Opinión
Baja competitividad electoral en el sistema político dominicano
Published
11 meses agoon
Por Rosario Espinal
El PLD y la Fuerza del Pueblo no tienen bases electorales independientes; el peledeísmo está dividido. La división fragmenta y deprime su voto, y ensancha las posibilidades electorales de un PRM unido.
En este siglo, el sistema político dominicano ha registrado una baja competitividad electoral; es decir, el partido ganador a nivel presidencial ha sobrepasado por muchos puntos al partido en segundo lugar (aclaración: comienzo con las elecciones de 2004 por las características especiales de las elecciones del 2000, que no viene al caso abordar aquí).
En el 2004, el PLD obtuvo 57.1% de los votos y el PRD 33.6%, para una diferencia de 23.5% (los porcentajes incluyen aliados). En el 2008, el PLD obtuvo 53.8% y el PRD 40.4%, para una diferencia de 13.4%.
En el 2012, que fueron las más competitivas en lo que va de este siglo, el PLD obtuvo 51.2% y el PRD 46.9%, para una diferencia de solo 4.3%. En el 2016, el PLD obtuvo 61.4% y el PRM 34.9%, para una diferencia de 26.5%.
Durante ese período, el partido dominante fue el PLD: gobernó 16 años consecutivos.
La pregunta es: ¿qué ha producido esta baja competitividad electoral?
La razón principal, planteo, es la fragmentación de los partidos principales que estructuraron el sistema político dominicano desde la transición de 1978.
Después de la muerte de Joaquín Balaguer en el 2002, el PRSC se dividió varias veces y el PLD absorbió la masa votante balaguerista. Eso, junto a la crisis financiera de 2003-2004 que debilitó al PRD, permitió el retorno del PLD al poder y su afianzamiento en el Estado.
Luego, la división del PRD en el 2013 facilitó al PLD obtener un altísimo porcentaje de votos en las elecciones de 2016 frente al PRM, que había desplazado al PRD como principal fuerza de oposición.
En el 2020, que fueron unas elecciones de cambio de gobierno, el PRM obtuvo 52.5% de los votos y el PLD 37.5%, para una diferencia también significativa de 15%. En esta ocasión, la división del PLD fue un factor clave para la baja votación obtenida por ese partido. Leonel Fernández con su nueva Fuerza del Pueblo y aliados obtuvo 8.9% de los votos, fundamentalmente provenientes del PLD.
La persistencia de la división del peledeísmo, que acude a las elecciones de 2024 con una alianza parcial y candidaturas presidenciales diferentes, es una de las principales razones para que el PRM esté bien posicionado electoralmente.
O sea, así como las divisiones del PRSC y del PRD contribuyeron a que el PLD se convirtiera en el partido dominante por 16 años consecutivos, ahora la división del peledeísmo contribuye a la predominancia del PRM, y también a que se mantenga la baja competitividad electoral.
Que existan tres partidos con potencial electoral no significa que ninguno pueda formar mayoría en primera vuelta. En el caso dominicano, lo que ha ocurrido es que la división del PRSC, PRD y PLD ha generado un sistema de partido dominante: antes el PLD y ahora busca serlo el PRM.
El PLD y la Fuerza del Pueblo no tienen bases electorales independientes; el peledeísmo está dividido. La división fragmenta y deprime su voto, y ensancha las posibilidades electorales de un PRM unido.
Por Isaías Ramos
Nuestro país se encuentra en una encrucijada crucial, donde el futuro de su democracia y la equidad social están en juego. La persistencia de una estructura política y económica que favorece a una élite, en detrimento del bienestar de la mayoría, plantea un desafío formidable que no podemos ignorar. Nuestro país clama por un cambio profundo que redefina los fundamentos de nuestra sociedad y asegure un futuro justo para todos.
La malversación de recursos y el abuso de poder no son simplemente noticias recurrentes; son realidades que coexisten con niveles alarmantes de pobreza y una inseguridad que afecta a la mayoría de nuestros hogares. Esta situación desalentadora requiere más que soluciones temporales y políticas de subsidios mal enfocadas, las cuales solo sirven para posponer lo inevitable.
