Opinión
Chibás y “El Detective”: Acusaciones, sangre y grillete
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11 meses agoon
(Parte 1)
Por Oscar López Reyes
Dos fenomenologías de las denuncias con gran audiencia, formuladas en el acantilado de patrones de comportamientos contrapuestos de sus autores, que se apartan de la regla común, en la vulnerabilidad del lenguaje confrontativo.
Dos épocas, dos países y dos personajes mediáticos no profesionalizados en comunicación social, que escandalizaron por sus imputaciones temerarias, morbosas y aventuras. Sus insinuaciones repercutieron con sangre diseminada en el camposanto y la indignación en el enfado de estrados tribunalicios.
Dos acontecimientos escenificados en la distancia de 74 años, y motorizados por notables que despuntaron por sus deslenguadas conductas únicas e intelectualizadas en sus elocuencias y vibrantes en el aparente desgaste cognitivo.
Cuba, 1951: Eduardo Chibás (Nacido: 26 de agosto de 1907, en Santiago). Símbolo contra la corrupción por sus denuncias radiales en las décadas de 1940 y 1950. Exiliado, perseguido políticamente, sentenciado judicialmente por difamación y autodestruido. Génesis de la Revolución Cubana.
República Dominicana, 2025: Angel Martínez, El “Detective” (Nacido: 31 de mayo de 1954, en Santiago). Estableció un récord por haber sido sometido a la Justicia 21 veces por difamación y delitos tecnológicos, extorsión, estafa, lavado de dinero y otros, a través de plataformas digitales.
Chibás: La radio como trinchera
Carismático en su miopía visual y su pensamiento nacionalista y antiimperialista, Eduardo René Chibás y Ribas utilizó la radio como su estandarte, hasta consolidarse como una figura pública presidenciable. Su muy escuchado programa dominical Al Aire, transmitido por la emisora CMQ, cautivó una gran audiencia, por la acogida de sus denuncias -implacables como insultantes- contra la corrupción y la exigencia de justicia social, a menudo montado en el carruaje de explosiones verbales, con acometimientos verbales ofensivos a los de sus mirillas. A su vez, sus apasionadas emisiones le hicieron conquistar una infinidad de seguidores entre los desilusionados con las estructuras socio-económicas de Cuba.
Orador indiscutible y polemista ardoroso, en su resonancia también cosechó popularidad y liderazgo, siendo el conductor del Movimiento de Recuperación Cívica y Moral, un pilar clave en la brega contra la corrupción administrativa.
¿Cuál fue su trayectoria?
1.- 17 de diciembre de 1925: Detenido en una manifestación que exigía la libertad de Julio Antonio Mella, miembro fundador del primer Partido Comunista de Cuba.
2.- 1927: Expulsado de la Universidad de La Habana, por integrar el Directorio Estudiantil Universitario (DEU), que jalonaba contra la dictadura de Gerardo Machado (1925-1933), que favoreció a intereses económicos vinculados a Estados Unidos. Por esa razón no concluyó su carrera de derecho,
3.- Agosto de 1931: Encarcelado y en 1932 condenado al exilio. Había participado solidariamente en una huelga de hambre.
4.- Agosto de 1933: Regresa a Cuba tras la caída de Machado, se integra al movimiento de Izquierda Revolucionaria y apertura el espacio radial La Voz de las Antillas, para defender la soberanía nacional y las libertades democráticas.
5.- 1934: Apoya al Gobierno de los Cien Días de Ramón Grau San Martín y se afilia a su Partido Revolucionario Cubano (Auténtico).
6.- 1938: Comienza a publicar artículos de opinión en la revista Bohemia, en los cuales revela malversación y negocios ilícitos de funcionarios gubernamentales.
7.- 1939: Se dispara un tiro en el abdomen. Unos señalan que sufrió un atentado, en plena campaña para la elección de los delegados a la Asamblea Constituyente de 1940, y otros lo interpretaron como un ensayo para ganar simpatía.
8.- 1947: Se separa del Partido Auténtico -por la corrupción en esa entidad- y funda el Partido del Pueblo Cubano (ortodoxo), que asumió como lemas “Vergüenza contra dinero” y “Prometemos no robar”, y como símbolo una escoba para barrer a los corruptos.
