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El mismo médico que certificó el cáncer también dictaminó supuesta muerte de “Quirinito”

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La certificación del legista, así como un informe del deterioro de salud del condenado fueron depositados ante jueza de ejecución San Francisco

SANTO DOMINGO. El médico legista Orlando Herrera Robles, quien certificó la muerte de Pedro Alejandro Castillo Paniagua, “Quirinito”, es el mismo galeno que validó que el condenado a 20 años de prisión padecía un cáncer terminal en la base de la lengua mientras estaba en la cárcel.

De acuerdo con el expediente mostrado por la suspendida jueza de Ejecución de la Pena de San Francisco, Aleyda Jiménez Acosta, durante una rueda de prensa, el certificado médico legal de fecha 18-04-2017, que consta en el auto que ordena variar el régimen de cumplimiento de la condena de “Quirinito”, fue expedido por dicho profesional del Instituto Nacional de Ciencias Forenses (Inacif).

El galeno de la provincia Duarte, exequátur 716-10, actuando en requerimiento del procurador de la Corte de apelación de dicha demarcación, Felipe Restituyo Santos, luego de haber examinado al privado de libertad el 18 de abril del 2017, homologó el certificado médico expedido el 31 de marzo de este año por el oncólogo César Núñez Roja, execuátur 116-2000, en el cual se plantea la gravedad de la enfermedad y la necesidad de tratamiento de quimioterapia.

Otro de los certificados presentados por el Ministerio Público responsable del Centro de Corrección y Rehabilitación Vista del Valle, de San Francisco de Macorís, señala que dentro del seguimiento dado a Pedro Castillo han podido confirmar que “debido al carcinoma epidermoide bien diferenciado infiltrante y ulcerado de base de lengua, etapa clínica IIIB, de una neoplasia localmente avanzada, grave y terminal, ha sufrido una estrepitosa y alarmante pérdida de peso de más de 50 libras ya que se le imposibilita ingerir alimentos sólidos y desde el 21 de abril de 2017 está en una dieta líquida”.

El documento dice, asimismo, que se recomienda con urgencia un seguimiento estricto, cambio de modalidad del régimen de cumplimiento de la pena por prisión domiciliaria, a los fines de tratar de mejorar la evolución clínica, además de tratamiento, aplicación de quimioterapia de manera intensiva con el correspondiente régimen intensivo de medicamentos para así “retardar muerte por insuficiencia respiratoria”.

La Procuraduría General de la República, al informar que tiene evidencias suficientes que demuestran que Castillo Paniagua no está muerto, también anunció la suspensión del doctor Herrera Robles, a quien dijo no descarta someter a la justicia una vez concluyan las investigaciones.

Por este caso también ha sido suspendido de sus funciones el juez de Ejecución de San Cristóbal, Willy Núñez Mejía, quien en el auto de traslado del condenado por el asesinato del español Adolfo Justo Cervantes Arellano (Waikiki), de CCR de Najayo a Vista del Valle, registró el certificado médico hecho a nombre de la madre de “Quirinito” como si fuera del reo.

Advertencias

Tanto el procurador General de la República, Jean Alain Rodríguez, como el presidente de la Suprema Corte de Justicia, Mariano Germán Mejía, han afirmado que las autoridades del sistema de justicia que han colaborado para que el recluso no cumpliera la pena aplicada por los tribunales, serán sancionados y puestos a disposición de la justicia.

“Si una irregularidad aparece, el que la haya cometido que prepare su pescuezo, que se lo prepare, que se lo prepare”, enfatizó Germán Mejía, al decir que investiga el caso.

Mientras que Rodríguez afirmó que “si durante la continuación de la investigación se determina que servidores públicos o personal del sector privado tienen comprometida su responsabilidad penal, serán sometidos a la acción de la justicia, sin importar de quién se trate”.

La esposa de Castillo Paniagua dijo que murió el 5 de julio, como certificó el legista, pero que no le va a decir al Ministerio Público dónde está o qué hizo con el cadáver. En tanto que el padre del condenado, Rafael Castillo Ramírez, aseguró a los investigadores que su hijo no ha muerto

Procuraduría General de la República entrevista a periodistas

El Ministerio Público entrevistó ayer a dos comunicadores de San Francisco de Macorís, que presuntamente recibieron amenazas de muerte luego de presentar en su programa “Crónicas” un reportaje sobre el caso “Quirinito”. Kirsy Mena y su esposo, Washington Espino, productores del programa de investigación, que se transmite en un canal de televisión de San Francisco de Macorís fueron entrevistados por el procurador adjunto Bolívar Sánchez, como parte de las investigaciones que se realizan para determinar dónde está Pedro Castillo Paniagua. Mena aseguró que luego del reportaje y el comunicado que emitió la Procuraduría afirmando que “Quirinito” no estaba muerto, su esposo recibió una llamada en su celular donde lo amenazaban de muerte.

