Opinión
La constitunalizacion del derecho sólo existe en la mente de algunos, pero no en la realidad.
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3 semanas agoon
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José CabralPor José Cabral
La República Dominicana vive de grandes sueños, sobre todo en el campo de una buena o aceptable democracia. No es mucho lo logrado en el campo de la ejecución de sentencias tras el proceso de constitucionalización del derecho a partir del año 2010, lo cual permite medir qué buena o mala es la calidad de la democracia nacional.
Los textos en que se apoyan las normas podrán ser muy buenos, pero cuando los mismos se analizan en función de los hechos el país se queda corto en lo que respecta a avances democráticos. Definitivamente, el derecho sucumbe ante la política, ya que los partidos son los dueños del sistema.
Un buen ejemplo, para sólo citar un caso, es la sentencia TC/0788/24 sobre las candidaturas independientes, la cual ya nadie menciona y mucho menos lo hace el propio Tribunal Constitucional, que tuvo la misión de interpretar los artículos 156 y 157 de la Ley 20-23 del régimen electoral.
Pese a que ha quedado claro que las candidaturas independientes pueden coexistir con conjuntamente con las que presenten los partidos políticos, la oposición ha sido muy cerrada en su contra y como la dominicana se trata de una constitución de fachada, todo sigue su curso sin que nadie se moleste en exigir una explicación con lógica jurídica y convincente del por qué la misma duerme el sueño eterno ante la indiferencia de los mecanismos estatales para que esto no ocurra.
Nadie tiene dudas en el país de que esa sentencia tiene los perfiles que indica que la República Dominicana entró en un proceso de constitucionalización del derecho, pero también de que todavía la nación es una presa del partidarismo político.
La jurisprudencia sentada al respecto proviene de lo que en derecho constitucional se conoce como sentencias interpretativas, la cual se basta por sí misma y que en este caso lo único que se necesita es que la Junta Central Electoral (JCE) emita una resolución para regular un derecho ciudadano que sirve de base a la democracia, como es el de elegir y ser elegido.
Sin embargo, ese mandato, que se deriva de la facultad que otorga la Constitución al Tribunal Constitucional, es burlado por los partidos políticos, los cuales son los principales saboteadores de los avances democráticos que sólo son propios de los discursos, pero no de la realidad.
La primera instancia en incurrir con un gran descaro en una grave violación del juego democrático fue la Junta Central Electoral (JCE), la cual fue tan audaz que concebió un proyecto de ley que violentaba una serie de principios y valores constitucionales.
La segunda en hacerlo fue el Congreso Nacional, cuya Cámara de Diputados, crea una comisión de estudio de la sentencia del TC y se atreve a tomar una decisión que viola principios elementales del derecho constitucional cuando dijo que para la aplicación de la decisión del alto tribunal había que modificar la Constitución de la República.
Se olvidaron los diputados que estudiaron la jurisprudencia del Tribunal Constitucional que ese órgano extra poder es el único con la facultad para llevar el control de la constitucionalidad mediante la emisión de una serie de decisiones como las sentencias interpretativas, pero además que, si bien es cierto que los legisladores pueden interpretar la carta magna en el marco de su labor legislativa, pero que la misma no es definitiva ni vinculante como las que provienen de la alta corte.
Pero al final todo se ha quedado como si nada hubiera ocurrido, pese a que estas acciones de actores importantes de los partidos políticos, como son los diputados y senadores, quienes se la pasan hablando de democracia, demuestra que por lo menos en el país la Constitución es una de papel que no tiene ningún valor cuando se analiza a partir de los derechos fundamentales y del Estado Social Democrático de Derecho.
Por José Cabral.
Es muy bonito escuchar por la televisión y todos los demás medios de comunicación el tema de los derechos fundamentales, cuya realidad envía un mensaje distinto.
En más de una ocasión he planteado el serio problema en que está atrapada la sociedad dominicana en el contexto del sistema de justicia nacional.
