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Senadores retrasan aprobación de códigos penal y laboral pese a llamado de Abinader.
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1 año agoon
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LA REDACCIÓN
Santo Domingo, R.D.-Los senadores retardaron los procedimientos de aprobación de las propuestas de modificación tanto al Código Penal como al Código de Trabajo, a pesar del llamado del presidente Luis Abinader en dar el visto bueno a ambas propuestas legislativas antes de la culminación de la presente legislatura.
Ambas modificaciones estaban supuestas a ser conocidas y aprobadas en una segunda lectura durante la sesión de este martes en el Senado de la República, sin embargo, ninguna fue propuesta para ser introducida a la orden del día debido a propuestas de modificaciones recientes realizadas desde varios sectores.
Con relación al nuevo Código Penal el senador Santiago Zorrilla, presidente de la comisión bicameral que estudió la pieza, manifestó a los medios de comunicación que retrasaran la aprobación de la pieza debido a que esperan unas observaciones que la Procuraduría General de la República y otros sectores están supuestos a realizar.
El legislador manifestó que no han recibido “ningún tipo de presión” de parte de otros sectores sociales y que tanto los senadores y diputados entienden el rol que deben de jugar y la urgencia de que la sociedad tenga un nuevo Código Penal.
“No existe la presión, el Senado de la República no está para tomar presión de nadie, nosotros sabemos el rol que tenemos ante la sociedad y ante el pueblo y no podemos tomar presión de ningún otro poder y de grupo sociales. Estamos esperando una propuesta de la Procuraduría y de unas personas que nos han llamado y vamos a ver también”, indicó Zorrilla.
Esas modificaciones que serán planteadas se sumaran a las que los senadores Omar Fernández y Moisés Ayala anunciaron que realizarían durante el procedimiento de segunda lectura de la pieza.
La propuesta de nuevo Código Penal no contiene la despenalización del aborto asistido en tres causales excepcionales e integraría la figura del cúmulo de penas por el cual a un mismo individuo se le puede sentenciar tras ser hallado culpable en varios cargos en su contra. El cúmulo puede llegar hasta los 60 años de prisión, además de que tipifica 72 nuevos crímenes.
Mientras que el conocimiento del Código Laboral fue retrasado debido a los recientes señalamientos realizados por el sector empresarial y el rechazo de los sindicalistas a esos nuevos planteamientos.
El presidente de la comisión que estudió esa pieza, el senador Rafael Barón Duluc (Cholitin), manifestó que el principal punto de discusión se mantiene siendo la figura de la cesantía laboral.
“Ese tema nosotros lo aprobamos como vino (en la propuesta realizada por el Poder Ejecutivo), o sea, no se tocó; al final la cesantía permanecería”, manifestó el senador.
La propuesta del Poder Ejecutivo fue realizada a raíz de los resultados del dialogo tripartito, del cual forman parte los sectores empresarial, laboral y el Gobierno, sin embargo, una vez la pieza fue aprobada por los senadores en una primera lectura, los empresarios rechazaron el proyecto de modificación al Código de Trabajo, por considerar que “representa un retroceso” y señalando que el mismo ignora varios “acuerdos alcanzados” durante el desarrollo del dialogo tripartito.
Aunque los empresarios han hecho un llamado a retomar el dialogo, los sindicalistas han manifestado que ese tema no fue tocado en el nuevo proyecto para “mantener el orden laboral y evitar una posible huelga general y explosión social”.
El representante de la provincia La Altagracia en la Cámara Alta indicó que se han acogido las propuestas de ambos sectores a la propuesta enviada desde el Gobierno, aunque también han validado las posiciones sustentadas en la pieza legislativa aprobada en una primera lectura la pasada semana.
“Hay varios puntos que pueden ser objeto de modificación, por ejemplo el tema de las zonas francas, que si bien es cierto que estuvo la intención de darle a los trabajadores de las zonas francas esos derechos de las bonificaciones, también es cierto que puede poner en peligro la presencia de esas empresas de zonas francas en el país por lo que es valido mantener el sistema como está”, argumentó Duluc al tiempo que aseguró que el código aprobado será “uno bueno para todos los sectores y todos los dominicanos”.