Histórico del caso “Quirinito”

10 Septiembre 2008

Asesinato del supuesto narcotraficante Adolfo Cervantes Arellano, “Walkiki”, quien era investigado por el asesinato del agente de la Dirección Nacional de Control de Drogas, Guillermo Tejada Krawinkel en marzo de ese año.

14 enero 2009

Fueron apresados Pedro Alejandro Castillo Paniagua y Jovanny Antonio Padilla Santiago, y/o Margaro Morel Otaño y/o Rumaldo Fernández por el asesinato del español. Días después el Juzgado de Atención Permanente de San Cristóbal les dictó tres meses de prisión preventiva.

13 marzo 2009

La jueza de la Instrucción de San Cristóbal, Regina Carvajal Vizcaíno, le varió la prisión a Castillo Paniagua por una fianza de RD$3 millones.

19 marzo 2009

“Quirinito”, quien en ese momento tenía el apodo de “Raffy” fue apresado por el asesinato, secuestro y homicidio de Víctor Mella Terrero, ocurrido el 12 de diciembre del 2007. Ese mismo dí,a la Oficina de Atención Permanente del Distrito Nacional le dictó tres meses de prisión. El 30 marzo 2009, a Corte de Apelación ratificó la prisión preventiva.

04 junio 2009

La Corte de apelación le varió la prisión por garantía económica. Familiares de Mella Terrero retiraron la querella.

16 junio 2009

El Procurador General anunció que dispuso seguridad especial al procurador adjunto Bolívar Sánchez y el coronel Alejandro Dipré Sierra, porque recibieron amenazas de muerte de parte de “Quirinito”. El imputado se desligó de la acusación y pidió reunirse con el Procurador General.

16 junio 2009

El Ministerio Público dijo que están desaparecidos los testigos del asesinato de Waikiki, Mario Piñeyro Florentino y Polanco Bautista, los cuales habían confesado que ayudaron a los imputados a ubicar al español.

23 junio 2009

El testigo Polanco Bautista fue presentado ante la jueza que conocía un anticipo de pruebas en el caso.

29 agosto 2009

El caso “Quirinito” fue enviado a juicio de fondo por la jueza de instrucción de San Cristóbal, Berenice Aquino.

1ro diciembre 2009

Inició audiencia de juicio de fondo en el Tribunal colegiado de San Cristóbal.

12 enero 2010

El Tribunal Colegiado dictó prisión preventiva a Pedro Castillo, variando la presentación periódica que tenía por el caso.

17 enero 2010

El juez de la Oficina de Atención Permanente del Distrito Nacional, José Alejandro Vargas, acogió un habeas corpus de “Quirinito”, y ordenó su puesta en libertad.

4 febrero 2010

Fue reapresado luego de que la corte declaró inadmisible un recurso en contra del habeas corpus por considerar que la decisión es nula, porque el juez actuó fuera de su jurisdicción.

13 abril 2010

El tribunal Colegiado condenó a Pedro Castillo Paniagua a 30 años de prisión.

20 de junio 2011

La Corte de Apelación de San Cristóbal anuló la condena, y ordenó la celebración de un nuevo juicio, porque el tribunal de primera instancia no valoró correctamente las pruebas.

10 Octubre 2013

Fue condenado a 20 años de prisión por el Tribunal de San Cristóbal.

23 julio 2014

La Corte de Apelación ratifica la condena de 20 años.

05 mayo 2015

La Segunda Sala Penal de la SCJ rechaza el recurso de casación contra la sentencia, adquiriendo autoridad de la cosa irrevocablemente juzgada.

29 agosto 2016

El abogado Dawerkys Medrano Martínez solicita traslado del condenado.

29 septiembre 2016

El juez de Ejecución de la Pena de San Cristóbal ordena su traslado de la cárcel Najayo a Vista del Valle en San Francisco.

21 abril 2017

El abogado Dawerkys Medrano Martínez solicita variar cumplimiento de la pena.