Lo primero es que nadie, absolutamente nadie, respeta como debe ser la justicia constitucional, ni siquiera las cortes que tienen la misión de velar por ella mediante los recursos extraordinarios para la preservación y respeto de la constitución.
El primer ejemplo de lo que ocurre con la violación de la Constitución y con el no respeto de los derechos fundamentales, tanto a nivel del derecho interno como del externo, es la actitud del Ministerio Público, el cual destina al zafacón las denuncias y querellas presentadas por aquellas personas humanas víctimas de robos, asaltos a mano armada y de una gran variedad de actos delincuenciales.
El asunto es tan grave que cuando las victiman reclaman resultados de sus querellas o denuncias el fiscal procede con un archivo definitivo en virtud de lo que dispone el artículo 181 del Código Procesal Penal, pero peor aun cuando el perjudicado decide someter un recurso de objeción ante el juez de Instrucción, el cual regularmente lo que hace es ratificar lo decidido por el Ministerio Público.
En este caso no importa la violación que cometa el fiscal que ha manejado el caso, lo cual se constituye en una violación de la tutela judicial efectiva, el debido proceso y el derecho a la defensa, consignados en los artículos 68 y 69 de la Constitución.
Pero la cuestión se complica cuando hay que acudir mediante un recurso contencioso administrativo por las constantes y graves violaciones de los derechos de los administrados, cuyo desempeño de los jueces de esta jurisdicción, hermanita de padre y madre del derecho constitucional, actúa como una caja de resonancia del Procuraduría General Administrativa y ahora abogado del Estado.
Es frustratorio e imperdonable lo que ocurre en esta jurisdicción de la justicia, pero todavía la cuestión es mucho más preocupante con la emisión de una serie de sentencias que violentan los más elementales principios del derecho constitucional.
Sin embargo, lo más deprimente es cuando se somete un recurso de casación ante la Suprema Corte de Justicia, cuyo fallo se produce cuando ya los justiciables han muerto o de revisión de una acción de amparo o de una decisión jurisdiccional ante el Tribunal Constitucional, en cuyos órganos se concreta la expresión de que justicia tardía es justicia denegada, dado que los casos son decididos hasta 2, 3 y hasta 4 años después de haberse sometido.
Voy seguir con el tema, pero lo que he dicho hasta este punto indica que la Constitución dominicana y el neo-constitucionalismo que tanto se pregona es una forma de que el país esté a la moda con esta corriente, pero que la realidad está más asociada con la herencia histórico cultural del pueblo dominicano, en la que prevalecen una serie de antivalores como el amiguismo, el machismo, el patriarcado y el caudillismo, entre otros.
Sólo el pueblo dominicano puede superar la sociedad de las cavernas en que nos tienen sumergidos los partidos políticos y otros actores de la democracia de papel que se ha impuesto en la República Dominicana.
Por Isaías Ramos
¿Puede el Congreso aprobar una ley que contradiga, en la práctica, una sentencia vinculante del Tribunal Constitucional? Esa es la pregunta que hoy enfrenta la República Dominicana tras la aprobación en primera lectura en el Senado de un proyecto que eliminaría las candidaturas independientes.
Más allá de las diferencias políticas que puedan existir sobre el modelo electoral, lo que está en discusión es algo mucho más profundo: el respeto a la Constitución de la República Dominicana, a los derechos políticos de los ciudadanos y a las decisiones vinculantes del máximo órgano de control constitucional del país.
En diciembre de 2024, el Tribunal Constitucional declaró inconstitucionales diversas disposiciones de la legislación electoral que imponían trabas desproporcionadas a las candidaturas independientes. La decisión procuró garantizar que el derecho de los ciudadanos a elegir y ser elegidos no quedara condicionado exclusivamente a la estructura de los partidos políticos.
Sin embargo, lo ocurrido en el Congreso parece avanzar en dirección contraria. La aprobación de un proyecto que, en la práctica, eliminaría las candidaturas independientes plantea un choque evidente entre la voluntad legislativa y una sentencia vinculante del máximo intérprete de la Constitución.
