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Opinión

Asesinato de mujeres

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Por Melvin Mañón

melvinAumentar la persecución, endurecer las penas que imponen los jueces y reducir el espacio de seudo tolerancia que existía, no ha servido para disminuir el número de mujeres asesinadas por sus parejas pasadas, activas o futuras. La condena pública, los titulares de primera plana, las declaraciones altisonantes, los discursos radicales ni las invocaciones de piedad han mitigado la ola criminal.

El afán por proteger a las mujeres, que es en si mismo una finalidad válida, ha creado un clima en medio del cual es casi imposible para un juez fallar en contra de una demanda incoada por una mujer inclusive si dicha demanda carece de méritos. Pero además, no se entiende que los “feminicidios” como han dado en llamarle, no son una crisis social o familiar aparte y separada sino parte de la misma tragedia nacional, del desorden imperante y la impunidad reinante.

Por lo tanto, ninguna solución puede forjarse al margen de este entendimiento ni incorporando el contexto a las soluciones propuestas.

Esta, la dominicana, es una sociedad extremadamente erotizada como corresponde a una sociedad en estado avanzado de decadencia y descomposición. Aquí, se ha importado, asumido y consagrado una nueva cultura sexual en la  que la muchas parejas tienen sexo, pero no hacen el amor y como señalé hace un tiempo; la diferencia no es semántica.

Para los problemas del diario vivir dominicano te pedirán paciencia si te enojas ante una injusticia, te aconsejarán cogerlo suave cuando combates un absurdo y reclamas un derecho, te bendecirán con una dosis de resignación porque aquí no cambia nada y no vale la pena “coger lucha” y celebrarán cualquier chiste, aunque sea malo, si es de contenido erótico. Ahora bien, “ese cogerlo suave”, “sin lucha”, “sin sofocones”, ese “todo a su tiempo”, “cuando se pueda”, que “tu sabes como es” paraliza la sociedad política pero no funciona con las propuestas eróticas, porque, en este terreno, no se pierde tiempo. La sexualidad se vive como si el mundo se fuera a acabar mañana lo cual también es sintomático de decadencia y colapso.

Hace años, vengo diciendo que, en esta sociedad, las mujeres se habían modernizado  y soltado las amarras a mayor velocidad que los hombres tanto en la conducta como en las actitudes. No me refería al vestuario y los modales aunque los incluye; ni a la libertad, o falta de ella, para tener relaciones sexuales ni tampoco a la frecuencia de estas relaciones, ni a los cambios de parejas ni a las relaciones simultáneas de una mujer con varios hombres ni uno de estos con varias mujeres ni tampoco a los casos de parejas únicas o múltiples entre personas del mismo sexo. La modernización aquí tiene otro significado e implicación en el cual también están contenidas todas las posibilidades recién enumeradas.

Al adquirir independencia económica y al mimetizar la cultura importada que la reivindica, las mujeres, legitimadas, han procedido a vivir esos derechos a plenitud y con prisa.  Los hombres, se han percatado del cambio pero sin asumir sus consecuencias.

En materia de libertad sexual sucede exactamente lo mismo que con el reclamo empresarial de libre competencia. Los empresarios quieren libre competencia en todas las ramas de la economía menos en las que cada uno de ellos opera. Ambas son mentira. Los hombres quieren, aceptan y/o esperan una conducta sexual moderna, a su gusto de cualquier mujer siempre que no sea su esposa, su hermana ni su hija.

Los dominicanos no estaban ni están mental ni culturalmente preparados para la liberalización que protagonizan sus propias mujeres. Pero tampoco las mujeres estaban ni están preparadas para el ejercicio de esa liberalización. Entonces, los dos se mienten con descaro y todos los demás aplauden o protestan. Al final nadie ha entendido nada.

Las mujeres confunden derechos, libertades y proclamas con realidades sociales. Los hombres entienden que determinado atuendo, discurso corporal, lenguaje y actitudes son explícitamente eróticos. Se sienten provocados y cuando a alguien se le ocurre decirlo lo tratan de troglodita. Pero es en verdad una provocación y es además insensata porque la mujer tiene conciencia de su derecho a vestir o lucir como le de la gana pero eso no significa que carezca de riesgos hacerlo si la otra parte ante la cual o para la cual lo hace no ha alcanzado todavía ese grado de aceptación, de pérdida de control y de prerrogativas.

