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Análisis Noticiosos

Cárceles en América Latina, bodegas humanas

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Período de siete años. Los países con mayor población penitenciaria son Brasil, México y Argentina

Sobrepoblación, hacinamiento, violencia, dominio de grupos criminales que han derivado en algunos casos en motines o disturbios con heridos y muertos, extorsiones. Así son las cárceles en América Latina.

Rubén Ortega Montes, analista en seguridad en México, las describe como “bodegas humanas”, esos espacios en los que se elimina de manera parcial a quienes son perseguidos por la comisión de hechos delictuosos y muchos de los cuales pasan años, antes de recibir una sentencia.

El Grupo de Diarios América (GDA) hizo una revisión del panorama en las cárceles de Argentina, Brasil, Chile, Colombia, Costa Rica, El Salvador, México, Perú, República Dominicana, Uruguay, Venezuela y el territorio estadounidense de Puerto Rico. Las conclusiones son alarmantes.

La situación de los presos llega a ser tan precaria que pueden no tener un colchón para dormir, o sufrir desnutrición. Frente a la problemática de las cárceles en la región, la respuesta de los gobiernos suele ser traslados o planes para crear más prisiones o ampliar las existentes, pero pocos se enfocan en mejorar las oportunidades o abrir el panorama de las personas privadas de la libertad.

A esto se suman otros factores, como el de los miles de presos que pasan años sin recibir sentencia. Y hay países, como Venezuela, o El Salvador, donde debido a la situación política resulta difícil obtener información sobre lo que ocurre adentro de las cárceles.

Saturación

Los tres países con mayor población penitenciaria a lo largo de siete años son Brasil, México y Argentina, pues tienen mayor densidad de población.

En México, 47.3% de las cárceles registran sobrepoblación. El Estado de México es el más afectado, con un exceso de 146.08%, de acuerdo con el Órgano Administrativo Desconcentrado de Prevención y Readaptación Social (OADPRS). En los últimos siete años la población penitenciaria de México solo estuvo por debajo de los 200 mil reos en 2018.

Sólo en Buenos Aires, con capacidad formal de alojamiento en unidades penitenciarias de 27 mil, la sobrepoblación es de 118%.

En Brasil, de acuerdo con datos de la Encuesta Nacional de Información Penitenciaria (Sisdepen), del Ministerio de Justicia, las cárceles reportaron en 2021 un total de 833 mil 176 presos, mientras que en 2019 había 755 mil 247.

Un caso excepcional fue el que se presentó en Chile durante la pandemia, ya que de acuerdo a registros oficiales en 2019 había 41 mil 977 personas recluidas; en 2020 esta cifra cayó a 3 mil 813 y en 2021 nuevamente alcanzó la cifra de 38 mil 718 recluidos; este cambio fue debido a la libertad vigilada (de marzo a octubre de 2020 se realizaron excarcelaciones anticipadas). La sobrepoblación carcelaria en el país pasó de 0.5% en 2016 a 7% en 2022.

En Colombia, la situación es tan grave que en 1998 la Corte Constitucional declaró la existencia de un Estado de Cosas Inconstitucional (ECI).

“La población carcelaria, revelan cifras del Instituto Nacional Penitenciario y Carcelario (INPEC), era de 97 860 hasta diciembre de 2022 en los 126 establecimientos ligados a la institución. En realidad sólo hay cupo para 81 mil 175 personas. La sobrepoblación, de acuerdo con las cifras de 2022, es de 16 mil 685 personas, lo que representa un hacinamiento del 21%”.

Costa Rica, de acuerdo con el Ministerio de Justicia, tenía una población carcelaria de 16 mil 265 en 2019 (31% de sobrepoblación); en 2022, la sobrepoblación era de 6.4%; este año, con 15 mil 141 presos, la sobrepoblación es de 10%. Sin embargo, hay cárceles, como Son Antonio Bastida de Paz, Nelson Mandela y Gerardo Rodríguez, cada una con sobrepoblación superior al 40%.

