Conecta con nosotros

Opinión

Congreso Nacional ha devenido un proactivo fiscalizador

Published

on

Por Víctor Mateo

Victor-Mateo-V.-236x3001Introducción

El Poder Legislativo es una de las tres ramas en que se divide el poder Estados democráticos como República Dominicana. Su principal rol consiste en decidir normas con rango de ley. También sirve de contrapeso ante los actos que emanan de los demás poderes (Ejecutivo y Judicial). Este segundo rol se conoce como fiscalización.

Cuando se utiliza el término “fiscalizar” en cuestiones legislativas, se hace alusión a la intervención o comprobación del Poder Legislativo en algún aspecto referente a los demás poderes del Estado. En este orden, el profesor Manuel Delgado-Iribarren García-Campero (2012) establece que “las atribuciones en materia de fiscalización y control indicadas en la Constitución dominicana de 2010, dan cuenta de la existencia de tales facultades sobre el Poder Ejecutivo en el ámbito de un régimen presidencialista de separación de poderes” (p. 550).

Los últimos meses, el Congreso Nacional ha dado muestras de una creciente pro actividad en materia de fiscalización. Este artículo repasa los cambios constitucionales detrás de este nuevo y creciente fenómeno, y además reseña algunos de los más sonados casos de acción fiscalizadora del Congreso.

Fiscalización congresual de 1942 a 2010

El modelo que configuró las atribuciones del Congreso Nacional hasta el 2002 fue instaurado el 10 de enero del año 1942, durante la dictadura de Rafael Leónidas Trujillo. El artículo 33 de la Carta Sustantiva de esa época incorporó 24 numerales que contemplaron las atribuciones generales del Congreso, entre las que se encontraban las de fiscalización y control. Esta redacción se mantuvo vigente e inalterable hasta 1966.

La modificación realizada en 1966 suprimió la facultad de crear o suprimir secretarías o subsecretarías de Estado, eliminando así un numeral a las atribuciones del Congreso.

La Constitución vigente a partir de 1994 recogió las mismas atribuciones del Congreso definidas en 1966 y que venían de la Constitución de 1942. Lo mismo sucedió en la reforma constitucional del año 2002.

Las constituciones de 1994 y de 2002 contienen, ambas, en su artículo 37 las atribuciones del Congreso Nacional en materia de fiscalización y control:

1. Aprobar o desaprobar, con vista del informe de la Cámara de Cuentas, el estado de recaudación e inversión de las rentas que debe presentarle el Poder Ejecutivo.

2.  Proveer la conservación y fructificación de los bienes nacionales, y a la enajenación de los bienes del dominio privado de la nación, excepto lo que dispone el inciso 10 del artículo 55 y el artículo 110.

3.  Examinar anualmente todos los actos del Poder Ejecutivo y aprobarlos, si son ajustados a la Constitución y a las leyes.

4. Interpelar a los secretarios de Estado y a los directores administradores de organismos autónomos del Estado, sobre asuntos de su competencia, cuando así lo acordaren las dos terceras partes de los miembros presentes de la Cámara que lo solicite, a requerimiento de uno o varios de sus miembros.

Fiscalización congresual en la Constitución de 2010

La Constitución de la República del año 2010 describe las atribuciones del Congreso Nacional en el artículo 93, que está dividido en dos numerales: el primero relativo a las atribuciones generales en materia legislativa -que contiene 19 literales-, y el segundo, en torno a las atribuciones en materia de fiscalización y control, con seis literales específicos para abordar el tema, a saber:

a) Aprobar o rechazar el estado de recaudación e inversión de las rentas que debe presentarle el Poder Ejecutivo durante la primera legislatura ordinaria de cada año, tomando como base el informe de la Cámara de Cuentas.

b) Velar por la conservación y fructificación de los bienes nacionales en beneficio de la sociedad y aprobar o rechazar la enajenación de los bienes de dominio privado de la Nación, excepto lo que dispone el artículo 128, numeral 2, literal d).

c) Citar a ministros, viceministros, directores o administradores de organismos autónomos y descentralizados del Estado ante las comisiones permanentes del Congreso, para edificarlas sobre la ejecución presupuestaria y los actos de su administración.

d) Examinar anualmente todos los actos del Poder Ejecutivo y aprobarlos, si son ajustados a la Constitución y a las leyes.

e) Nombrar comisiones permanentes y especiales, a instancia de sus miembros, para que investiguen cualquier asunto que resulte de interés público, y rindan el informe correspondiente.

f) Supervisar todas las políticas públicas que implemente el gobierno y sus instituciones autónomas y descentralizadas, sin importar su naturaleza y alcance.

