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Opinión

El padrón electoral queda corto

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Por Juan Bolívar Díaz

JUAN-BOLIVAR-DIAZ-2-300x199111-e1372603134555Con los datos ofrecidos esta semana por la Junta Central Electoral (JCE) en vísperas de cierre del padrón de electores con miras a los comicios generales del 15 de mayo próximo, se puede concluir que entre 511 y 641 mil ciudadanos no han renovado su cédula de identidad y electoral, una cantidad significativa, que amerita explicaciones.
El documento “Datos Electorales Elecciones Generales 2016”, fechado 12 de enero, establece que hasta entonces el padrón de electores sumaba 6 millones 706 mil 416 ciudadanos, apenas 203 mil 448 más que el del 2012, para un anémico crecimiento del 3.13 por ciento, muy por debajo del 13 por ciento que se verificó en el cuatrienio anterior, y más lejos aún del 15 por ciento de incremento entre el 2004 y 2008 y del 18 por ciento entre el 2000 y el 2004. Como muy pocos estaban asistiendo a las oficinas expedidoras, no se esperaba mayor variación al cerrarse el plazo ayer sábado.
Con el mismo 13 por ciento de incremento en el cuatrienio 2008-12, el padrón del 2016 habría agregado 845 mil 386 electores, elevándose a 7 millones 348 mil 354, es decir 641 mil 938 sobre lo reportado ahora, y 511 mil si se baja el aumento al 11 por ciento. Durante los tres anteriores cuatrienios el padrón creció cada vez en 763 mil 485, en 743 mil 684 y en 738 mil 581 respectivamente, es decir en cada caso más de tres veces y media lo que se reporta entre 2012-16.
Todo parece indicar que el padrón se ha quedado corto no por nuevos electores, sino porque cientos de miles no han renovado la cédula. Lo extraño es que el informe de la JCE no indique cuántos son los nuevos electores ni cuántos ciudadanos han dejado de cambiar su cédula, con lo cual quedarían sin poder ejercer el derecho a elegir y ser elegidos. Sobra decir que ambos datos son de simples operaciones matemáticas.
Entre los que no han renovado la cédula habría algunos miles de fallecidos no reportados para sacarlos del padrón, y decenas de miles ausentes fuera del país, pero aún así quedarían más de medio millón sin explicación. Una parte serían los dominicanos que viven en extrema pobreza, sumidos en la exclusión social.
Pero también podría haber decenas de miles de los ciudadanos a quienes se les ha despojado de sus actas de nacimiento, incluso a muchos que ya tenían cédulas, pero a quienes se les ha negado la posibilidad de renovarlas, muy a pesar de la Ley 169-14, que hace año y medio dispuso que se les devolviera su documentación de dominicanos, sin ningún trámite adicional.
Para que nadie alegue ignorancia, en otras palabras, que una proporción significativa de los faltantes en el padrón electoral son los dominicanos de ascendencia haitiana a quienes se les sigue negando sus derechos, como volvieron a denunciar el viernes por Teleantillas entidades y abogados que los representan.
Hay quienes sostienen que a esa población de excluidos les han dificultado la cedulación porque se teme que voten en contra de quienes han sido responsables del inmenso sufrimiento y privaciones inhumanas a que han sido sometidos. De ser así estaríamos ante una grave violación adicional de derechos ciudadanos y una mezquina maniobra electorera.
La JCE podría ayudar a disipar dudas, informando cuántos son los nuevos electores y cuántos los que no renovaron la cédula, datos que hemos requerido repetidas veces en las últimas semanas y por diversos canales, sin obtener respuesta. Penosamente ni los delegados de los partidos de oposición ni los reporteros han reparado en estos datos.
Más allá de las hipótesis enunciadas, queda esta pregunta: por qué tantos cientos de miles que tenían cédula ahora no la renuevan.

