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Afirman nueva ley de tránsito choca con la Constitución

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Considera que debió ser objeto de discusión la autorización a agentes de tránsito que pueden aplicar sanciones de multas a conductores, pasajeros, peatones y personas que realicen trabajos u operen negocios en la vía pública.

Benny Rodríguez

Barahona.- El Instituto Nacional de Investigación y Adiestramiento Jurídico (INNIAJ), cuestionó los fundamentos en los que descansa la nueva legislación de tránsito, que ya se está aplicando en el país que choca con la Constitución de la República.

El INNIAJ, que durante varios días trató el tema en un curso con abogados y estudiantes de la carrera de derecho en la que abordó la problemática de la nueva Ley de Tránsito 63-17, dijo que esta legislación es una copia del modelo europeo de viabilidad.

Considera que debió ser objeto de discusión la autorización a agentes de tránsito que pueden aplicar sanciones de multas a conductores, pasajeros, peatones y personas que realicen trabajos u operen negocios en la vía pública.

“Las decisiones de los nuevos agentes adscritos al sistema pueden llegar hasta los 20 salarios mínimos del sector público centralizado, sumas exorbitantes para un país con tantas precariedades y limitaciones económicas”, observa.

Calificó a los agentes como especie de “jueces”, porque tienen el poder de comprobar conductas como testigos excepcionales y en base a su sentido “juzgar y condenar” en el acto, cuyas decisiones son recurribles mediante el novedoso mecanismo de la impugnación de multas.

A juicio del Director de la entidad, experto en asuntos constitucionales, doctor Carlos Julio Féliz Vidal,  cuestiona que  las conductas sancionadas pasan por alto el temperamento del pueblo dominicano.

Afirmó que ese poder dado a los agentes de tráfico “parece” chocar con el artículo 149 de la Constitución de la República “que pone en manos del Poder Judicial la función de juzgar y ejecutar lo juzgado”.

Consideró que la nueva Ley de tráfico es un código penal en materia de ruta, con una vocación altamente tributaria que, a su juicio, resulta irracional penalizar la ayuda de un conductor a otro cuando remolca un vehículo, toca bocina, sentarse en la zona rural al lado de una calzada, distribuir tratados en la vía pública, entre otras conductas, con sumas que pueden sobrepasar los cien mil pesos.

No define

En el curso Joaquín Encarnación, un abogado dominicano que vivió varios años en Europa, conductor en el nuevo modelo europeo, cuestionó que la ley dominicana no define lo que debe entenderse por una autopista o por una autovía. A su juicio, en República Dominicana no hay autopistas.

“La autopista es una vía de alta seguridad, debe estar completamente vallada, (sin acceso a colindantes o vecinos), tener por lo menos dos carriles en la misma dirección o el mismo sentido de la marcha, los retornos deben hacerse en pasos soterrados (túneles o falsos túneles) o elevados con respecto a los carriles de desplazamientos ordinarios”, señaló.

Indicó que el acceso a la autopista tiene que contar con los carriles correspondientes que no interrumpan la velocidad de los que se desplazan en los carriles  de los viales de la calzada (carriles de aceleración o incorporación a la autopista o carriles de desaceleración o salida de la autopista).

Afirmó que ninguna de las llamadas autopistas dominicanas reúne estas características, “porque en cualquier parte de la vía se permite el acceso de vehículos, transeúntes, animales y el retorno o cambio de sentido de la marcha al mismo nivel de los carriles de los viales de la calzada”.

“De ahí que nuestras infraestructuras viales no soportan una legislación tipo europeo donde el conductor debe adecuar la conducta al tipo de vía por donde se desplaza”, dijo.

Consideró que la nueva legislación de tráfico requiere de un replanteamiento a tono con la realidad dominicana, en varios aspectos en los que se aleja de las estructuras sociales, los sentimientos y temperamentos del pueblo dominicano.

acento.com.do

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Obispos se reunen con Abinader en la 64ª Asamblea Plenaria del Episcopado

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Santo Domingo. – La Conferencia del Episcopado Dominicano (CED) en el marco de su 64ª Asamblea Plenaria, recibió este viernes la visita del presidente de la República, Luis Abinader, en un encuentro celebrado en la Casa Arquidiocesana María de la Altagracia, donde se abordaron distintos temas de interés nacional.

