Opinión
Defender la UASD de la privatización que la amenaza, la corrupción que la degrada y el gobierno que la estrangula
Published
14 años agoon
La Universidad Autónoma de Santo Domingo (UASD), pese a las limitaciones, deformaciones y retrocesos que la afectan, es una presa apetecida del persistente programa de privatización de lo público y lo social en esta decadente era neoliberal y en medio esta multi-mega-crisis del sistema capitalista.
Eso viene de más allá de nuestras fronteras. Es un propósito de la gran burguesía transnacional y sus centros imperialistas, asumido por la burguesía de dependiente del país, por sus empresas de en el campo de la educación, por sus cúpulas eclesiales y sus partidocracias comprometidas con la neo-liberalización de nuestra sociedad.
La UASD sigue siendo conquista social a derribar -y/o convertir en lo contrario- por esas fuerzas y los espurios intereses privados que representan.
Recrudecimiento de la ofensiva privatizadora.
Ese propósito se ha recrudecido al calor del debate sobre los presupuestos de educación y su destino, de la crisis fiscal y la carga que representa el endeudamiento público.
La Autonomía, el Fuero y el presupuesto por ley históricamente han perseguido proteger esa conquista y es claro que la asignación del 5% del presupuesto nacional para la UASD estuvo motivada por el interés de favorecer exclusivamente la educación universitaria pública, gratuita y de carácter social.
Pero la verdad es que además de incumplir esa ley y negarle a la UASD gran parte del monto establecido, los gobiernos y el Estado subsidian universidades privadas que operan como negocios, favoreciendo así la privatización de lo público en materia de educación.
Por ley se ha consagrado también una asignación del 4% del PBI para el presupuesto de educación. Pero tampoco eso se cumple, lo que ha generado un clamor nacional contra esa violación
En ese caso el destino del 4% del PBI no ha sido previamente definido en relación con las asignaciones al área pública y al área privada de la educación básica y secundaria. Es materia pendiente de precisiones, que a nuestro debe definirse a favor de la enseñanza pública gratuita. Y si los sectores privados se aprestan a apoderarse de una parte importante de esos recursos -como lo indica su conducta histórica y actual- nosotros/as tenemos que prepararnos para impedirlo y procurar su asignación plena a la debilitada enseñanza pública y gratuita.
La precaria asignación de la UASD se aproxima a los 5,000 millones de pesos anuales; mientras se le niega una suma similar, poniéndola a la disposición de la corrupción gubernamental y el negocio privado.
Además, es evidente que la efectividad de la precaria suma asignada a la UASD ha sido menguada progresivamente por una partidocracia corrompida que también ha penetrado y tomado posiciones claves en la academia estatal; facciones perredeísta, peledeísta, reformista y hasta seudo-izquierdista, ahora con predominio perredeísta, se han apropiado por esa vía de una parte del presupuesto universitario.
Pero también –y esta es la cuestión fundamental- la UASD como institución está seriamente amenazada por el plan de privatización, en tanto centro de estudios de carácter social receptor de más 180 mil estudiantes de origen pobre y de sectores medios de la sociedad.
En esa dirección la partidocracia perredeísta que controla la UASD, cercada por la partidocracia peledeísta que controla al gobierno central y una gran parte del Estado, está aferrada a sus privilegios y a sus modalidades de corrupción. Se estima que en su seno se ha conformando una claque de aproximadamente 100 personas, las cuales ocupan posiciones importantes del tren administrativo y académico desde las que fomentan la corruptela, los privilegios, el parasitismo y el clientelismo.
Esa claque disfruta de una parte del pastel y se aferra a ella, aunque ciertamente esa parte del pastel, en caso de recuperarse por la vía del saneamiento, seria insuficiente para lograr una universidad pública de alta calidad y con un ritmo adecuado de crecimiento y renovación.
Dos luchas entrelazadas y la razón del tarifazo.
La clave, por tanto, para alcanzar esa meta ideal es exigir y conquistar el presupuesto consagrado por ley, al tiempo de transparentar su ejercicio, sanear la academia y establecer normas y controles eficaces para el buen y correcto uso de esos fondos, sin privatizar servicios ni crear empresas conexas autónomas y privilegiadas.