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Opinión

Impugnación de la competencia  de la Corte Penal Internacional

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Por Rommel Santos Díaz

La Corte Penal Internacional se cerciorará de ser  competente  en todas las causas que le sean sometidas. La CPI podrá determinar de oficio la admisibilidad de una causa de conformidad con el artículo 17 del Estatuto de Roma.

De acuerdo  con el Estatuto de Roma podrán impugnar la admisibilidad de la causa, por uno de los motivos mencionados en el artículo 17, o impugnar la competencia de la Corte Penal Internacional:

  1. a)El acusado o la persona contra la cual se haya dictado una orden de detención o una orden de comparecencia con arreglo al artículo 58;
  2. b)Un Estado que tenga jurisdicción en la causa porque esta investigando o enjuiciando o lo ha hecho antes; o
  3. c)Un Estado  cuya aceptación se requiera de conformidad con el artículo 12.

El Fiscal podrá pedir a la Corte Penal Internacional que se pronuncie sobre una cuestión de competencia o de admisibilidad. En las actuaciones relativas a la competencia o la admisibilidad, podrán presentar asimismo observaciones a la Corte quienes hayan remitido la situación de conformidad con el artículo 13 del Estatuto de Roma y las víctimas

.

La admisibilidad de una causa o la competencia de la CPI sólo podrán ser impugnadas una sola vez por cualquiera de las personas o los Estados a que se hace referencia en el párrafo 2. La impugnación se hará antes del juicio o a su inicio.

En circunstancias excepcionales la Corte Penal Internacional podrá autorizar que la impugnación se haga más de una vez o en una fase ulterior del juicio. Las impugnaciones a la admisibilidad de una causa hechas al inicio del juicio, o posteriormente con la autorización de la Corte, sólo podrán fundarse en el párrafo 1 c) del artículo 17 del Estatuto de Roma.

Antes de la confirmación de los cargos, la impugnación de la admisibilidad de una causa o de la competencia de la CPI será asignada a la Sala de Cuestiones Preliminares. Después de confirmados los cargos, será asignada a la Sala de Primera Instancia. Las decisiones relativas a la competencia  o la admisibilidad podrán ser recurridas ante la Sala de Apelaciones de conformidad con el artículo 82 del Estatuto de Roma.

Hasta antes de que la Corte Penal Internacional se pronuncie, el Fiscal podrá pedirle autorización para:

  1. a)Practicar las indagaciones necesarias de la índole mencionadas en el  párrafo 6 del articulo 18 del Estatuto de Roma;
  2. b)Tomar declaración a un testigo o recibir su testimonio, o completar la recolección y el examen de las pruebas que hubiere iniciado antes de la impugnación; y
  3. c)Impedir, en cooperación con los Estados que corresponda, que eludan la acción de la justicia personas respecto de las cuales el Fiscal haya pedido ya una orden de detención en virtud del artículo 58 del Estatuto de la Corte.

La impugnación no afectará a la validez de ningún acto realizado por el Fiscal, ni de ninguna orden o mandamiento dictado por la CPI, antes de ella.

Si la CPI hubiere declarado inadmisible una causa de conformidad con el artículo 17 del Estatuto de Roma, el Fiscal podrá pedir que se revise esa decisión cuando se haya cerciorado cabalmente de que han aparecido nuevos hechos que invalidan los motivos por los cuales la causa había sido considerada inadmisible de conformidad con dicho artículo.

Finalmente, el Fiscal, si habida cuenta de las cuestiones a que se refiere el artículo 17 del Estatuto de Roma suspende una investigación, podrá pedir que el Estado de que se trate ponga a su disposición información sobre las actuaciones. A petición de ese Estado, dicha información será confidencial. El Fiscal, si decide posteriormente abrir una investigación, notificará su decisión al Estado cuyas actuaciones  hayan dado origen a la suspensión.

Rommelsantosdiaz@gmailcom

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Opinión

Ante un inveterado simulador

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Por Nelson Encarnación

Son muchos los dominicanos que no se reponen del shock que les provocaron las diversas manipulaciones y mentiras vertidas por el expresidente Danilo Medina durante su comparecencia de la semana pasada en un importante medio radial de nuestro país.