Es imperativo que el pueblo dominicano tome las riendas de su destino, rechazando ser meros espectadores de un sistema que perpetúa la desigualdad y se nutre de injusticias. La historia nos enseña que las libertades y derechos se conquistan y mantienen a través de una lucha continua y consciente. Nuestro combate no es solo por necesidades económicas, sino por la dignidad y el futuro de nuestra nación.
Debemos aspirar a una transformación radical del modelo político y económico. Las políticas deben enfocarse en crear condiciones de igualdad de oportunidades, promover la inversión en infraestructura agrícola e industrial, así como apoyar decididamente a las micro, pequeñas y medianas empresas: verdaderas locomotoras del crecimiento local.
La implementación de subsidios y exenciones fiscales a sectores económicos privilegiados debe ser eliminada; estos recursos deben redirigirse hacia sectores donde tengan un impacto directo y medible. Es esencial poner fin a la política del derroche y endeudamiento, transfiriendo los recursos necesarios para incrementar la producción nacional.
El llamado es claro: construir un nuevo amanecer; un despertar nacional que eleve los intereses del pueblo por encima del egoísmo mezquino de una élite desconectada. Es momento de redefinir nuestras prioridades asegurándonos de que cada dominicano sea parte activa e informada sobre este cambio. La partidocracia actual ha fallado en atender los problemas estructurales del país; ya es tiempo promover una verdadera transformación.
En el Frente Cívico y Social estamos convencidos de que las candidaturas independientes enriquecen la pluralidad, el debate y las ideas. Trabajar unidos para hacer realidad nuestra Constitución y la visión de la Estrategia Nacional de Desarrollo, con el objetivo de vivir plenamente en un Estado Social y Democrático de Derecho para el 2030. Es nuestro norte, definido incluso por aquellos que hasta ahora lo han ignorado. Es esencial lograr su despertar a la conciencia para que no se conviertan en simples testigos, sino también en participantes activos en esta transformación hacia un Estado que verdaderamente refleje nuestros valores y aspiraciones.
Nuestra Patria tiene el potencial de ser un faro de justicia y equidad en la región. Solo mediante un compromiso renovado y genuino con el cambio, así como con la participación de cada ciudadano, podremos transformar nuestro país en un lugar donde la prosperidad sea compartida y la dignidad de todos sea una realidad palpable.
Este es el momento de unirnos y evitar que nuestra nación caiga en un abismo de miseria y opresión, como ha sucedido en otras naciones vecinas. Es el momento de actuar, despertar y luchar por una República Dominicana que honre su promesa de justicia, igualdad y democracia.
¡Despierta RD!
Opinión
Impugnación de la competencia de la Corte Penal Internacional
Published
4 días agoon
marzo 13, 2025Por Rommel Santos Díaz
La Corte Penal Internacional se cerciorará de ser competente en todas las causas que le sean sometidas. La CPI podrá determinar de oficio la admisibilidad de una causa de conformidad con el artículo 17 del Estatuto de Roma.
De acuerdo con el Estatuto de Roma podrán impugnar la admisibilidad de la causa, por uno de los motivos mencionados en el artículo 17, o impugnar la competencia de la Corte Penal Internacional:
- a)El acusado o la persona contra la cual se haya dictado una orden de detención o una orden de comparecencia con arreglo al artículo 58;
- b)Un Estado que tenga jurisdicción en la causa porque esta investigando o enjuiciando o lo ha hecho antes; o
- c)Un Estado cuya aceptación se requiera de conformidad con el artículo 12.
El Fiscal podrá pedir a la Corte Penal Internacional que se pronuncie sobre una cuestión de competencia o de admisibilidad. En las actuaciones relativas a la competencia o la admisibilidad, podrán presentar asimismo observaciones a la Corte quienes hayan remitido la situación de conformidad con el artículo 13 del Estatuto de Roma y las víctimas
.
La admisibilidad de una causa o la competencia de la CPI sólo podrán ser impugnadas una sola vez por cualquiera de las personas o los Estados a que se hace referencia en el párrafo 2. La impugnación se hará antes del juicio o a su inicio.
En circunstancias excepcionales la Corte Penal Internacional podrá autorizar que la impugnación se haga más de una vez o en una fase ulterior del juicio. Las impugnaciones a la admisibilidad de una causa hechas al inicio del juicio, o posteriormente con la autorización de la Corte, sólo podrán fundarse en el párrafo 1 c) del artículo 17 del Estatuto de Roma.