Como se puede apreciar, en la última modificación constitucional se agregaron los literales c), e) y f) a los cuatro literales provenientes de textos constitucionales anteriores. Los tres literales nuevos están a la raíz de la reciente pro actividad del Congreso en el examen de los actos del Poder Ejecutivo.

El literal c), en especial, significa un cambio sustancial en relación a los textos anteriores. El Congreso tiene facultad de invitar a los funcionarios del Poder Ejecutivo a los fines de “edificar sobre la ejecución presupuestaria y los actos de su administración”. Mientras las  constituciones anteriores aludían solo a la figura de la interpelación que -en términos estrictos- se refiere a una fase de acusación.

Los artículos 94 y 95 de la presente Constitución establecen claramente el procedimiento a seguir para la «invitación» y la «interpelación» de funcionarios públicos. Resalta el cambio en relación al texto constitucional de 2002, que requería de las dos terceras partes de la Cámara para que fuese aprobada una solicitud de interpelación, y que la misma fuera solicitada por uno o varios legisladores. Actualmente, se especifica que la interpelación procederá siempre y cuando la mayoría simple del quórum así lo requiera y a solicitud de al menos tres representantes.

El nuevo marco constitucional vigente en República Dominicana desde 2010, estimula y facilita la actividad fiscalizadora del Congreso. Ello explica el significativo aumento de las acciones de fiscalización de la Cámara de Diputado y el Senado de la República los últimos meses. Para sostener esta afirmación, se presentan cuatro casos ocurridos los últimos meses, impensables antes de la reforma constitucional de 2010:

a) Barrick Gold

En julio de 2012, el diputado Carlos Gabriel García planteó la necesidad de que el Estado dominicano reclame el 50 % de los beneficios de la explotación minera que realiza la minera Barrick Gold en Pueblo Viejo, provincia Sánchez Ramírez. El 10 de septiembre de 2012, la Comisión Permanente de Energía de la Cámara de Diputados inició la revisión del contrato, en virtud de la aprobación de la propuesta del diputado García, convertido en resolución.

El 27 de febrero de 2013, luego de opiniones y debates, el presidente de la República, Lic. Danilo Medina, anunció en su primer discurso de rendición de cuentas, la necesidad de que fuese revisado el contrato. Desde ese momento, el Gobierno dominicano y la empresa Barrick Gold negociaron durante varios meses con la finalidad de rendir un informe que el pueblo dominicano esperaba con ansias.

Finalmente, el 25 de septiembre del año en curso, el Senado de la República aprobó la modificación del acuerdo entre la Administración Central y la empresa Barrick Gold. La enmienda permitirá al Gobierno recibir más de once mil millones de pesos proyectados a veinticinco años de explotación de la mina.

b) Junta Central Electoral (JCE)

Los medios de comunicación debatieron durante el primer semestre del año 2013 la crisis institucional por la que atravesaba la Junta Central Electoral (JCE), producto de una diferencia de criterios entre José Ángel Aquino, miembro titular de la Junta, y Roberto Rosario, presidente del organismo electoral.

El primero de ellos afirmó la existencia de 22,000 expedientes de descendientes haitianos que reclamaban la entrega de documentos personales, mientras que el segundo alegó que solo se trataba de unos 1,800 casos que ya se encontraban en la justicia a la espera de fallo. Los planteamientos de Aquino movieron a que diversos sectores acusaran al presidente de la Junta de negarse a emitir documentos a quienes los solicitaron.

