Santo Domingo, RD.-La defensa del exprocurador Jean Alain Rodríguez sostienen que los hallazgos consignados en el informe final de la Cámara de Cuentas sobre el Plan Nacional de Humanización Penitenciario no son de carácter punitivo, sino “incumplimientos administrativos”.Nacionales
Abogados de Alain sostienen hallazgos de CC no tienen carácter penal
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4 años agoon
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LA REDACCIÓN
Santo Domingo, RD.-La defensa del exprocurador Jean Alain Rodríguez sostienen que los hallazgos consignados en el informe final de la Cámara de Cuentas sobre el Plan Nacional de Humanización Penitenciario no son de carácter punitivo, sino “incumplimientos administrativos”.En rueda de prensa ayer, Carlos Balcácer y Francisco Franco se refirieron a varios puntos contenidos en el informe de la Cámara, señalando que el ministerio público “hizo una mala interpretación del peritaje y manejó la información a su antojo”.
En efecto, juzgan “preocupante” que la Cámara de Cuentas afirme esto “desconociendo u omitiendo lo establecido en la Ley No. 340-06 sobre Compras y Contrataciones de Bienes, Servicios Obras y Concesiones y su reglamento, número 543-12.
Estas precisan, agregan, “que habla de la falta de planificación de obras, previendo dicha ley que aumenta y disminuye en un 25% todo monto contratado originalmente en obra”.
“No existe violación a la ley ni falta de planificación general cuando el aumento de las obras solo fue de un 5.13%”, indica la defensa del imputado.
Y añade que todas las obras en ingeniería se evalúan con lo que se denomina “un presupuesto o estimado de las obras”.
En esa auditoría de la Cámara de Cuentas, exponen, “se afirma que existen procedimientos de compras vinculadas al Plan de Humanización que no fueron publicados y presentan un resumen a detalle”.
En este detalle “se confirma la existencia de estudios de suelo, estudios de topografía, impacto ambiental, entre otros… que según la auditoría no fueron publicados, pero sí certifica su existencia”.
De igual manera, señalan se ha cuestionado la existencia de un estudio de impacto ambiental sobre La Nueva Victoria, quedando demostrado esta falsa acusación al contar dicha obra con la licencia ambiental otorgada por el Ministerio de Medio Ambiente y Recursos Naturales y la respectiva resolución del Ayuntamiento de Guerra otorgando el permiso de suelo, documentos que reposan en los archivos de la Procuraduría General.
Balcácer dijo que el ministerio público se ha negado a suministrar una fotocopia de dicha documentación, en franca violación a lo dispuesto en la ley de libre acceso a la Información pública No. 200-04.
“Sobre la deficiencia en la supervisión y fiscalización de obras y vicios ocultos en la construcción de las obras, vale la pena señalar que Jean Alain Rodríguez no es constructor ni tampoco ingeniero”, adujo.
Sobre la Ausencia de Títulos de Propiedad cabe señalar que la Nueva Victoria hoy denominada Las Parras, se construyó sobre terrenos propiedad del Consejo Estatal del Azúcar (CEA), amparada por su correspondiente certificado de títulos y un acuerdo interinstitucional para esos fines, siendo el inmueble erigido en un inmueble del Estado dominicano.
En esa ocasión la Procuraduría se ocupó de transparentar la reubicación de las personas que estaban asentadas, en su mayoría ilegalmente, sin recibir quejas, hasta el día de hoy.
DETALLES
El informe
Una auditoría de la Cámara de Cuentas, solicitada por la Procuraduría Especializada de la Persecución a la Corrupción Administrativa (Pepca), revela “irregularidades e inobservancias a la ley” en su implementación, algo que compromete administrativa y civilmente y “revela los indicios de responsabilidad penal” de los principales funcionarios de la PGR durante el periodo comprendido entre el 16 de agosto de 2016 y el 16 de agosto de 2020.
Una de las cifras más altas es el dinero del erario dedicado a los contratos en obras no planificadas, la CC dice que se destinó en RD$8,535,985,800. Mientras, el monto por vicios ocultos de construcción de obras es de 438,715,007 pesos.
Nacionales
Caso SeNaSa: juez evaluará este miércoles solicitud de Pepca para extender investigación
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10 mins agoon
agosto 18, 2026
Santo Domingo, R.D.-El juez del Séptimo Juzgado de la Instrucción del Distrito Nacional, Deiby Peguero, fijó para este miércoles el conocimiento de la solicitud de prórroga de cuatro meses presentada por el Ministerio Público para concluir la investigación y depositar la acusación contra el exdirector del Seguro Nacional de Salud (SeNaSa), Santiago Marcelo Hazim, y los demás implicados en el caso Cobra.
La solicitud de prórroga fue depositada por fiscales de la Procuraduría Especializada de Persecución de la Corrupción Administrativa (Pepca), con el propósito de analizar minuciosamente las evidencias recabadas durante allanamiento. Así lo informó recientemente el procurador adjunto, Wilson Camacho.
Camacho indicó que la institución cuenta con un equipo especializado dedicado al estudio del contenido de 16,800 cajas de documentos ocupadas durante los recientes operativos de intervención como parte de la investigación que realiza del caso.
