Santo Domingo, RD.- Escuchar sus desgarradores gemidos parece más atractivo que frustrar sus aspiraciones por sentencia del TSE.Nacionales
Aunque está constitucionalmente inhabilitado, a Leonel lo dejarán correr
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7 años agoon
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LA REDACCIÓN
Santo Domingo, RD.- Escuchar sus desgarradores gemidos parece más atractivo que frustrar sus aspiraciones por sentencia del TSE.En virtud del principio de ultractividad, previsto en la parte in fine del art. 110 de nuestra Constitución, la norma aplicable a todo hecho, acto o negocio jurídico debe ser la vigente al momento de su ocurrencia o celebración, pese a que haya sido derogada con posterioridad. “Esas normas derogadas siguen aplicándose a los hechos ocurridos durante su vigencia, fenómeno que se presenta en relación con todas las normas jurídicas, cualquiera que sea su naturaleza”, explica Hernán Molina Guaita en su tratado de Derecho Constitucional.
De su lado, el Tribunal Constitucional sostuvo en su sentencia TC/0015/13 que aunque una norma derogada “… no podrá seguir rigiendo, o determinando, situaciones jurídicas nacidas con posterioridad a la fecha en que quedó derogada, sí continuará rigiendo las situaciones jurídicas surgidas a su amparo por efecto de la llamada ultractividad de la ley”, y que como bien aclaró en su TC/0028/14, este principio “se fundamenta en la máxima jurídica tempus regit actum, que se traduce en que la norma vigente al momento de suceder los hechos por ella previstos, es la aplicable, aunque la misma haya sido derogada con posterioridad”.
De hecho, cuando conoció el célebre caso Juliana Deguis Pierre, fallado en su TC/00168/13, el indicado órgano especializado consideró que “conforme al art. 11.1 de la Constitución de 1966 (vigente a la fecha de nacimiento de la reclamante), a ella no le corresponde la nacionalidad dominicana, y, por tanto, tampoco la cédula de identidad y electoral, puesto que no demostró que por lo menos uno de sus padres tuviera residencia legal en la República Dominicana al momento de su nacimiento”.
Más claramente, para decidir el controvertido caso de marras, el Tribunal Constitucional interpretó y aplicó la Constitución de 1966, puesto que era el texto legal que se encontraba vigente al momento del nacimiento de la reclamante, o lo que es lo mismo, al de la creación de la situación jurídica en discusión. Pasemos ahora al caso de Leonel Fernández, quien al amparo de la Constitución de 2002 se postuló a la Presidencia en el 2004 y contendió al mismo cargo en el 2008.
El art. 49 de dicho texto en virtud de la cual, repito, se configuraron esos dos períodos presidenciales, rezaba de la siguiente manera: “El Presidente de la República podrá optar por un segundo y único período constitucional consecutivo, no pudiendo postularse jamás al mismo cargo, ni a la Vicepresidencia de la República”. Es obvio que el destino político del expresidente fue prescrito por la Carta Magna entonces vigente, la cual comportaba como consecuencia al ejercicio de la repostulación consecutiva el impedimento de volverse a postular al mismo cargo, situación jurídica que en el caso de Fernández quedó indudablemente consolidada.
Y tal como hizo el Tribunal Constitucional para determinar si Juliana Deguis Pierre era o no dominicana, lo mismo se impone para precisar si el expresidente puede aspirar en el 2020: recurrir al principio de ultractividad. Como muchos ya saben, he sostenido que no puede, y que la Constitución del 2010 no fue suficiente para restituir su derecho a optar nuevamente por la presidencia. Supongamos que la actual Constitución de 2015 fuese hoy modificada y se aumentase el período presidencial de 4 a 6 años, ¿podría esa modificación beneficiar al presidente Medina?
Por supuesto que no, toda vez que su mandato 2016-2020 se constituyó de conformidad con la Constitución del 2015, cuyo art. 124, llamado a regir el período de gobierno en curso independientemente de que sea reformado, dispone que es de 4 años. Siendo así, la viabilidad de una nueva candidatura presidencial de Fernández debe pasar por el tamiz de la Constitución del 2002, en cuyo art. 49 quedó aprisionado desde el momento en que contendió para los comicios del 2008.