Sin embargo, no es el atuendo, ni el lenguaje corporal lo que dispara el asesinato de mujeres sino la conducta.  Mujeres que han asumido, en la práctica una vida y conducta sexual a la que tienen derecho pero sin percatarse de que, la vigencia práctica de ese derecho debe guardar relación con la velocidad a la cual el resto del cuerpo social lo admite y asimila. Algunas dirán que no tienen que esperar por nadie y que los hombres ya bastante tiempo han tenido para adaptarse, lo cual es cierto. Bueno, pues, que lo digan pero a su propio riesgo como demuestran los hechos.

La prensa habla de hombres que abusan de mujeres, naturalmente lo mas frecuente, pero nunca se habla de las mujeres que abusan de los hombres. Algunas negando derechos de visita a los padres o dificultando e incidentando el trámite, pidiendo ordenes de alejamiento infundadas o dictando sentencias de pensión, reparación y otras abiertamente injustas. Por ejemplo, en este país cualquiera con dos pesos compra un equipo de música poderoso. Lo usa en su auto, su casa o su negocio porque lo tiene, es suyo, lo compró y cree que eso le da derecho a usarlo en sus términos y sin reparo por los derechos de los demás.  En muchas mujeres, la certeza de una sentencia favorable ha sido una tentación demasiado fuerte y muchas mujeres sucumben a ella.

El caso es que nadie ni nada ha logrado salvar a esas mujeres asesinadas de la suerte que corrieron. Los fiscales, jueces y sentencias duras no van a detener los asesinatos de mujeres si no se cambia la visión y el discurso y se modifica la presunción de que cada demanda es legítima.  No se trata de mitigar las penas de culpables ni facilitar su impunidad. Pero, salga a preguntar cuantos jueces se sienten animados a fallar en contra de una mujer incluso en el caso de que no tuviera méritos su demanda.

El número de asesinatos tiende a aumentar precisamente como producto de la certeza de que una sentencia va a ser favorable a la mujer que demanda, con razón o sin ella. Pero nadie quiere decirlo porque, aunque cierto, sin embargo, no es de buen gusto ni políticamente correcto  plantearlo en este momento.

Muchas personas tienen idea de por qué las campañas para prevenir o castigar el asesinato de mujeres no han funcionado. Como ya sucede con otros temas polémicos, muchos prefieren no opinar en público. Tienen miedo de gente que quiere pasar por moderna y civilizada sin ser una cosa ni la otra; hay gente que solamente opina en el lenguaje y las posturas políticamente correctas, sean feministas o no, bien intencionados o solamente oportunistas.

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Opinión

Un Llamado a la Conciencia Democrática

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Por Isaías Ramos

En medio de un escenario político tumultuoso, la reciente exclusión de partidos minoritarios en el debate presidencial constituye una flagrante violación del artículo 39 de la Constitución. Este artículo consagra la igualdad ante la ley y garantiza los mismos derechos y oportunidades para todos, sin discriminación alguna. Esta situación pone en evidencia un alarmante déficit democrático y una profunda desconexión entre las estructuras de poder y las necesidades reales del pueblo dominicano.

La Asociación Nacional de Jóvenes Empresarios, al organizar un debate presidencial y decidir excluir a ciertos participantes basándose en criterios arbitrarios como el tamaño del partido, no solo ha perpetrado una discriminación injusta, sino que también ha socavado los principios fundamentales de igualdad y pluralismo. Este acto refleja cómo las élites políticas y económicas intentan perpetuar un sistema injusto que favorece a unos pocos en detrimento de la mayoría.

Es perturbador observar cómo los candidatos que aceptaron participar en este debate sin cuestionar la exclusión de otros no solo muestran una falta de compromiso con los principios constitucionales, sino que también evidencian una falta de ética y responsabilidad cívica. La aceptación de esta situación por parte de los candidatos participantes refuerza la percepción de que su interés por mantener su posición en el estatus quo prevalece sobre el bienestar colectivo y el respeto a la ley fundamental del país.

Los dominicanos se enfrentan no solo a la usurpación de su derecho a recibir información diversa y representativa durante un periodo electoral crítico, sino también a la erosión de su capacidad de tomar decisiones informadas. Limitar la participación en el debate presidencial a los partidos mayoritarios priva a la ciudadanía de explorar una gama más amplia de alternativas políticas y soluciones a los problemas nacionales.

Este contexto demanda un despertar cívico. Los ciudadanos deben exigir que se respeten los principios de igualdad y pluralismo en todos los procesos electorales, promoviendo un cambio hacia debates más inclusivos que permitan la participación de todas las fuerzas políticas sin discriminación. El respeto a la Constitución y a los derechos que esta garantiza es fundamental para construir una democracia verdaderamente representativa y justa.

El Frente Cívico y Social continuaremos abogando por un sistema electoral equitativo donde todos los partidos y candidatos tengan la misma oportunidad de ser escuchados. Es esencial que todos los sectores de la sociedad trabajemos juntos para garantizar que las futuras elecciones sean un reflejo fiel de la voluntad popular, libre de manipulaciones y exclusiones arbitrarias.