En esos días se habló de un posible juicio político, en virtud de los artículos 80 y 83 de la Constitución. La Cámara de Diputados entrevistó a los cinco miembros de la JCE y a funcionarios de la entidad con la finalidad de conocer las interioridades del conflicto. El suceso no pasó de los acontecimientos relatados y ninguno de los miembros fue removido ni conducido a un juicio político ante el Congreso Nacional. El informe rendido por la comisión investigadora dio testimonio de ello.

c) Antena Latina

La prensa también se hizo eco de la posible venta de las acciones del Estado en los medios de comunicación de la empresa Antena Latina. El senador por la provincia Espaillat, José Rafael Vargas, sometió una iniciativa ante la Cámara Alta, que fue acogida por los 24 senadores presentes el pasado 11 de septiembre de 2013.

La moción consistió en dejar sin efecto el acuerdo de venta en el cual el Estado dominicano cedía el 47.5 % de sus acciones en Antena Latina. El senador Tommy Galán, quien a la vez fungió como presidente de la comisión investigadora, explicó que los muebles e inmuebles fueron vendidos muy por debajo de la tasación real, entre 211 y 260 millones de pesos, una diferencia de entre 141 y 190 millones. Finalmente, la venta no procedió por las irregularidades señaladas por los legisladores.

d) Aerodom

El martes 17 de septiembre de 2013, la Comisión de Defensa y Seguridad del Senado se reunió con el Director General de Impuestos Internos, el Ministro de Obras Públicas, el Superintendente de Valores y el Director de Autoridad Aeroportuaria, para conocer la emisión de bonos por US$550 millones de dólares hecha por Aeropuertos Dominicanos Siglo XXI (AERODOM).

Declaraciones ofrecidas por el senador Adriano Sánchez Roa dan cuenta de que en el ámbito financiero surgieron contradicciones que obligaron a profundizar no solo el destino de los bonos y la propuesta de inversión hecha por AERODOM, sino las inversiones que ha realizado la empresa, conforme al contrato de concesión otorgado en 1999. El legislador anunció que esa entidad se propone hacer un descenso en los aeropuertos del país en un plazo de 15 días para verificar su situación y emitir un informe final.

Conclusión

Como ente público de la nación dominicana, el Congreso Nacional está llamado a rendir resultados en base a las facultades y poderes que le otorgan la Constitución y las leyes. Su naturaleza reside en intervenir en las acciones que realicen las demás instituciones estatales con el firme propósito de representar los intereses de las distintas demarcaciones del país.

Es evidente la existencia de un amplio catálogo de posibilidades de control por parte del Legislativo sobre la actuación del Ejecutivo. Dentro de esas posibilidades se encuentra una de las nuevas facultades que el legislador agregó a la Carta Magna de 2010: las comisiones de investigación a los fines de edificarse en torno a un tema de interés general.

Desde siempre, el órgano legislativo ha jugado un rol importante en el desenvolvimiento socio-político dominicano, pero lo cierto es que este último año ha sido testigo de un Congreso Nacional más activo y fiscalizador que antes.

En definitiva, se puede afirmar que en cada uno de los renombrados casos citados en este trabajo, el Congreso Nacional se ha manifestado apegado a criterios constitucionales. En tal sentido, se puede concluir que el actual Congreso Nacional ha sido uno de los más dinámicos con que ha contado República Dominicana desde su fundación, puesto que la nueva versión de la Carta Magna le contempla facultades y mecanismos amplios en materia de fiscalización y control.

Click to comment

Leave a Reply

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

Opinión

Crímenes de lesa humanidad y los daños al medio ambiente (2 de 2)

Published

on

Por Rommel Santos Díaz

El artículo 7 del Estatuto de Roma también tipifica como crimen la persecución de un grupo o colectividad con identidad propia fundada en motivos políticos, raciales, nacionales, étnicos, culturales, religiosos, de género definido en el párrafo 3, u otros motivos universalmente reconocidos como inaceptables con arreglo al derecho internacional, en conexión con cualquier acto mencionado en el referido párrafo o con cualquier crimen de la competencia de la  Corte Penal Internacional.

El acto de persecución se define como ¨la privación intencional y grave de derechos fundamentales en contravención del derecho internacional en razón de la identidad del grupo o de la colectividad¨.