Un cumplimiento de la ley o un aumento presupuestal sin saneamiento, tendería a convertir una parte mayor de lo asignado en pasto de la voracidad burocrática y de la corruptela en boga. Un saneamiento sin conquistar el 5% sería importante pero absolutamente insuficiente.
Por eso ambas luchas deben interrelacionarse y no contraponerse.
La facción perredeísta que ahora domina la UASD ni siquiera ha optado por librar una lucha consecuente por el 5%. Conservadora al fin y temerosa de las represalias del gobierno peledeísta, ha optado por conformarse con el cuestionado pedazo del pastel que actualmente disfruta y cargar los déficit a estudiantes, profesores y empleados no privilegiados, condenando de todas maneras a la UASD a la precariedad. En momentos en que las autoridades estatales se aprestan a sustituir la pisoteada ley que consagra el 5% del presupuesto nacional para la UASD
Esa es la verdadera razón del tarifazo.
Represalias contra la protesta estudiantil y profesoral.
Pero el tarifazo abrió la caja de pandora en su contra y activó –todavía limitadamente, pero con mayores posibilidades que antes- el movimiento estudiantil y profesoral cuestionador de los turbios manejos presupuestarios del clan dominante, poniendo en perspectiva en riesgo la estabilidad de su forma perniciosa de gobernar y administrar la UASD.
De ahí su represalia, su reacción despótica, sus amenazas, sus desatinos:
Expulsión de dirigentes estudiantiles por el hecho de reclamar con acciones ordenadas la revocación del tarifazo y denunciar la corrupción.
Amenazas contra profesores desafectos, sustentadores de igual postura.
Apandillamiento, junto a unidades de seguridad infectadas por alimañas de los “servicios” estatales, para montar agresiones y disturbios falazmente atribuidos a los estudiantes.
Confabulación con el poder mediático, las autoridades del gobierno y la alta jerarquía católica para denigrar al movimiento estudiantil emergente y la parte del profesorado que se le vuelve en contra a las actuales autoridades.
Pedido de tropas policiales entrenadas y curtidas en crímenes, abusos y corrupción, para inducirlas a reprimir los estudiantes, violando el Fuero Universitario.
En fin, ejercicio de vandalismo para acusar de vandalismo a la parte contraria.
En verdad los únicos que dispararon con armas de fuego fueron agentes de “seguridad”, como consta en los video filmados; y los únicos que incendiaron y apedrearon vehículos fueron agentes de la seguridad. Armas, gasolinas, spray…fueron llevados a ese escenario por esos señores.
Los estudiantes reaccionaron solo palmeando y coreando consignas cuando recibieron la información de la expulsión de once de sus dirigentes de la voz del bachiller Roberto Sánchez, delegado estudiantil al Consejo Universitario, uno de los expulsados, ya a punto de concluir su carrera de Derecho con un índice superior a 80. La seguridad le disparó al conjunto estudiantil y agravó la situación.
Responsables del caos y medidas necesarias.
Hubo un montaje para desacreditar los estudiantes que contó con la ayuda de grandes medios de comunicación. Los conjurados tienen nombres y apellidos.
El Rector Mateo Febrillet, el Vicerrector Adjana, Luis Cabrera (director del Economato y dueño de la empresa que suministra carne al Comedor Universitario), César Ramos-El Chino (jefe de Suministro), Manuel Gutiérrez (jefe de Seguridad), Fabio Ruiz (ex-convicto y capo de ASODEMU), Lugo y Crispín Peláez (de la Seguridad), entre otros,…deben rendir cuenta por esos hechos; como también por la introducción en la UASD de un grupo de delincuentes llamados “los topos” que responden a la Rectoría, son usados como tropa de choque y han sido articulado a la Seguridad.
El Rector en particular debe responder por el abuso de poder llevado al extremo de llamar a la Policía Nacional, entidad de por si repudiable por su fechorías, a penetrar en la UASD, asaltar el local de la FED y maltratar los/as estudiantes.
Autoridades así se invalidan para dirigir la universidad y dan espacio a una necesaria reflexión sobre la urgencia de un cambio democrático interno a favor de representantes de la familia universitaria opuestos a la privatización y alejados de la pugna perversa entre las partidocracias del PRD y el PLD.