Cuando se anunció días antes que el líder del Partido de la Liberación Dominicana aparecería en un medio público, hubo la apreciación generalizada de que aprovecharía el alcance de este para al menos desvestir su alma y bajar al terreno de la humildad para pedir algún tipo de perdón—aun fuese en voz baja—por las muchas culpas que necesitan urgentemente su expiación.

Sin embargo, es evidente que Danilo está convencido de que todas sus actuaciones en el Gobierno estuvieron ajustadas a la decencia más absoluta, cuando la realidad apunta precisamente en otra dirección.

Para él, los expedientes que involucran a familiares y entorno político más estrecho, son simples majaderías urdidas para molestarle, o una manifestación de la llamada judicialización de la política o politización de la justicia, mediante la cual han sido quitados del camino potenciales competidores de la corriente predominante.

Con ese convencimiento resulta improbable que el expresidente se humanice y entienda que admitir los errores hace grandes a las personas, y que, por el contrario, encerrarse en una convicción pueril las reduce.

Hay más de una evidencia que Danilo fue advertido por cercanos acerca del comportamiento depredador de algunos de sus íntimos, pero obvió tomar las medidas aconsejables, para dejar campo abierto a la continuación de los desmanes, muchos de los cuales se han reflejado en los casos que actualmente se ventilan en justicia, y que él los atribuye a “persecución política”.

En el campo de la lucha propiamente política, Medina trata de convencernos de que su laborantismo encaminado a propiciar el escenario para una segunda reelección en 2020 es un espejismo o un invento de sus adversarios.

Eso de que no tenía votos para modificar la Constitución es un ardid y una expresión fehaciente de su condición de simulador, pues todos vivimos aquel trance que mantuvo en vilo a la nación hasta que la administración Trump—en una intromisión inaceptable, eso sí—le apeó del carro reeleccionista que pudo haberse descarrilado hacia una situación de manejo muy complejo.

Danilo podrá decir lo que quiera, pero la historia no se puede borrar.

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Opinión

Sobre Miriam, Berenice y Camacho

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Por Narciso Isa Conde

Una PGR manipulada por la EMBAJADA-EU, Leonel y Abinader y un Poder Judicial maleado y muy influido por el PLD, están descalificados para ponerle fin a la impunidad.

La que debe ser emplazada NO ES MIRIAM, es Yeni Berenice, acompañada de Camacho, el del PEPCA y ahora ascendido, ambos con fuertes vínculos con la Embajada, FBI, DEA…Leonel, Abinader…Ahora la PGR cae bajo control absoluto de esa tríada, vía los ascensos de Berenice y Camacho.

Miriam German ha sido víctima de su entorno, de un acorralamiento programado en medio de una gran soledad y de su propio institucionalismo (excesivo respeto a la separación de funciones dentro de la PGR). Además, la amenaza del cártel del Cibao y del tal J, fue manipulada para amarrarla más. Hicieron un gran bulto desde la DNCD y dejaron todo igual: el cartel sigue impune. Abinader, Cabrera-DNCD y la DEA dirigieron esa operación.

Berenice y el PEPCA han bloqueado muchos expedientes, incluso los presentados por nosotros. El caso de ANTENA LATINA es emblemático y yo lo entregué personalmente, y muchas veces demandé respuesta y nada. A esos encargados de investigar y perseguir los delitos, se le entregaron numerosas denuncias del Archivo Abierto de Marcha Verde y no hicieron nada: siguen abundando las vacas sagradas oligárquicas y transnacionales denunciadas; y estas abundan junto a la impunidad del leonelismo, de políticos ladrones y generales asesinos.

Una PGR manipulada por la EMBAJADA-EU, Leonel y Abinader y un Poder Judicial maleado y muy influido por el PLD, están descalificados para ponerle fin a la impunidad.

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