras cosas, exige un contenido mínimo de material reciclado en envases de plástico, empezando porque sea del 22% desde 2026 y aumente gradualmente a 2040, el número de países con legislación actual es de 24. Mientras en el Caribe todos los países han aprobado alguna normal nacional, en Centroamérica y México solo lo han hecho el 38% y, en Sudamérica, un 50%.
Legislación contra los plásticos en América Latina y el Caribe

En el Caribe, por estar conformado de islas, donde el mar es cercano, el exceso de plásticos evidente, y el cambio climático golpea fuerte (el petróleo es la principal materia prima para la fabricación de la mayoría de plásticos), los países han sabido actuar más pronto. Como recuerda Quesada, en 2007 se convirtieron en uno de los primeros lugares en crear un plan regional sobre basura marina. Pocos años después, en 2012, Haití fue pionero en el subcontinente al prohibir ciertos productos plásticos de un solo uso, aunque, como señala el reporte, “la puesta en práctica de la legislación enfrenta desafíos significativos”. Con diversas leyes, además, Antigua y Barbuda dio la parada para hacer las normas más estrictas. Desde 2018 prohibió los recipientes de poliestireno expandido (conocido como icopor, unicel, telgopor y plumavit), así como los plásticos de un solo uso. Algo que no han logrado muchos.
En América Latina y el Caribe, los productos que más se han prohibido son las bolsas plásticas (88%), las pajillas, popotes o pitillos (63%), el poliestireno expandido (51%) y los contenedores de alimentos (43%).
Prohibición específica de productos plásticos en América Latina y el Caribe

Adméas, a través de metodologías que se han realizado para otros artículos científicos, el trabajo de Rodríguez apunta que, en la región, la producción primaria de resinas plásticas se concentra casi en su totalidad en cinco países asociados a la existencia de la industria petrolera: Brasil, México, Argentina, Colombia y Venezuela. Hacerle trazabilidad a la botella de plástico que llega a nuestras manos no es fácil: tiene varias materias primas y no hay transparencia desde los sectores en decir desde dónde vienen los insumos. Esa falta de información pública se suma a la lista de por qué no hemos sido capaces de cortar la relación con los plásticos.
elpais.com
Análisis Noticiosos
La jurisdicción contenciosa administrativa, una caricatura del sistema de justicia.
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2 semanas agoon
febrero 2, 2026Por José Cabral.
En una sociedad como la dominicana, donde los antivalores aparecen en todos los escenarios, fruto de una herencia histórico- cultural fundamentada en el caudillismo, el machismo, el patriarcado, el amiguismo, entre otras distorsiones, es lo que explica que el país haya caído en dictaduras férreas como las de Pedro Santana, Ulises Heureaux (Lilí y la de Rafael Leónidas Trujillo Molina.
Esta vocación dictatorial todavía perdura en muchos dominicanos, ya que, aunque se salió de esos gobiernos violadores de derechos humanos fundamentales, pero aún perdura la tendencia en el país, máxime cuando una persona adquiere cierta autooridad a través de la administración pública, la inclinación por las arbitrariedades que provienen del poder.
Entonces, a partir de esa premisa se puede decir que la jurisdicción contenciosa administrativa juega un papel de primer orden en el sistema de justicia nacional, porque tiene la sagrada misión de juzgar a la administración frente a los abusos que se cometen en contra del administrado.
Los avances en esta rama del derecho que se observan en los textos de las leyes 13-07 y 107-13, las cuales son una continuación de lo que consignan los artículos 164 y 167 de la Constitución de la Republica, no parecen que jueguen su papel en el marco del proceso de constitucionalización del derecho que se produce en el país desde el año 2010.
La jurisdicción contenciosa administrativa parece que se ha quedado estacionaria en lo que disponía la Ley 1494 de que a través de ella la administración se juzgaba a sí misma, mediante la llamada justicia tenida, ya que sus sentencias son una especie de bochorno y evitan que el ciudadano pueda recurrir en contra de la conducta abusiva del funcionario público.
Las sentencias de los jueces de la jurisdicción contenciosa administrativa son la principal frustración y negación del proceso de constitucionalización del derecho, cuyas ponderaciones dejan mucho que desear y son decepcionantes para que el administrado logre sobreponerse a los atropellos de la administración que ya no encajan en el contexto del neo-constitucionalismo.
Naturalmente, hay que decir que el fenómeno no es exclusivo de la jurisdicción contenciosa administrativa, sino de todo el sistema de justicia, en el que se observa que se producen graves violaciones a la tutela judicial efectiva, el debido proceso y el derecho a la defensa, así como de principios como el de celeridad procesal, el plazo razonable que devienen en justicia tardía, que no es otra cosa que denegación de justicia.