Por ello, es imperativo despertar nuestro sentido cívico y exigir un cambio hacia debates más inclusivos y equitativos. No podemos permitir que intereses particulares prevalezcan sobre el bienestar colectivo y la voluntad popular. Debemos ser guardianes activos de nuestra democracia, velando por el respeto irrestricto a nuestra Constitución y luchando contra cualquier intento de manipulación o exclusión.

En el FCS queremos hacer un llamado urgente: no dejemos que aquellos que buscan perpetuar un sistema injusto y opresor nos silencien o nos dividan. Recordemos siempre que la verdadera fuerza radica en la unidad del pueblo consciente e informado. Si el sistema falla en representarnos adecuadamente, debemos manifestarlo con firmeza mediante acciones como la invalidación del voto o la abstención responsable. El poder está en nuestras manos para forjar un país donde cada voz sea escuchada, cada derecho sea respetado y cada sueño pueda realizarse sin obstáculos.

¡Despierta, RD!

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Opinión

La Corte Penal Internacional y  otras obligaciones internacionales

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Por Rommel Santos Díaz

La ley internacional concede inmunidad contra el enjuiciamiento penal por Estados extranjeros a los Jefes de Estado  y oficiales diplomáticos (artículo 31 Convención de Viena sobre Relaciones Diplomáticas). Sin embargo, los delitos enumerados por el Estatuto de Roma pueden haber sido cometidos por diplomáticos, Jefes de Estado, oficiales gubernamentales o por cualquier otra persona que goce de inmunidad diplomática, y la ley internacional no podrá  reconocerles inmunidad alguna contra el enjuiciamiento por tales crímenes.

La Corte Penal Internacional determinará si existe alguna inmunidad, cuando se le refiere un caso. Sin embargo, el artículo 98 del Estatuto de Roma establece ciertas restricciones a la CPI, cuando solicite la entrega  u otro tipo de asistencia a los Estados.

El artículo 98 del Estatuto de Roma trata la situación de entrega de una persona cuando existe un conflicto  con las obligaciones del Estado bajo el derecho internacional o con respecto  a la inmunidad diplomática de un extranjero o su  propiedad.

La Corte Penal Internacional no deberá requerir que un Estado actúe de manera contraria a sus obligaciones  internacionales. Pero al mismo tiempo una situación tal raras veces surgirá, ya que la Corte investigará tales posibilidades antes de solicitar una entrega al Estado. Adicionalmente, las obligaciones del derecho internacional aplicables a los Estados Partes incluirán sus obligaciones bajo el Estatuto de Roma.

Al aceptar los artículos 27 y 86 del Estatuto, los Estados Partes abiertamente retiran cualquier inmunidad contra la CPI . Por ende, cuando un nacional de un Estado Parte es requerido por la Corte, ese nacional no podrá reclamar las inmunidades normales que existan respecto al enjuiciamiento penal en el exterior, y el Estado requerido no estará violando sus obligaciones internacionales si entrega la persona a la CPI.

No obstante, cuando la CPI haya determinado que la inmunidad si existe, podrá dar curso a la solicitud de entrega solamente si cuenta primero con el apoyo del Estado de nacionalidad del acusado. En tal caso, el Estado requerido  que proceda con la entrega no violara sus obligaciones internacionales de conformidad con la Convención de Viena sobre Relaciones Diplomáticas

El artículo 98 establece que la Corte no podrá dar curso a la solicitud de entrega que requiera  que el Estado requerido viole sus obligaciones de conformidad con los acuerdos internacionales que requieran el consentimiento del Estado que entrega a una persona de ese Estado a la CPI.

Esta situación podría surgir cuando una persona detenida en el Estado requerido haya sido extraditada a ese Estado desde otro país, bajo la condición de ser devuelta a su país luego de la investigación o enjuiciamiento,  o la ejecución de una condena. Podría también darse cuando , bajo el  acuerdo de Estatus de Fuerzas, los miembros de las fuerzas armadas de un tercer Estado se encuentren dentro del Estado solicitado.

Cuando el Estado que entregue sea un Estado Parte del Estatuto de Roma , no deberá restringir la posibilidad de que otros  Estados entreguen  a sus nacionales a la CPI, ya que cada Estado Parte acepta la jurisdicción de la Corte sobre sus nacionales y no hay fundamento para rechazar la entrega de una persona a la Corte .