¿Queda tiempo?
Abinader fue enfático en su señalamiento de que estas nuevas leyes deben ser aprobadas antes de que culmine la presente legislatura, la cual concluye el próximo 26 de julio.
Hasta tanto ambas piezas no sean aprobadas en una segunda lectura por los senadores, las mismas no pueden ser remitidas hacia la Cámara de Diputados, quienes también tienen que repetir el mismo proceso de leer y aprobar en dos lecturas consecutivas ambos códigos, los cuales quedarían convertidos en ley siempre y cuando no modifiquen lo aprobado por el Senado.
Mientras Zorrilla y Duluc afirman que ambos códigos pueden ser aprobados antes de ese 26 de julio, Abinader manifestó que está dispuesto a convocar a una legislatura extraordinaria.
Múltiples senadores se mostraron de acuerdo con la idea de continuar laborando hasta el 15 de agosto.
El Código Laboral corre el riesgo de perimir si no es aprobado en la presente legislatura ya que data en el Congreso Nacional desde el pasado mes de noviembre; al perimir, el proyecto debería de ser reintroducido para volver a ser conocido y aprobado dos veces.
Duluc indicó que eso no representaría un “retraso mayor” por lo que solamente tiene que ser reintroducido por el Senado y ser liberado de lectura durante el conocimiento de la primera lectura.
Nacionales
Fiscal acusado de sobornar testigo del caso Senasa recibe rechazo de solicitud de variación de prisión preventiva.
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17 horas agoon
julio 29, 2026
Santo Domingo, R.D.-La solicitud del fiscal Aurelio Valdez Alcántara, a quien el Ministerio Público señala de exigir y recibir soborno a un testigo del fraude en el Seguro Nacional de Senasa, de variar la prisión que se le impuso por una medida de coerción menos grave, fue rechazada este miércoles por una jueza de la corte del Distrito Nacional.
La magistrada Nancy Joaquín Guzmán, de la Tercera Sala de la Corte Penal del Distrito Nacional, ratificó los tres meses de cárcel en Najayo Hombres que se le impuso al miembro del Ministerio Público en mayo y que luego le confirmó en junio la Suprema Corte de Justicia.
- El Ministerio Público, representado por el titular de Persecución, Wilson Camacho, junto al procurador de corte Eduardo Velázquez Muñoz y Andrés Mena, logró que el tribunal acogiera su petición de mantener la prisión al imputado.
- Según Velázquez Muñoz, los presupuestos presentados por la defensa del imputado fueron insuficientes en base al peligro de fuga y la gravedad de los hechos que se le atribuyen.
A Valdez Alcántara se le señala por exigir y recibir un soborno de 10,000 dólares por parte de Roberto Canaán Acta, exgerente de Atención al Usuario del Seguro Nacional de Salud (Senasa).
Por el caso de corrupción en el Senasa, este jueves el juez Deiby Timoteo Peguero, del Séptimo Juzgado de Instrucción, revisará también la prisión preventiva que se le impuso al exdirector de la ARS, Santiago Hazim y los otros cinco imputados que permanecen en la cárcel de Las Parras, en el municipio San Antonio de Guerra.
Asimismo, Rafael Luis Martínez Hazim y Ramón Alan Speakler Mateo.
Ada Ledesma Ubiera, está última quien estaba recluida en Najayo Mujeres, fue favorecida recientemente con una garantía económica y arresto domiciliario.
Los otros tres procesados por el presunto fraude son el empresario Eduardo Read Estrella, Cinty Acosta Sención y Heidy Mariela Medina, quienes tienen arresto domiciliario desde el pasado mes de diciembre.
Nacionales
Fiscales piden a tribunal rechazar solicitud de extinción de la acción penal a Jean Alain
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20 horas agoon
julio 29, 2026
Santo Domingo, R.D.-Las juezas del Segundo Tribunal Colegiado del Distrito Nacional recibió el pedido del Ministerio Público solicitó a las juezas del Segundo Tribunal para que rechace la petición de extinción de la acción penal presentada por la defensa del exprocurador general de la República, Jean Alain Rodríguez, principal acusado en un expediente por presunta corrupción administrativa.