En el caso de El Salvador, para diciembre de 2016, tenía una población carcelaria de 36 mil 824 reos; en 2018 la cifra se disparó a 39 mil 642; para febrero de 2022 (último dato disponible), la cifra era de 39 mil 538. El hacinamiento en diciembre de 2016 era de 264%; para diciembre de 2018 era de 69%.

En febrero de este año, el gobierno inauguró el llamado Centro para el Confinamiento del Terrorismo (CECOT), que el presidente Nayib Bukele anunció como “la cárcel más grande de Latinoamérica”, con capacidad para 40 mil personas privadas de la libertad. Hasta mayo pasado, habían sido trasladados allí unos 5 mil presos, según datos del gobierno.

En términos de capacidad penitenciaria, de los 12 países analizados por medios miembros del GDA, Perú es el que muestra la mayor crisis carcelaria: la sobrepoblación este año supera el 100%; es decir que hay 89 mil 877 reos y solo tienen espacio para 41 mil 018. El hacinamiento llega a ser de más de 400 o incluso de 500%, como en el EP Callao.

En República Dominicana, la población carcelaria pasó de 25 mil 437 en 2016 a 26 mil 782 en 2017; para 2020 ya era de 27 mil 26; en 2022 era de 25 mil 711. Actualmente se cifra en 25 mil 370, con una tasa de hacinamiento de 62.2%, según la Dirección general de Servicios Penitenciarios y Correccionales (DGSP).

Según el último informe (2021) publicado por el Comisionado Parlamentario Penitenciario en Uruguay, “en las primeras dos décadas de este siglo, el volumen de la población penitenciaria se ha triplicado”.

En 2019 la tasa de crecimiento anual promedio fue de 8.3%; en 2020 subió a 12.6%. En cuanto a la sobrepoblación, un ejemplo basta: en la Unidad 5 (cárcel de mujeres), la ocupación era de 143% en 2021.

En Venezuela, donde obtener datos oficiales sobre la situación de las cárceles es misión imposible, es el Observatorio Venezolano de Prisiones el que proporciona información. Para 2020, la población carcelaria era de 32 mil 200, cuando la capacidad máxima es de 20 mil 438. “Las cárceles venezolanas son sinónimo de hambre ante la carencia de alimentos y la reducción de porciones mínimas que no cumplen con las calorías establecidas por la Organización Mundial de Salud”, determinó el Observatorio.

La sobrepoblación es en sí violatoria de la dignidad humana y los derechos humanos, pero además da paso a otros problemas.

El Tiempo de Colombia acompañó en marzo y abril de 2023 inspecciones realizadas en seguimiento al ECI en estaciones de policía también hacinadas: 214 personas que ya estaban condenadas y permanecían detenidas allí fueron trasladadas. Se encontró a 16 personas en la estación de Policía de Engativá que estaban presas en un lugar que era para disponer basura. También fueron trasladadas.

En República Dominicana, Listín Diario hizo un recuento de La Victoria, considerada como la cárcel en peor situación. Construida para alojar a 2 mil personas, cuenta actualmente con una población carcelaria de 7 mil 608. “El centro posee la cantidad más elevadas de personas con trastornos psiquiátricos a nivel nacional (un aproximado de 60 personas)”. Se ubican en un espacio llamado “Los Malogrados”. La razón: alberga también a internos con tuberculosis o cualquier otra patología contagiosa.

Las prisiones, en general, cuentan con regímenes de visitas familiares, de abogados. Pero hay países, como El Salvador, donde incluso eso está prohibido. Desde el 1 de marzo de 2020 no se permite ningún tipo de visita a privados de la libertad. La prohibición inició en 2019, pero sólo aplicaba a reos pertenecientes a pandillas. Sin embargo, al iniciar la pandemia de Covid-19, se extendió a los demás presos. La medida incluía visitas de abogados, aunque este año se han retomado las visitas legales.