26 mayo 2017

La jueza de Ejecución de San Francisco varía la reclusión por prisión domiciliaria por enfermedad terminal.

5 julio 2017

Médico legista certificó que Pedro Castillo Paniagua murió.

diariolibre.com

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Obispos se reunen con Abinader en la 64ª Asamblea Plenaria del Episcopado

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Santo Domingo. – La Conferencia del Episcopado Dominicano (CED) en el marco de su 64ª Asamblea Plenaria, recibió este viernes la visita del presidente de la República, Luis Abinader, en un encuentro celebrado en la Casa Arquidiocesana María de la Altagracia, donde se abordaron distintos temas de interés nacional.

Durante su intervención, el mandatario destacó la importancia de mantener un diálogo permanente con la Iglesia católica, señalando que estos espacios permiten conocer de primera mano las necesidades de las diócesis y socializar las medidas adoptadas por el Gobierno.

“Siempre es bueno tener el contacto con los obispos, escuchar las necesidades de sus diócesis y también explicarles los grandes temas nacionales”, expresó.

Abinader se reúne con obispos en la 64ª Asamblea Plenaria del Episcopado

El jefe de Estado agregó que estos encuentros se han convertido en una práctica habitual de su gestión, como parte de la relación de cooperación con la jerarquía eclesiástica.

El presidente fue recibido por la nueva directiva de la CED para el período 2026-2029, encabezada por el obispo de San Francisco de Macorís, Ramón Alfredo de la Cruz Baldera, quien asumió la presidencia de la institución.

Abinader se reúne con obispos en la 64ª Asamblea Plenaria del Episcopado

También participaron el arzobispo coadjutor de Santo Domingo, Carlos Tomás Morel Diplán, en calidad de vicepresidente, y el obispo auxiliar de Santo Domingo, José Amable Durán Tineo, como secretario general.

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Garantía económica e impedimento de salida a “Onguito Wa”.

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Santo Domingo, R.D.-Una garantia economica impone el Tribunal del Distrito Judicial de San Cristóbal de RD$200,000, impedimento de salida del país y presentación periódica al Ministerio Público contra el imputado Elvis Manuel Santos Alcántara (Onguito Wa), acusado de porte ilegal de armas de fuego, tras acoger de forma parcial la solicitud del Ministerio Público.

La decisión judicial se produce luego de que el procesado fuera arrestado en flagrante delito el pasado 21 de junio, cuando agentes de la Policía Nacional realizaban labores de patrullaje en la carretera Sánchez Vieja, en San Cristóbal.

Durante el operativo, el imputado se desplazaba en un vehículo Honda CR-V, color negro, junto a otra persona, y al ser registrado se le ocupó una pistola Glock, calibre 9 mm, con 17 cápsulas, sin documentación legal.

Imponen garantía económica e impedimento de salida a “Onguito Wa” por porte ilegal de arma
Imponen garantía económica e impedimento de salida a “Onguito Wa” por porte ilegal de arma

La magistrada Chadalis E. Rosario Melenciano, jueza suplente del Tercer Juzgado de la Instrucción y de la Oficina Judicial de Atención Permanente, ordenó además que el imputado deberá presentarse los días 29 de cada mes durante seis meses ante el Ministerio Público, como parte de las medidas impuestas.

Asimismo, el tribunal dispuso la notificación a la Dirección General de Migración (DGM) para garantizar el impedimento de salida del país, mientras que el Primer Juzgado de la Instrucción de San Cristóbal fue designado como tribunal de control del caso.

El Ministerio Público, representado por las fiscales Belkis Tejeda e Ingris Maribel Guerrero Polanco, había solicitado prisión preventiva por tres meses; sin embargo, el tribunal optó por medidas no privativas de libertad, al considerar parcialmente la solicitud.

El órgano acusador también obtuvo un plazo de seis meses para presentar el requerimiento conclusivo del proceso.

De acuerdo con el expediente, Santos Alcántara ya había sido condenado previamente mediante la Sentencia Penal núm. 523-2025-SSEN-00015 por violaciones a la Ley 63-17 sobre Movilidad, Transporte Terrestre y Seguridad Vial, lo que fue recordado por el Ministerio Público durante la audiencia.

Con esta decisión, el caso sigue bajo investigación judicial mientras el imputado permanece bajo estrictas condiciones de control.