La gravedad del momento institucional se acentúa aún más cuando se observa que la decisión fue adoptada de manera prácticamente unánime por los senadores. Resulta legítimo preguntarse si todos los legisladores han reflexionado plenamente sobre el alcance constitucional de la decisión adoptada o si estamos ante una reacción política frente a una sentencia que algunos sectores preferirían ignorar.
Algunos constitucionalistas, como Eduardo Jorge Prats, han descrito esta reacción como una “rabieta institucional hiperpartidista disfrazada de defensa de los partidos”. Más allá de la dureza de esa expresión, la advertencia merece una reflexión seria. Cuando las decisiones de un tribunal constitucional comienzan a ser relativizadas o neutralizadas mediante decisiones políticas, el equilibrio institucional de una democracia empieza a resentirse.
La Constitución dominicana es clara en este punto. El artículo 6 establece que todas las personas y los órganos que ejercen potestades públicas están sujetos a la Constitución. El artículo 68 dispone que corresponde al Estado garantizar la efectividad de los derechos fundamentales; no basta con reconocerlos en el texto constitucional, es necesario hacerlos posibles en la realidad. El artículo 73 establece la nulidad de pleno derecho de los actos contrarios a la Constitución. El artículo 74 consagra el carácter progresivo de los derechos fundamentales. Y el artículo 184 reconoce al Tribunal Constitucional como el órgano encargado de garantizar la supremacía de la Carta Magna.
A la luz de esos principios, la iniciativa aprobada en primera lectura adquiere una dimensión particularmente sensible para el orden constitucional. Lo que está en juego es una posible tensión institucional con el Tribunal Constitucional si una ley terminara reproduciendo, en la práctica, las mismas restricciones que el propio tribunal declaró inconstitucionales. Una situación así podría tener consecuencias graves para el orden constitucional.
El artículo 68 de la Constitución no es una disposición abstracta: es la garantía de que los derechos fundamentales tengan contenido real y efectivo. Cuando el Estado limita injustificadamente vías de participación política, no solo restringe un derecho; también debilita la confianza del ciudadano en las instituciones llamadas a protegerlo.
Este no es un debate sobre simpatías o antipatías hacia las candidaturas independientes, ni sobre la importancia de los partidos políticos. Los partidos son pilares fundamentales de la democracia. Pero reconocer su importancia no significa convertirlos en los únicos canales posibles de participación política. La democracia dominicana debe abrir puertas al ciudadano, no cerrarlas.
Si la Constitución reconoce derechos políticos a los ciudadanos, surge entonces una pregunta de fondo: ¿quién puede legítimamente restringirlos? Los derechos políticos pertenecen al pueblo dominicano. Los partidos son uno —pero no el único— de los canales para ejercerlos.
Las democracias se sostienen sobre un principio simple pero esencial: la Constitución es la norma suprema del Estado y todos los poderes públicos están sometidos a ella. Cuando ese principio comienza a relativizarse, la confianza institucional se erosiona y el sistema democrático se vuelve más frágil.
Nuestro deber como nación —y particularmente de quienes ejercen responsabilidades públicas— es proteger la Constitución incluso cuando hacerlo resulte incómodo o políticamente inconveniente. El respeto al orden constitucional no es una opción circunstancial: es la base misma sobre la cual descansa la estabilidad institucional de la República.
La estabilidad democrática que hoy disfruta la República Dominicana no es un accidente histórico. Tampoco ha sido un proceso perfecto: a lo largo del tiempo ha habido episodios de indiferencia frente a los deberes y mandatos constitucionales. Pero precisamente por esa experiencia acumulada sabemos que debilitar las reglas del juego institucional solo aumenta los riesgos para el orden democrático en un mundo marcado por crecientes tensiones geopolíticas y desafíos globales.
Desde el Foro Cívico y Social y el Frente Cívico y Social creemos firmemente que aún hay espacio para la reflexión institucional. Por ello hacemos un llamado respetuoso pero firme a los honorables senadores para que, antes de la segunda lectura de este proyecto, revisen con serenidad el alcance constitucional de la decisión que se está tomando.