Los sentenciados y los que esperan

Otro indicativo de la situación de las cárceles es la cantidad de presos sin sentencia. El caso más grave es Venezuela, donde de acuerdo con el Observatorio, la cantidad de condenados es de 47%, con cifras de 2022.

En países como México, Perú o Chile, la cantidad de presos sentenciados ronda 60%. En Colombia y Brasil supera el 75%, mientras que en Uruguay asciende a 85%. En República Dominicana, suman 90%.

Caso distinto es El Salvador, donde no hay datos actualizados porque desde que inició el régimen de excepción, las estadísticas fueron declaradas “bajo reserva”. Hasta 2021, 76% de presos había recibido sentencia. Sin embargo, ninguno de los 68 mil 294 capturados bajo el régimen de excepción ha sido condenado. Aun así, están en prisiones con otras personas ya sentenciadas.

Motines y extorsiones

Aunque no al nivel de los motines que se han visto en prisiones en Ecuador, o en Honduras, la violencia también caracteriza las prisiones evaluadas aquí.

México destaca en el rubro: Según el Violentómetro Penitenciario que elabora la organización civil Asílegal, en 2019 se registraron 677 hechos violentos en las cárceles del país, que involucraron a mil 45 privados de la libertad. Para 2022, de acuerdo con la Comisión Nacional de Derechos Humanos, la cifra se elevó a 2 mil 499 incidentes violentos. Hasta marzo de este año, la Secretaría de Gobernación registraba 222.

Las restricciones de la pandemia también golpearon a las cárceles. El 21 de marzo de 2020, presos en la cárcel La Modelo, considerada la peor de Colombia, se amotinaron, quejándose del mal manejo que se estaba dando a los contagios de Covid-19. El motín dejó un saldo de 24 muertos -23 de ellos con arma de fuego- y 107 heridos. La situación se repitió tres meses después en Argentina, donde el diario La Nación reportó motines de reclusos que exigían beneficios excarcelarios para evitar el peligro de los contagios masivos, con saldo de al menos cinco muertos.

Más allá del coronavirus, los pleitos entre grupos rivales son la causa más común de los motines en los penales. En Costa Rica, las riñas han dejado cuatro reos muertos este año: en República Dominicana se registraron al menos 15 motines con 11 reclusos fallecidos en 2022.

En Brasil, uno de los motines recientes más violentos ocurrió en julio de 2019. O Globo, que dio cuenta de lo ocurrido, explicó que la violencia se desató entre el Comando Clase A y el Comando Ro. Murieron 57 reclusos.

En El Salvador no hay informes de riñas o motines recientes. En cambio, en el último año lo que ha proliferado son las muertes de personas (más de 150) capturadas durante el régimen de excepción. Organizaciones civiles han denunciado que se trata de muertos a manos del Estado, torturados o por descuido, y exigen a instancias internacionales investigar los hechos.

A los motines se suman las extorsiones, que se repiten en prisiones de México a Colombia y Argentina. En Venezuela, una investigación del portal de noticias Runrunes y la plataforma periodística Connectas, que estudió siete prisiones, encontró que desde allí se planifican y controlan “más de una docena de delitos o actividades que generan millones de dólares”.

Las extorsiones telefónicas son una de las prácticas más comunes, que han sido ligadas por las autoridades a prisiones en la región.

En Argentina, este problema ha crecido en los últimos años, además de extorsiones, organizaciones del crimen organizado orquestan desde prisión venganzas y ataques extramuros.

Los jefes de jefes

El tema de extorsiones y motines está estrechamente ligado a una realidad que se vive en muchas de las prisiones analizadas: la existencia de grupos criminales bien organizados que son los verdaderos “jefes de jefes”.

Mientras en países como Perú, Costa Rica y Uruguay no hay grupos identificados que controlen las cárceles, la violencia o extorsiones, en México son los cárteles los que están al frente. Principalmente el de Sinaloa y el Jalisco Nueva Generación, seguidos por el Cártel del Golfo, el del Noreste, el de los Beltrán Leyva y los Zetas.

