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El Tribunal Superior Administrativo condena al Poder Judicial y al Ministerio Público

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Primera Sala del Tribunal Superior Administrativo durante el proceso judicial desarrollado hace varios días.

Primera Sala del Tribunal Superior Administrativo durante el proceso judicial desarrollado hace varios días.

SANTO DOMINGO. La Primera Sala del Tribunal Superior Administrativo (TSA) condenó al Estado dominicano, solidariamente con sus órganos independientes Poder Judicial y Ministerio Público, al pago de RD$1 millón, como justa reparación por los daños y perjuicios sufridos por un hombre a causa de la prisión preventiva de la cual fue objeto.

La decisión a favor del francés Frederick Claude Lamy fue emitida por los jueces Judith Contreras Esmurdoc, presidenta, Diómedes Villalona y Rafael Báez García, quienes ordenaron que la condena solidaria sea con cargo al presupuesto del Poder Judicial y el Ministerio Público (MP).

La misma se derivó de un recurso contencioso administrativo, interpuesto por Claude Lamy en contra del Estado, el Poder Judicial y el MP.

El tribunal entiende procedente acoger el recurso contencioso administrativo y condenar al Estado solidariamente con sus órganos independientes al pago de la indemnización con cargo a sus presupuestos.

Agrega que ha determinado que ciertamente existe un daño consistente en el hecho de separación familiar, un sufrimiento psicológico, tanto al recurrente, como a su mujer e hijas, impidiéndole el sustento económico de las mismas, el cual hay que reparar.

También que, tal y como se ha establecido, el hecho de haber sufrido una prisión preventiva, a todas luces injusta, como lo determinó la Corte de Apelación de San Francisco de Macorís, constituye una acción ilógica y desproporcionada.

El tribunal consideró que la variación de las medidas cautelares de visitas periódicas, impedimento de salida, por prisión preventiva, resultaron excesivas y arbitrarias, «ya que esa persona se había presentado a todas las etapas del proceso, y el fin de la prisión como medida restrictiva de libertad es asegurar la presencia del imputado a todas las fases del proceso».

Claude Lamy había solicitado condenar al Estado solidariamente con el Poder Judicial y el MP al pago de una indemnización de RD$15 millones, con cargo a sus respectivos presupuestos, en base al criterio de responsabilidad directa y objetiva.

Argumenta que fue condenado a dos años de prisión por el presidente de la Sala Penal del Juzgado de Primera Instancia de Samaná. Asimismo, que estuvo encarcelado por dos meses y 28 días en Samaná, y fue descargado el 27 de julio del 2010 por la Sala Penal Unipersonal del Distrito Judicial de María Trinidad Sánchez.

Conforme al relato fáctico del proceso, el 9 de marzo del 2009, Stephan Jean Christopher Satin y la sociedad Jonatom, S.A.; Laurent Eric Fabrice Dartout y Sandra Chambon, Mathias Jean Francois Jambor y Bruno Thierry Legaignoux interpusieron una querella en contra de Claude Lamy y su conviviente Alix Fortier Beaulieu, basados en el supuesto hecho de que no fueron entregadas determinadas villas en el plazo convenido , no obstante haberle sido entregado dinero a esos fines como parte de un contrato de compraventa inmobiliaria.

Asimismo, que en atención a una solicitud del Ministerio Público de Samaná, el 7 de abril de ese año, el Juzgado de la Instrucción impuso impedimento de salida del país y visitas periódicas los días 7 de cada mes por ante el despacho de la Procuraduría Fiscal.

El Ministerio Público presentó formal acusación en contra de Lamy y Beaulieu, basada en la querella, por alegada comisión de estafa, abuso de confianza y trabajo pagado y no realizado.

El 26 de noviembre del 2009, el Juzgado de la Instrucción de Samaná dictó auto de apertura a juicio en contra de Claude Lamy y auto de No Ha Lugar a favor de Beaulieu.

En cuanto al imputado, fue variada la calificación jurídica, limitando los cargos al delito de trabajo pagado y no realizado, manteniendo la medida de coerción de prisión preventiva, y ordenando adicionalmente medida de coerción real, consistente en inscripción de hipoteca judicial provisional sobre los bienes inmuebles del solicitante por el duplo de determinados montos peticionados por los querellantes, en base a la liquidación de sus pretendidos daños materiales.

El criterio del tribunal

La Primera Sala del Tribunal Superior Administrativo plantea que al atribuir la imposición de una pena como fundamento único y exclusivo para el agravamiento de las medidas que han llevado eficazmente al imputado al juicio en el que la condena es pronunciada, reduce sustancial y materialmente al criterio errado de que el juez o tribunal puede ordenar la ejecución provisional de la pena privativa de libertad, lo que conlleva a que el recurrente tenga que ser indemnizado. Rechaza la tesis planteada por la Procuraduría General Administrativa, en el sentido de la existencia de la cosa juzgada y que el recurrente no interpuso demanda reconvencional.

DIARIO LIBRE

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Fiscal acusado de corrupción tenia millones, cheques y dólares que son pruebas en su contra.

