Nacionales
El mismo médico que certificó el cáncer también dictaminó supuesta muerte de “Quirinito”
Published
9 años agoon
By
LA REDACCIÓNLa certificación del legista, así como un informe del deterioro de salud del condenado fueron depositados ante jueza de ejecución San Francisco
SANTO DOMINGO. El médico legista Orlando Herrera Robles, quien certificó la muerte de Pedro Alejandro Castillo Paniagua, “Quirinito”, es el mismo galeno que validó que el condenado a 20 años de prisión padecía un cáncer terminal en la base de la lengua mientras estaba en la cárcel.
De acuerdo con el expediente mostrado por la suspendida jueza de Ejecución de la Pena de San Francisco, Aleyda Jiménez Acosta, durante una rueda de prensa, el certificado médico legal de fecha 18-04-2017, que consta en el auto que ordena variar el régimen de cumplimiento de la condena de “Quirinito”, fue expedido por dicho profesional del Instituto Nacional de Ciencias Forenses (Inacif).
El galeno de la provincia Duarte, exequátur 716-10, actuando en requerimiento del procurador de la Corte de apelación de dicha demarcación, Felipe Restituyo Santos, luego de haber examinado al privado de libertad el 18 de abril del 2017, homologó el certificado médico expedido el 31 de marzo de este año por el oncólogo César Núñez Roja, execuátur 116-2000, en el cual se plantea la gravedad de la enfermedad y la necesidad de tratamiento de quimioterapia.
Otro de los certificados presentados por el Ministerio Público responsable del Centro de Corrección y Rehabilitación Vista del Valle, de San Francisco de Macorís, señala que dentro del seguimiento dado a Pedro Castillo han podido confirmar que “debido al carcinoma epidermoide bien diferenciado infiltrante y ulcerado de base de lengua, etapa clínica IIIB, de una neoplasia localmente avanzada, grave y terminal, ha sufrido una estrepitosa y alarmante pérdida de peso de más de 50 libras ya que se le imposibilita ingerir alimentos sólidos y desde el 21 de abril de 2017 está en una dieta líquida”.
El documento dice, asimismo, que se recomienda con urgencia un seguimiento estricto, cambio de modalidad del régimen de cumplimiento de la pena por prisión domiciliaria, a los fines de tratar de mejorar la evolución clínica, además de tratamiento, aplicación de quimioterapia de manera intensiva con el correspondiente régimen intensivo de medicamentos para así “retardar muerte por insuficiencia respiratoria”.
La Procuraduría General de la República, al informar que tiene evidencias suficientes que demuestran que Castillo Paniagua no está muerto, también anunció la suspensión del doctor Herrera Robles, a quien dijo no descarta someter a la justicia una vez concluyan las investigaciones.
Por este caso también ha sido suspendido de sus funciones el juez de Ejecución de San Cristóbal, Willy Núñez Mejía, quien en el auto de traslado del condenado por el asesinato del español Adolfo Justo Cervantes Arellano (Waikiki), de CCR de Najayo a Vista del Valle, registró el certificado médico hecho a nombre de la madre de “Quirinito” como si fuera del reo.
Advertencias
Tanto el procurador General de la República, Jean Alain Rodríguez, como el presidente de la Suprema Corte de Justicia, Mariano Germán Mejía, han afirmado que las autoridades del sistema de justicia que han colaborado para que el recluso no cumpliera la pena aplicada por los tribunales, serán sancionados y puestos a disposición de la justicia.
“Si una irregularidad aparece, el que la haya cometido que prepare su pescuezo, que se lo prepare, que se lo prepare”, enfatizó Germán Mejía, al decir que investiga el caso.
Mientras que Rodríguez afirmó que “si durante la continuación de la investigación se determina que servidores públicos o personal del sector privado tienen comprometida su responsabilidad penal, serán sometidos a la acción de la justicia, sin importar de quién se trate”.
La esposa de Castillo Paniagua dijo que murió el 5 de julio, como certificó el legista, pero que no le va a decir al Ministerio Público dónde está o qué hizo con el cadáver. En tanto que el padre del condenado, Rafael Castillo Ramírez, aseguró a los investigadores que su hijo no ha muerto
El Ministerio Público entrevistó ayer a dos comunicadores de San Francisco de Macorís, que presuntamente recibieron amenazas de muerte luego de presentar en su programa “Crónicas” un reportaje sobre el caso “Quirinito”. Kirsy Mena y su esposo, Washington Espino, productores del programa de investigación, que se transmite en un canal de televisión de San Francisco de Macorís fueron entrevistados por el procurador adjunto Bolívar Sánchez, como parte de las investigaciones que se realizan para determinar dónde está Pedro Castillo Paniagua. Mena aseguró que luego del reportaje y el comunicado que emitió la Procuraduría afirmando que “Quirinito” no estaba muerto, su esposo recibió una llamada en su celular donde lo amenazaban de muerte.