Más todavía, la Constitución vigente prevé en su art. 124 la misma regla del art. 49 de la Constitución del 2002, es decir, que “el Presidente o la Presidenta de la República podrá optar por un segundo periodo constitucional consecutivo y no podrá postularse jamás al mismo cargo ni a la Vicepresidencia de la República”. De manera que para sortear la aplicación de la regla del art. 49 de la Constitución del 2002, que es la misma del art. 124 de la Carta Magna vigente, el expresidente pudiera alegar el principio de aplicación inmediata de las normas constitucionales, y que en el 2010 se produjo un cambio en nuestro sistema presidencial, quebrando así la consecuencia jurídica que amarraba a Fernández.
Resulta, sin embargo, que las reformas constitucionales no deslindan los escenarios, ya que tanto las normas derogadas como las nuevas preservan sus respectivos espacios temporales de vigencia, y no obstante consagrar la Constitución del 2015 la misma regla en virtud de la cual ningún presidente que intente la repostulación consecutiva puede volverse a postular jamás al mismo cargo, ni esa modificación ni la del 2010 alteró la situación jurídica concreta de Fernández.
Las reglas contienen un supuesto y una consecuencia, de suerte que si esta se realiza, aquella debe producirse, definiendo así la posibilidad o imposibilidad de que los destinatarios de la misma puedan ejercer derechos o cumplir con las obligaciones correspondientes. Cuando el supuesto y la consecuencia se generan de inmediato, la ley nueva no puede variar, suprimir o modificar una ni otra cosa. A modo de ejemplo, si se lleva de 18 a 21 la mayoría de edad, los que no hayan alcanzado los 18 tendrían que esperar hasta los 21 para serlo, pero los que ya hubiesen llegado al momento de entrar el nuevo régimen en vigor, serán mayores de edad no obstante ser menores de 21.
De modo, pues, que la norma rige todos los hechos que durante el lapso de su vigencia ocurran, por lo que las consecuencias previstas en ella son las que deben imputársele al hecho. Tal como he explicado previamente, el expresidente decidió postularse a un segundo mandato consecutivo en el 2008, y ese acto concreto se llevó a cabo dentro del ámbito temporal de validez del art. 49 de la Constitución del 2002, definiendo nítidamente los perfiles de una situación jurídica: su impedimento de volver a postularse jamás a la más alta posición ejecutiva de la nación.
Cierto que nuestro Tribunal Constitucional ha sostenido que el principio de irretroactividad cede excepcionalmente a favor del constituyente, pero resulta que la Carta Magna del 2010 guardó silencio respecto de la situación jurídica que se configuró con la repostulación del expresidente Fernández en mayo del 2008, o si se prefiere, de la sanción recaída sobre él por aplicación del art. 49 de la Constitución del 2002. El formidable Marcel Planiol, coincidiendo con Paul Roubier, sostuvo que la norma operaba retroactivamente cuando daba un salto al pasado, ya para modificar una situación jurídica afianzada, ya para apreciar las condiciones de legalidad de un derecho ejercido.
Si el constituyente del 2010, aun cuando podía, no dispuso nada sobre la situación jurídica concreta de Fernández, es claro que no levantó el impedimento que pesaba sobre él para contender nuevamente por la Presidencia, derecho que la Constitución del 2002 aniquiló como consecuencia de su repostulación en el 2008 y que, como he explicado, es la aplicable de conformidad con el principio de ultractividad. Para que el exmandatario pudiese perseguir otro mandato, era necesario que la Constitución del 2010 retroactuara, esto es, que su art. 124 extinguiese la consecuencia que para él aparejó el derogado art. 49, atribución que el constituyente no ejerció cuando reformó dicha norma, dejando así a Fernández irremisiblemente atrapado en las mallas de la regla que ella contemplaba: optar por dos períodos presidenciales sin posibilidad de volverlo a intentar nunca más.