También está en juego el mensaje institucional que el Congreso envía al país. Cuando un poder del Estado parece actuar en contradicción con la Constitución o con una sentencia vinculante del Tribunal Constitucional, el mensaje hacia la ciudadanía y hacia las instituciones públicas es institucionalmente delicado.
En una democracia constitucional, los derechos políticos del ciudadano no dependen de la voluntad de los partidos ni de las mayorías circunstanciales del Congreso. Dependen de la Constitución. Porque cuando una democracia olvida que la Constitución es su límite, no se debilitan los partidos: se debilita la República.
Despierta RD!
(Primera entrega)
Por Oscar López Reyes
Las costumbres, creencias y valores tradicionales pierden incidencia colectiva o se están esfumando, igual que la rigidez en la gobernanza de la democracia representativa/liberal; se dispersan en el descrédito y desarticulan organizaciones socio-comunitarias y sus líderes más experimentados. La vieja ciudadanía y la identidad cultural se desgastan en su funcionalidad y legitimidad, y no por casuística.
Las instancias del poder típico y clásico han menguado, y las voces que antaño repercutían con resonancia se apagan en el anclaje del paisaje de la individualización, el aislamiento y la fatiga, porque en la globalización y el necrocapitalismo se satisfacen pírricamente los deseos y aspiraciones comunales. Al unísono, esta nueva dinámica ha reducido la lucha de clases y puesto en jaque el viejo discurso político y los lances episódicos y coyunturalistas.
Visualicemos 10 componentes claves de las añejas estructuras del dominio y los procesos neodemocráticos:
1.- Crisis paternal y profesoral. Los jefes del hogar y la escuela han perdido autoridad, haciendo descansar las influencias de infantes y adolescentes en amistades de estos y en los dispositivos electrónicos, que desconcentran y aíslan. Esos tutores no les fijan límites razonables, en una permisividad aupada por el temor al autoritarismo y a la culpabilidad (“crianza culposa”). La fragilidad en el mando de los docentes radica en el escaso respaldo familiar, el decaimiento de algunos padres hacia sus hijos y su desarmonía con las nuevas tecnologías.
2.- Los partidos de masas. Las organizaciones políticas legendarias/rutinarias de alta afiliación han devenido en flácidas estructuras orgánicas, con una militancia con una pobre formación ideológica. Sus características principales son la personalización de su liderazgo en la obsolescencia e inadaptación en un contexto societario en constante cambio, la búsqueda energúmena de cargos públicos y beneficios particulares, la incursión en actos delictivos, como la corrupción, la descomposición, la escasa lealtad y las exigencias monetarias. Esos agravios se han traducido en inercia, estancamiento y en endeble suficiencia de esos partidos para movilizar a los conglomerados.
3.- Los partidos de izquierda. La atomización y decadencia del sistema de agrupaciones de izquierda tiene su raíz en el enclaustramiento a los principios invariables de la Revolución Bolchevique comandada por los reverenciados ideólogos comunistas Vladimir Lenin, León Trotsky y José Stalin (Rusia, 1917), que conduce a la negación de los cambios, o sea, a la resistencia inconsciente a la readecuación a los nuevos tiempos hegemonizados por el marketing y las alternativas populistas nacionalistas. El progresismo no aprovecha la crisis de la plutocracia librecambista, se estanca y retrocede porque tampoco satisface las aspiraciones de la mayoría. Con su dogmatismo divisionista, la izquierda no se amolda a las conversiones, ni responde a desafíos contemporáneos, como la equilibrada, emergente y ascendente República Popular China.
4.- Los grupos estudiantiles. Recrean en la penumbra de la reminiscencia los movimientos estudiantiles de liceos secundarios y la Universidad Autónoma de Santo Domingo (UASD) de las décadas 1960-1980, cuyos miembros y simpatizantes salían a las calles a movilizarse -con quemas de neumáticos y enfrentamientos con agentes de la Policía Nacional- por reivindicaciones académicas y el respetado a las libertades públicas y los derechos humanos. Han sido empequeñecidos y diezmados por la hegemonía del modelo mercantilista neoliberal, la vigencia democrática, la minimización de la izquierda y el predominio del egocentrismo.
