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Rechazan tres causales frente al Congreso Nacional.

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La no penalización del aborto fue exigido mediante una concentración frente al Congreso Nacional por ciudadanos, legisladores y diferentes organizaciones religiosas y civiles, la cual la culminación de la Caravana Celeste por la Vida.

En un manifiesto leído por los organizadores del evento, objetaron todas las causales y solicitaron a los legisladores respetar el artículo 37 de la Constitución Dominicana, que establece el derecho a la vida desde la concepción hasta la muerte.

“Nada ni nadie puede legalizar la muerte de un ser humano, sea feto o embrión, niño o adulto, anciano o enfermo, incurable o agonizante”, dijeron.

En el caso de que un embarazo sea producto de violación o incesto, dijeron que las autoridades “deberían no castigar al inocente, sino al violador por el crimen, pues es el verdadero culpable”. Además, alegaron que estos embarazos son extremadamente raros y que un aborto en estos casos aumenta el trauma sobre la madre.

La causal que permitiría el aborto en caso de malformaciones genéticas incompatibles con la vida fue rechazada por los manifestantes porque supuestamente pretende establecer el postulado de que solo la vida de los sanos tiene valor y porque las pruebas prenatales no son 100% certeras.

Denunciaron también que el aborto daña física y psicológicamente a la mujer que pasa por este proceso.

Legisladores en contra de las tres causales

El diputado del Partido Reformista Social Cristiano (PRSC), Pedro Botello, aseguró que en el Congreso no existe debate sobre las tres causales, ya que la causa solo es promovida por una minoría, pero que más del 90% de los legisladores se oponen. Su compañero de partido, el senador Ramón Rogelio Genao, afirmó que ya 19 senadores y 101 diputados han firmado el manifiesto Legisladores por la Vida en contra de la aprobación del aborto.

Sin embargo, el diputado del Partido Revolucionario Moderno (PRM), Aníbal Díaz, entiende que la posición que defiende la inclusión de las causales en el Código Penal tiene una representación importante en el Congreso.

“La discusión de las causas eximentes de responsabilidad penal en tres estadios tiene una expresión importante del Congreso que refleja un sentimiento de una parte de la sociedad que nosotros respetamos y toleramos. Sin embargo, la representación mayoritaria es a favor de la vida en todas sus manifestaciones”, dijo.

Díaz es el artífice de la iniciativa que buscaría someter las causales a un referendo con vinculación constitucional y afirma que se sometería a lo que diga la mayoría en ese caso. El proyecto de ley de referendo, fue enviado el pasado 17 de marzo por el Senado a la Comisión de Justicia y Derechos Humanos.

No obstante, Botello afirma que ni un referendo ni una ley especial lograrían la aprobación de las causales. Mientras que Genao entiende que estas vías carecen de sustento legal.

“Ese es un tema constitucional. Los que quieran legalizar el aborto tienen dos caminos: promover una reforma o elevar un recurso al Tribunal Constitucional”, dijo Genao.

Genao agregó que una de las excepciones ya está contemplada en la Constitución Dominicana, pues el artículo 42 en su numeral 3 dice que nadie puede ser obligado someterse a procedimientos médicos, salvo cuando entra en juego su vida.

De proceder la penalización del aborto, las mujeres que se sometan al procedimiento podrían enfrentar penas de uno o dos años de prisión y quienes la asistan podrían enfrentar penas de entre dos y tres años.

Los manifestantes avanzaron por el centro de la ciudad capital.

Botello manifestó su apoyo a la medida, considerando que quien aborta “es un criminal tan criminal como quien apuñala a una persona”. Por su parte, Genao negó que haya mujeres o doctores presos por verse involucrados en abortos y, aunque admitió que están las condiciones para que suceda, insistió en que no hay formas de que mueran mujeres por falta de un aborto.

“Existe la posibilidad, pero no existe la posibilidad de que se mueran por un embarazo”, afirmó.

Opiniones encontradas

El presidente de la República, Luis Abinader, en una entrevista concedida al periódico español El País, expresó su apoyo por la despenalización de las tres causales y dijo que esta es la posición oficial de su partido, el PRM. No obstante, ha dicho que no impondrá su postura al Congreso.