9.- 1947: El Partido Ortodoxo de Chibás atrae como miembros de esa organización a Fidel Castro Ruz y a otros jóvenes revolucionarios, que en 1953 participaron en el asalto al Cuartel de Moncada, y en 1956 en la guerrilla de Sierra Maestra.
10.- 1948: Candidato presidencial, y fue derrotado por Carlos Prío Socarrás, quien gobernó a Cuba hasta 1952, cuando fue derrocado por Fulgencio Batista.
11.- 1949: Sentenciado a seis meses de cárcel por no probar la imputación de aceptación de sobornos, hecha a tres jueces del Tribunal Supremo y a la multinacional norteamericana Cuban Electric Company. Cuando cumplió un mes de prisión fue indultado por el presidente Carlos Prío Socarrás.
12.- 1950: Elegido senador por la provincia de La Habana.
13.- 1951: Se proyecta como el candidato presidencial favorito para las elecciones generales de 1952, pero fue impedido por su tragedia.
14.- 16 de enero de 1959: A raíz del triunfo revolucionario, Fidel Castro le rinde un homenaje a Chibás, en su tumba de La Habana, señalando que fue un precursor de la revolución, porque el vacío que dejó fue llenado por el propio Castro con la contienda armada.
15.- 1962: Erección de un monumento en Santiago de Cuba a Eduardo Chibás, porque su combate contra la corrupción edificó la base de la revolución victoriosa, que abrió el camino para un cambio profundo en Cuba.
El destino postrero: una bala
En 1951, durante una emisión de su programa dominical Al Aire, por la estación radial CMQ, Chibas acusó a Aureliano Sánchez Arango, ministro de Educación del Gobierno de Carlos Prío Socarrás, de levantar un imperio inmobiliario en Guatemala con una millonada sustraída del programa de desayuno escolar.
Sin dar vueltas, Sánchez Arango asumió la defensa de su honor. Respondió con declaraciones de prensa y publicaciones pagadas, y también lo emplazó a demostrar la sustentación de su inculpación, hecha en el programa radial que difundía desde 1943 y que era escuchado por millones de cubanos.
Encolerizado, Chibás contestó que cargaba una maleta de pruebas que demostraban que el ministro era un corrupto; prometió probar el robo a través de documentos que le fueron suministrados, los que nunca presentó. Alegó que le fueron hurtados de su maletín por servidores de Aureliano Sánchez Arango.
El match duró tres meses, entre junio y agosto. La falta de respuesta que avalaran la denuncia auspició una sucesión de burlas y puso de moda un estribillo musical: “Abre la maleta, Chibás, ábrala”. Como no fue abierta, los actores cómicos Garrido y Piñeiro hacían chistes con “La Maletona de Chibás”, y en las calles circularon caricaturas y le voceaban: “¡Chibás y la prueba dónde está!”.
Antes de concluir su programa dominical del 5 de agosto de 1951, contrariado y en la celdilla de una aparente depresión, el líder ortodoxo proclamó “su último aldabonazo”, debajo de la silla sacó un resolver, cuyo cañón colocó en su vientre, y se disparó cerca de la ingle, con el micrófono encendido. La detonación fue escuchada por los pobladores e inmediatamente fue conducido al Centro Médico Quirúrgico de La Habana. Expiró el 16 de agosto del citado año, a los 44 años de edad.
Hasta su muerte ha sido empaquetada en una polémica interminable: a) que se disparó cerca de la ingle -no mortal- para llamar la atención, y no en la sien; b) que por el decaimiento emocional en que quedó sumergido, c) que el fallecimiento fue causado por una infección en la herida y otras complicaciones, y d) que la muerte fue inducida por el doctor Gustavo Aldereguía, obedeciendo a un reclamo de su Partido Socialista Popular (PSP) para que no saliera vivo del hospital, porque no cesaba sus ataques contra “el imperio totalitario comunista de Moscú”.