Todo este cuadro dice claramente que en el país todavía no se ha superado la denominada constitución de fachada, es decir, que la misma es muy bonita en el papel, pero que la práctica es una negación de ella, lo cual deja muy mal parada a la democracia nacional.
Sin embargo, hay que ratificar que lo que se observa en la jurisdicción contenciosa administrativa llena de vergüenza a los que de alguna manera abogan por una mejor administración de justicia, cuyas principales decisiones casi siempre terminan en nulidad mediante los recursos de revisión en esta materia elevados ante el Tribunal Constitucional (TC)
Lo interesante de las debilidades que se observan en todo el sistema de justicia es que en los discursos de los que lo representan, como el presidente de la Suprema Corte de Justicia, el país camina tan bien en esta materia que habría que compararlo con las naciones donde el estado de derecho tiene un real y contundente empoderamiento.
¿Percepción o realidad?
Por José Cabral
En la República Dominicana se estila hablar de que en el país se ha avanzado en lo referente al Estado Social Democrático de Derecho, lo cual sólo existe en la cabeza de los que se la pasan proyectando una percepción que nada tiene que ver con la realidad.
Puede decirse que el proceso de constitucionalización del derecho se produce en el papel, pero no en la realidad, lo que crea una serie de incertidumbres en la sociedad.
La jurisdicción contenciosa administrativa es una que no hay forma de que tenga un desempeño en función de una buena administración de justicia, porque si el funcionario público incurre en graves violaciones de los derechos fundamentales, peor pasa con los jueces de la misma, quienes no hay forma de que demuestren que se manejan en función del impacto de los valores y principios constitucionales en sus decisiones, lo cual es definitivamente una negación de los supuestos avances en esta materia.
Las sentencias de la jurisdicción contenciosa administrativa son una especie de caja de resonancia de los pedidos en sus conclusiones de la Procuraduría General Administrativa, cuyos contrasentidos jurídicos son el pan de cada día en las audiencias de sus diferentes salas, lo que impacta negativamente al ciudadano.
Por el momento quiero reproducir una carta enviada al presidente del Tribunal Superior Administrativa ante una decisión tomada en virtud de la solicitud de una medida cautelar frente a los abusos que comete la empresa Distribuidora del Norte (EDENORTE) en contra de los usuarios.
Sin embargo, la falta de razonabilidad y racionalidad de los jueces del Tribunal Superior Administrativo (TSA), principalmente de su presidente, causa más indignación que los atropellos que comete el órgano del Estado que maneja la referida empresa.
A continuación reproduzco la carta enviada al presidente del TSA a propósito de su sentencia mediante la cual niega una medida cautelar, cuyo razonamiento, aparte de ridículo, revela hasta donde en el país se cuenta con una Constitución de fachada, cuyo respeto a los derechos fundamentales sólo existe en el texto, pero no en la realidad.
Señor
Magistrado Diomedes Y. Villalona G.
Presidente del Tribunal Superior Administrativo
Magistrado Villalona:
La presente es para dejar sentada mi indignación por la reiteración de decisiones que dejan muy mal parada a la jurisdicción contenciosa administrativa en la República Dominicana, cuyo desempeño deja mucho que desear, a pesar de que se enarbola que su base de sustentación es el nuevo constitucionalismo que se rige por valores y principios.
El mejor ejemplo de que la jurisdicción contenciosa administrativa se maneja con un nivel de razonabilidad y de racionalidad que no supera lo que ocurre en los juzgados de paz o tribunales inferiores, donde las decisiones son generalmente muy superficiales y carentes de una aceptable ponderación, es la sentencia emitida y que genera la presente comunicación.
La última joya del presidente del Tribunal Superior Administrativo ante los abusos cometidos por la Distribuidora de Electricidad del Norte (EDENORTE), la cual ha incurrido en una serie de atropellos que revelan que los derechos de los consumidores y de los administrados están en manos de juzgadores que sólo sirven como caja de resonancia de los funcionarios públicos que actúan al margen de la Ley 13-07 y de la 107-13, así como de la 1494, ya que su misión no parece ser otra que imponer una carga procesal y económica que se agrava cuando finalmente se emite un fallo carente de toda lógica jurídica en detrimento del impetrante y en favor del impetrado..
En este sentido, he querido dejar sentado mi rechazo al comportamiento y el daño que genera esta jurisdicción contenciosa administrativa en detrimento de un buen derecho, de una buena administración de justicia, que deteriora la imagen del sistema de justicia en la República Dominicana, dado que en el fallo se establece qué tan grande es su falta de razonabilidad al negar una medida cautelar en virtud de un corte del servicio de electricidad que lleva varios meses bajo el argumento de que no se aportaron pruebas de que el recurrente no tiene el referido servicio, pese a que la propia ley ofrece la respuesta al respecto.