Un grupo o colectividad puede verse potencialmente privado de diversos derechos  fundamentales como consecuencia de daños ambientales, la explotación ilegal de recursos naturales y la confiscación ilegal de tierras, entre ellos el derecho a la vida, el derecho a un medio ambiente limpio, saludable y sostenible, el derecho a la integridad física, el derecho a la salud física y mental, el derecho a un suministro adecuado de alimentos y agua, entre otros derechos fundamentales.

Reviste especial importancia adoptar un enfoque interseccionales en materia de persecución  en el contexto ambiental, pues pueda que se cometa  un acto de persecución por medio de daños ambientales o que resulte en dichos daños por razones múltiples o interseccionales, entre ellas razones de género, políticas , raciales, étnicas, culturales, religiosas o de otro tipo que se consideran  universalmente inadmisibles de conformidad con el derecho internacional.

A diferencia de otros crímenes de lesa humanidad, la persecución exige algún tipo de prueba de intención de discriminación. El autor hace daño a la víctima porque considera que pertenece  a un determinado grupo o colectividad.

La intención puede inferirse del comportamiento general del autor, asi como de las circunstancias en las que se cometió el crimen. En ese sentido verter productos químicos tóxicos en un río del que dependía  un determinado  Pueblo Indígena para obtener alimentos y agua  no constituirá un crimen de lesa humanidad  consistente en persecución.

Sin embargo, el acto  de contaminación señalado anteriormente constituye persecución si el autor hubiera optado por contaminar ese río concreto con intención de privar a ese  Pueblo Indígena en particular  de sus derechos fundamentales.

Cabe destacar que el artículo 7, párrafo 1 K) del Estatuto de Roma tipifica como crímenes otros actos inhumanos de carácter similar que causen intencionalmente grandes sufrimientos o atenten gravemente contra la integridad física o la salud mental o física.

En vista del lugar central que ocupa el medio ambiente en la vida social, cultural, religiosa y espiritual de muchas personas, en particular de los miembros de  Pueblos Indígenas, los daños ambientales, la explotación ilegal de de recursos naturales y la confiscación ilegal de tierras pueden a menudo ser fuente de gran sufrimiento físico o mental, incluso cuando no constituyen uno de los demás crímenes de lesa humanidad enumerados en el artículo 7 del Estatuto de Roma.

Finalmente, mientras el causante del sufrimiento fuera consciente de que en el curso normal de los acontecimientos tendría lugar ese daño, tales actos podrían calificarse de crímenes de lesa humanidad o actos inhumanos de otro tipo.

Rommelsasntosdiaz@gmail.com

Continue Reading

Opinión

Semana Santa para discernir

Published

on

Ni autoelogio oficial ni amnesia opositora

Por Isaías Ramos

Esta Semana Santa encuentra al país en medio de una incertidumbre internacional real y de una incertidumbre interna todavía más vieja: la de una clase política que, cuando el pueblo necesita verdad, vuelve a ofrecer relato. Luis Abinader habló de cambiar la “cultura de corrupción” por una de transparencia. Leonel Fernández dijo que los precios venían subiendo por la ineficiencia del PRM. Danilo Medina exigió un plan frente a la crisis derivada de la guerra con Irán y reclamó austeridad porque al pueblo no se le puede pedir todo el sacrificio mientras el Gobierno no se sacrifica en nada.

Los tres quieren ocupar la tribuna moral del momento. Pero, vistos con serenidad, los tres revelan el mismo problema: el oficialismo quiere absolverse y la oposición tradicional quiere amnistiarse.

Uno habla de transparencia desde el poder. Los otros hablan de crisis como si no hubieran dejado, durante años, buena parte del endeudamiento, del privilegio y de la fragilidad estructural que hoy vuelve tan vulnerable a la República Dominicana. No estamos viendo una disputa entre verdad y mentira. Estamos viendo, demasiadas veces, una competencia entre autoelogio y amnesia. Y el pueblo ya no debería seguir dejándose encerrar en esa falsa alternativa.

Por eso hay que decirlo sin rodeos: la corrupción no se apaga con palabras. No se derrota con congresos partidarios sobre ética. No se derrota con discursos de transparencia. No se derrota con opositores que descubren el dolor popular solo cuando no gobiernan.