No huelga recordar que toda norma consta de un elemento material, es decir, de un supuesto o hipótesis de hecho, y de un elemento moral, que no es más que la conclusión jurídica sobrevenida como consecuencia de la ocurrencia del supuesto o hipótesis fáctica. La repostulación de Fernández en el 2008 es el elemento material del derogado art. 49 de la Constitución del 2002, en tanto que el impedimento de volver a optar es el elemento moral, y de conformidad con el repetido principio de ultractividad, tomando en consideración que la situación jurídica particular de Fernández no fue modificada por las reformas constitucionales del 2010 ¿Por qué nadie en el PLD se ha interesado en invocar esta verdad de a puño para asfixiar las ambiciones de poder de Fernández? Me socorre el convencimiento de que prevalece el ánimo de volverle la espalda a la realidad constitucional del expresidente para darle el pecho a una realidad más placentera para el Jefe de Estado: aplastarlo el próximo 6 de octubre. A su ritmo, propio de un toro furioso, él y sus seguidores correrán para barrerlo por lo que a Fernández le queda de vida, y ese placer no lo sustituiría ninguna sentencia del Tribunal Superior Electoral.
El danilismo es una fuerza indomable, telúrica y obstinada en lograr su meta. Sacudidos por la electricidad de la voluntad indomable del gobernante, e incluso por la magia misteriosa de su silencio, los suyos enderezarán esfuerzos para que ese día la victoria suene como trueno extático y retumbante. Al cabo de una espera de 7 años, el canto del expresidente será de infinitas miserias, y como salido de sus entrañas, cobrará en coro el de un desgarrado gemir, porque al destino, siempre dispuesto al juego irónico, le gusta mezclar lo estremecedor y lo cómico.
listindiario.com
Nacionales
Abinader llama a personas con órdenes de arresto a entregarse y advierte que serán perseguidas
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6 horas agoon
septiembre 28, 2026Por redacción
Santo Domingo.– El presidente Luis Abinader exhortó este lunes a las personas que tienen órdenes de arresto pendientes a entregarse ante las autoridades y aseguró que los organismos de seguridad continuarán su búsqueda para evitar la comisión de nuevos hechos delictivos.
El mandatario hizo el planteamiento durante LA Agenda Semanal, encuentro encabezado por el Gobierno y dedicado en esta ocasión a las acciones implementadas frente a la criminalidad y la seguridad ciudadana.
“A esos que tienen órdenes de arresto, que se entreguen, porque si no, se van a ir a buscar antes de que cometan otro crimen”, declaró Abinader durante su intervención.
El jefe de Estado manifestó que las autoridades no pretenden esperar a que una persona requerida judicialmente vuelva a involucrarse en un hecho violento para ejecutar una orden de captura.
Gobierno reforzará búsqueda de personas requeridas
Abinader explicó que las autoridades cuentan con registros de personas sobre las cuales pesan una o varias órdenes de arresto y sostuvo que la Policía Nacional mantendrá activa su localización.
Según señaló, algunos de los individuos requeridos acumulan varias órdenes pendientes y continúan circulando libremente.
El mandatario afirmó que el objetivo de las autoridades es actuar de forma preventiva y reducir la posibilidad de que personas vinculadas previamente a hechos delictivos vuelvan a afectar a ciudadanos.
La Presidencia informó por separado que Abinader reafirmó que quienes cometan actos criminales serán perseguidos y capturados mediante el fortalecimiento de la capacidad tecnológica y operativa de las instituciones de seguridad.
Cuestiona exhibición de armas en redes sociales
Durante su exposición, Abinader también manifestó preocupación por personas requeridas por las autoridades que aparecen en plataformas digitales exhibiendo armas de fuego o realizando disparos.
El gobernante sostuvo que este tipo de comportamiento constituye, desde su perspectiva, un desafío a la autoridad que no debe ser tolerado.
Mientras realizaba esas declaraciones, golpeó la mesa con la mano para enfatizar su posición.
Según el mandatario, las propias publicaciones en redes sociales pueden convertirse en un elemento utilizado por las autoridades para localizar a personas buscadas.