Durante su intervención, el mandatario destacó la importancia de mantener un diálogo permanente con la Iglesia católica, señalando que estos espacios permiten conocer de primera mano las necesidades de las diócesis y socializar las medidas adoptadas por el Gobierno.

“Siempre es bueno tener el contacto con los obispos, escuchar las necesidades de sus diócesis y también explicarles los grandes temas nacionales”, expresó.

Abinader se reúne con obispos en la 64ª Asamblea Plenaria del Episcopado

El jefe de Estado agregó que estos encuentros se han convertido en una práctica habitual de su gestión, como parte de la relación de cooperación con la jerarquía eclesiástica.

El presidente fue recibido por la nueva directiva de la CED para el período 2026-2029, encabezada por el obispo de San Francisco de Macorís, Ramón Alfredo de la Cruz Baldera, quien asumió la presidencia de la institución.

Abinader se reúne con obispos en la 64ª Asamblea Plenaria del Episcopado

También participaron el arzobispo coadjutor de Santo Domingo, Carlos Tomás Morel Diplán, en calidad de vicepresidente, y el obispo auxiliar de Santo Domingo, José Amable Durán Tineo, como secretario general.

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Garantía económica e impedimento de salida a “Onguito Wa”.

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Santo Domingo, R.D.-Una garantia economica impone el Tribunal del Distrito Judicial de San Cristóbal de RD$200,000, impedimento de salida del país y presentación periódica al Ministerio Público contra el imputado Elvis Manuel Santos Alcántara (Onguito Wa), acusado de porte ilegal de armas de fuego, tras acoger de forma parcial la solicitud del Ministerio Público.

La decisión judicial se produce luego de que el procesado fuera arrestado en flagrante delito el pasado 21 de junio, cuando agentes de la Policía Nacional realizaban labores de patrullaje en la carretera Sánchez Vieja, en San Cristóbal.

Durante el operativo, el imputado se desplazaba en un vehículo Honda CR-V, color negro, junto a otra persona, y al ser registrado se le ocupó una pistola Glock, calibre 9 mm, con 17 cápsulas, sin documentación legal.

Imponen garantía económica e impedimento de salida a “Onguito Wa” por porte ilegal de arma
Imponen garantía económica e impedimento de salida a “Onguito Wa” por porte ilegal de arma

La magistrada Chadalis E. Rosario Melenciano, jueza suplente del Tercer Juzgado de la Instrucción y de la Oficina Judicial de Atención Permanente, ordenó además que el imputado deberá presentarse los días 29 de cada mes durante seis meses ante el Ministerio Público, como parte de las medidas impuestas.

Asimismo, el tribunal dispuso la notificación a la Dirección General de Migración (DGM) para garantizar el impedimento de salida del país, mientras que el Primer Juzgado de la Instrucción de San Cristóbal fue designado como tribunal de control del caso.

El Ministerio Público, representado por las fiscales Belkis Tejeda e Ingris Maribel Guerrero Polanco, había solicitado prisión preventiva por tres meses; sin embargo, el tribunal optó por medidas no privativas de libertad, al considerar parcialmente la solicitud.

El órgano acusador también obtuvo un plazo de seis meses para presentar el requerimiento conclusivo del proceso.

De acuerdo con el expediente, Santos Alcántara ya había sido condenado previamente mediante la Sentencia Penal núm. 523-2025-SSEN-00015 por violaciones a la Ley 63-17 sobre Movilidad, Transporte Terrestre y Seguridad Vial, lo que fue recordado por el Ministerio Público durante la audiencia.

Con esta decisión, el caso sigue bajo investigación judicial mientras el imputado permanece bajo estrictas condiciones de control.

El uso, porte y tenencia ilegal de armas de fuego constituye uno de los delitos más vigilados por las autoridades judiciales y de seguridad en la República Dominicana, debido al impacto que tiene en la criminalidad, la seguridad ciudadana y la violencia urbana.