Los tentáculos de estos cárteles se han extendido a otros países. De acuerdo con la Fiscalía Nacional de Chile, “el control de los penales está entre los objetivos de los cárteles mexicanos Jalisco Nueva Generación, Sinaloa, como se ha visto en Ecuador. En Chile puede serlo perfectamente el Tren de Aragua –el que ejerce el control-”.

El Tren de Aragua, la organización criminal más poderosa de Venezuela, controla desde prisión en este país más de una docena de delitos, incluyendo tráfico y trata de personas.

En Colombia, hoy los liderazgos en las prisiones no son tan visibles como a inicios del 2000, cuando el control lo tenían paramilitares, sicarios de capos del narcotráfico o la guerrilla de las Fuerzas Armadas Revolucionarias de Colombia (FARC).

En El Salvador, son las pandillas las que se conoce tiene control en muchas de las prisiones, obteniendo beneficios que incluyen la libertad de líderes pandilleros, a pesar de ser solicitados en extradición por Estados Unidos. ¿Cómo puede pasar eso? No hay una respuesta oficial.

Otro país donde importantes organizaciones criminales dominan dentro y fuera de las prisiones es Brasil. Las facciones más activas son el PCC y el Comando Vermelho.

¿Y la respuesta de las autoridades?

El costo de mantenimiento de las personas privadas de la libertad puede llegar a ser, en México, según datos del gobierno de la Ciudad de México, del equivalente a 900 dólares mensuales.

En Chile, el gasto promedio mensual por interno, al cierre de 2021, era del equivalente a mil 12 dólares al cambio actual. Una cifra similar a la de Uruguay (unos mil 24 dólares mensuales)

A pesar de ello, en general, en los países analizados, al igual que en el territorio de Puerto Rico, las estrategias se quedan cortas de miras. En su gran mayoría, el enfoque se limitar a reducir sobrepoblación con traslado de presos, la separación de los más violentos, la ampliación de centros penitenciarios y la creación de nuevos, la participación del sector privado, entre otros. Escasean las medidas para acelerar las sentencias, por ejemplo.

Existen, al mismo tiempo, programas, con distintos grados de desarrollo, para permitir a la población carcelaria culminar sus estudios, aprender un oficio o trabajar desde prisión y obtener algún dinero.

Hay también programas enfocados en la excarcelación anticipada para delitos no graves –en general se excluyen delitos de explotación sexual, trata de personas o crímenes violentos o de narcotráfico- y siempre y cuando los presos cumplan ciertas condiciones.

Sin embargo, son pocos los países con programas más extensos, enfocados en ayudar a las personas privadas de la libertad a crecer como seres humanos y a incentivarlos a cambiar de vida una vez fuera de prisión.

En República Dominicana, existen programas enfocados en la salud mental, otros, llamados “de medio libre”, buscan alternativas a la reclusión; también hay programas de salida temporal con fines familiares, educativos, o laborales. Pero este tipo de casos son contados en la región.

“La creciente autogobernabilidad, impunidad y corrupción al interior” de las cárceles, sumado “al contexto geográfico, socioeconómico o por índice delictivo o de inseguridad”, las convierten en centros “donde los fines de reinserción social sólo son utópicos”, advirtió la Comisión Nacional de Derechos Humanos en México en enero de 2023. La descripción aplica a nivel regional.

El Grupo de Diarios América (GDA), al cual pertenece Listín Diario, es una red de medios líderes fundada en 1991, que promueve los valores democráticos,

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Las demandas de los jueces y juezas y las falencias del sistema de justicia.

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Por José Cabral

Un total de 450 jueces y juezas de los 737 que hay en todo el país, así como sus 6,516 empleados fijos del Poder Judicial han paralizado sus laborares en demanda de aumento e indexación salarial, contratación de más personal en los tribunales y por mejores condiciones de trabajo.

Estos reclamos no pueden ser soslayados porque el sistema está lleno de deficiencias y debilidades de las que no se puede excluir a nadie, ya que todo obedece a las grandes distorsiones que sufre el Estado.