Policía también exhorta a entregarse
Las declaraciones presidenciales se producen el mismo día en que el director de la Policía Nacional, mayor general Ernesto Rodríguez García, exhortó a quienes tengan asuntos pendientes con la justicia a entregarse voluntariamente.
Rodríguez García afirmó que las personas que no lo hagan continuarán siendo perseguidas por los agentes y aseguró que existe una lista de individuos requeridos desde hace años por diferentes hechos.
La Policía informó además que 85 personas se entregaron voluntariamente durante septiembre, según declaraciones de su director.
Debate por actuaciones policiales
El pronunciamiento de las autoridades coincide con un período de cuestionamientos sobre las muertes ocurridas durante actuaciones policiales reportadas oficialmente como intercambios de disparos.
Un recuento publicado este 28 de septiembre registra 37 personas fallecidas durante septiembre en hechos de ese tipo. La Policía ha informado en diferentes casos que los fallecidos eran buscados por órdenes judiciales, denuncias o presunta vinculación con delitos.
El tema también ha provocado llamados de distintos sectores para que las actuaciones policiales se mantengan dentro del debido proceso y del respeto a los derechos fundamentales.
Abinader, por su parte, sostuvo durante LA Agenda Semanal que la seguridad ciudadana continúa siendo una preocupación del Gobierno y aseguró que las autoridades seguirán adoptando acciones destinadas a enfrentar la criminalidad.
Nacionales
Camacho advierte a médicos sobre riesgos penales por prestar códigos profesionales
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7 horas agoon
septiembre 28, 2026Por redacción
Santo Domingo.– El director general de Persecución del Ministerio Público, Wilson Camacho, hizo este lunes un llamado a los médicos a no facilitar sus códigos profesionales para la facturación o tramitación de servicios de salud, al señalar que esa práctica puede comprometerlos penalmente.
La advertencia fue formulada tras conocerse las medidas de coerción impuestas por el juez de la Oficina de Atención Permanente del Distrito Nacional, Rigoberto Sena, contra los imputados en el denominado caso SeNaSa 2.0, investigación vinculada a presuntas irregularidades en perjuicio del Seguro Nacional de Salud y de sus afiliados.
Camacho sostuvo que el proceso debe servir de experiencia para el sector médico y consideró necesario promover una campaña preventiva que oriente a los profesionales sobre las consecuencias de ceder sus credenciales a terceros.
“Prestar los códigos puede arrastrarlos a un proceso penal”, manifestó el funcionario, quien afirmó que 22 médicos fueron procesados dentro de esta etapa de la investigación.
Según explicó, el Ministerio Público entiende que el uso de códigos profesionales cedidos a terceros constituye uno de los elementos que deben ser tomados en cuenta para evitar que otros médicos puedan verse involucrados en investigaciones similares.
Investigación continuará
Camacho también dejó establecido que las medidas de coerción conocidas por el tribunal no significan el cierre de las pesquisas relacionadas con SeNaSa.
El titular de Persecución consideró razonable la decisión adoptada por el juez y afirmó que, desde la perspectiva del Ministerio Público, el fallo reconoce la investigación presentada ante el tribunal.
No obstante, señaló que las indagatorias seguirán abiertas.
“La investigación sobre lo sucedido en SeNaSa no se cierra, no concluye con esta investigación, y vamos a ir por más”, declaró Camacho.
Ocho imputados cumplirán prisión preventiva
El juez Rigoberto Sena impuso 18 meses de prisión preventiva a ocho de los procesados.
Los imputados Angeury Guzmán Vásquez, Starky Atahualpa Arturo Rodríguez Nova, Juan Henry Poueriet y Wander Manuel Díaz Encarnación fueron enviados al Centro de Corrección y Rehabilitación Las Parras.
Mientras, Ysabel Heredia Vallejo, Hanna Rashell Rodríguez Almánzar, Elsa Evelyn de la Rosa Vásquez y Laura Altagracia Santana Evangelista deberán cumplir la medida en el Centro de Corrección y Rehabilitación Najayo Mujeres, en San Cristóbal.