Cómo se puede entender semejante decisión, ya que es un contrasentido que el recurrente diga que se le cortó arbitrariamente el servicio de energía eléctrica y que mediante la medida cautelar solicite la reconexión del mismo, pero que, en un choque con cualquier razonamiento lógico, máxime cuando la parte recurrida no ha invocado lo contrario de lo alegado por el cliente, el tribunal niegue el pedido sustentándose en que no se aportaron las pruebas al respecto, sobre todo cuando el órgano se niega a entregar documentos que comprometan su irresponsabilidad e ilegalidad.
La realidad es que ese desempeño de la jurisdicción contenciosa administrativa es una vergüenza ante el proclamado empoderamiento del neoconstitucionalismo, que se basa en la aplicación de valores y principios que van de las manos con los derechos humanos fundamentales.
La decisión tomada en torno a la medida cautelar es una especie de anuncio anticipado de que el recurso que tiene que ver con el fondo también será fallado en contra, en razón de que, como digo más arriba, la decisión tomada deja muy claro que las acciones de cualquier administrado es un esfuerzo perdido por los criterios con que se maneja la jurisdicción contenciosa administrativa en el país, convirtiéndose en una vergüenza para el derecho comparado, interamericano e internacional.
El mejor consejo para cualquier administrado abusado por la administración es desistir de buscar justicia en la jurisdicción contenciosa administrativa por representar una vergüenza para el sistema de justicia nacional, ya que como lo dije más arriba sus decisiones están determinadas por los contrasentidos jurídicos que invoca generalmente la Procuraduría General Administrativa, cuyos procesos para lo único que sirven es para aumentar la carga procesal y costos económicos en desfavor del ciudadano a través de notificaciones arbitrarias y abusivas.
Este desempeño de la jurisdicción contenciosa administrativa, la cual todavía está estacionaria en la llamada justicia retenida, mediante la cual la administración se juzga a sí misma y cuyos jueces eran designados por el Poder Ejecutivo, igual que el que preside la Procuraduría General Administrativa, llena de vergüenza a cualquier buen dominicano, dado que se supone que el Tribunal Superior Administrativa está bajo el control y la tutela de la Suprema Corte de Justicia en virtud del mandato de la Ley 13-07.
Evidentemente que la decisión de negar la medida cautelar tiene el propósito de condenar al fracaso la demanda principal en razón de que impone que el recurrente tenga que negociar con EDENORTE para restablecer el servicio y de ese modo disponer la inadmisibilidad de la misma por existir un acuerdo que deja sin sentido el pedido principal de la parte recurrente que, entre otras cosas, busca una indemnización por los daños morales y materiales causados.
No está de más recordar que el artículo 22 de la Ley 107-13 sobre Derechos de las Personas ante la Administración y el derecho a la defensa establece que la administración debe probar sus alegatos. El procedimiento sancionador obliga a la administración a sustentar la validez de sus actos y pruebas, además que existe la carga de la prueba que en los procedimientos sancionadores la administración pública tiene la obligación de probar los hechos que fundamentan sus decisiones contra un ciudadano en función del principio de legalidad, ya que el funcionario público está limitado por las normas de procedimiento y la Constitución, no pudiendo actuar sin sustento probatorio, ya que la presunción de validez no es absoluta. Otro principio violado por la jurisdicción contenciosa administrativa es el de celeridad, consignado en el artículo 19 de la Ley 107-13, en cuya virtud las actuaciones administrativas se realizarán optimizando el uso del tiempo, resolviendo los procedimientos en plazo razonable que, en todo caso, no podrá superar los dos meses a contar desde la presentación de la solicitud en el órgano correspondiente, salvo que la legislación sectorial indique un plazo mayor. En especial, las autoridades impulsarán oficiosamente los procedimientos e incentivarán el uso de las tecnologías de la información y las comunicaciones a los efectos de que los procedimientos se tramiten con diligencia y sin dilaciones injustificadas, de manera escrita o a través de técnicas y medios electrónicos. La medida cautelar solicitada por el impetrante fue fallada en contra de lo que dispone al articulo 7 de la Ley 13-07, Orgánica del Tribunal Superior Administrativo, la cual se conoció el 16 de diciembre y fue fallada el 22 de enero, pese a que se habla de cinco días después de la celebrada la audiencia en la que las partes plantean sus conclusiones, principalmente cuando hay una afectación mayor, porque el recurrente no tiene servicio de energía eléctrica y que en consecuencia todas las labores comerciales y empresariales están paralizadas y la reactivación está determinada por el fallo de la misma.
Este es un ejemplo de que en el país existe una Constitución de fachada que niega los supuestos avances y fortalecimiento del Estado Social Democrático de Derecho, lo cual es una explicación de que República Dominicana es una sociedad que vive más de la percepción que de la realidad.
Sin otro particular,
José Antonio Cabral Salcedo.