Aníbal Díaz, diputado por el partido del presidente, dice que respeta su opinión a pesar de no compartirla y entiende que esta diferencia es un síntoma de una democracia funcional. Además, agregó que esto no implica un cambio de ánimo en el PRM con respecto a las tres causales.

“Es un sofisma. La gente votó por un cambio en la corrupción y del modelo del PLD de 16 años de no escuchar a la gente. Hoy tenemos lo que queríamos: un presidente que piensa a favor de las causales y un Congreso que piensa diferente, y esa es la democracia”, explicó.

Por su parte, el diputado Pedro Botello aseguró que la promoción de las causales es equivalente a la promoción de la muerte, lo que no excluye al presidente, a quien instó a reflexionar y reconsiderar su posición.

“Si el presidente promueve las causales, promueve la muerte y será responsable de sus hechos personales. Yo, Pedro Botello, le aconsejaría que reflexione y desista de sus pretensiones abortistas”, dijo Botello.

Mientras tanto, el senador Rogelio Ramón Genao aseguro que el Código Penal sería aprobado sin causales y confía en que el presidente guardará su promesa de no imponerse y lo aprobará así.

Otras organizaciones

A la manifestación también asistieron otras organizaciones como 40 Días por la Vida, un movimiento internacional en contra del aborto que tiene presencia en 63 países, que desde el 17 de febrero realiza un plantón frente al Congreso Nacional, con la meta de llegar a 40 días el domingo 28 de marzo.

“Las tres causales es la vida y la vida no la hicimos ninguno de nosotros y no tenemos derechos a quitarle la vida a nadie”, dijo Sandra Vidal, parte del movimiento.

Cristian Martínez dirigente del ministerio pentecostal Red de Familia Saludable y la organización Teología, Familia y Cultura, considera las tres causales como “excusas para seguir matando y perpetrar el crimen del aborto” y como la puerta de entrada al aborto libre.

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Juez evaluará este miércoles solicitud de Pepca para extender investigación del caso Senasa.

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Santo Domingo, R.D.-Deiby Peguero, juez del Séptimo Juzgado de la Instrucción del Distrito Nacional, fijó para este miércoles el conocimiento de la solicitud de prórroga de cuatro meses presentada por el Ministerio Público para concluir la investigación y depositar la acusación contra el exdirector del Seguro Nacional de Salud (SeNaSa), Santiago Marcelo Hazim, y los demás implicados en el caso Cobra.

La solicitud de prórroga fue depositada por fiscales de la Procuraduría Especializada de Persecución de la Corrupción Administrativa (Pepca), con el propósito de analizar minuciosamente las evidencias recabadas durante allanamiento. Así lo informó recientemente el procurador adjunto, Wilson Camacho.

Camacho indicó que la institución cuenta con un equipo especializado dedicado al estudio del contenido de 16,800 cajas de documentos ocupadas durante los recientes operativos de intervención como parte de la investigación que realiza del caso.

El exdirector de SeNaSa, Santiago Marcelo Hazim, junto a otros imputados, es señalado de conformar una estructura criminal que habría perpetrado un desfalco superior a RD$15 mil millones en perjuicio del Estado dominicano, a través de la entidad pública de salud.

Además de Hazim, figuran como imputados Gustavo Enrique Messina Cruz, Germán Rafael Robles Quiñones, Francisco Iván Minaya Pérez, Rafael Luis Martínez Hazim, Ramón Alan Speakler Mateo, Ada Ledesma Ubiera, Eduardo Read Estrella, Cinty Acosta Sención y Heidi Mariela Pineda Perdomo, quienes cumplen distintas medidas de coerción impuestas en diciembre de 2025.

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Asesino de conductor de camión recolector de basura es apresado en Jamaica.

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Santo Domingo, R.D.-Jhovanny de Jesus Metz Crus, conocido como «Macho», señalado como el principal sospechoso de la muerte del conductor Deivy Carlos Abreu Quezada, quien falleció luego de ser atacado por una turba de motociclistas durante una persecución, fue apresado en Jamaica.

La información fue confirmada a Diario Libre por una fuente de la Procuraduría General de la República (PGR).

De acuerdo con las investigaciones, «Macho» habría sido quien presuntamente propinó varias estocadas a Abreu Quezada durante el ataque ocurrido el pasado 17 de abril en el parqueo del Palacio de Justicia de Santiago, donde la víctima intentó refugiarse tras ser perseguida durante varios kilómetros por un grupo de motociclistas.