Arresto domiciliario para otros procesados
El tribunal dispuso arresto domiciliario para las exempleadas de SeNaSa Heidy Coronado Paulino y Lucreisy Polanco Núñez, así como para los médicos Einstein Rafael Borromé Valdez, Carlos Job Ynoa Olivero, Engels Federico Díaz Mendoza, Rafael Mauricio Cabral González, Marcelino Eusebio Figuereo y Víctor Felipe Rodríguez García.
A otro grupo de imputados se les impuso, además del arresto domiciliario, impedimento de salida del país y garantías económicas.
Para Luz Esther Reyes Durán de Ramírez, Edwin Alberto Batista Cruz, Griselda Altagracia Basora Ramírez, Juan Gabriel Rodríguez Ravelo y Keila Beatriz Acosta Leonardo, la garantía económica fue fijada en RD$2 millones, a través de una compañía aseguradora.
En el caso de Martha María Saldaña, el tribunal estableció una garantía económica de RD$3 millones, además de arresto domiciliario e impedimento de salida del territorio nacional.
Garantías de un millón de pesos
El juez también impuso garantía económica de RD$1 millón a los médicos José Luis Díaz Hernández, Guillermo Enrique Diclo Garabito y Yocairis Antonia Méndez Beltré.
Estos imputados deberán, además, cumplir con presentación periódica e impedimento de salida del país.
El tribunal concedió un plazo de siete días para hacer efectivas las garantías económicas. De no cumplir con ese requisito, los afectados podrían ser trasladados a los centros penitenciarios correspondientes, conforme a la decisión judicial.
Ministerio Público atribuye varios delitos
De acuerdo con la solicitud de medida de coerción, el Ministerio Público vincula a los procesados de la denominada Operación Cobra 2.0-A con presuntos delitos de asociación de malhechores, falsificación y uso de documentos falsos, delitos de alta tecnología, acceso ilícito, utilización indebida de códigos y lavado de activos, en perjuicio del Estado dominicano.
El órgano acusador sostiene que la investigación guarda relación con supuestas maniobras fraudulentas vinculadas a servicios y autorizaciones médicas en el Seguro Nacional de Salud.
El Ministerio Público había solicitado 18 meses de prisión preventiva para los 26 imputados y pidió, además, que el expediente fuera declarado de tramitación compleja.
Durante la audiencia, los fiscales presentaron numerosos elementos de prueba para sustentar sus imputaciones.
Los arrestos fueron realizados durante allanamientos ejecutados por la Dirección General de Persecución del Ministerio Público y la Procuraduría Especializada de Persecución de la Corrupción Administrativa (Pepca).
Caso fue declarado complejo
Además de decidir sobre las medidas de coerción, el juez Rigoberto Sena declaró el proceso de tramitación compleja, lo que permitirá que la investigación continúe bajo las reglas procesales previstas para expedientes que involucran múltiples imputados, hechos y elementos probatorios.
El Ministerio Público ha señalado que esta investigación forma parte de una nueva etapa de las pesquisas relacionadas con las presuntas irregularidades cometidas en el Seguro Nacional de Salud.
Nacionales
La Policía Nacional pone la persecución de prófugos entre sus prioridades.
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11 horas agoon
septiembre 28, 2026El director policial afirma que busca cambiar la percepción de inseguridad y sostiene que quienes tienen cuentas pendientes con la justicia deben entregarse; insiste en que la actuación policial debe respetar los derechos ciudadanos
Por Alberto Rodríguez
SANTO DOMINGO.– El director general de la Policía Nacional, mayor general Ernesto Rafael Rodríguez García, colocó la persecución de personas prófugas entre las prioridades de su gestión y aseguró que la institución intensificará las acciones para localizar a quienes tienen órdenes de arresto pendientes por homicidios, robos, agresiones y otros hechos delictivos.