Sin embargo, cuando la persona requerida alegue el principio de ne dis in idem, y la decisión de  admisibilidad de la CPI aún esté pendiente, el Estado requerido deberá consultar con el Estado que entrega, y la CPI, de conformidad con el artículo 89, para determinar si se debe suspender o no la ejecución de la solicitud.

De lo contrario el Estado requerido tendría que contar con el consentimiento del Estado de la persona que entrega. La CPI deberá contar con la cooperación del Estado que entrega, si no es este un Estado Parte, antes de que la Corte  Penal  Internacional solicite la entrega.

El articulo 98 solo es relevante cuando el Estado requerido pueda demostrar que la acción requerida por la CPI lo obligaría a violar una obligación bajo el derecho internacional. Un Estado  no podrá invocar una  previsión de su derecho interno que garantice inmunidad a la persona a ser entregada.

En el contexto de las obligaciones el Estado Parte tiene la obligación de entregar a una persona  que goce de inmunidad diplomática, cuando la CPI solicite su entrega luego de haber obtenido la cooperación de un tercer Estado para la renuncia de la inmunidad.

Cuando la CPI solicite la entrega de una persona, pero el Estado Parte requerido normalmente estaría violando un acuerdo internacional con un tercer Estado, el Estado requerido  esta obligado a entregar a la persona si la Corte cuenta con el consentimiento del tercer Estado para la entrega de la persona . El Estado Parte requerido deberá entregar a la persona si el tercer Estado es un Estado Parte.

En el marco de la implementación los Estados Partes deberán prever dentro de su derecho interno, la posibilidad de entregar  a una persona a la CPI aunque normalmente goce de inmunidad estatal o diplomática, cuando el Estado de donde esta persona  es nacional acuerde renunciar  a su inmunidad. Debido a que la CPI tiene la autoridad de determinar si existen  o no las inmunidades, no obstaculizaron las la cooperación con la CPI. Esto garantiza que el Estado Parte pueda cumplir con sus obligaciones de entrega.

Los Estados Partes deberán asegurar que sus nacionales puedan ser entregados a la CPI por otros Estados, cuando sea conveniente, y que no existan acuerdos bilaterales o multilaterales que obstaculicen el proceso. Los Estados Partes deberán estar preparados para revelar a la Corte cualquier obligación o acuerdo internacional que pueda estar en conflicto con una solicitud de entrega que este preparando la Corte, si la misma necesitare tal información.

Rommelsantosdiaz@gmail.com

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Opinión

Danilo al margen de la ley

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Por Nelson Encarnación

La incitación a la violencia es un delito grave en todas las sociedades organizadas, incluida la nuestra, donde un llamado a alterar el orden público acarrea consecuencias penales para cualquier persona, pues el Estado tiene la obligación no solo de perseguir el hecho, sino de prevenirlo.

Por consiguiente, el expresidente Danilo Medina se coloca al margen de la ley e incurre en ese delito de incitación a la violencia cuando llama a la militancia del Partido de la Liberación Dominicana, que él lidera, a destruir las eventuales carpas que coloquen los seguidores oficialistas en los alrededores de los colegios electorales el próximo 19.

Un líder de la categoría de quien fue presidente de la República durante ocho años, y que además dirige una de las formaciones políticas fundamentales del sistema de partidos, debe ser lo suficientemente prudente y medido para conocer el alcance de sus arengas.

La incitación de Medina tiene varios puntos relevantes, pero fuera del delito en que incurre, hay dos de carácter electoral que su desatino no alcanza a calibrar.

El primero tiene que ver con lo que ya ha determinado la Junta Central Electoral (JCE) respecto de las carpas partidarias, las cuales el órgano de comicios prohibió tajantemente a partir de las alegaciones que produjeron esas instalaciones luego del proceso de febrero pasado.

En consecuencia, la perorata de Medina carece de sentido, si se toma en cuenta la señalada disposición.
El otro aspecto es aún más relevante para los intereses del partido morado y de toda la oposición, puesto que, si entre sus argumentos figura la supuesta manipulación del proceso por el oficialismo para provocar la abstención de sus adversarios, podemos suponer que, con un ambiente de posible violencia, los votantes poco motivados preferirían quedarse en sus casas para no exponerse.

Esto tiene un referente histórico que Danilo conoce perfectamente. Se trata de las elecciones de 1966, cuando el profesor Juan Bosch, candidato frente a un Joaquín Balaguer aupado por los invasores estadounidenses, llamó a sus seguidores a que fueran a votar armados con palos y piedras para defender el voto.

¿Qué hicieron miles de partidarios del PRD? Se quedaron en sus casas para no convertirse en presa de los violentos determinados a imponer a Balaguer. ¿Es esto lo que Danilo quiere para luego alegar irregularidades?

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