5.- Los gremios de empresas. La afiliación sindical está en declive por la disminución de las grandes industrias manufactureras y la automatización tecnológica, que reduce empleos, mejora calidad y aumenta la productividad; el anarcosindicalismo, la percepción de corrupción y la politización de los gremios. Ahora una laptop tonifica con más utilidad que un sindicato.
6.- La gobernanza estatal. La jurisdicción del presidente de la República mengua, por los reclamos de la opinión pública en sociedades democráticas, la vigencia del estado de derecho, las imposiciones de organismos internacionales y los grupos de intereses. Asimismo, la influencia y el poder de funcionarios del Estado se ha limitado (no eliminado) por la implementación de normativas contra sobornos en licitaciones y adquisiciones, la prohibición de doble cargo remunerado, los contubernios y negocios asociados, la reducción de gastos operativos y otros relativos a los procesos de transparencia, y por temores a las denuncias públicas (los desfalcos y peculados son más conocidos) y a los enjuiciamientos judiciales.
7.- La prensa tradicional. Eleva su grado de credibilidad y se reinventa en novedosas esferas, pero desperdicia audiencias y protagonismo por el advenimiento de la internet. También les perforan las redes sociales y la gratuidad de otras plataformas digitales, que son preferidas por los nuevos usuarios, especialmente los jóvenes.
8.- Los militares y policías. Los ciudadanos respetan cada vez menos a los cuerpos policiales y castrenses, que han erosionado su confianza por sus arbitrariedades, la prevaricación y gangrena, la complicidad con crímenes y su incompetencia para afrontar la desbordada delincuencia sistémica. Están siendo frenados por las denuncias ciudadanas y los rollizos esfuerzos de las autoridades oficiales, como las reformas institucionales.
9.- Las masonerías y los clubes culturales. Se estropean y desvanecen las entidades extremadamente cerradas, restringidas, desactualizadas, monótonas y sin presupuestos, como las logias masónicas y los clubes culturales. Por el contrario, las religiones se transforman y crece la espiritualidad, con prácticas como el yoga/meditación, adaptadas a estilos de convivencia flexibles, abiertos, individualistas y globalizados.
10.- Las ligas campesinas. Décadas atrás, comunidades rurales bullían de efervescencia, en intensas jornadas de lucha –que cobró vidas humanas- por la Reforma Agraria, motorizadas por núcleos de agricultores sin tierra. Hoy las ligas agrarias son debiluchas, y perecen. Ese declive brota dispersión e ineficacia para organizarse y proteger su producción, así como la emigración a las ciudades del país y el exterior. También han apaciguado el descalabro de la izquierda y el tráfico y lavado de dinero con la venta de predios.
Como se constata en las descripciones y razonamientos predichos, en la Nueva Era de trabajos digitales, computación cuántica e inteligencia artificial, líderes políticos, socio-comunitarios y organizaciones de pelajes dispares no se han remozado en perspectivas de las otras expresiones ciudadanas y paradigmas emergentes en el hogar, la escuela y los cantones geográficos. Su morfema léxico se fue a pique.
Inequívocamente, no han comprendido que las ideas y potestades ya no se imponen únicamente con la coacción o coerción, sino con el diálogo tolerante, la cercanía con discursos moderados e inclinando el pandero en otros espacios de socialización. Si persisten obstinadamente sin girar gradualmente hacia metas prioritarias y alcanzables en el corazón de esas mutaciones societales, las viejas estructuras organizacionales seguirán carcomidas en el aislamiento, por el derrotero de la desarticulación sin retorno. ¡Qué adversidad!, ¡qué lamento!, y ¡qué calamidad!
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El autor: Periodista, escritor y catedrático.
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