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Sancianan al MP por negar salida a imputado

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El Tribunal Constitucional confirmó la condena a un astreinte al Ministerio Público por el desacato de una sentencia que ordenaba la salida de prisión de un imputado.

A consideración de la Alta Corte, que el Ministerio Público, que tiene el control del sistema penitenciario, se negara a que un procesado, al que se le varió la prisión preventiva por arresto domiciliario, saliera de la cárcel La Victoria, constituyó un acto abusivo, arbitrario y jurídicamente injustificado, que vulneró el derecho fundamental de la libertad del imputado

El Tribunal Constitucional conoció un recurso de revisión constitucional de sentencia de amparo interpuesto por Antonia Jiménez Estévez, fiscal titular interina de San Pedro de Macorís, y Luz Almonte, procuradora fiscal, contra la sentencia núm. 340-2020-SSEN00075, dictada por la Cámara Penal Unipersonal del Juzgado de Primera Instancia de San Pedro de Macorís el 29 de octubre de 2020.

El proceso

La Cámara Penal, al conocer un recurso del imputado ante el incumplimiento de dicha decisión que lo sacó de prisión, condenó a la Procuraduría Fiscal de San Pedro de Macorís al pago de una astreinte RD$10,000 diarios por cada día de retardo en ejecución de la resolución que ordenó la variación de la medida de coerción de Benito Vidal Inirio.

Su decisión se basó en que se violentaron los derechos fundamentales del imputado sometido a “procedimientos vejatorios que impliquen la pérdida o disminución de su salud, o de su integridad física o psíquica; el debido proceso y la tutela judicial efectiva sin que haya justificación o razones legales” por las cuales se mantenía a Vidal Inirio en la cárcel de La Victoria.

Cuando se emitió esa sentencia, las fiscales Jiménez Estévez y Almonte Pérez interpusieron un recurso de revisión de sentencia ante el Tribunal Constitucional para que sea revocado el fallo al entender que no se comprobó la violación o conculcación de derechos fundamentales.

Argumentos de los magistrados del TC

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Termina la campaña electoral y dominicanos listos para votar.

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Ha llegado a su fin la presente campaña electoral, cuyos candidatos han logrado promover sus propuestas por diferentes plataformas comunicacionales, pese a que la política parece no generar el mismo entusiasmo de hace algunas años atrás.

En lo que parece ser  un aspecto positivo y una muestra de avance, aunque de manera simultánea, se repitieron situaciones negativas, en algunos casos, agravadas.

Es decir, se nota un avance por un lado, y un retroceso por otro. Si se quiere ver el vaso medio lleno, procede destacar que ha sido una campaña esencialmente propositiva, en la que incluso se realizaron varios debates públicos de candidatos, incluido el de los aspirantes a la presidencia, que marcó un hito y crea las condiciones para que el debate se establezca como práctica en cada proceso.
Desde hace tiempo, gran parte de la sociedad ha estado reclamando campañas más cortas y menos costosas y ruidosas. Lo de los tiempos del proselitismo es una tarea pendiente, pero en la campaña que concluye hubo un poco menos de caravaneo y concentraciones. Esta vez, por ejemplo, no se hicieron los famosos mítines de cierre. Los partidos y sus candidatos realizaron movilizaciones en distintos puntos del país, pero a nadie se le ocurrió volver al modelo de las concentraciones nacionales, las que eran realizadas por todos, al menos los principales, en la última semana de proselitismo. En el 2020 no se hicieron por la pandemia, y ahora, como si se hubieran puesto de acuerdo, dejaron fuera de su agenda ese recurso, que sin dudas era uno de los componentes más costosos de las campañas.

Las denuncias

Las denuncias de uso de recursos del Estado en campaña han estado presentes, como siempre, porque en cada proceso lo que cambian son los denunciantes y los denunciados. Las nuevas legislaciones permiten regular, o prohibir situaciones determinadas, pero el tema es de cultura política, y las leyes ayudan, pero no constituyen la solución.

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La FINJUS pondera importancia de elecciones presidenciales.