En principio, se informó que la persecución se produjo a raíz de un incidente de tránsito.

Posteriormente, trascendió que la agresión habría sido motivada por una presunta deuda económica que el conductor mantenía con sus atacantes.

Visado a JamaicaEn marzo pasado, Jamaica eliminó el requisito de visa para los dominicanos que viajen a ese país por turismo o negocio por un periodo de 180 días.

Mets Cruz también enfrenta un proceso judicial por las heridas de bala ocasionadas en 2023 al sargento de la Policía Nacional Christopher Almánzar García, adscrito a la unidad SWAT.

El imputado no se presentó al juicio de fondo pautado para el miércoles 20 de mayo ante el Cuarto Tribunal Colegiado de Santiago, por lo que la sala ordenó declararlo en rebeldía y activar las consecuencias legales correspondientes.

En ese expediente, Mets Cruz enfrenta acusaciones por intento de homicidio y asociación de malhechores.

El hecho ocurrió el 7 de mayo de 2023 en el sector El Ejido, de Santiago.

Durante el incidente, el sargento Almánzar García sufrió fracturas en el fémur y la rodilla izquierda, mientras que su sobrino, Jeison Willian Almánzar Núñez, resultó herido en la pierna izquierda cuando intentaba auxiliarlo.

Según las informaciones ofrecidas en el tribunal, Mets Cruz cumplía medidas de coerción consistentes en presentación periódica, impedimento de salida del país y orden de alejamiento de las víctimas.

Tras su incomparecencia al juicio, el tribunal dispuso su declaratoria en rebeldía, mientras las autoridades activaron su búsqueda.

Ahora, con su detención en Jamaica, las autoridades dominicanas deberán realizar las gestiones correspondientes para establecer su eventual retorno al país y que responda ante la justicia por los procesos que tiene pendientes.

Formalmente no hay un tratado de extradición entre República Dominicana y Jamaica. El intercambio judicial y la colaboración policial se apoyan en organismos internacionales como Interpol.

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Tribunal Constitucional rechaza amparo contra embargo inmobiliario.

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Santo Domingo, R.D.-Declaro inadmisible el Tribunal Constitucional (TC) por notoria improcedencia, la acción de amparo interpuesta por el empresario Alexander Montilla Sierra, con la que pretendía suspender un proceso de embargo inmobiliario en su contra y obtener la reposición de los plazos procesales de dicho caso.

La Alta Corte, mediante la sentencia TC/0784/26, tomó la decisión al rechazar la acción presentada por el cuñado del expresidente Danilo Medina contra la Procuraduría Especializada de Persecución de la Corrupción Administrativa (PEPCA) y la señora Francisca Elizabeth Castillo de los Santos.

La decisión fue aprobada por la mayoría de los jueces del pleno. Por su parte, el magistrado José Alejandro Vargas se inhibió de participar en la deliberación y el fallo, debido a que intervino en el proceso en su anterior condición de juez del Juzgado de Atención Permanente del Distrito Nacional, cuando conoció una medida de coerción vinculada al caso penal.

El caso se remonta a una investigación de la PEPCA dirigida contra Alexander Montilla Sierra y su hermano Maxy Gerardo, junto a otras personas físicas y jurídicas. Las indagatorias se originaron en una de las líneas de investigación de la Operación Antipulpo, por presuntos actos de corrupción y lavado de activos relacionados con contratos públicos y licitaciones irregulares.

En esas pesquisas, la jueza coordinadora de los Juzgados de la Instrucción del Distrito Nacional, Kenya Romero, autorizó entre diciembre de 2020 y enero de 2021 la inmovilización de fondos y la oposición a transferencias de bienes muebles e inmuebles de los investigados.

Según el expediente, estas medidas dejaron a Alexander Montilla Sierra sin capacidad para disponer de su patrimonio, impidiéndole honrar un pagaré notarial por RD$20,000,000.00 suscrito en 2018 con Francisca Elizabeth Castillo de los Santos.

Ante el incumplimiento de pago, Castillo de los Santos inició en 2021 un proceso de embargo inmobiliario sobre dos propiedades de Montilla Sierra: una unidad en el condominio Terrazas del Mirador II y un apartamento en el condominio Karla I.

