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Almeyda ha recibido más de RD$15 millones como ministro sin cartera

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Politóloga dice enfrentamiento entre Franklyn Almeyda y Roberto Rodríguez Marchena refleja lucha por candidatura presidencial

SANTO DOMINGO. ¿Cuántos Franklin Almeyda están ganando sueldos de lujo sin hacer nada? Es la interrogante social que se ha quedado tras el enfrentamiento sostenido entre dos importantes dirigentes políticos del Partido de la Liberación Dominicana (PLD), Franklin Almeyda Rancier y Roberto Rodríguez Marchena.

La preocupación viene dada luego de que el portavoz de la Presidencia acusara a través de Twitter al exministro de Interior y Policía y miembro del Comité Político del PLD, Franklin Almeyda, de cobrar sin trabajar. Rodríguez Marchena reaccionó así ante la acusación de Almeyda de expresarse a favor del presidente Danilo Medina “por un chequecito”.

Marchena había declarado en un programa televisivo que a su entender el único político que garantiza la permanencia del Partido de la Liberación Dominicana (PLD) en el poder es el presidente Danilo Medina y aseguró que “hay mucha gente que quiere al (presidente Danilo Medina) siga más allá del 20”.

Almeyda Rancier fue destituido en 2011 de Interior y Policía y designado por el presidente Danilo Medina como ministro sin Cartera para programas de Seguridad Ciudadana el 16 de agosto de 2012 mediante el decreto 454-12.

El funcionario aparece en la nómina del Ministerio Administrativo de la Presidencia con un sueldo de RD$250,000, pero no siempre fue así. Entre 2012 y 2013 su sueldo era de RD$180,000 y para febrero de 2014 ya devengaba el salario actual, para un total de RD$15,310,000 recibido en ese cargo hasta la fecha.

Almeyda Rancier fue nombrado en el cargo en agosto de 2012.

Además de Rancier en el país en calidad de ministros sin Cartera se puede identificar a José Miguel Mejía y Rafael Eduardo Selman Hasbún, ambos con sueldos mensuales de RD$250,000. También a Bautista Rojas Gómez, quien en 2016 quedó designado como ministro sin Cartera para Políticas de Desarrollo.

Tanto Marchena como Bautista Rojas Gómez, fueron cuestionado sobre la cantidad de ministros Sin Cartera que posee República Dominicana en la actualidad, ninguno ofreció detalles.

“La Ley dice que deben ser tres los ministros Sin Cartera. Yo sé de mí, no puedo hablar de otros. Tengo esa función pero trabajo”, manifestó Bautista Rojas Gómez.

Según informes de prensa, en agosto de 2016 el gobierno de Danilo Medina contaba con 22 ministros sin Carteras. La Ley Orgánica de la Administración Pública 247-12, indica en su artículo 30 que él o la Presidente de la República podrá designar hasta tres ministros sin Cartera, los cuales, además de asistir al Consejo de Ministros, tendrán a su cargo las tareas que les encomiende el decreto que los designe, las que no pueden comprender competencias sustantivas de los ministerios, ni de los organismos autónomos y descentralizados del Estado.

Antes de este reglamento existía la Ley Orgánica de Secretarías de Estado 4378 la cual en su artículo 2, párrafo II, otorgaba la facultad al Poder Ejecutivo para designar cuando lo creyera conveniente, secretarios de Estado sin Cartera para ejercer las funciones y atribuciones asignadas por el mandatario.

En 2010 un proyecto de ley orgánica buscaba reducir a sólo tres el número de secretarios sin cartera de los más de 20 que habían para esa época, y a 25 el número de viceministros, además de eliminar el puesto de subsecretario sin cartera. La pieza preparada por el Ministerio de Administración Pública, pretendía además remplazar la Ley 4378, promulgada el 7 de febrero de 1956, durante el gobierno de Trujillo y fue logrado en 2012 cuando se promulgó la Ley 247.

“La Ley 4378 de secretarías de Estado que da facultad al Presidente de nombrar secretarios sin cartera se ha festinado porque se supone que lo que debe existir es un secretario de Estado que tiene funciones asignadas por la ley pero resulta que éstos no tienen funciones”, dijo en 2010 el funcionario Gregorio Montero.

Los secretarios sin cartera devengaban sueldos de entre 45 a 60 mil pesos mensuales y tenían asignados chofer, combustibles, y viáticos sin tener oficinas en donde despachar.