Se calcula que más de un millón de cubanos acompañó hasta el cementerio de Colón, en La Habana, el cuerpo inerte del senador al que íntimos llamaban Eddy y El Loco Chibás, quien no dejó cónyuge ni hijos, pero sí un legado de civismo y dignidad.
Todavía la controversia inunda los predios del episodio sangriento: a) que se inmoló por la vergüenza que le arropó, ya que su fuente no le suministró las pruebas prometidas; que una investigación posterior demostró que Aureliano Sánchez Arango no poseía propiedades en Guatemala, y que antes del triunfo de la revolución, María de la Concepción (Conchita) Fernández, secretaria particular de Chibás, publicó la comprobación en las revistas Bohemia y Carteles.
La polémica llama a una investigación histórica objetiva y profunda, para reescribir las incidencias de este episodio dramático que envuelve a la que se valora como la figura principal de la Cuba prerrevolucionaria que, con honestidad y valentía, se esforzó por adecentar la política cubana. Se encasilla como un nacionalismo social-demócrata, cuyo suicidio se considera que cambió la historia de Cuba.
Por Narciso Isa Conde
Vivimos una sociedad de grandes injusticias, discriminaciones y opresiones, las que son mayores si se examinan en la relación hombre-mujer; lacerantes y crueles en temas como el acceso al empleo y los ingresos, derecho a la salud, relación de poder en la familia y la sociedad, forma de participar en la política y cruel despliegue de la violencia masculina.
La violencia no se detiene ni se revierte con Estados y Gobiernos que se niegan a combatir la ideología patriarcal-machista, a educar en torno a la teoría de género, a defender los derechos de la población femenina, a superar los fundamentalismos religiosos, a impartir educación sexual y promover la enseñanza basada en los permanentes adelanto de la ciencia.
La matriz de las modalidades de violencia de género es ideológica-cultural, constantemente reproducida por la clase dominante y el Estado bajo su tutela, incluido su poderoso sistema de comunicación, sus instancias educativas públicas y privadas, sus poderes eclesiales y sus diversos.
No es solo cuestión de reconocer y condenar verbalmente los feminicidios.
No es asunto que se solucione con establecer, como simple formalidad, un Ministerio de la Mujer.
No es tema para limitarse expresar pesares o allantar con medidas superficiales y con leyes que no se cumplen.
A eso se limita la clase dominante-gobernante dominicana, su Estado, su Gobierno, las cúpulas de sus iglesias y el propio presidente Abinader con su equipo de gobierno.
Aquí el sistema educativo, los aparatos de comunicación y cultura han sido asaltados por la ideología machista.
El Estado ha pisoteado el laicismo y el valor de las humanidades y las ciencias sociales, con la anuencia y participación de Luis Abinader,
Importa mucho por eso destacar esa realidad y detenernos siempre en dos características relevantes de la sociedad dominicana: la opresión y la explotación de las mujeres:
La opresión tiene sus raíces en un sistema capitalista plagado de desigualdades, que le da continuidad a una cultura dominante machista que coloca a las mujeres en posición subordinada frente a los hombres; quienes abusivamente se asumen como propietarios de sus vidas y de sus cuerpos.
En ese contexto toda independencia femenina, toda resistencia a ser propiedad masculina, todo desamor provocado por el maltrato y el menosprecio, se paga con agresiones y hasta con la vida, pasando por sufrimientos inenarrables.
Así opera la sociedad patriarcal-machista dirigida por un Estado generador y complaciente frente a distintas formas de violencia y exclusión machista (física, psicológica, económica) contra mujeres y niñas. Todo un poder dominante que opera como una fábrica de feminicidios
La explotación se sustenta en una cultura dominante clasista que empobrece hombres y mujeres trabajadoras -y que mezclada con la división sexual del trabajo y basada en el interés exclusivo del capital por la ganancia- genera y se apropia de más riquezas en base al trabajo desvalorizado de las mujeres en múltiples labores y también en el trabajo absolutamente no remunerado, asignándoles unilateralmente a las mujeres las tareas del cuidado de la familia y del hogar.
La paternidad irresponsable, del abandono total de la familia por los hombres, que determina que la mitad de los hogares estén a cargo de mujeres, se suma a ese despliegue de calamidades.