El uso, porte y tenencia ilegal de armas de fuego constituye uno de los delitos más vigilados por las autoridades judiciales y de seguridad en la República Dominicana, debido al impacto que tiene en la criminalidad, la seguridad ciudadana y la violencia urbana.

«En el país, este tipo de infracciones está regulado por la legislación penal vigente y por normativas específicas que establecen los requisitos para la adquisición, registro y porte legal de armas».

  • En los últimos años, el Ministerio Público y la Policía Nacional han intensificado los operativos de prevención y persecución del porte ilegal de armas, especialmente en zonas urbanas y carreteras donde se registran mayores incidencias de delitos flagrantes.
  • Estos operativos suelen incluir patrullajes, requisas selectivas y controles de vehículos, con el objetivo de reducir la circulación de armas no registradas.

El sistema judicial dominicano contempla medidas de coerción que pueden ser privativas o no privativas de libertad, dependiendo de la gravedad del hecho, los antecedentes del imputado y el riesgo procesal.

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Prisión preventiva solicitan para falso odontólogo tras causar graves lesiones en La Vega

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Santo Domingo, R.D.-La imposición de prision preventiva como medida de coercion contra un acusado de ejercer la odontología solicitará el Ministerio Público  en las próximas horas la imposición  contra un hombre acusado de ejercer la odontología sin exequátur en La Vega en un caso de presunto intrusismo profesional que dejó a una paciente con lesiones permanentes en el rostro y daños neurológicos severos.

El imputado, identificado como Franklin José Almánzar Escarramán, de 51 años, habría realizado procedimientos odontológicos de alta complejidad sin la debida autorización legal en el consultorio de su hermano, ubicado en el Centro Médico V Centenario, en la provincia de La Vega.

Su hermano, William Radhamés Almánzar Escarramán, también fue arrestado por su presunta complicidad en los hechos, ambos tras entregarse a las autoridades policiales en cumplimiento de una orden judicial.

Instrumentos odontológicos en un consultorio, vinculados al caso de un falso odontólogo acusado de causar lesiones
Instrumentos dentales en un consultorio, en el contexto de la solicitud de prisión preventiva contra un falso odontólogo.

De acuerdo con la investigación del Ministerio Público, la víctima acudió el pasado 17 de enero a recibir atención odontológica y fue evaluada en el consultorio de los imputados, donde se le indicó la extracción de cuatro terceros molares mediante un procedimiento quirúrgico.

Según el expediente, durante la intervención, el imputado habría aplicado anestesia y posteriormente realizado maniobras violentas con instrumentos odontológicos, incluyendo golpes en la zona afectada, sin lograr completar la extracción tras varias horas de intento.

La paciente posteriormente presentó dolor intenso, inflamación facial y complicaciones severas, lo que la llevó a buscar atención médica especializada, donde se determinó la existencia de daños permanentes en su salud bucal, incluyendo nervios atrofiados, edema facial, trismo, parestesia mandibular y otras lesiones complejas.

La procuradora de corte de La Vega, Aura Luz García Martínez, explicó que el Ministerio Público procederá a solicitar la medida de coerción garantizando el debido proceso.

“Vamos a presentar la solicitud de medida de coerción ante la autoridad competente, garantizando el debido proceso y los derechos fundamentales de los imputados”, afirmó.

Las autoridades indicaron que el imputado principal ejercía la odontología sin exequátur, según certificación del Ministerio de Salud Pública, lo que constituye una violación a la Ley General de Salud 42-01 y la normativa que regula el ejercicio profesional odontológico.

  • El órgano persecutor también sostiene que la actuación de los hermanos Almánzar Escarramán pudo haber tenido consecuencias aún más graves
  • Incluso la muerte de la paciente, debido a la naturaleza del procedimiento realizado sin habilitación legal.

El caso ha sido calificado provisionalmente como violación a varios artículos del Código Penal dominicano y de la legislación sanitaria vigente, mientras el tribunal evalúa la solicitud de medida de coerción presentada por el Ministerio Público.

El ejercicio de la odontología y otras profesiones de la salud en la República Dominicana está regulado por un marco legal que exige la obtención de un exequátur y la debida habilitación profesional, con el objetivo de garantizar la seguridad de los pacientes y la calidad de los servicios médicos.

Estas disposiciones forman parte de las políticas sanitarias orientadas a prevenir el intrusismo profesional, una práctica que consiste en ejercer una profesión sin la autorización correspondiente.

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