La corrupción empieza a retroceder cuando un país instala educación, concientización y disciplina, de manera coherente, persistente y consistente; y, por último, consecuencias reales para quien viola la ley y el orden. Sin esa secuencia, todo discurso moral corre el riesgo de convertirse en propaganda. Y cuando la mora judicial en casos de presunta corrupción supera el 80%, la prédica ética sin consecuencia se parece demasiado a una cultura de favoritos protegidos y de impunidad administrada.

La verdad completa empieza por las finanzas públicas. Según el Presupuesto Consolidado del SPNF 2026, la Administración Central proyecta RD$1,342,258.2 millones en ingresos, RD$324,257.1 millones en intereses de la deuda y RD$121,192.6 millones en aplicaciones financieras. Traducido al lenguaje del ciudadano: entre 32.8 y 33.2 pesos de cada 100 que ingresan al Estado ya están comprometidos por intereses y amortización/aplicaciones de deuda. Esa no es una opinión. Es una señal de alarma fiscal. Y esa carga no cayó del cielo.

Es el resultado acumulado de años de endeudamiento bajo las administraciones de las mismas fuerzas políticas que hoy se disputan el relato nacional, sin haber explicado con el debido detalle y con la debida seriedad en qué se invirtió cada peso tomado a nombre del pueblo dominicano, qué problema resolvió y qué resultado concreto dejó para el país.

Con una carga así, la austeridad que demandan las circunstancias no debe empezar por el bolsillo exhausto del ciudadano común. Debe empezar por el privilegio enquistado del poder: gasto público innecesario, subsidios no auditables, gastos tributarios injustificados, recursos blindados a partidos, salarios estatales desproporcionados y rentas protegidas por décadas de un Estado complaciente. Solo después de esa cirugía arriba puede pedírsele al país un sacrificio adicional con autoridad moral. Lo contrario no es disciplina: es crueldad administrativa.

Y hay una coincidencia todavía más grave entre oficialismo y oposición tradicional: cuando se trató de cerrar el sistema político para protegerse entre sí, convergieron. La Constitución reconoce, en su artículo 22, el derecho de ciudadanía a elegir y ser elegible. Sin embargo, tras la sentencia TC/0788/24, el Congreso no reguló las candidaturas independientes: optó por suprimirlas. Diario Libre reportó que legisladores del PRM, PLD, Fuerza del Pueblo, PRSC y otras fuerzas se pusieron inusualmente de acuerdo para aprobar esa eliminación. Ahí no hubo rivalidad real. Hubo defensa corporativa del sistema cerrado.

Eso debe entenderlo bien el pueblo dominicano. No se trata solo de una discusión técnica. Se trata de si el ciudadano conserva o pierde espacios reales para competir fuera del oligopolio partidario. Se trata de si las grandes maquinarias pueden seguir repartiéndose la cancha mientras le dicen al país que su libertad política consiste en escoger siempre entre los mismos administradores del mismo sistema. Esa es la lógica que el pueblo ya no debería aceptar: el viejo libreto del dominicano súbdito. Pedagogía moral para abajo, comodidad política para arriba; sacrificio para el ciudadano, excepción para el privilegiado; deber para el pueblo, impunidad para el poder.

Esta Semana Santa debería servir para discernir el bien del mal en la vida pública. El bien no está en el gobernante que se felicita mientras preserva demasiadas excepciones. El bien no está en el opositor que denuncia el presente como si no hubiese pasado años incubando parte de lo que ahora critica. El bien político, en esta hora, está en algo mucho más exigente: verdad fiscal, austeridad arriba, protección de los más vulnerables, defensa de la Constitución y un régimen de consecuencias real.

La República Dominicana sí puede soportar tiempos duros. Lo que ya no debería seguir soportando es la incoherencia de quienes le piden deber mientras administran privilegio, opacidad e impunidad selectiva. Si de verdad vienen sacrificios, el primer recorte debe hacerse arriba. Y la primera disciplina debe imponerse al poder.

Solo entonces el esfuerzo nacional dejará de parecer abuso

y podrá empezar a parecerse a un pacto republicano.