«En el país, este tipo de infracciones está regulado por la legislación penal vigente y por normativas específicas que establecen los requisitos para la adquisición, registro y porte legal de armas».

  • En los últimos años, el Ministerio Público y la Policía Nacional han intensificado los operativos de prevención y persecución del porte ilegal de armas, especialmente en zonas urbanas y carreteras donde se registran mayores incidencias de delitos flagrantes.
  • Estos operativos suelen incluir patrullajes, requisas selectivas y controles de vehículos, con el objetivo de reducir la circulación de armas no registradas.

El sistema judicial dominicano contempla medidas de coerción que pueden ser privativas o no privativas de libertad, dependiendo de la gravedad del hecho, los antecedentes del imputado y el riesgo procesal.

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Prisión preventiva solicitan para falso odontólogo tras causar graves lesiones en La Vega

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Santo Domingo, R.D.-La imposición de prision preventiva como medida de coercion contra un acusado de ejercer la odontología solicitará el Ministerio Público  en las próximas horas la imposición  contra un hombre acusado de ejercer la odontología sin exequátur en La Vega en un caso de presunto intrusismo profesional que dejó a una paciente con lesiones permanentes en el rostro y daños neurológicos severos.

El imputado, identificado como Franklin José Almánzar Escarramán, de 51 años, habría realizado procedimientos odontológicos de alta complejidad sin la debida autorización legal en el consultorio de su hermano, ubicado en el Centro Médico V Centenario, en la provincia de La Vega.

Su hermano, William Radhamés Almánzar Escarramán, también fue arrestado por su presunta complicidad en los hechos, ambos tras entregarse a las autoridades policiales en cumplimiento de una orden judicial.

Instrumentos odontológicos en un consultorio, vinculados al caso de un falso odontólogo acusado de causar lesiones
Instrumentos dentales en un consultorio, en el contexto de la solicitud de prisión preventiva contra un falso odontólogo.

De acuerdo con la investigación del Ministerio Público, la víctima acudió el pasado 17 de enero a recibir atención odontológica y fue evaluada en el consultorio de los imputados, donde se le indicó la extracción de cuatro terceros molares mediante un procedimiento quirúrgico.

Según el expediente, durante la intervención, el imputado habría aplicado anestesia y posteriormente realizado maniobras violentas con instrumentos odontológicos, incluyendo golpes en la zona afectada, sin lograr completar la extracción tras varias horas de intento.

La paciente posteriormente presentó dolor intenso, inflamación facial y complicaciones severas, lo que la llevó a buscar atención médica especializada, donde se determinó la existencia de daños permanentes en su salud bucal, incluyendo nervios atrofiados, edema facial, trismo, parestesia mandibular y otras lesiones complejas.

La procuradora de corte de La Vega, Aura Luz García Martínez, explicó que el Ministerio Público procederá a solicitar la medida de coerción garantizando el debido proceso.

“Vamos a presentar la solicitud de medida de coerción ante la autoridad competente, garantizando el debido proceso y los derechos fundamentales de los imputados”, afirmó.

Las autoridades indicaron que el imputado principal ejercía la odontología sin exequátur, según certificación del Ministerio de Salud Pública, lo que constituye una violación a la Ley General de Salud 42-01 y la normativa que regula el ejercicio profesional odontológico.

  • El órgano persecutor también sostiene que la actuación de los hermanos Almánzar Escarramán pudo haber tenido consecuencias aún más graves
  • Incluso la muerte de la paciente, debido a la naturaleza del procedimiento realizado sin habilitación legal.

El caso ha sido calificado provisionalmente como violación a varios artículos del Código Penal dominicano y de la legislación sanitaria vigente, mientras el tribunal evalúa la solicitud de medida de coerción presentada por el Ministerio Público.

El ejercicio de la odontología y otras profesiones de la salud en la República Dominicana está regulado por un marco legal que exige la obtención de un exequátur y la debida habilitación profesional, con el objetivo de garantizar la seguridad de los pacientes y la calidad de los servicios médicos.

Estas disposiciones forman parte de las políticas sanitarias orientadas a prevenir el intrusismo profesional, una práctica que consiste en ejercer una profesión sin la autorización correspondiente.

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