-De inmediato hay que exigir la apertura de la UASD, dado que prolongar su cierre hasta el 20 de agosto provoca la pérdida innecesaria de recursos y de un mes de clase.
-Hay que demandar la reintegración de los estudiantes expulsados y sus- pendidos y el cese de la amenaza contra los actuales dirigentes de FAPROUASD y el profesor Mochín Pinedo.
-Hay que disolver la Seguridad responsable de tales fechorías.
-Hay que exigir la anulación del tarifazo, el saneamiento presupuestario y la puesta en marcha de un plan nacional de lucha para obligar al gobierno a cumplir con el 5% del presupuesto nacional para la UASD.
-Hay que diseñar y ejecutar un programa de reformas para volver a renovar la universidad publica, preservando su condición de patrimonio social y zona libre de neoliberalismo.
-Hay que unir todo lo sano y lo digno de la UASD, que es la gran mayoría, para salvarla y transformarla, parando en seco este nuevo intento de degradación, desgarramiento y privatización.
Julio 2012, Santo Domingo, RD.
Artículo publicado originalmente en el periódico El Nacional
Por Rommel Santos Diaz
Un acto que se cometa por medio de daño ambiental o que resulte en dicho daño, de manera prohibida por el artículo 8 del Estatuto de Roma, puede ser imputado como crimen de guerra siempre que haya tenido lugar en el contexto de y que haya estado relacionado con un conflicto armado, ya sea de ámbito internacional o no internacional.
No se exige el requisito de que el autor del acto se propusiera fomentar el conflicto armado con el acto en cuestión: basta con que el conflicto contribuye de forma sustancial a la capacidad del autor del acto de cometer el crimen, la decisión de cometerlo, el propósito de que se cometiera o la manera en que se cometió el crimen.
La ausencia de un requisito de intención es importante en el contexto ambiental porque los agentes no estatales pueden aprovechar la existencia de un conflicto armado para tomar parte en daños ambientales, la explotación ilegal de recursos naturales y la confiscación ilegal de tierras sin que sus miembros se propongan fomentar el conflicto armado con estos actos.
El único crimen respecto del cual el Estatuto de Roma protege expresamente al medio ambiente frente a los efectos del conflicto armado aparece en el artículo 8, que tipifica como crimen lanzar un ataque intencionalmente, a sabiendas de que causara extensos, duraderos y graves al medio ambiente natural que serían manifiestamente excesivos en relación con la ventaja militar concreta y directa de conjunto que se prevea.
La Fiscalía enjuicia, cuando proceda, las infracciones del artículo 8 del Estatuto de Roma, teniendo en cuenta el estado frágil del medio ambiente sobre la base de los mejores conocimientos científicos disponibles para determinar si cabe calificar el daño ambiental causado por un ataque de extenso, duradero y grave.
Sin embargo, la aplicabilidad de esta disposición es limitada en el sentido de que incluso el daño ambiental que entre dentro de este umbral debe ser desproporcionado, es decir, manifiestamente excesivo en relación con la ventaja militar concreta y directa de conjunto que se prevea. Además el crimen de guerra sólo será aplicable en situaciones de conflicto armado internacional.
Otros crímenes de guerra diversos previstos en el Estatuto de Roma pueden cometerse por medio de daños ambientales o al resultar en dichos daños Por ejemplo, actos como el homicidio intencional , el hecho de causar deliberadamente dolor o sufrimientos graves, ya sean físicos o mentales, y la deportación o el traslado ilícitos pueden contar no solo como crímenes de lesa humanidad, sino también como crímenes de guerra, cuando se cometen en el contexto de un conflicto armado de ámbito internacional o no internacional.
Los crímenes de guerra que comportan el uso de armas prohibidas también pueden resultar en daños ambientales. En consecuencia hay muchos ejemplos de crímenes de guerra que pueden comportar daños ambientales.
Por Isaías Ramos
El pasado Miércoles Santo, 1 de abril de 2026, el presidente de la República promulgó la Ley 13-26, que elimina las candidaturas independientes. No fue una firma más: fue la reapertura de un conflicto constitucional de primera magnitud.