Entiendo que es un grave problema de institucionalidad, lo cual afecta a todos los actores del sistema, desde los jueces, fiscales y personal administrativo.

Tengo este criterio porque nadie puede discutir que las distorsiones que caracterizan al Estado no sólo se pueden ver en el sistema de justicia, sino también en el Poder Legislativo y el Ejecutivo.

Entonces, en el marco de estas debilidades y deficiencias que ponen en tela de juicio la democracia, se encuentran los bajos salarios de los jueces y todo el personal de la judicatura nacional.

Esta realidad lleva a todo el que tiene dos dedos de frente a entender que las demandas de los jueces y juezas son justas desde cualquier perspectiva que se vea y a cuyo problema debe buscársele una salida saludable, sin soslayar los demás asuntos que impactan negativamente al sistema de justicia.

El Consejo del Poder Judicial no sólo debe procurar darle salida a esa deficiencia y a sus problemas financieros, sino que al propio tiempo debe crear los mecanismos necesarios para que los tribunales del país tengan otro desempeño.

De manera, que la solución debe ser integral, no sólo a nivel de los salarios y las mejores condiciones laborales de los jueces, ya que las deficiencias tienen implicaciones que también tienen que ver con la arbitrariedad con que se manejan los casos en los tribunales, lo que muchas veces implican la violación de los derechos de los que buscan hacer justicia sobre la base de los derechos fundamentales.

Es decir, que, si bien los bajos salarios de los jueces es un problema grave en el marco del Estado dominicano, también debe decirse que hay otros de igual o peor magnitud que no tienen la mejor de las salidas.

Lo que pretendo establecer es que el problema no sólo tiene que ver con los salarios, el cúmulo de trabajo y el poco personal, sino también del manejo jurídico de los casos, porque es bueno que se entienda que muchos jueces y juezas violan hasta el derecho de recurrir de muchos justiciables y naturalmente los que incurren en esas inconductas no es que deben tener un mal salario, sino que deben ser expulsados del sistema de justicia para bien de la sociedad y la democracia.

Es oportuna la ocasión para que los que dirigen el Estado dominicano no sólo se aboquen a mejorar los salarios y las condiciones de trabajo de los jueces y juezas, lo cual me parece de justicia, sino también a fiscalizar mejor su desempeño porque hay que buscar la forma de mejorar el sistema justicia para bien de todas y cada de las personas, porque no hay derechos sin deberes.

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Análisis Noticiosos

La torpeza y la ignorancia de un fiscal

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Por José Cabral

Este miércoles participé de una conciliación en la fiscalía del juzgado de paz de Santiago sobre una pensión alimenticia y el magistrado que condujo la misma expresó tantos contrasentidos jurídicos que cualquiera siente vergüenza ajena.

Entre los disparates jurídicos de este fiscalizador está que antes de que se iniciara la vista de conciliación, que se hizo a solicitud de un padre que propone el pago de un monto especifico y concreto de pensión alimenticia, el funcionario incitó a la madre citada a que presentada una denuncia en contra de éste en violación de los procedimientos establecidos al respecto.

Pero peor fue todo lo que dijo este señor, como por ejemplo sostener que cualquier poder de una de las partes que llegue a sus manos de antemano es cuestionado porque alega que allí se llevan muchos títulos auténticos de este tipo falsificados, lo cual me llevó a llamar a la atención a este funcionario porque las leyes establecen los procedimientos al respecto.

Los contrasentidos del magistrado no pararon e incluso llegó a decir que en términos de pensión o manutención los hermanos y otros familiares del padre son también responsables de suplir de alimentos al niño víctima de una situación de irresponsabilidad paternal, pese a que no era el caso  de la especie,  lo que también me llevó a recordarle que lo que decía era una violación al principio constitucional de que nadie es responsable por los hechos que cometen otros sin  importar los vínculos de familiaridad, a menos de que se trate de un menor no emancipado.