Continue Reading

Opinión

Trump/Netanyahu, sangre por petróleo

Published

on

Por Oscar López Reyes

Con sus resabios personales en la creencia de ser el rey de la selva, Donald Trump, presidente de Estados Unidos, ha roto el pecho de la humanidad, a la que mantiene en ascuas y causándole una dolencia inconmensurable. Perpetra una hecatombe en el salvajismo a guisa de la confrontación con las supremas instancias institucionales de su país y de su poder de veto en el Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas junto a Rusia, China, Francia y Reino Unido. ¡Caray …!

Detrás del apoderamiento geoestratégico del Golfo Pérsico, que concentra el más gigantesco volumen de petróleo y gas del globo terráqueo, y el control del estrecho de Ormuz, Estados Unidos está apelando a su corpulencia convencional y tecnológica, desestabilizando, como un tobogán, la economía, los ecosistemas y la salud humana universal.

Las tormentas de fuego son parecidas a un Armagedón y cumplen una profecía bíblica. En el empeño imperialista/hegemónico de la superpotencia de Norteamérica y expansionista territorial del sionismo de Israel, se han intensificado los bombardeos aéreos en Irán y el Golfo Pérsico, destrozado edificios, hospitales, escuelas, cuarteles y bases castrenses, centrales nucleares y otras infraestructuras militares, industriales y urbanísticas.

El saldo ha sido de miles de muertos y heridos, hambrunas y desplazamientos poblacionales, que tiemblan en el ensordecedor zumbido de las cargas explosivas. Aunque cuentan con armas nucleares, Estados Unidos e Israel también matan persiguiendo detener el proyecto de bombas atómicas emprendido por Irán.

Por esta conflagración bélica ha sido apretado el botón de pánico energético, acelerado la volatilidad económico-financiera internacional -con la consiguiente avalancha inflacionaria-, los daños medioambientales y el estrés postraumático crónico, cocidos por el mal olor cadavérico, el calor de los escombros en llamas y la diseminación en la atmósfera de fardos de pólvoras y sustancias nocivas.

En anclas parecidas, el influyente humorista gráfico de diarios de España Antonio Fraguas de Pablo (Forges, 1942-2018) tiró un alarido expresivo: “No hay guerras justas y guerras injustas: solo hay malditas guerras”, apropiado para ser repetido en esta época.

¡Oh guerras! De veras, estas han sido gestadas por desarmonías espirituales individuales, el ensanchamiento de negocios en la codicia económica, las rivalidades por apoderarse de recursos naturales, franjas fronterizas y por geoestrategias en la desconfianza, las demandas de seguridad ante amenazas y los fracasos diplomáticos.

En la escalada guerrera de Estados Unidos e Israel contra Irán (iniciada el 28-2-2026), el primer complejo militar fabricante y exportador de armas está de pláceme, cual festines carnívoros de perros y gatos, alacranes y buitres, y ratas y leones. Los cielos, mares y tierras retumban saturados de drones suicidas y sistemas anti-drones, misiles balísticos de largo alcance y aviones bombarderos ultramodernos, con toques de sirenas para huir despavoridamente hacia los refugios.

En este escenario de acometidas, el presidente Donald Trump (Taco) y el primer ministro de Israel, Benjamín Netanyahu (Bibi) traen a la memoria las atrocidades del nazi autoritario de Alemania Adolfo Hitler, por aquello de “El veneno de la sangre”, y la crueldad.

Y, en ese hábitat, han detonado esos dos osados que, con vértebras que flechan lutos, se engullen un elefante africano sin obedecer las normas jurídicas, éticas y de salubridad; sin arrojar gases del estómago ni dar señales de sonrojo. La catástrofe de Trump desde la Casa Blanca y Netanyahu desde Beit HaNassi (Casa del Presidente), convoca a glosar las odas del poeta español Vicente Aleixandre (1898-1984), ganador del Premio Nobel de Literatura en 1977:

“…Suena en las calles /Todas las casas gritan/… y de esa ventana rota sale un grito de muerte/Seguís. De ese hueco sin puerta/sale una sangre y grita/ Las ventanas, las puertas, las torres, los tejados/gritan. Son niños que murieron/Por la ciudad gritando/…un río pasa: un río clamoroso de dolor que no acaba/No lo miréis: sentido/Pequeños corazones, pechos difuntos, caritas destrozadas/”.