Muchos quisimos creer que no ocurriría. No solo por elemental prudencia política, sino por respeto al juramento presidencial. El artículo 127 de la Constitución establece que el presidente jura ante Dios y ante el pueblo cumplir y hacer cumplir la Constitución y las leyes de la República. Y el artículo 184 deja claro que las decisiones del Tribunal Constitucional son definitivas, irrevocables y vinculantes para los poderes públicos. El respeto al Tribunal Constitucional no es una cortesía entre poderes; es obediencia debida a la Constitución. Esa combinación de juramento y límite constitucional debía bastar para evitar una promulgación que, desde el primer momento, se proyectaba como una cesión frente a la lógica de cierre del sistema partidario ante una apertura democrática que el propio Tribunal Constitucional acababa de proteger.
Incluso la experiencia institucional aconsejaba prudencia. La historia política dominicana ya conoce el costo que se paga cuando la política pretende imponerse sobre el derecho. Por eso cabía esperar más madurez, más cuidado con la Constitución y más conciencia del peso de una firma presidencial.
Pero ocurrió. Y conviene nombrar con precisión lo que ocurrió. La Ley 13-26 no anuló en abstracto el derecho fundamental de elegir y ser elegido; pero sí cerró una vía concreta, legítima y constitucionalmente relevante para ejercerlo fuera del monopolio partidario. No estamos ante una simple diferencia técnica sobre diseño electoral. Estamos ante una decisión que restringe gravemente un camino de participación política que el Tribunal Constitucional había protegido al sostener, en la sentencia TC/0788/24, que el artículo 216 no monopoliza en los partidos políticos la presentación de toda candidatura.
La democracia pertenece al pueblo, no al monopolio de los partidos. Por eso esta ley no puede presentarse como una mera “respuesta legislativa”. Debe leerse como una confrontación con el alcance material de una sentencia vinculante. Y allí radica el problema de fondo.
El desliz más peligroso del razonamiento que intentó normalizar lo ocurrido consiste en convertir un problema de obediencia constitucional en un simple desacuerdo de intérpretes. Sí, el Tribunal Constitucional puede equivocarse. Sí, la doctrina puede criticarlo. Sí, la jurisprudencia puede cambiar. Pero mientras una sentencia esté vigente, su fuerza vinculante no desaparece porque a algunos les resulte incómoda, discutible o inconveniente.
En un Estado constitucional serio, discrepar del Tribunal Constitucional es legítimo; legislar como si su precedente no obligara, no. La Constitución no es una sugerencia: es una frontera. Y ningún poder del Estado puede exigir obediencia a la ley mientras relativiza su propia obediencia a la Constitución. Cuando un país empieza a cruzar esa línea, el deterioro institucional no tarda en hacerse visible.
Lo verdaderamente preocupante no es solo la ley promulgada, sino el mensaje que deja. Si una sentencia del Tribunal Constitucional puede ser vaciada de contenido por conveniencia política, entonces la ciudadanía recibe una señal devastadora: que los límites constitucionales valen mientras no incomoden demasiado al poder. Ese mensaje erosiona la confianza pública, debilita la seguridad jurídica y convierte la democracia en un terreno cada vez más estrecho para el ciudadano común.
Por eso sorprende aún más que no hayan valido las advertencias jurídicas enviadas, ni el peso del juramento hecho ante Dios y ante el pueblo. Terminamos la Semana Mayor —que debió ser tiempo de recogimiento y reflexión— con la autoridad de la Constitución puesta en entredicho, una sentencia del Tribunal Constitucional ignorada en su efecto útil y una fractura institucional que puede resultar costosa en términos políticos, económicos y sociales para esta generación y para las que vienen detrás.
Y resulta especialmente preocupante que, salvo contadas excepciones, amplios sectores del sistema político hayan optado por relativizar el mandato constitucional en lugar de defenderlo con la firmeza que exige la República. Cuando se normaliza que la ley sirva para neutralizar la Constitución, nadie sale verdaderamente a salvo: ni la seguridad jurídica, ni la paz pública, ni la confianza en la República. Y cuando la confianza institucional se deteriora, el costo termina pagándolo siempre el pueblo.