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Santo Domingo.- La sociedad dominicana se aboca a la elección este domingo 19 de mayo de las autoridades nacionales, incluidos los miembros del Congreso Nacional, cuyo acontecimiento ha sido ponderado positivamente por la Fundación Institucionalidad y Justicia (FINJUS) l (FINJUS).

El voto es un derecho y deber ciudadano consagrado en el art. 208 de la Constitución, indicando que debe ser libre, directo y secreto. Con su participación en los comicios, el pueblo dominicano reafirma ante el mundo su decisión de vivir en democracia y su confianza en que la Junta Central Electoral mantenga su labor de proveer seguridad y transparencia a este proceso.

Como en otras áreas de la vida institucional dominicana, en el ámbito electoral persisten situaciones de debilidad que arrastramos desde hace décadas, que podrían afectar el ejercicio de la voluntad popular y el predominio de los valores democráticos. Es una tarea conjunta entre los órganos electorales, los partidos políticos, el Estado y la ciudadanía que en estas elecciones los sufragios se realicen con un ánimo pacífico y consciente, respetando nuestras instituciones, así como los marcos legales existentes.

Desde FINJUS reiteramos nuestra gran valoración por el empeño y trabajo que la JCE ha venido desarrollando en este camino, y le exhortamos a cumplir con su mandato legal para que sea la garante de que los resultados de los escrutinios del 19 de mayo estén revestidos de justicia, legalidad y transparencia, actuando con serenidad, firmeza y responsabilidad.

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Partido oficial solicita sanción de 200 salarios mínimos para Fuerza del Pueblo por publicar encuesta

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Santo Domingo, R.D.-Sigmund Freud, delegado político del Partido Revolucionario Moderno (PRM), solicitó a la Junta Central Electoral (JCE) sancionar con doscientos (200) salarios mínimos al partido Fuerza del Pueblo por violación de la Ley Orgánica de Régimen Electoral 2023, al publicar este jueves 16 de mayo una encuesta en espacio pagado.

La comisión, integrada además por la vicepresidenta del PRM, Milagros Ortiz Bosch; el representante del candidato presidencial Luis Abinader, Manuel Conde; el delegado técnico Robert Arias y el delegado suplente, Dionisio De los Santos, llevó la denuncia a la JCE, donde se señala que “se trata de la última encuesta realizada por el consultor Dick Morris, «siendo esta publicación una clara violación a las reglas establecidas en el Art. 216 de la ley 2023, a 3 días para la celebración de los comicios».

El PRM indicó que el artículo 216 de la ley No. 2023 establece que durante los ocho días anteriores al de la votación, queda prohibida la publicación y difusión de sondeos o encuestas electorales.

“Solicitamos que se inicie los procedimientos sancionadores establecidos y se condene al Partido Fuerza del Pueblo al pago correspondiente establecido en el Art.308: La sanción administrativa máxima de doscientos (200) salarios mínimos, por las violaciones a la Ley num. 20-23”, indica el documento.

“El señalamiento que realiza en esta encuesta es incitador y busca de algún modo movilizar a la población dominicana a votar por su partido, nos parece una práctica desleal que viola principios constitucionales tales como el voto deben ser libre y fuera de toda táctica de coerción o incitación, y / o condicionamiento. Puesto que en tales comunicados públicos se rezan los siguientes lemas: 1- En la cuenta de redes sociales Instagram y Facebook: “El mejor camino para vencer a Abinader”; 2- El 19 de mayo, votar por la esperanza es fácil; 3- La Fuerza del pueblo y de la esperanza con Leonel Presidente”, expresa.

También indica que se podrán publicar todas las encuestas realizadas, siempre cumpliendo con los estándares generalmente aceptados sobre la materia.

“Y que las firmas encuestadoras debidamente certificadas, podrán realizar encuestas o sondeos a boca de urna, siempre que las mismas sean depositadas en la Junta Central Electoral en sobres cerrados y sellados o lacrados, y hayan cumplido con los requisitos exigidos por la Junta Central Electoral, cuyos resultados no podrán ser divulgados hasta tres horas después del cierre de las votaciones», concluyen.

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