Qué indica en términos políticos el enfrentamiento

Para la politóloga Rosario Espinal, el enfrentamiento entre Almeyda y Marchena, es parte de la lucha de poder entre Leonel Fernández y Danilo Medina por la candidatura presidencial del PLD. La experta recuerda que se dio en el 2007-2008, en el 2011-2012, en el 2015-2016, y “ahora en su cuarta temporada, por las elecciones del 2020”.

“Al igual que en todos los partidos, grandes y pequeños, también en el PLD predomina el caudillismo”, indicó Espinal.

diariolibre.com

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Obispos se reunen con Abinader en la 64ª Asamblea Plenaria del Episcopado

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Santo Domingo. – La Conferencia del Episcopado Dominicano (CED) en el marco de su 64ª Asamblea Plenaria, recibió este viernes la visita del presidente de la República, Luis Abinader, en un encuentro celebrado en la Casa Arquidiocesana María de la Altagracia, donde se abordaron distintos temas de interés nacional.

Durante su intervención, el mandatario destacó la importancia de mantener un diálogo permanente con la Iglesia católica, señalando que estos espacios permiten conocer de primera mano las necesidades de las diócesis y socializar las medidas adoptadas por el Gobierno.

“Siempre es bueno tener el contacto con los obispos, escuchar las necesidades de sus diócesis y también explicarles los grandes temas nacionales”, expresó.

Abinader se reúne con obispos en la 64ª Asamblea Plenaria del Episcopado

El jefe de Estado agregó que estos encuentros se han convertido en una práctica habitual de su gestión, como parte de la relación de cooperación con la jerarquía eclesiástica.

El presidente fue recibido por la nueva directiva de la CED para el período 2026-2029, encabezada por el obispo de San Francisco de Macorís, Ramón Alfredo de la Cruz Baldera, quien asumió la presidencia de la institución.

Abinader se reúne con obispos en la 64ª Asamblea Plenaria del Episcopado

También participaron el arzobispo coadjutor de Santo Domingo, Carlos Tomás Morel Diplán, en calidad de vicepresidente, y el obispo auxiliar de Santo Domingo, José Amable Durán Tineo, como secretario general.

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Garantía económica e impedimento de salida a “Onguito Wa”.

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Santo Domingo, R.D.-Una garantia economica impone el Tribunal del Distrito Judicial de San Cristóbal de RD$200,000, impedimento de salida del país y presentación periódica al Ministerio Público contra el imputado Elvis Manuel Santos Alcántara (Onguito Wa), acusado de porte ilegal de armas de fuego, tras acoger de forma parcial la solicitud del Ministerio Público.

La decisión judicial se produce luego de que el procesado fuera arrestado en flagrante delito el pasado 21 de junio, cuando agentes de la Policía Nacional realizaban labores de patrullaje en la carretera Sánchez Vieja, en San Cristóbal.

Durante el operativo, el imputado se desplazaba en un vehículo Honda CR-V, color negro, junto a otra persona, y al ser registrado se le ocupó una pistola Glock, calibre 9 mm, con 17 cápsulas, sin documentación legal.

Imponen garantía económica e impedimento de salida a “Onguito Wa” por porte ilegal de arma
Imponen garantía económica e impedimento de salida a “Onguito Wa” por porte ilegal de arma

La magistrada Chadalis E. Rosario Melenciano, jueza suplente del Tercer Juzgado de la Instrucción y de la Oficina Judicial de Atención Permanente, ordenó además que el imputado deberá presentarse los días 29 de cada mes durante seis meses ante el Ministerio Público, como parte de las medidas impuestas.

Asimismo, el tribunal dispuso la notificación a la Dirección General de Migración (DGM) para garantizar el impedimento de salida del país, mientras que el Primer Juzgado de la Instrucción de San Cristóbal fue designado como tribunal de control del caso.

El Ministerio Público, representado por las fiscales Belkis Tejeda e Ingris Maribel Guerrero Polanco, había solicitado prisión preventiva por tres meses; sin embargo, el tribunal optó por medidas no privativas de libertad, al considerar parcialmente la solicitud.

El órgano acusador también obtuvo un plazo de seis meses para presentar el requerimiento conclusivo del proceso.

De acuerdo con el expediente, Santos Alcántara ya había sido condenado previamente mediante la Sentencia Penal núm. 523-2025-SSEN-00015 por violaciones a la Ley 63-17 sobre Movilidad, Transporte Terrestre y Seguridad Vial, lo que fue recordado por el Ministerio Público durante la audiencia.

Con esta decisión, el caso sigue bajo investigación judicial mientras el imputado permanece bajo estrictas condiciones de control.

