Santo Domingo, RD.-Muchos países han incrementado las restricciones para la entrada de viajeros a sus territorios para evitar la propagación del coronavirus.Nacionales
Naciones que solicitan prueba de Covid-19 y otros requisitos antes de viajar.
Published
5 años agoon
By
LA REDACCIÓN
Santo Domingo, RD.-Muchos países han incrementado las restricciones para la entrada de viajeros a sus territorios para evitar la propagación del coronavirus.Otros países van más allá y someten a los viajeros a una cuarentena completa y obligatoria durante 14 días o le dan seguimiento dentro del país durante ese período e incluso algunos requieren a los extranjeros un seguro de salud que cubra las prestaciones asociadas a la Covid-19 por el tiempo de estadía en su territorio.
A continuación le presentamos las exigencias, que aplican para República Dominicana y otras naciones, de varios países que debe tener en cuenta antes de viajar a los mismos:
Desde ayer 26 de enero este país requiere a todos los pasajeros que presenten una prueba con resultado negativo de test para SARS-CoV-2 realizada dentro de los 3 días previos al embarque. Las pruebas permitidas son las moleculares (ejemplo: RT-PCR, NAAT, LAMP) y de antígenos.
El certificado debe ser emitido con los datos del documento de identidad de viaje (nombre y apellido). Es recomendable que el certificado esté en inglés, español o portugués y que lleve una copia en caso de que la autoridad la exija al arribo.
Los menores de 2 años están exentos de realizar la prueba. Los pasajeros que no cumplan este requisito no podrán viajar hacia territorio estadounidense.
Recién ayer este país informó que a partir del 1 de febrero exigirá una prueba PCR con resultado negativo efectuada en las 72 horas previas a su llegada a España a los viajeros procedentes de países de riesgo. La lista la conforman una gran cantidad de países, entre los que se incluye República Dominicana.
Desde el 7 de enero Chile requiere a todas las personas que ingresen a su territorio que presenten un test PCR negativo tomado 72 horas antes de embarcar. También deben someterse a una cuarentena obligatoria por diez días.
Además los viajeros tienen que completar un pasaporte sanitario y el formulario de seguimiento por 14 días. Los extranjeros deben tener contratado un seguro de salud que cubra prestaciones asociadas al a Covid-19 durante su estadía, con un monto mínimo de cobertura de US$30.000.
4) Colombia
Desde el 7 de enero todas las personas que tengan previsto viajar a este país deben presentar en el aeropuerto de origen la prueba PCR con resultado negativo expedida en un término no mayor a 96 horas antes del embarque.
Para ingresar y salir de Colombia necesita un formulario migratorio o seguro médico. Cada viajero que llegue al país será objeto de rastreo por parte de su asegurador o la Secretaría de Salud del lugar donde permanecerá durante los siguientes 1?4 días.
Antes de ingresar a territorio peruano desde el extranjero, todos los pasajeros deben presentar una prueba molecular (RT-PCR, NAAT, LAMP) negativa o prueba de antígenos, cuyo resultado debe hacer sido emitido máximo 72 horas previo a la salida del vuelo.
También tienen que completar un formulario de declaración jurada de salud dentro de las 72 horas previas al viaje y cumplir una cuarentena obligatoria de 14 días en su domicilio declarado, hospedajes (previa coordinación) o residencias sanitarias dispuestas por las autoridades.
Los viajeros que ingresan a este país también pueden ser sometidos a una cuarentena por 14 días; deben mostrar un resultado negativo de un test de COVID-19 que deberá haberse realizado como máximo 72 horas antes de la salida del último vuelo directo hacia territorio canadiense. Además se les puede requerir un seguro médico.
El Gobierno informó que aumentará aún más los esfuerzos de vigilancia para garantizar que los viajeros que ingresen a Canadá completen el período de cuarentena obligatorio de 14 días según la Ley de Cuarentena y advirtió que la violación de estas instrucciones se considera un delito que podría implicar una multa económica o hasta seis meses de prisión.
Los pasajeros deben tener un certificado médico con un resultado de coronavirus (COVID-19) negativo emitido a más tardar 72 horas antes de la llegada y están sujetos a exámenes médicos y a al autoaislamiento.
Desde el 13 de enero todos los pasajeros que ingresan a Ecuador deben presentar de manera obligatoria una prueba negativa de RT-PCR realizada máximo diez (10) días antes de la fecha de arribar al país. Sin esta prueba el pasajero no pueden embarcar en el aeropuerto de origen.
Al llegar a Ecuador la autoridad realizará pruebas aleatorias de COVID-19 (antígenos) y si un pasajero presenta síntomas relacionados a la Covid-19 estará sujeto a un testeo obligatorio por parte de la autoridad.