Aquí y en gran parte del planeta. las mujeres viven múltiples formas de maltrato y discriminación que son tanto más graves y dolorosas cuando ellas son más pobres, negras y con menos oportunidades.
La lucha de las mujeres por la igualdad es cuestión de poder y contra ese poder es necesario que juntos encaucemos la lucha para alcanzar la liberación de todos/as los/as oprimidos/as y explotados/as.
Se ha dicho con razón, que lo personal, en este y muchos casos es también político, y lo político implica valorar que la base de esta gran trampa opresora es el sistema y que hay que cambiarlo por otro que desplace y reemplace la alianza criminal del patriarcado con el capital.
Opinión
Cumplimiento de las solicitudes de la Corte Penal Internacional
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4 días agoon
junio 3, 2026Por Rommel Santos Diaz
Las solicitudes de asistencia se cumplirán de conformidad con el procedimiento aplicable en el derecho interno del Estado requerido y, salvo si ese derecho lo prohíbe, en la forma especificada en la solicitud, incluidos los procedimientos indicados en ella y la autorización a las personas especificadas en ella para estar presentes y prestar asistencia en el trámite.
En el caso de una solicitud urgente y cuando la Corte Penal Internacional lo pida, los documentos o pruebas incluidos en la respuesta serán transmitidos con urgencia.
El Estatuto de Roma establece que las respuestas del Estado Parte requerido serán transmitidas en su idioma y forma original.
Cuando resulte necesario en el caso de una solicitud que pueda ejecutarse sin necesidad de medidas coercitivas, en particular la entrevista a una persona o la recepción de pruebas de una persona voluntariamente, aun cuando sea sin la presencia de las autoridades del Estado Parte requerido si ello fuere esencial para la ejecución de la solicitud, y el reconocimiento de un lugar u otro recinto que no entrañe un cambio en el , el Fiscal podrá ejecutar directamente la solicitud en el territorio de un Estado.
Cuando el Estado Parte requerido fuere un Estado en cuyo territorio se hubiera cometido presuntamente el crimen, y hubiere habido una de admisibilidad de conformidad con los artículos 18 o 19, el Fiscal podra ejecutar directamente la solicitud tras celebrar todas las consultas posibles con el Estado Parte requerido.
En los demás casos, el Fiscal podra ejecutar la solicitud tras celebrar consultas con el Estado Parte requerido y con sujeción a cualquier condición u observación razonable que imponga o haga ese Estado Parte.
Cuando el Estado Parte requerido considere que hay problemas para la ejecución de una solicitud de conformidad con las solicitudes a que se hace referencia en los artículos 933 y 96 del Estatuto de Roma, celebrará consultas sin demora con la Corte Penal Internacional para resolver la cuestión.
Finalmente, las disposiciones en virtud de las cuales una persona que sea oída o interrogada por la Corte Penal Internacional con arreglo al artículo 72 podrá hacer valer las restricciones previstas para impedir la divulgación de información confidencial relacionada con la seguridad nacional serán igualmente aplicables al cumplimiento de las solicitudes de asistencia a que se hace referencia en el presente artículo.
Opinión
La dignidad humana y los procesos político-electorales en la República Dominicana (2006–2026).
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4 días agoon
junio 3, 2026Por Robinson Lebrón
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El presente artículo analiza de manera crítica la evolución, los hitos normativos y las persistentes vulneraciones a la dignidad humana en el marco de los procesos político-electorales de la República Dominicana durante el periodo 2006–2026. A partir de la reforma constitucional de 2010, la dignidad humana se consagró como el principio fundante del Estado Social y Democrático de Derecho, transformando la dimensión procedimental del voto en un derecho fundamental sustantivo. Mediante un enfoque cualitativo y dogmático, la investigación examina el balance entre la expansión formal de los derechos ciudadanos evidenciada en políticas de inclusión como el Voto Accesible, el Voto Penitenciario y la tutela judicial efectiva del debido proceso partidario por parte del Tribunal Superior Electoral (TSE) y la realidad fáctica de los procesos electorales dominicanos.