Incontestablemente, la guerra del 2026 está engordando el mercantilismo de las herramientas de muerte, en el batir de récords de ventas de las compañías armamentistas enclavadas en una nación que pregona defender la vida y los derechos humanos. El Pentágono está pidiendo cuadruplicar la producción de esos artefactos para reponer los arsenales y sustentar los enfrentamientos, en tanto que Lockheed Martin, RTX (Raytheon), Northrop Grumman, General Dynamics y Boeing han suscrito contratos sin precedentes, con encapié en la tecnología aeroespacial, como los misiles de precisión.

La carrera belicista se acrecienta colosalmente, sin contención de naciones capitalistas ni socialistas. En 2025, el gasto militar mundial ascendió a unos 2,63 billones de dólares, que equivale a un incremento del 2,5%, comparado con el año anterior. Ese presupuesto está liderado por Estados Unidos, China, Rusia, Alemania, Reino Unido, India, Arabia Saudita, Japón, Ucrania, Francia, Israel, India, Pakistán y Corea del Norte.

A riendas sueltas, las superpotencias acumulan un arsenal nuclear que cifra 9,745 ojivas, conforme con el último monitoreo de la Prohibición de Armas Nucleares. Ellas son un riesgo a gran escala por su utilización ante una situación de presión, un error de cálculo o un accidente, con lo cual serían aniquiladas más de 5 mil millones de personas, especies animales y vegetales. Ese cataclismo radioactivo destruiría la civilización humana.

En contraste con la prosperidad en la venta de armas de fuego, se disparan los precios del petróleo y el gas, los mercados financieros sobrellevan una recia perturbación, particularmente con la caída de las cotizaciones bursátiles, y los ciudadanos estadounidenses se ven compelidos a pagar un costo calculado en más de 890 millones de dólares diarios.

Esa tirantez marcial causa estragos financieros, y revive la teoría de los conflictos sociales y políticos, expuesta por el filósofo y revolucionario alemán Carlos Marx (1818-1883) en su obra «Contribución a la crítica de la economía política» (1859), cuando aún no proliferaban instalaciones atómicas.

El fundador del socialismo científico postula que los conflictos sociopolíticos no son casuales, sino que nacen de la infraestructura económica (relaciones de producción) que, a su vez, cimienta y levanta la superestructura jurídica y política. Plantea que, por la pugna en torno a recursos limitados, la sociedad está inmersa en una discrepancia perpetua (pobreza, discriminación, violencia doméstica, guerras y revoluciones), y que el orden social se sustenta en la dominación y el poder, y no en el consenso y la conformidad.

En esa coordenada, opinamos, el armamentismo alimenta el planteamiento marxista-leninista de que la lucha armada encarna el medio esencial para conquistar y mantener el poder político. La anterior premisa de Carlos Marx se complementa con la famosa frase acuñada, el 7 de agosto de 1927 y reafirmada en 1938, por el líder de la revolución (1949) y presidente de la República Popular China (1949-1976), Mao Tse Tung: «El poder político nace del cañón de un arma», o sea, «del fusil».

La inversión monetaria para la defensa y para neutralizar capacidades militares luce que seguirá en marcha, para que por calles y avenidas veamos transitar, lentamente, más carros fúnebres con seres humanos devorados, sin bombas y con flores; más guirnaldas sin arder en mañanas, tardes ni noches de hogueras, pero sin pólvora, y llevados hasta cementerios, sin fuego ni sangre y dejados en tumbas frías.

En su cancionero y romancero de ausencias, el poeta y dramaturgo Miguel Hernández (1910-1942), comprometido con la Guerra Civil Española, esparció su lírica contra las hostilidades en la hoguera: “Tristes guerras/si no es amor la empresa/Tristes, tristes/Tristes armas/si no son las palabras/Tristes, tristes/Tristes hombres/si no mueren de amores/Tristes, tristes”.

………………………………………….

El autor: Periodista, escritor y catedrático.

…………………………………………

Continue Reading

Edificio La República: Restauración No. 138, cuarta planta, Santiago, República Dominicana. Teléfono: 809-247-3606. Fax: 809-581-0030.
www.larepublicaonline.com  / Email: periodico@larepublicaonline.com
Copyright © 2021 Blue National Group