Antes de la confirmación de los cargos, la impugnación de la admisibilidad de una causa o de la competencia de la CPI será asignada a la Sala de Cuestiones Preliminares. Después de confirmados los cargos, será asignada a la Sala de Primera Instancia. Las decisiones relativas a la competencia o la admisibilidad podrán ser recurridas ante la Sala de Apelaciones de conformidad con el artículo 82 del Estatuto de Roma.
Hasta antes de que la Corte Penal Internacional se pronuncie, el Fiscal podrá pedirle autorización para:
- a)Practicar las indagaciones necesarias de la índole mencionadas en el párrafo 6 del articulo 18 del Estatuto de Roma;
- b)Tomar declaración a un testigo o recibir su testimonio, o completar la recolección y el examen de las pruebas que hubiere iniciado antes de la impugnación; y
- c)Impedir, en cooperación con los Estados que corresponda, que eludan la acción de la justicia personas respecto de las cuales el Fiscal haya pedido ya una orden de detención en virtud del artículo 58 del Estatuto de la Corte.
La impugnación no afectará a la validez de ningún acto realizado por el Fiscal, ni de ninguna orden o mandamiento dictado por la CPI, antes de ella.
Si la CPI hubiere declarado inadmisible una causa de conformidad con el artículo 17 del Estatuto de Roma, el Fiscal podrá pedir que se revise esa decisión cuando se haya cerciorado cabalmente de que han aparecido nuevos hechos que invalidan los motivos por los cuales la causa había sido considerada inadmisible de conformidad con dicho artículo.
Finalmente, el Fiscal, si habida cuenta de las cuestiones a que se refiere el artículo 17 del Estatuto de Roma suspende una investigación, podrá pedir que el Estado de que se trate ponga a su disposición información sobre las actuaciones. A petición de ese Estado, dicha información será confidencial. El Fiscal, si decide posteriormente abrir una investigación, notificará su decisión al Estado cuyas actuaciones hayan dado origen a la suspensión.
Rommelsantosdiaz@gmailcom
Por Nelson Encarnación
Son muchos los dominicanos que no se reponen del shock que les provocaron las diversas manipulaciones y mentiras vertidas por el expresidente Danilo Medina durante su comparecencia de la semana pasada en un importante medio radial de nuestro país.
Cuando se anunció días antes que el líder del Partido de la Liberación Dominicana aparecería en un medio público, hubo la apreciación generalizada de que aprovecharía el alcance de este para al menos desvestir su alma y bajar al terreno de la humildad para pedir algún tipo de perdón—aun fuese en voz baja—por las muchas culpas que necesitan urgentemente su expiación.
Sin embargo, es evidente que Danilo está convencido de que todas sus actuaciones en el Gobierno estuvieron ajustadas a la decencia más absoluta, cuando la realidad apunta precisamente en otra dirección.
Para él, los expedientes que involucran a familiares y entorno político más estrecho, son simples majaderías urdidas para molestarle, o una manifestación de la llamada judicialización de la política o politización de la justicia, mediante la cual han sido quitados del camino potenciales competidores de la corriente predominante.
Con ese convencimiento resulta improbable que el expresidente se humanice y entienda que admitir los errores hace grandes a las personas, y que, por el contrario, encerrarse en una convicción pueril las reduce.
Hay más de una evidencia que Danilo fue advertido por cercanos acerca del comportamiento depredador de algunos de sus íntimos, pero obvió tomar las medidas aconsejables, para dejar campo abierto a la continuación de los desmanes, muchos de los cuales se han reflejado en los casos que actualmente se ventilan en justicia, y que él los atribuye a “persecución política”.
En el campo de la lucha propiamente política, Medina trata de convencernos de que su laborantismo encaminado a propiciar el escenario para una segunda reelección en 2020 es un espejismo o un invento de sus adversarios.
Eso de que no tenía votos para modificar la Constitución es un ardid y una expresión fehaciente de su condición de simulador, pues todos vivimos aquel trance que mantuvo en vilo a la nación hasta que la administración Trump—en una intromisión inaceptable, eso sí—le apeó del carro reeleccionista que pudo haberse descarrilado hacia una situación de manejo muy complejo.
Danilo podrá decir lo que quiera, pero la historia no se puede borrar.