El exdirector de SeNaSa, Santiago Marcelo Hazim, junto a otros imputados, es señalado de conformar una estructura criminal que habría perpetrado un desfalco superior a RD$15 mil millones en perjuicio del Estado dominicano, a través de la entidad pública de salud.
Además de Hazim, figuran como imputados Gustavo Enrique Messina Cruz, Germán Rafael Robles Quiñones, Francisco Iván Minaya Pérez, Rafael Luis Martínez Hazim, Ramón Alan Speakler Mateo, Ada Ledesma Ubiera, Eduardo Read Estrella, Cinty Acosta Sención y Heidi Mariela Pineda Perdomo, quienes cumplen distintas medidas de coerción impuestas en diciembre de 2025.
Nacionales
Apresan en Jamaica a prófugo por la muerte de conductor de camión de basura en Santiago
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15 mins agoon
agosto 18, 2026
Santo Domingo, R.D.-Fue detenido en Jamaica Jhovanny de Jesús Metz Cruz, conocido como «Macho», señalado como el principal sospechoso de la muerte del conductor Deivy Carlos Abreu Quezada, quien falleció luego de ser atacado por una turba de motociclistas durante una persecución.
La información fue confirmada a Diario Libre por una fuente de la Procuraduría General de la República (PGR).
De acuerdo con las investigaciones, «Macho» habría sido quien presuntamente propinó varias estocadas a Abreu Quezada durante el ataque ocurrido el pasado 17 de abril en el parqueo del Palacio de Justicia de Santiago, donde la víctima intentó refugiarse tras ser perseguida durante varios kilómetros por un grupo de motociclistas.
En principio, se informó que la persecución se produjo a raíz de un incidente de tránsito.
Posteriormente, trascendió que la agresión habría sido motivada por una presunta deuda económica que el conductor mantenía con sus atacantes.
Otro proceso judicial
Mets Cruz también enfrenta un proceso judicial por las heridas de bala ocasionadas en 2023 al sargento de la Policía Nacional Christopher Almánzar García, adscrito a la unidad SWAT.
El imputado no se presentó al juicio de fondo pautado para el miércoles 20 de mayo ante el Cuarto Tribunal Colegiado de Santiago, por lo que la sala ordenó declararlo en rebeldía y activar las consecuencias legales correspondientes.
En ese expediente, Mets Cruz enfrenta acusaciones por intento de homicidio y asociación de malhechores.
El hecho ocurrió el 7 de mayo de 2023 en el sector El Ejido, de Santiago.
Durante el incidente, el sargento Almánzar García sufrió fracturas en el fémur y la rodilla izquierda, mientras que su sobrino, Jeison Willian Almánzar Núñez, resultó herido en la pierna izquierda cuando intentaba auxiliarlo.
Según las informaciones ofrecidas en el tribunal, Mets Cruz cumplía medidas de coerción consistentes en presentación periódica, impedimento de salida del país y orden de alejamiento de las víctimas.
Tras su incomparecencia al juicio, el tribunal dispuso su declaratoria en rebeldía, mientras las autoridades activaron su búsqueda.
Ahora, con su detención en Jamaica, las autoridades dominicanas deberán realizar las gestiones correspondientes para establecer su eventual retorno al país y que responda ante la justicia por los procesos que tiene pendientes.
Formalmente no hay un tratado de extradición entre República Dominicana y Jamaica. El intercambio judicial y la colaboración policial se apoyan en organismos internacionales como Interpol.
Nacionales
TC rechaza amparo de Alexander Montilla contra embargo inmobiliario vinculado al caso Antipulpo
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26 mins agoon
agosto 18, 2026
Santo Domingo, R.D.-El Tribunal Constitucional (TC) declaró inadmisible, por notoria improcedencia, la acción de amparo interpuesta por el empresario Alexander Montilla Sierra, con la que pretendía suspender un proceso de embargo inmobiliario en su contra y obtener la reposición de los plazos procesales de dicho caso.
La Alta Corte, mediante la sentencia TC/0784/26, tomó la decisión al rechazar la acción presentada por el cuñado del expresidente Danilo Medina contra la Procuraduría Especializada de Persecución de la Corrupción Administrativa (PEPCA) y la señora Francisca Elizabeth Castillo de los Santos.
La decisión fue aprobada por la mayoría de los jueces del pleno. Por su parte, el magistrado José Alejandro Vargas se inhibió de participar en la deliberación y el fallo, debido a que intervino en el proceso en su anterior condición de juez del Juzgado de Atención Permanente del Distrito Nacional, cuando conoció una medida de coerción vinculada al caso penal.
El origen del conflicto
El caso se remonta a una investigación de la PEPCA dirigida contra Alexander Montilla Sierra y su hermano Maxy Gerardo, junto a otras personas físicas y jurídicas. Las indagatorias se originaron en una de las líneas de investigación de la Operación Antipulpo, por presuntos actos de corrupción y lavado de activos relacionados con contratos públicos y licitaciones irregulares.