10 Septiembre 2008
Asesinato del supuesto narcotraficante Adolfo Cervantes Arellano, “Walkiki”, quien era investigado por el asesinato del agente de la Dirección Nacional de Control de Drogas, Guillermo Tejada Krawinkel en marzo de ese año.
14 enero 2009
Fueron apresados Pedro Alejandro Castillo Paniagua y Jovanny Antonio Padilla Santiago, y/o Margaro Morel Otaño y/o Rumaldo Fernández por el asesinato del español. Días después el Juzgado de Atención Permanente de San Cristóbal les dictó tres meses de prisión preventiva.
13 marzo 2009
La jueza de la Instrucción de San Cristóbal, Regina Carvajal Vizcaíno, le varió la prisión a Castillo Paniagua por una fianza de RD$3 millones.
19 marzo 2009
“Quirinito”, quien en ese momento tenía el apodo de “Raffy” fue apresado por el asesinato, secuestro y homicidio de Víctor Mella Terrero, ocurrido el 12 de diciembre del 2007. Ese mismo dí,a la Oficina de Atención Permanente del Distrito Nacional le dictó tres meses de prisión. El 30 marzo 2009, a Corte de Apelación ratificó la prisión preventiva.
04 junio 2009
La Corte de apelación le varió la prisión por garantía económica. Familiares de Mella Terrero retiraron la querella.
16 junio 2009
El Procurador General anunció que dispuso seguridad especial al procurador adjunto Bolívar Sánchez y el coronel Alejandro Dipré Sierra, porque recibieron amenazas de muerte de parte de “Quirinito”. El imputado se desligó de la acusación y pidió reunirse con el Procurador General.
16 junio 2009
El Ministerio Público dijo que están desaparecidos los testigos del asesinato de Waikiki, Mario Piñeyro Florentino y Polanco Bautista, los cuales habían confesado que ayudaron a los imputados a ubicar al español.
23 junio 2009
El testigo Polanco Bautista fue presentado ante la jueza que conocía un anticipo de pruebas en el caso.
29 agosto 2009
El caso “Quirinito” fue enviado a juicio de fondo por la jueza de instrucción de San Cristóbal, Berenice Aquino.
1ro diciembre 2009
Inició audiencia de juicio de fondo en el Tribunal colegiado de San Cristóbal.
12 enero 2010
El Tribunal Colegiado dictó prisión preventiva a Pedro Castillo, variando la presentación periódica que tenía por el caso.
17 enero 2010
El juez de la Oficina de Atención Permanente del Distrito Nacional, José Alejandro Vargas, acogió un habeas corpus de “Quirinito”, y ordenó su puesta en libertad.
4 febrero 2010
Fue reapresado luego de que la corte declaró inadmisible un recurso en contra del habeas corpus por considerar que la decisión es nula, porque el juez actuó fuera de su jurisdicción.
13 abril 2010
El tribunal Colegiado condenó a Pedro Castillo Paniagua a 30 años de prisión.
20 de junio 2011
La Corte de Apelación de San Cristóbal anuló la condena, y ordenó la celebración de un nuevo juicio, porque el tribunal de primera instancia no valoró correctamente las pruebas.
10 Octubre 2013
Fue condenado a 20 años de prisión por el Tribunal de San Cristóbal.
23 julio 2014
La Corte de Apelación ratifica la condena de 20 años.
05 mayo 2015
La Segunda Sala Penal de la SCJ rechaza el recurso de casación contra la sentencia, adquiriendo autoridad de la cosa irrevocablemente juzgada.
29 agosto 2016
El abogado Dawerkys Medrano Martínez solicita traslado del condenado.
29 septiembre 2016
El juez de Ejecución de la Pena de San Cristóbal ordena su traslado de la cárcel Najayo a Vista del Valle en San Francisco.
21 abril 2017
El abogado Dawerkys Medrano Martínez solicita variar cumplimiento de la pena.
26 mayo 2017
La jueza de Ejecución de San Francisco varía la reclusión por prisión domiciliaria por enfermedad terminal.