Durante la audiencia, la titular de la Procuraduría Especializada de Persecución de la Corrupción Administrativa (Pepca), Mirna Ortiz, sostuvo que la extinción procesal constituye una sanción ante la inactividad o la conducta defectuosa de las partes. En ese sentido, argumentó que la dilatación en el tiempo del presente caso no es atribuible a faltas del órgano acusador, sino a la propia naturaleza y complejidad del expediente.
Ortiz afirmó que el artículo 146 del Código Procesal Penal, reformado por la Ley 97-25, establece los parámetros objetivos para determinar la razonabilidad de los plazos procesales, y destacó que el proceso maneja una cantidad de elementos probatorios sustancialmente superior a los 4,000 analizados en otros expedientes de corrupción.
«La extinción es una sanción procesal. ¿A quién se castiga? A la parte que ha actuado de manera contraria a las normas. El Ministerio Público no ha incurrido en negligencia ni en inactividad defectuosa que amerite la ‘muerte procesal’ de esta causa», aseveró la magistrada.
Para sustentar la postura del órgano persecutor, Ortiz citó la resolución jurisprudencial dictada por el mismo tribunal el 17 de marzo de 2025 en el expediente seguido contra Juan Alexis Medina Sánchez, a quien también se le rechazó una solicitud de extinción de la acción penal.
Por su parte, el fiscal Emmanuel Ramírez, de la Dirección de Persecución del Ministerio Público, sostuvo que el alegado retardo del juicio responde a una deliberada estrategia dilatoria implementada por las defensas de los procesados a lo largo de la investigación y del proceso judicial.
Para fundamentar su postura, Ramírez detalló que solo una de las defensas presentó cinco recusaciones consecutivas contra los fiscales del caso con el objetivo de paralizar las investigaciones. El representante del Ministerio Público señaló que todas y cada una de esas recusaciones fueron rechazadas por los tribunales por carecer de fundamento jurídico, demostrando que su único propósito fue ralentizar el curso normal de la justicia.
El magistrado también abordó la magnitud del expediente para contextualizar la administración de los tiempos procesales, recordando que se trata de uno de los casos de corrupción administrativa más voluminosos en la historia judicial dominicana:
El Ministerio Público depositó en estrados las pruebas físicas relativas a las recusaciones rechazadas para que consten en el récord del tribunal al momento de decidir sobre la petición de la defensa.
Nacionales
Memes y paradias no constituyen delitos en nuevo Codigo Penal.
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20 horas agoon
julio 29, 2026
Santo Domingo, R.D.-Yeni Berenice Reynoso, procuradora general de la República, afirmó que crear o publicar una caricatura, un meme, una parodia, una sátira, un video o una imagen con fines periodísticos, artísticos, humorísticos o como vehículo de crítica social no constituye un delito, debido a que ni el Código Penal aprobado ni su reforma lo tipifican o sancionan con penas de prisión o multa.
La procuradora sostuvo que el artículo 169 de la Constitución dominicana establece que el Ministerio Público es el órgano encargado de formular e implementar la política de persecución penal contra la criminalidad, dirigir la investigación penal y ejercer la acción pública en representación de la sociedad.
En ese sentido, la procuradora consideró pertinente esclarecer el tema que, según señaló, ha recibido una interpretación errónea por parte de algunos sectores que inciden en la opinión pública.
Asimismo, recordó que el derecho penal solo sanciona acciones u omisiones dolosas o culposas, y que el principio de legalidad penal exige que toda conducta sancionable esté descrita de manera expresa, precisa e inequívoca en la ley.
La titular del Ministerio Público advirtió además que es un error realizar interpretaciones extensivas o recurrir a la analogía en contra de una persona, ya que el derecho penal lo prohíbe de forma estricta, salvo que dicha interpretación favorezca al procesado.
Precisó que la alteración de videos o audios con fines ilícitos para perjudicar a un tercero no extiende sus efectos a la elaboración de memes, caricaturas o parodias desarrolladas dentro del ejercicio de la libre expresión y la creación artística, actividades que subrayó se encuentran plenamente protegidas por la Constitución.