En esas pesquisas, la jueza coordinadora de los Juzgados de la Instrucción del Distrito Nacional, Kenya Romero, autorizó entre diciembre de 2020 y enero de 2021 la inmovilización de fondos y la oposición a transferencias de bienes muebles e inmuebles de los investigados.
Según el expediente, estas medidas dejaron a Alexander Montilla Sierra sin capacidad para disponer de su patrimonio, impidiéndole honrar un pagaré notarial por RD$20,000,000.00 suscrito en 2018 con Francisca Elizabeth Castillo de los Santos.
Ante el incumplimiento de pago, Castillo de los Santos inició en 2021 un proceso de embargo inmobiliario sobre dos propiedades de Montilla Sierra: una unidad en el condominio Terrazas del Mirador II y un apartamento en el condominio Karla I.
El levantamiento parcial de las medidas
Tras un acuerdo de colaboración entre Maxy Montilla y la PEPCA, la Coordinación de los Juzgados de la Instrucción autorizó, mediante auto del 12 de diciembre de 2025, el levantamiento parcial de las oposiciones e inmovilizaciones. La PEPCA tramitó la ejecución de dicha orden ante la Dirección General de Impuestos Internos (DGII) y la Superintendencia de Bancos el 30 de diciembre de 2025.
El 6 de febrero de 2026 antes de tener conocimiento formal del levantamiento, notificado por la DGII el 17 de febrero, Alexander Montilla interpuso una acción de amparo en la que solicitó la publicidad registral de las oposiciones, la suspensión del embargo inmobiliario y la reposición de los plazos procesales.
La Cuarta Sala de la Cámara Civil y Comercial del Distrito Nacional declaró inadmisible dicha acción el 3 de marzo de 2026 (Sentencia núm. 037-2026-SSEN-00109), al considerar que había perdido su objeto tras el levantamiento parcial de las medidas.
Montilla Sierra recurrió el fallo ante el Tribunal Constitucional alegando vulneraciones al debido proceso, la tutela judicial efectiva, el derecho de propiedad, la igualdad de armas y el principio de inviolabilidad de las nulidades constitucionales, entre otros.
Criterio del Tribunal Constitucional
El TC coincidió en que la sentencia de primera instancia era errónea, pero por una razón distinta a la planteada por el recurrente: consideró que el juez de amparo no debió declarar la inadmisibilidad por «falta de objeto», sino por «notoria improcedencia». Esto se apoya en su jurisprudencia reiterada, la cual establece que el amparo no puede utilizarse para suspender, modificar o dejar sin efecto decisiones dictadas por otro tribunal en un proceso judicial ordinario en curso.
En consecuencia, el TC revocó la sentencia recurrida y, actuando directamente sobre el fondo de la acción original, concluyó que las pretensiones de Montilla Sierra excedían el ámbito del amparo. De concederlas, el juez constitucional estaría sustituyendo a la jurisdicción ordinaria en la conducción de un proceso iniciado desde el año 2021.
El tribunal señaló que cualquier objeción sobre la falta de publicidad de las oposiciones administrativas debió plantearse oportunamente ante el propio juez del embargo, mediante los mecanismos procesales correspondientes.
Acuerdo de oportunidad y condenas previas
Cabe destacar que el Ministerio Público obtuvo la homologación de un acuerdo bajo el criterio de oportunidad, mediante el cual Maxy Gerardo Montilla Sierra y un grupo de sus empresas aceptaron su responsabilidad penal y autorizaron el decomiso de RD$2,000 millones en efectivo a favor del Estado dominicano.
El acuerdo, homologado por el juez Raymundo Mejía del Primer Juzgado de la Instrucción del Distrito Nacional, compromete a Montilla a pagar una indemnización de RD$600 millones a las distribuidoras de electricidad EdeEste, EdeSur y EdeNorte, en resarcimiento por los perjuicios ocasionados.
Asimismo, contempla la disolución en un plazo de dos años de las empresas Transformadores Solomon Dominicana, S.A.S., Electrocable Aluconsa, S.A.S., NSD, Importaciones Diversas, SRL, Distribuidora de Materiales Eléctricos FEE, SRL, Distribuidora Eléctrica Henan Jinshui, SRL, Importadora Eaglerise, SRL, TLC Negocios Globales, SRL, Watmax Lighting, SRL, Herrajes Eléctricos RPC, SRL, y MG Solomon Corporation.
También fija el pago de RD$431,816,307.90 a la Dirección General de Impuestos Internos (DGII) y el decomiso de un terreno de 200.18 metros cuadrados ubicado en la avenida Roberto Pastoriza núm. 2, Ensanche Naco, valorado en RD$50,901,692.13.
Por el caso Antipulpo, el Segundo Tribunal Colegiado del Distrito Nacional condenó a Alexis Medina, hermano del expresidente Danilo Medina, a siete años de prisión en el centro penitenciario de Najayo.
La decisión fue recurrida y está pendiente de revisión para el próximo 8 de septiembre en la Primera Sala Penal de la Corte de Apelación del Distrito Nacional. Otros imputados recibieron penas menores y algunos fueron declarados noculpables, entre ellos Magaly Medina.