Tras un acuerdo de colaboración entre Maxy Montilla y la PEPCA, la Coordinación de los Juzgados de la Instrucción autorizó, mediante auto del 12 de diciembre de 2025, el levantamiento parcial de las oposiciones e inmovilizaciones. La PEPCA tramitó la ejecución de dicha orden ante la Dirección General de Impuestos Internos (DGII) y la Superintendencia de Bancos el 30 de diciembre de 2025.

El 6 de febrero de 2026 antes de tener conocimiento formal del levantamiento, notificado por la DGII el 17 de febrero, Alexander Montilla interpuso una acción de amparo en la que solicitó la publicidad registral de las oposiciones, la suspensión del embargo inmobiliario y la reposición de los plazos procesales.

La Cuarta Sala de la Cámara Civil y Comercial del Distrito Nacional declaró inadmisible dicha acción el 3 de marzo de 2026 (Sentencia núm. 037-2026-SSEN-00109), al considerar que había perdido su objeto tras el levantamiento parcial de las medidas.

Montilla Sierra recurrió el fallo ante el Tribunal Constitucional alegando vulneraciones al debido proceso, la tutela judicial efectiva, el derecho de propiedad, la igualdad de armas y el principio de inviolabilidad de las nulidades constitucionales, entre otros.

El TC coincidió en que la sentencia de primera instancia era errónea, pero por una razón distinta a la planteada por el recurrente: consideró que el juez de amparo no debió declarar la inadmisibilidad por «falta de objeto», sino por «notoria improcedencia». Esto se apoya en su jurisprudencia reiterada, la cual establece que el amparo no puede utilizarse para suspender, modificar o dejar sin efecto decisiones dictadas por otro tribunal en un proceso judicial ordinario en curso.

En consecuencia, el TC revocó la sentencia recurrida y, actuando directamente sobre el fondo de la acción original, concluyó que las pretensiones de Montilla Sierra excedían el ámbito del amparo. De concederlas, el juez constitucional estaría sustituyendo a la jurisdicción ordinaria en la conducción de un proceso iniciado desde el año 2021.

El tribunal señaló que cualquier objeción sobre la falta de publicidad de las oposiciones administrativas debió plantearse oportunamente ante el propio juez del embargo, mediante los mecanismos procesales correspondientes.

Cabe destacar que el Ministerio Público obtuvo la homologación de un acuerdo bajo el criterio de oportunidad, mediante el cual Maxy Gerardo Montilla Sierra y un grupo de sus empresas aceptaron su responsabilidad penal y autorizaron el decomiso de RD$2,000 millones en efectivo a favor del Estado dominicano.

El acuerdo, homologado por el juez Raymundo Mejía del Primer Juzgado de la Instrucción del Distrito Nacional, compromete a Montilla a pagar una indemnización de RD$600 millones a las distribuidoras de electricidad EdeEste, EdeSur y EdeNorte, en resarcimiento por los perjuicios ocasionados.

Asimismo, contempla la disolución en un plazo de dos años de las empresas Transformadores Solomon Dominicana, S.A.S., Electrocable Aluconsa, S.A.S., NSD, Importaciones Diversas, SRL, Distribuidora de Materiales Eléctricos FEE, SRL, Distribuidora Eléctrica Henan Jinshui, SRL, Importadora Eaglerise, SRL, TLC Negocios Globales, SRL, Watmax Lighting, SRL, Herrajes Eléctricos RPC, SRL, y MG Solomon Corporation.

También fija el pago de RD$431,816,307.90 a la Dirección General de Impuestos Internos (DGII) y el decomiso de un terreno de 200.18 metros cuadrados ubicado en la avenida Roberto Pastoriza núm. 2, Ensanche Naco, valorado en RD$50,901,692.13.

Por el caso Antipulpo, el Segundo Tribunal Colegiado del Distrito Nacional condenó a Alexis Medinahermano del expresidente Danilo Medina, a siete años de prisión en el centro penitenciario de Najayo.

La decisión fue recurrida y está pendiente de revisión para el próximo 8 de septiembre en la Primera Sala Penal de la Corte de Apelación del Distrito Nacional. Otros imputados recibieron penas menores y algunos fueron declarados noculpables, entre ellos Magaly Medina.

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