5 julio 2017
Médico legista certificó que Pedro Castillo Paniagua murió.
diariolibre.com
Nacionales
Después de castigo mediante arancel de Estados Unidos RD no aceptará productos y bienes elaborados mediante “trabajo forzoso”
Published
16 horas agoon
julio 24, 2026
Santo Domingo, R.D.-El Gobierno dominicano dispuso la prohibición de la importación hacia al territorio nacional de mercancías, productos y bienes producidos, fabricados, extraídos, procesados o elaborados, total o parcialmente, mediante trabajo forzoso, incluyendo aquellas mercancías respecto de las cuales exista evidencia razonable de que en alguna fase de su cadena de suministro se ha producido la distorsión, cuya decision se produce tras el pais ser sancionado mediante arancel por la administracion del presidente Donald Trump.
La disposición gubernamental busca establecer las disposiciones administrativas necesarias para la prevención, identificación, verificación y prohibición de la importación de mercancías, productos y bienes producidos, fabricados, extraídos, procesados o elaborados, total o parcialmente, mediante trabajo forzoso, con el fin de proteger los derechos humanos, preservar la integridad del comercio internacional y garantizar el cumplimiento de los compromisos internacionales asumidos por la República Dominicana.
La medida, contenida en el decreto 502-26, será aplicada a toda mercancía, producto o bien destinado a ser importado al territorio aduanero del país sobre el cual existan indicios razonables de que ha sido producido, fabricado, extraído, procesado o elaborado, total o parcialmente, mediante trabajo forzoso, independientemente de su país de origen o procedencia.
La medida se toma apenas horas después de que la Administración del presidente de los Estados Unidos, Donald Trump, anunciara nuevos aranceles de entre el 10 % y el 12,5 % a las importaciones procedentes de República Dominicana y otros 59 países y economías, justificándose en una investigación sobre «esfuerzos insuficientes para combatir el trabajo forzoso».
En su artículo siete, el decreto señala que para la identificación de casos productos creados total o parcialmente, mediante trabajo forzoso se tomará en consideración información proveniente de fuentes nacionales o internacionales, tanto públicas como privadas incluyendo importadores, exportadores, operadores económicos, asociaciones empresariales u otros actores del sector privado.
Cuando existan indicios razonables, la Dirección General de Aduanas solicitará al Ministerio de Trabajo que, dentro del ámbito de sus competencias, elabore el informe técnico correspondiente. Luego se realizará una evaluación técnica correspondiente para determinar si existen elementos suficientes para concluir que la mercancía sí tuvo incidencias, durante su creación del trabajo forzoso.
El Ministerio de Hacienda y Economía, la Dirección General de Aduanas y las demás instituciones competentes podrán adoptar dentro del ámbito de las atribuciones que les confieren las leyes, las normas generales, medidas administrativas, operativas y técnicas necesarias para la ejecución del presente decreto, siempre que dichas medidas no impliquen la creación de nuevas obligaciones, restricciones o prohibiciones distintas de las previstas en el ordenamiento jurídico vigente, ni alteren el contenido esencial de los derechos reconocidos por las leyes.
Se define como trabajo forzoso todo trabajo o servicio exigido a un individuo bajo la amenaza de una pena cualquiera y para el cual dicho individuo no se ofrece voluntariamente, de conformidad con la definición contenida en el Convenio núm. 29 de la OIT, ratificado por la República Dominicana mediante la Résolución núm. 4505, del 21 de julio de 1956, y de conformidad con los estándares internacionales aplicables en materia de derechos humanos y erradicación del trabajo forzoso.
Nacionales
Será el 6 de agosto lectura de fallo sobre acusado de ataque mortal en Naco
Published
1 día agoon
julio 23, 2026
Santo Domingo, R.D.-Fue pospuesto para el 6 de agosto por la Segunda Sala Penal de la Corte de Apelación del Distrito Nacional la decisión de si envía a juicio de fondo a Jean Andrés Pumarol Fernández, acusado de protagonizar un violento ataque con arma blanca en el ensanche Naco, hecho en el que falleció una mujer y varias personas resultaron heridos.
El tribunal, presidido por la magistrada Isis Muñiz tomó la decisión al considerar que la resolución todavía no está lista. En ese sentido ordenó a la secretaria del tribunal la notificación de la decisión, al Ministerio Público, representado por la procuradora de Corte Dulce Luciano, a la defensa del imputado, doctor Richard Martínez y al abogado Miguel Valerio, quien representa a los familiares de la víctima.
La corte de alzada deberá evaluar los argumentos de las partes tras la polémica decisión emitida el pasado 17 de marzo por el juez Deiby Timoteo Peguero, del Séptimo Juzgado de la Instrucción del Distrito Nacional. El tribunal tendrá que determinar si ratifica ese dictamen o si, por el contrario, acoge los recursos de la parte acusadora para revocarlo.