No deja de ser elocuente que esta decisión se haya consumado en la Semana Mayor: incluso las horas más oscuras no tienen la última palabra.
Sin embargo, esta historia no termina con una firma. Una ley puede cerrar una puerta por ahora, pero no puede derogar la Constitución ni borrar un precedente vinculante del Tribunal Constitucional. La fuerza del derecho no desaparece porque el poder decida desconocer su sentido. Puede ser obstaculizada, relativizada o desafiada; pero no queda anulada por eso.
Y por esa razón, lejos de retroceder, en el Foro y Frente Cívico y Social estamos hoy más firmes que nunca: más serenos, más convencidos y más decididos a organizar a los que no se sienten representados y a los que creen que la Constitución no es un papel decorativo, sino una promesa viva que debe cumplirse.
Seguiremos por vías pacíficas, cívicas y constitucionales. Seguiremos defendiendo el derecho del pueblo a participar, a elegir, a ser elegido y a no quedar encerrado en el monopolio de una estructura cerrada que teme abrir la democracia. Seguiremos trabajando para que el Estado social y democrático de derecho deje de ser una fórmula solemne y se convierta, por fin, en una realidad concreta para el ciudadano común.
La luz prevalecerá sobre toda intención de cerrarle al pueblo un camino de participación política. Porque la causa de la Constitución, de la soberanía popular y de los derechos políticos del pueblo dominicano es una causa justa.
Por eso esta ley no tendrá la última palabra. La tendrán, más temprano que tarde, la Constitución, la ciudadanía organizada y la verdad republicana.
Por Oscar López Reyes
En el escondite de jueces venales, condenas judiciales que escalan hasta los 22 años han sido dictadas en distintas comarcas continentales contra ingenieros, supervisores, funcionarios estatales y propietarios de compañías constructoras implicados en derrumbes de discotecas, edificios, túneles y otras obras de infraestructura, causas directas de homicidios por negligencia e imprudencia. ¿Seguirán libres los hermanos Espaillat, inculpados de la más grande tragedia de su género ocurrida en el país, que fue provocada no obstante las múltiples señales de alerta?
En República Dominicana, la calificación de “homicidio involuntario” del expediente del colapso del techo de la discoteca Jet Set ha sido acomodada en el vademécum del control jurisdiccional, en tanto que los imputados, los poderosos empresarios Antonio y Maribel Espaillat, disfrutan placenteramente en sus linajes hogareños e invierten altas sumas de dinero para evadir sus responsabilidades penales y burlar a los familiares de las víctimas.
El 8 de abril se cumple el primer año de una fatalidad que quiebra el espíritu en la consternación y el abatimiento espiritual. En la madrugada de ese día, en 2025, la debacle del inmueble que albergaba el centro recreativo desgarró la sensibilidad y la conciencia emocional de los miembros del núcleo pilar de la estructura social, con 236 malogrados, 180 heridos y unos 150 niños huérfanos.
El 12 de junio del citado año, los hermanos Espaillat fueron recluidos en la cárcel preventiva del Palacio de Justicia de Ciudad Nueva, y a los 8 días, el 20 de ese mes, fueron despachados a sus santas residencias por la jueza de la Oficina Judicial de Servicios de Atención Permanente del Distrito Nacional, Fátima Veloz, con la argucia de que poseen arraigos o recursos financieros y propiedades.
¡Sálvanos, Hosanna! En su momento, el árbitro y su progenitor fueron relacionados con el Grupo Puntacana, que mantenía nexos comerciales con compañías de los hermanos Espaillat. Y el acto procesal apenas fue defendido por el muy cuestionado Colegio de Abogados – cobijas de presidentes que han usado pelusas visibles al revés- en el silbato de que se ajustó a los cánones legales. ¡Sálvanos, Hosanna!
En las medidas de coerción se excluye la tipificación de la negligencia culposa, avalada por autorizados estudios técnico/científicos, así como por múltiples y fehacientes denuncias que pululan en la prensa escrita y redes audiovisuales. ¿Las han visto u oído, o han leído las exhaustivas exposiciones científicas con hallazgos y pruebas verificables, difundidas en medios escritos?