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Santo Domingo, R.D.-Una copia de un cheque de administracion superior al millón de pesos, además de los 10 mil dólares que fueron incautados al fiscal Aurelio Valdez Alcántara y presentados como evidencia del presunto soborno que recibió, el Ministerio Público presentó otras pruebas en el caso.

Asimismo, la Dirección de Persecución afirma haberle incautado un recibo de la Dirección General de Impuestos Internos (DGII) a su nombre correspondiente a una transferencia inmobiliaria, cuyo contrato de venta asciende a 6 millones de pesos.

El cheque y el recibo de la transferencia del inmueble tienen como fechas el 17 y 23 de diciembre de 2025, tres meses antes de Valdez Alcántara ser detenido. Les fueron ocupados durante un allanamiento a su residencia en Santo Domingo Este.

Su apresamiento se ejecutó «en flagrante delito» en una entrega controlada por la Procuraduría General. Según la imputación, ejerció coacción continua contra el exgerente de Atención al Usuario del Senasa, Roberto Canaán Acta, para que este accediera a la entrega de lo que le pedía.

La solicitud de medida de coerción también menciona «un recibo de depósito de cheques de fecha 15 de mayo de 2024 del Banco de Reservas» de más de 571 mil pesos «a nombre de Aurelio Valdez Alcántara» como otro de los comprobantes incautados en el allanamiento a su domicilio.

Contra el fiscal se solicita un año de prisión preventiva, como medida de coerción, audiencia que ha sido aplazada en dos ocasiones, la última vez el martes 7 de este mes de abril, cuando se postergó para el próximo viernes 10.

En las descripciones de las pruebas en el expediente, se menciona, igualmente, una solicitud de liquidación de préstamo hipotecario, de fecha 17 de diciembre del 2025, emitida por una entidad financiera a Valdez Alcántara sobre un inmueble ubicado en el sector Tropical del Este. El «crédito hipotecario» es de un valor de 4 millones de pesos.

En su residencia se ocupó también «la cantidad de 20 billetes de cien dólares para un total de 2,000,00 dólares americanos».

Los 10 mil dólares atribuidos al soborno, el Ministerio Público indica que les fueron hallados en el sunroof (ventana del techo del vehículo) luego de su reunión con Canaán Acta, en horas de la tarde del 27 de marzo, en el área de parqueos del cuarto piso de una plaza comercial en el Distrito Nacional.

Según el Ministerio Público, el fiscal Aurelio Valdez Alcántara «advirtió a Canaán sobre la inminencia de su judicialización, condicionando la impunidad al pago del soborno» consistente en 200 mil dólares, los cuales luego les bajó a 150 mil.

Exigía el dinero»a cambio de alterar el curso de los procesos de investigación puestos a su cargo».

El procurador fiscal entró a formar parte en el Ministerio Público en agosto del 2017 y, en el 2020, al equipo de la Procuraduría Especializada de Persecución de la Corrupción Administrativa (Pepca), en donde «se incorporó a la investigación y a la litigación de varios procesos», informa el mismo expediente judicial.

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Instalaciones de Embajada de EE. UU. en RD sufre daños tras fuertes lluvias

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Santo Domingo, R.D.-Las lluvias que se han producidos en las últimas horas en el país causaron daños a las instalaciones de la Embajada de Estados Unidos en Santo Domingo.

Fotos panorámicas fueron proporcionados a los medios de comunicacion del derrumbe de una pared que rodea la residencia de varios diplomáticos de la embajada, próximo a la avenida República de Colombia. También se observan residuos acumulados sobre un puente que cruza la parte trasera de la propiedad.

La embajada respondió a una solicitud de información indicando que se encuentra evaluando la situación junto a las autoridades dominicanas.

«Estamos al tanto de reportes sobre posibles daños en propiedades de la Embajada tras las recientes condiciones climáticas. La seguridad de nuestro personal y visitantes es nuestra prioridad, y nos encontramos evaluando y gestionando la situación en coordinación con autoridades dominicanas», afirmó Michelle Angulo, vocera de la Embajada de Estados Unidos.

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Infografía

La mañana de este miércoles, el Gran Santo Domingo amaneció afectado debido a las intensas lluvias registradas durante gran parte de la madrugada, producto de los efectos de una vaguada que incide sobre el territorio nacional.

Desde tempranas horas, residentes en distintos sectores del Distrito Nacional, así como en Santo Domingo Este y Santo Domingo Oeste, reportaron inundaciones en calles y viviendas, lo que ha dificultado significativamente el desplazamiento hacia sus lugares de trabajo y centros educativos.

  • Mientras tanto, el Instituto Dominicano de Meteorología (Indomet) informó que las condiciones del tiempo continuarán influenciadas por una vaguada. Sin embargo, prevé que comiencen a disminuir de forma gradual durante el transcurso de la tarde, especialmente en el Gran Santo Domingo.

A través de una nota de prensa, el meteorólogo del Indomet, Heriberto Fabián, explicó que se registran aguaceros de moderados a fuertes, acompañados de tormentas eléctricas y ráfagas de viento, principalmente en las regiones noreste, sureste —incluido el Gran Santo Domingo—, la zona fronteriza y parte del suroeste.