Este país también requiere un resultado negativo de un test de COVID-19 con un máximo de 72 de haberse realizado. El resultado debe estar en español, inglés o portugués y esto aplica para todos los pasajeros, incluso para los que están en tránsito o haciendo conexión. Aunque estos no tengan previsto ingresar al país tienen que presentar la prueba. Sin este documento el embarque será negado en origen.
Además deben completar la declaración de Salud del Viajero, que debe ser completada de forma online por todos los pasajeros. Hasta el momento no se requiere una cuarentena formal para entrar a Brasil.
Para ir a este país hay que presentar un test negativo de PCR, realizado hasta 72 horas previo a la salida del vuelo. El embarque será negado en el punto de origen a pasajeros que no cumplan con este requisito.
Todos los pasajeros deben realizar una cuarentena obligatoria de 10 días desde que les fuera efectuada la prueba PCR, exceptuando, con autorización de la Dirección Nacional de Migraciones, a los diplomáticos y funcionarios exclusivamente para cumplir una misión oficial, deportistas solo en caso de eventos deportivos, extranjeros no residentes que desarrollen una actividad laboral o comercial y pasajeros en tránsito.
Otros países de América Latina que tienen requisitos similares son Paraguay, Bolivia y Uruguay. Otros, en cambio, como México, Costa Rica y otros no son tan exigentes.
Nacionales
Obispos se reunen con Abinader en la 64ª Asamblea Plenaria del Episcopado
Published
22 horas agoon
julio 3, 2026
Santo Domingo. – La Conferencia del Episcopado Dominicano (CED) en el marco de su 64ª Asamblea Plenaria, recibió este viernes la visita del presidente de la República, Luis Abinader, en un encuentro celebrado en la Casa Arquidiocesana María de la Altagracia, donde se abordaron distintos temas de interés nacional.
Durante su intervención, el mandatario destacó la importancia de mantener un diálogo permanente con la Iglesia católica, señalando que estos espacios permiten conocer de primera mano las necesidades de las diócesis y socializar las medidas adoptadas por el Gobierno.
“Siempre es bueno tener el contacto con los obispos, escuchar las necesidades de sus diócesis y también explicarles los grandes temas nacionales”, expresó.

El jefe de Estado agregó que estos encuentros se han convertido en una práctica habitual de su gestión, como parte de la relación de cooperación con la jerarquía eclesiástica.
El presidente fue recibido por la nueva directiva de la CED para el período 2026-2029, encabezada por el obispo de San Francisco de Macorís, Ramón Alfredo de la Cruz Baldera, quien asumió la presidencia de la institución.

También participaron el arzobispo coadjutor de Santo Domingo, Carlos Tomás Morel Diplán, en calidad de vicepresidente, y el obispo auxiliar de Santo Domingo, José Amable Durán Tineo, como secretario general.
Nacionales
Garantía económica e impedimento de salida a “Onguito Wa”.
Published
22 horas agoon
julio 3, 2026
Santo Domingo, R.D.-Una garantia economica impone el Tribunal del Distrito Judicial de San Cristóbal de RD$200,000, impedimento de salida del país y presentación periódica al Ministerio Público contra el imputado Elvis Manuel Santos Alcántara (Onguito Wa), acusado de porte ilegal de armas de fuego, tras acoger de forma parcial la solicitud del Ministerio Público.
La decisión judicial se produce luego de que el procesado fuera arrestado en flagrante delito el pasado 21 de junio, cuando agentes de la Policía Nacional realizaban labores de patrullaje en la carretera Sánchez Vieja, en San Cristóbal.
Durante el operativo, el imputado se desplazaba en un vehículo Honda CR-V, color negro, junto a otra persona, y al ser registrado se le ocupó una pistola Glock, calibre 9 mm, con 17 cápsulas, sin documentación legal.

La magistrada Chadalis E. Rosario Melenciano, jueza suplente del Tercer Juzgado de la Instrucción y de la Oficina Judicial de Atención Permanente, ordenó además que el imputado deberá presentarse los días 29 de cada mes durante seis meses ante el Ministerio Público, como parte de las medidas impuestas.
Asimismo, el tribunal dispuso la notificación a la Dirección General de Migración (DGM) para garantizar el impedimento de salida del país, mientras que el Primer Juzgado de la Instrucción de San Cristóbal fue designado como tribunal de control del caso.
El Ministerio Público, representado por las fiscales Belkis Tejeda e Ingris Maribel Guerrero Polanco, había solicitado prisión preventiva por tres meses; sin embargo, el tribunal optó por medidas no privativas de libertad, al considerar parcialmente la solicitud.
El órgano acusador también obtuvo un plazo de seis meses para presentar el requerimiento conclusivo del proceso.