Estas evidencias son el inadecuado mantenimiento, la sobrecarga del tejado de las agrietadas instalaciones físicas, la transgresión a las normativas de construcción y el desprecio a las constantes advertencias sobre altísimos peligros, hechas por inspectores técnicos y empleados del Jet Set, que desencadenaron la pérdida de capacidad estructural y el derrumbamiento de la edificación.
El incidente/desgracia era palpablemente previsible, y en numerosas ocasiones así fue informado a los hermanos Espaillat por profesionales de la ingeniería y empleados del Jet Set, pero deliberadamente pasaron por alto o ignoraron el aviso, para no gastar los volúmenes monetarios que hoy desembolsan. Están sueltos en virtud del tráfico de la influencia judicial y el «underground» (complacencia subterránea y marginal) de ciertos medios, por ser socios o solidarios con los empresarios procesados.
Ejecutivos y reporteros de esos espacios comunicativos –algunos de los cuales renunciaron por dignidad- no reparan siquiera en el fallecimiento en esa tragedia de dos periodistas: Patricia Acosta López, graduada de Comunicación Social en la Universidad Católica Santo Domingo (UCSD), y Nikolái Urraca Matos, titulado de Comunicación Social en la Universidad Autónoma de Santo Domingo (UASD). ¡Habrá una ejemplar sentencia privativa de libertad contra esos protegidos por instancias judiciales!
Jueces y abogados defensores de los involucrados tendrán que lidiar en tres escenarios configurados por ellos mismos. Esos tres platós serían:
1.- Pronunciar en un juicio de fondo un dictamen judicial pírrico, el peor escenario para familiares de las víctimas y los victimarios. Timbra como la más pésima y terrible apuesta, que sombrea a “señorías” tribunalicias y togados amparadores, que no siempre conducen a sus clientes por el mejor camino.
2- Sumergirse los imputados –si logran la condescendencia de la libertad- en una oración mística, encerrados en un claustro, como un convento o monasterio, testimoniando la “culpa mórbida o disfuncional” y recitando tres veces el mea remordimiento, igual que el acto penitencial de la Iglesia Católica: “por mi culpa, por mi culpa, por mi gran culpa”. Esta confesión, golpeándose el pecho con la mano derecha y el puño cerrado, busca borrar la abrumadora ideación y tentativa autodestructiva, agobiados por la amplitud de la censura y la indignación socio-colectiva.
Purgar la pena alivia la ansiedad y equilibra la sobrecarga emocional de todas las partes. En la noche del martes 29 de enero de 2013, Elissandro Spoht, uno de los propietarios de la discoteca Kiss, en Río Grande do Sul, Brasil, intentó quitarse la vida con un cable del hospital donde estaba recluido bajo detención policial. Acusado de homicidio por un incendio que empezó en el techo del club nocturno y que dejó 235 muertos, junto a otros socios y músicos, el 27 de enero de 2021 fueron condenados a 18 y 22 años de prisión.
3.- Actuación vengativa. Frisa como alta la posibilidad que, como respuesta psicótica o de honor en el forro de la ausencia de una severa sanción judicial, en el cerebro de uno o más de los cerca de mil dolientes directos (padres, hermanos y huérfanos) de los fallecidos en la tragedia se incube la idea de la venganza violenta. Por más explicaciones que sean ofrecidas, la inmensa mayoría de los dominicanos concibe la prisión como el real y efectivo castigo. ¿Ha medido usted, en las audiencias en tribunales y ceremonias conmemorativas en las ruinas del Jet Set la intensidad de las cicatrices psicológicas patentes, y la irritación vehemente de parientes de los martirizados?
En fin, la justicia real por muertes masivas engendradas por el descuido, como los 236 fallecidos, los 180 heridos y los 150 niños huérfanos del Jet Set, no se circunscribe a la mitigante indemnización financiera. Esta suplica el auxilio de Hosanna, porque esa parcialidad socava la confianza en la judicatura. La justicia verídica se concretiza con el encarcelamiento de sus responsables, que entroniza la sanción más digna.
…………………………..
Autor: Periodista, escritor y catedrático.