Este fiscal llegó al colmo de violar la Constitución de la República cuando mandó a retirarse a todos aquellos abogados que él considera que tienen una edad que a su juicio deben darles paso a otros profesionales del derecho más jóvenes, lo que también representa una vulneración del artículo 39 la carta magna cuando dice que nadie debe ser discriminado por sexo, color, edad y preferencia sexual, entre otras cosas.

Este comportamiento del Ministerio Público no es de ahora, ya que se trata de una debilidad que arrastra desde hace décadas, porque la verdad es que nadie sabe de dónde saca el órgano a este tipo de personaje, quien además decía y reiteraba con la anuencia de algunos abogados presentes que un poder no tenía validez en la jurisdicción de niñas, niños y adolescentes por tratarse de una ley especial.

Yo he sido uno de los que se han quejado por la tolerancia con que el sistema trata la emisión de actos auténticos que no cumplen con las formalidades de ley y que representan una falsedad, no sólo material, sino también intelectual, pero el problema consiste en que es letra muerta lo que dispone la Ley 140-15 y el propio Código Civil Dominicano al respecto.

Regularmente los jueces no estatuyen sobre este tipo de delito, pero ello de ninguna manera justifica que un fiscal o fiscalizador ignore los procedimientos a seguir cuando sospeche que un título autentico es falso, porque no puede hacer como el personaje de este miércoles que actúa como si tuviera la competencia para emitir sentencias o desempañar funciones jurisdiccionales.

Y no se trata sólo de un abuso de poder, sino de una gran ignorancia que daña y lesiona gravemente la credibilidad de todo el sistema de justicia.

No obstante, no es mucho lo que se puede pedir al respecto, porque es un problema integral que sólo una transformación total del Estado podrá resolver.

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Análisis Noticiosos

La figura de la inadmisibilidad como sustituta de la mora judicial.

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Por José Cabral

La Suprema Corte de Justicia (SCJ) mantiene una campaña para crear la percepción de que la mora judicial ha sido reducida a su más mínima expresión.

Sin embargo, cuando cualquier ciudadano se aboca a un análisis de fondo del problema, descubre que se trata de un truco para vender una percepción que no tiene nada que ver con la realidad.

La disminución de la mora judicial ha sido concebida sobre la base de la negación de la tutela judicial efectiva, el debido proceso y el derecho a la defensa, porque el arma usada para este fin es la figura de la inadmisibilidad.

Ello se puede observar con el llamado interés casacional, el cual se sustenta en un criterio subjetivo del derecho, pero que la figura puede ser utilizada para descongestionar el sistema de justicia sobre la base de decisiones que se apoyan en la inadmisiblidad.

Este mecanismo jurídico permite que se proyecte una eficiencia que no existe y que tampoco representa una solución a un problema que en vez de disminuir se complica.

Por lo que se ve, la SCJ utiliza un arma que no es válida para acabar un problema que desde cualquier perspectiva que se analice representa denegación de justicia.

Justicia tardía es, sin lugar a dudas, denegación de justicia, pero peor aún recurrir a una interpretación como el interés casacional para declarar inadmisibles una gran cantidad de casos y buscar descongestionar el sistema y en esas condiciones en el país no se puede hablar de una mejoría del Estado Social Democrático de Derecho.

Lo que se sí ocurre ahora con el recurso extraordinario de casación es un aumento preocupante de la figura de la inadmisibilidad, a los fines de proyectar lo que en la realidad no se produce, aunque ciertamente genera un descongestionamiento sobre una base ficticia y negadora de derechos.

En este aspecto sostengo que se reasume una percepción que ha hecho tanto daño a la democracia dominicana, cuya credibilidad ya parece irrecuperable.

La mora judicial es un fenómeno que abarca todo el sistema de justicia, desde los juzgados de paz hasta los tribunales de primera instancia y las cortes de apelación, pero naturalmente en el nivel que causa mucha mayor preocupación es en casación, cuya Ley 2-23 se ha convertido en un instrumento para ahora apoyarse en la inadmisibilidad para la denegación de justicia.

 

 

 

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