Rodríguez García sostuvo este lunes que procura revertir una realidad que, a su juicio, afecta la tranquilidad de la población: que sean los ciudadanos quienes sientan temor frente a la delincuencia. Su planteamiento es que la autoridad debe garantizar condiciones para que las personas puedan desarrollar sus actividades cotidianas con mayor seguridad. El Día
El mayor general asumió la Dirección General de la Policía Nacional en agosto pasado y durante sus primeras semanas ha desarrollado recorridos, cambios operativos y encuentros con diferentes estructuras de la institución. La Policía ha presentado esa agenda como parte de un esfuerzo dirigido a fortalecer su presencia territorial, supervisión y capacidad de respuesta. Policía Nacional Dominicana
Una lista de prófugos bajo seguimiento
Durante sus declaraciones, Rodríguez García reveló que mantiene en su despacho una relación de personas que llevan años prófugas de la justicia y aseguró que el personal policial tiene instrucciones de trabajar en su localización.
Según explicó, entre los buscados figuran personas señaladas por homicidios, robos y agresiones, incluyendo hechos cometidos contra menores y otras personas vulnerables.
La propia Policía Nacional mantiene públicamente un listado de prófugos buscados por las autoridades, que incluye personas requeridas por distintos procesos. Policía Nacional Dominicana
El director policial exhortó a quienes tengan órdenes de arresto pendientes a entregarse voluntariamente y aseguró que serán recibidos y posteriormente puestos a disposición del Ministerio Público para los procedimientos correspondientes.
Actuación policial y derechos humanos
Las declaraciones se producen en momentos en que las actuaciones de agentes durante determinados operativos han provocado cuestionamientos, particularmente en casos reportados como intercambios de disparos.
Interrogado sobre esas críticas, Rodríguez García defendió el derecho de los policías a proteger sus vidas cuando sean atacados, pero afirmó al mismo tiempo que la institución debe actuar respetando los derechos humanos. El Día
Esa posición coincide con orientaciones ofrecidas recientemente por el propio director a miembros de la Dirección Regional Noreste, donde pidió a los agentes preservar vidas, actuar con prudencia y mantener un trato digno hacia la ciudadanía, sin renunciar a la firmeza frente al delito. También insistió en que el uso de la fuerza debe ajustarse a la Constitución, las leyes y los protocolos establecidos. Policía Nacional Dominicana
Agentes suspendidos por incidente en Villa Vásquez
Rodríguez García se refirió además a un video divulgado sobre una intervención policial en Villa Vásquez, en el que se observa a un hombre detenerse y levantar las manos durante una actuación de agentes.
El director informó que los policías involucrados fueron suspendidos y que el caso quedó bajo investigación del Ministerio Público, órgano al que corresponde establecer las circunstancias y eventuales responsabilidades relacionadas con el hecho. El Día
El jefe policial señaló que cualquier ciudadano que considere haber sido víctima de una actuación irregular de agentes puede recurrir al Ministerio Público para presentar la denuncia correspondiente.
Seguridad sin apartarse de la legalidad
El discurso de Rodríguez García plantea dos líneas que deberán coexistir durante su gestión: incrementar la capacidad de persecución contra personas requeridas por la justicia y, simultáneamente, procurar que las intervenciones policiales se mantengan dentro de los límites legales.
La institución atraviesa además un proceso de reforma que incluye cambios en formación, tecnología y despliegue territorial. El Comisionado Ejecutivo para la Reforma Policial informó el 24 de septiembre que se han incorporado 11,001 nuevos agentes, instalado más de 8,000 cámaras corporales y ampliado de tres meses a un año el período de formación de los nuevos policías. Policía Nacional Dominicana
El desafío será que el fortalecimiento operativo produzca mayor seguridad ciudadana sin debilitar las garantías que corresponden a toda persona sometida a una investigación o persecución penal.
La persecución del delito y el respeto al debido proceso no constituyen objetivos incompatibles: forman parte de las responsabilidades que debe asumir una institución policial en un Estado de derecho.
Rodríguez García reiteró que la función de la Policía es proteger a la sociedad, preservar la paz y llevar ante las autoridades competentes a quienes tengan cuentas pendientes con la justicia.