En cuanto a las alertas meteorológicas, la entidad mantiene bajo alerta a las provincias San Pedro de Macorís, Monseñor Nouel, Santiago, La Vega, Puerto Plata, Santiago RodríguezDajabónElías PiñaBarahonaAzua y Peravia.

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Rechazan contraperitaje y exigen justicia en plazo razonable en caso del Jet Set

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SANTO DOMINGO.- Yeni Berenice Reynoso, procuradora general de la República, al cumplirse el primer aniversario de la tragedia del Jet Set, declaró que el Ministerio Público tiene la misión constitucional de tutelar los derechos de las víctimas y evitar que el proceso judicial se convierta en un ejercicio de dilaciones innecesarias.

Aniversario del jet set-lluvias

Reynoso subrayó que las aproximadamente 400 víctimas, entre fallecidos y heridos, así como sus familiares y la sociedad dominicana en general, tienen el derecho inalienable a recibir una respuesta judicial en un tiempo oportuno.

Recordó que este caso que afecta a cientos de víctimas directas, a la vez mantiene en vilo a miles de ciudadanos y a la sociedad en general, que, en uso legítimo de sus derechos a una respuesta del sistema de justicia, demandan transparencia y celeridad.

Yeni Berenice explica avances en el caso de la niña Brianna Genao

“Las víctimas merecen una respuesta en un plazo razonable. Estamos hablando de un dolor que afecta a miles de personas, y el sistema de justicia tiene la obligación de responder a ese clamor sin permitir que se abuse de manera indebida de las vías procesales para entorpecer el fondo del proceso”, manifestó la procuradora.

Procuradora General rechaza contraperitaje y exige justicia en plazo razonable para víctimas del Jet Set
Yeni Berenice calificó el contraperitaje como algo «absurdo»

La máxima autoridad del Ministerio Público calificó como totalmente innecesario el pedido de contraperitaje solicitado por la defensa de los acusados, así como su autorización por parte del tribunal.

Reynoso señaló que el argumento de un supuesto explosivo carece de fundamento técnico frente a un expediente robusto que contiene evidencias contundentes sobre las fallas estructurales del edificio que alojaba el Jet Set.

Además, indicó que los propietarios sobrecargaron el techo, el cual no fue concebido para el cambio de uso ni la sobrecarga que colocaron los acusados Antonio Espaillat López y Maribel Espaillat.

Berenice sostuvo que, si los acusados están compungidos y sienten respeto por la dignidad de las víctimas, no deberían entorpecer el conocimiento del fondo del proceso, solicitando contraperitajes absurdos.

“Sus acciones muestran total incoherencia con sus palabras”, afirmó Reynoso.

Indicó que resulta jurídicamente irrelevante pretender evaluar la carbonatación del concreto o realizar otros estudios geofísicos profundos, cuando la estructura ya había emitido señales inequívocas de fatiga mecánica, que fueron previamente advertidas y deliberadamente ignoradas por los responsables del local.

Recordó que la ciencia de la ingeniería forense establece que, ante un cuadro de fallas visibles y progresivas, la causa jurídica no reside en la microestructura del material, sino en la falta de medidas de mitigación inmediatas.

“Por tanto, someter el proceso a pruebas de cromatografía de gases para detectar explosivos o estudios de suelos kársticos sin que exista un solo indicio fáctico que los sustente, solo es un ejercicio de especulación técnica que busca distar sobre la responsabilidad y postergar, injustificadamente, la decisión judicial sobre un evento lamentable cuya peligrosidad era previsible y evitable”, aseveró Reynoso.

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La zona cero a un año de la tragedia Jet Set. Foto: Guillermo Burgos.

La procuradora general de la República enfatizó que el debido proceso jamás puede ser una prerrogativa exclusiva de los imputados, sino un derecho fundamental que asiste a todas las partes involucradas en el proceso penal.

Bajo esta premisa, Reynoso sostuvo que el acceso a una justicia pronta y cumplida constituye la tutela judicial efectiva a la que tienen derecho todas las víctimas y la sociedad en su conjunto.

“El debido proceso es una garantía de las partes; así como protege la presunción de inocencia, también protege el derecho de las víctimas a que su causa sea conocida sin dilaciones indebidas y bajo el principio de razonabilidad”, indicó.

“Dilatar el proceso con argumentos que contradicen la evidencia técnica, más que ejercer un derecho de defensa constituye una franca vulneración del derecho de las víctimas a la verdad y a la reparación”, puntualizó Yeni Berenice Reynoso.

La procuradora general de la República garantizó que el Ministerio Público agotará todas las medidas dentro de su ámbito de competencia para asegurar que las víctimas reciban la decisión judicial a la que tienen derecho.

Sostuvo que el órgano persecutor reafirma su firme compromiso con las víctimas y ha presentado un expediente sólido que sustenta la responsabilidad penal de los involucrados.

Al mismo tiempo, dijo, se mantendrá vigilante ante cualquier intento de desvirtuar los hechos con teorías alejadas de la realidad técnica y científica del caso.

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