Deiby Timoteo Peguero dictó un auto de «no ha lugar» a favor de Pumarol Fernández, tras considerar que el imputado no se encontraba en condiciones de salud mental aptas para enfrentar un juicio de fondo por los hechos que se le imputan.
La decisión fue adoptada tras evaluar los documentos depositados por la defensa, entre ellos un informe médico del Instituto Nacional de Ciencias Forenses (INACIF), que establece que el imputado sufrió un brote psicótico al momento de los hechos debido a que padece esquizofrenia paranoide.
Tras la notificación oficial del fallo, tanto el órgano persecutor como el abogado Miguel Valerio quien ostenta la representación legal de los familiares de la señora Ivonne Handal Abugabir, de 70 años, fallecida en el incidente apelaron la decisión. El recurso fue sometido dentro del plazo de 20 días hábiles que establece el artículo 309 del Código Procesal Penal.
La tragedia ocurrió en julio de 2025 en el ensanche Naco, donde Jean Andrés Pumarol Fernández atacó a varias personas con un arma blanca.
El incidente dejó como saldo fatal el deceso de la señora Ivonne Handal Abugabir. Asimismo, resultaron con heridas de gravedad Guillermo Pumarol padre del agresor, la cuidadora Teresa Fabián Heredia y los vecinos Francisco Tezano, Griselda Ozuna y Victoria Heredia.
Nacionales
Jean Alain debe continuar juicio tras tribunal rechazar oposición.
Published
2 días agoon
julio 23, 2026
Santo Domingo, R.D.-La continuación del juicio por presunta corrupcion administrativa en contra del ex procurador general Jean Alain Rodriguez y compartes deberá continuar tras el Segundo Tribunal Colegiado del Distrito Nacional rechazar un recurso de oposicion presentado por la barra de la defensa.
Como solicitó el Ministerio Público, representado por el procurador adjunto Wilson Camacho, titular de la Dirección General de Persecución, el tribunal declaró inadmisible el recurso contra la decisión que rechazó la mayoría de los incidentes planteados por las defensas.
La audiencia estaba convocada para la mañana, pero las juezas la reprogramaron para la tarde.
Camacho recordó que Rodríguez «se ha mantenido buscando la forma de huir al conocimiento del proceso y al conocimiento de las pruebas».
«La razón fundamental por la que Jean Alain huye al conocimiento de este proceso es porque él sabe que será asediado por las pruebas que tiene el Ministerio Público en la medida en que las mismas se produzcan en el tribunal», agregó.
El tribunal, integrado por las juezas Claribel Nivar, Clara Castillo y Yissell Soto, dio a conocer el fallo e inmediatamente dispuso que el Ministerio Público presentara su discurso de apertura.
Sin embargo, una de las barras de la defensa pidió aplazar la audiencia alegando un mal de salud de su defendido, solicitud que fue rechazada por las juezas al acoger el argumento del Ministerio Público de que faltaba un documento que avalara dicha condición.
El tribunal volvió a ordenar la continuación, pero la defensa de Rodríguez Sánchez volvió a presentar la solicitud de extinción de la acción penal.
Posteriormente, las juezas escucharon a Rodríguez Sánchez y dispusieron el aplazamiento de la audiencia para el próximo lunes 27 de julio, a las 9:00 de la mañana, donde será escuchada su defensa.
En respuesta a la solicitud del Ministerio Público, el pasado 6 de julio los jueces declararon inadmisibles la mayoría de los incidentes planteados por las defensas, que procuraban la nulidad del juicio, y ordenaron la continuación del proceso para el 22 de julio.
El expediente acusatorio establece que Rodríguez malversó más de 6,000 millones de pesos mediante procesos fraudulentos entre 2016 y 2020, años en que se desempeñó como procurador general.
Además de Rodríguez, figuran Jhonatan Loander Medina Reyes, Alfredo Alexander Solano Augusto, Jhonatan Joel Rodríguez Imbert, Javier Alejandro Forteza Ibarra, Rafael Antonio Mercedes Marte, Miguel José Moya y Braulio Michael Batista Barias.
También son procesados Alejandro Martín Rosa Llanes, Ramón Lucrecio Burgos, Isis Tapia, Félix Antonio Rosario Labrada, Francis Ramírez Moreno, Rolando Rafael Sebelén Torres, César Nicolás Rizik Pimentel y José Luis Liriano Adames.
Los imputados enfrentan cargos por presuntos delitos de corrupción, incluyendo soborno, desfalco, estafa contra el Estado y lavado de activos.