De acuerdo con el expediente, Santos Alcántara ya había sido condenado previamente mediante la Sentencia Penal núm. 523-2025-SSEN-00015 por violaciones a la Ley 63-17 sobre Movilidad, Transporte Terrestre y Seguridad Vial, lo que fue recordado por el Ministerio Público durante la audiencia.
Con esta decisión, el caso sigue bajo investigación judicial mientras el imputado permanece bajo estrictas condiciones de control.
El uso, porte y tenencia ilegal de armas de fuego constituye uno de los delitos más vigilados por las autoridades judiciales y de seguridad en la República Dominicana, debido al impacto que tiene en la criminalidad, la seguridad ciudadana y la violencia urbana.
«En el país, este tipo de infracciones está regulado por la legislación penal vigente y por normativas específicas que establecen los requisitos para la adquisición, registro y porte legal de armas».
- En los últimos años, el Ministerio Público y la Policía Nacional han intensificado los operativos de prevención y persecución del porte ilegal de armas, especialmente en zonas urbanas y carreteras donde se registran mayores incidencias de delitos flagrantes.
- Estos operativos suelen incluir patrullajes, requisas selectivas y controles de vehículos, con el objetivo de reducir la circulación de armas no registradas.
El sistema judicial dominicano contempla medidas de coerción que pueden ser privativas o no privativas de libertad, dependiendo de la gravedad del hecho, los antecedentes del imputado y el riesgo procesal.
Nacionales
Prisión preventiva solicitan para falso odontólogo tras causar graves lesiones en La Vega
Published
22 horas agoon
julio 3, 2026
Santo Domingo, R.D.-La imposición de prision preventiva como medida de coercion contra un acusado de ejercer la odontología solicitará el Ministerio Público en las próximas horas la imposición contra un hombre acusado de ejercer la odontología sin exequátur en La Vega en un caso de presunto intrusismo profesional que dejó a una paciente con lesiones permanentes en el rostro y daños neurológicos severos.
El imputado, identificado como Franklin José Almánzar Escarramán, de 51 años, habría realizado procedimientos odontológicos de alta complejidad sin la debida autorización legal en el consultorio de su hermano, ubicado en el Centro Médico V Centenario, en la provincia de La Vega.
Su hermano, William Radhamés Almánzar Escarramán, también fue arrestado por su presunta complicidad en los hechos, ambos tras entregarse a las autoridades policiales en cumplimiento de una orden judicial.

De acuerdo con la investigación del Ministerio Público, la víctima acudió el pasado 17 de enero a recibir atención odontológica y fue evaluada en el consultorio de los imputados, donde se le indicó la extracción de cuatro terceros molares mediante un procedimiento quirúrgico.
Según el expediente, durante la intervención, el imputado habría aplicado anestesia y posteriormente realizado maniobras violentas con instrumentos odontológicos, incluyendo golpes en la zona afectada, sin lograr completar la extracción tras varias horas de intento.
La paciente posteriormente presentó dolor intenso, inflamación facial y complicaciones severas, lo que la llevó a buscar atención médica especializada, donde se determinó la existencia de daños permanentes en su salud bucal, incluyendo nervios atrofiados, edema facial, trismo, parestesia mandibular y otras lesiones complejas.
La procuradora de corte de La Vega, Aura Luz García Martínez, explicó que el Ministerio Público procederá a solicitar la medida de coerción garantizando el debido proceso.
“Vamos a presentar la solicitud de medida de coerción ante la autoridad competente, garantizando el debido proceso y los derechos fundamentales de los imputados”, afirmó.
Las autoridades indicaron que el imputado principal ejercía la odontología sin exequátur, según certificación del Ministerio de Salud Pública, lo que constituye una violación a la Ley General de Salud 42-01 y la normativa que regula el ejercicio profesional odontológico.
- El órgano persecutor también sostiene que la actuación de los hermanos Almánzar Escarramán pudo haber tenido consecuencias aún más graves
- Incluso la muerte de la paciente, debido a la naturaleza del procedimiento realizado sin habilitación legal.
El caso ha sido calificado provisionalmente como violación a varios artículos del Código Penal dominicano y de la legislación sanitaria vigente, mientras el tribunal evalúa la solicitud de medida de coerción presentada por el Ministerio Público.
El ejercicio de la odontología y otras profesiones de la salud en la República Dominicana está regulado por un marco legal que exige la obtención de un exequátur y la debida habilitación profesional, con el objetivo de garantizar la seguridad de los pacientes y la calidad de los servicios médicos.
Estas disposiciones forman parte de las políticas sanitarias orientadas a prevenir el intrusismo profesional, una práctica que consiste en ejercer una profesión sin la autorización correspondiente.