El uso, porte y tenencia ilegal de armas de fuego constituye uno de los delitos más vigilados por las autoridades judiciales y de seguridad en la República Dominicana, debido al impacto que tiene en la criminalidad, la seguridad ciudadana y la violencia urbana.

«En el país, este tipo de infracciones está regulado por la legislación penal vigente y por normativas específicas que establecen los requisitos para la adquisición, registro y porte legal de armas».

  • En los últimos años, el Ministerio Público y la Policía Nacional han intensificado los operativos de prevención y persecución del porte ilegal de armas, especialmente en zonas urbanas y carreteras donde se registran mayores incidencias de delitos flagrantes.
  • Estos operativos suelen incluir patrullajes, requisas selectivas y controles de vehículos, con el objetivo de reducir la circulación de armas no registradas.

El sistema judicial dominicano contempla medidas de coerción que pueden ser privativas o no privativas de libertad, dependiendo de la gravedad del hecho, los antecedentes del imputado y el riesgo procesal.

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Prisión preventiva solicitan para falso odontólogo tras causar graves lesiones en La Vega

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Santo Domingo, R.D.-La imposición de prision preventiva como medida de coercion contra un acusado de ejercer la odontología solicitará el Ministerio Público  en las próximas horas la imposición  contra un hombre acusado de ejercer la odontología sin exequátur en La Vega en un caso de presunto intrusismo profesional que dejó a una paciente con lesiones permanentes en el rostro y daños neurológicos severos.

El imputado, identificado como Franklin José Almánzar Escarramán, de 51 años, habría realizado procedimientos odontológicos de alta complejidad sin la debida autorización legal en el consultorio de su hermano, ubicado en el Centro Médico V Centenario, en la provincia de La Vega.

Su hermano, William Radhamés Almánzar Escarramán, también fue arrestado por su presunta complicidad en los hechos, ambos tras entregarse a las autoridades policiales en cumplimiento de una orden judicial.

Instrumentos odontológicos en un consultorio, vinculados al caso de un falso odontólogo acusado de causar lesiones
Instrumentos dentales en un consultorio, en el contexto de la solicitud de prisión preventiva contra un falso odontólogo.

De acuerdo con la investigación del Ministerio Público, la víctima acudió el pasado 17 de enero a recibir atención odontológica y fue evaluada en el consultorio de los imputados, donde se le indicó la extracción de cuatro terceros molares mediante un procedimiento quirúrgico.

Según el expediente, durante la intervención, el imputado habría aplicado anestesia y posteriormente realizado maniobras violentas con instrumentos odontológicos, incluyendo golpes en la zona afectada, sin lograr completar la extracción tras varias horas de intento.

La paciente posteriormente presentó dolor intenso, inflamación facial y complicaciones severas, lo que la llevó a buscar atención médica especializada, donde se determinó la existencia de daños permanentes en su salud bucal, incluyendo nervios atrofiados, edema facial, trismo, parestesia mandibular y otras lesiones complejas.

La procuradora de corte de La Vega, Aura Luz García Martínez, explicó que el Ministerio Público procederá a solicitar la medida de coerción garantizando el debido proceso.

“Vamos a presentar la solicitud de medida de coerción ante la autoridad competente, garantizando el debido proceso y los derechos fundamentales de los imputados”, afirmó.

Las autoridades indicaron que el imputado principal ejercía la odontología sin exequátur, según certificación del Ministerio de Salud Pública, lo que constituye una violación a la Ley General de Salud 42-01 y la normativa que regula el ejercicio profesional odontológico.

  • El órgano persecutor también sostiene que la actuación de los hermanos Almánzar Escarramán pudo haber tenido consecuencias aún más graves
  • Incluso la muerte de la paciente, debido a la naturaleza del procedimiento realizado sin habilitación legal.

El caso ha sido calificado provisionalmente como violación a varios artículos del Código Penal dominicano y de la legislación sanitaria vigente, mientras el tribunal evalúa la solicitud de medida de coerción presentada por el Ministerio Público.

El ejercicio de la odontología y otras profesiones de la salud en la República Dominicana está regulado por un marco legal que exige la obtención de un exequátur y la debida habilitación profesional, con el objetivo de garantizar la seguridad de los pacientes y la calidad de los servicios médicos.

Estas disposiciones forman parte de las políticas sanitarias orientadas a prevenir el intrusismo profesional, una práctica que consiste en ejercer una profesión sin la autorización correspondiente.

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