El análisis revela que, a pesar del blindaje institucional y jurisprudencial, subsisten patologías estructurales arraigadas como el clientelismo sistémico, la mercantilización del voto y la instrumentalización político-electoral del gasto social del Estado. Asimismo, se constata que la transición del debate hacia el entorno digital ha generado nuevas amenazas a la integridad moral a través de campañas de desinformación automatizada mediante robots y violencia política de género en redes sociales. Se concluye que la plena realización de la dignidad ciudadana en las urnas sigue supeditada a una profunda transformación cultural del sistema de partidos y a la aplicación efectiva de regímenes sancionatorios que erradiquen la coerción basada en la vulnerabilidad económica de la población.
El sistema democrático contemporáneo ha superado la concepción procedimental del voto para orientarse hacia un modelo sustantivo, donde el ciudadano es el eje central de las decisiones públicas. En el ordenamiento jurídico de la República Dominicana, esta visión adquirió un carácter vinculante a partir de la reforma constitucional del 26 de enero de 2010. Dicha reforma refundó el Estado dominicano bajo el modelo de un Estado Social y Democrático de Derecho, consagrando explícitamente en su artículo 5 que la Constitución se fundamenta en el respeto irrestricto a la dignidad humana. De este modo, la dignidad dejó de ser un enunciado meramente filosófico para convertirse en un principio jurídico superior, una norma transversal y un derecho fundamental absoluto e inviolable (artículo 38) que debe guiar la actuación de todos los poderes públicos, incluidos los órganos electorales.
Bajo este marco constitucional, los procesos político-electorales celebrados en el país durante las últimas dos décadas (2006–2026) han experimentado una profunda transformación normativa e institucional. El ejercicio de los derechos de ciudadanía —concebidos como el derecho a elegir y ser elegido en condiciones de equidad— se vincula directamente con la autonomía moral y la libertad del individuo. Durante este periodo, la promulgación de normativas clave como la Ley No. 33-18 de Partidos, Agrupaciones y Movimientos Políticos, la Ley No. 15-19 (y su posterior evolución hacia la Ley No. 20-23 Orgánica del Régimen Electoral), así como las jurisprudencias del Tribunal Superior Electoral (TSE) y del Tribunal Constitucional (TC), han buscado estructurar un ecosistema político que garantice la inclusión social, el debido proceso partidario, la paridad de género y el acceso al sufragio de poblaciones históricamente vulnerabilidades, tales como los internos preventivos y las personas con discapacidad.
Sin embargo, el análisis del periodo 2006–2026 revela una persistente desigualdad entre el marco garantista del derecho positivo y la realidad fáctica de las campañas electorales dominicanas. A pesar de los significativos avances tecnológicos y logísticos implementados por la Junta Central Electoral (JCE), la dignidad de los electores continúa enfrentando serios desafíos culturales y estructurales. Fenómenos sistémicos como el clientelismo arraigado, la compra abierta de voluntades en los recintos electorales, la desproporción en el financiamiento de los candidatos y el uso instrumentalizado de los recursos asistenciales del Estado tienden a cosificar al ciudadano, reduciendo su condición de agente político soberano a la de una mercancía económica.
Asimismo, el auge de los entornos digitales en la última década ha introducido nuevas amenazas a la integridad personal a través de campañas de difamación automatizada y la vulneración del derecho al honor. Frente a este escenario, el presente artículo tiene como objetivo analizar de manera crítica la evolución, los hitos normativos y las persistentes vulneraciones a la dignidad humana en el marco de los procesos políticos electorales de la República Dominicana durante los últimos veinte años. A través de un enfoque cualitativo y dogmático, se examina el balance entre la expansión formal de los derechos políticos y la persistencia de prácticas tradicionales que erosionan la autonomía del votante. Se sostiene como tesis central que, si bien el Estado dominicano ha blindado institucional y jurisprudencialmente las garantías del sufragio, la pervivencia de una cultura política de subordinación económica y el desborde ético en las campañas digitales constituyen los principales reductos que limitan la plena realización de la dignidad ciudadana en las urnas.
Robinson Jesús Lebrón Céspedes.
rlebroncespedes@gmail.com
El autor es abogado y Docente Universitario.
