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El TSA ordena suspender licitación plantas a carbón

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MEDIANTE UNA SENTENCIA EMITIDA AYER, EL TRIBUNAL ACOGE UN RECURSO DE EMPRESA DE CHINA

tribunalEl Tribunal Superior Administrativo (TSA) ordenó ayer mediante la sentencia número 0055-2014 a la Corporación Dominicana de Empresas Eléctricas Estatales (CDEEE) que suspenda el proceso de licitación pública internacional para la construcción de las dos plantas a carbón en Punta Catalina, Baní, provincia Peravia.

La disposición del TSA, contenida en el expediente número 030-13-01475, será efectiva hasta que sea conocido el recurso contencioso administrativo motivado por una medida cautelar interpuesta por la empresa china Gezhouba Group Company Limited, CGGC, representada por Zhang Wei; y el Consorcio IMPE, C. por A., representada por los dominicanos Raúl Cabrera y Manuel Sebastián.

La acción también impacta a la Dirección General de Contrataciones Públicas que dirige Yokasta Guzmán, a pesar de que ésta solicitó ser excluida del proceso, por ser la responsable de velar por los procesos de licitaciones y contrataciones públicas; y al Consorcio Odebrecht Tecnimont, conformados por el empresario Manuel Estrella y la empresa de origen brasileño.

El TSA aduce que es una obligación de los jueces dar respuesta a los incidentes planteados por las partes, en vista de que la Procuraduría General Administrativa “no hizo alusión alguna” al pedido de solicitud que hiciera la CDEEE para que se anulara la medida cautelar interpuesta por falta de abogados de los recurrentes (la empresa china y el Consorcio IMPE); y de que estos pidieron que ese expediente fuera rechazado “por improcedente, mal fundado y carente de base legal”.

Asimismo, bajo el argumento de procesos legales, el TSA afirma en la referida sentencia que tomando en cuenta el criterio jurisprudencial de la Suprema Corte de Justicia, procede rechazar la solicitud de nulidad de la recurrida, en este caso la CDEEE; y de la co-recurrida, Odebrecht Tecnimont.

La CDEEE está inmersa en el proceso de construcción de dos plantas de generación a carbón mineral de 384.9 megavatios cada una, para un total de generación de 769.8 megavatios en una central termoeléctrica estatal que conlleva una inversión de US$1,945 millones, luego que se redujera el monto inicial previsto en US$2,040 millones.

De acuerdo con el expediente del TSA, los argumentos se basan en el reclamo de la empresa china de que en el proceso de licitación presentó una mejor oferta para la construcción de las plantas a carbón, de US$900 millones, mientras el Consorcio Odebrecht Tecnimont ofertó US$2,040 millones, “más del doble de los valores ofertados por el recurrente”.

Además, cita entre otros argumentos, de Gezhouba Group Company Limited, que las empresas Odebrecht Tecnimont no cuentan con los recursos de base, sino que la oferta de buscarlos en la banca nacional.

En tanto que el Consorcio Odebrecht Tecnimont argumenta que el consorcio chino no pudo alcanzar el mínimo de 40 puntos exigidos para completar satisfactoriamente la fase, “proceso que hizo que su propuesta fuera excluida del proceso de apertura de ofertas económico-semifinalistas”.

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PUEDE SER AFECTADO EL INTERÉS PÚBLICO

En su sentencia, el Tribunal Superior Administrativo, establece que las medidas ordenadas pueden dejarse sin efecto si se aprueban circunstancias que no se tuvieron en cuenta al concederse y que harían variar la decisión, si cambian las circunstancias que se adoptaron, y si la entidad pública demandada acredita que la medida cautelar adoptada lesiona gravemente el interés público, pero se cae si hay inconsistencias.

El TSA indica en su acápite 47 de la referida sentencia que en el proceso de licitación realizado por la CDEEE para la construcción de las plantas a carbón “se ha generado una inconsistencia en cuanto al valor aprobado por la Ley de Presupuesto General del Estado en su artículo 52, la cual previó un monto máximo de US$1,500 millones para dicha obra y la misma ha sido adjudicada por un monto de US$2,040 millones, sin que conste en el expediente”.

listindiario.com.do

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Tres meses de prisión imponen contra imputados en muerte del chofer en Santiago.

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Santo Domingo, R.D.-Tres meses de prisión  preventiva dictó el Tribunal de Servicios de Atención Permanente de Santiago contra los siete implicados en la muerte de Deivy Carlos Abreu Quezada, el chofer de camión recolector de desechos sólidos, perseguido y agredido por un grupo de motoristas en el Palacio de Justicia de Santiago.

El Tribunal dispuso el cumplimento de la medida de coerción la cumplan en los centros de Corrección y Rehabilitación (CCR), ubicados en Santiago, La Vega y Moca, siendo estos Rafey Hombres, El Pinito y La Isleta, respectivamente.

Los imputados son Adony Antonio Ureña Ventura, Andrés Monclú González, Carlos Andrés Roa Morán, Miguel García Balbuena, Joanfry Joel Núñez, Juan Carlos Soto Ortiz y Kevin Francisco Metz Cruz.

En tanto que el principal sospechoso, fue identificado por el Ministerio Público como Jhovanny de Jesús Metz Cruz, alias “Macho”, sigue prófugo de la justicia.

Tanto los abogados de los imputados, como el defensor legal de la familia de Deivy, expresaron su conformidad con la medida impuesta por el Tribunal, entendiendo que es la adecuada en esta fase inicial de investigación, de acuerdo a los hechos que se le imputan.

“Esta es una etapa iniciaría, en la que el Ministerio Público se prepara para ampliar la acusación, y posteriormente determinar la calificación por personas, porque no todos están en la misma condición”, indicó Russel Aracena, abogado de dos de los imputados en el caso.

Celine Abreu, hermana de la víctima, expresó la conformidad de su familia con la decisión tomada por el juez. “Estamos conformes, vamos a esperar más adelante que se haga la voluntad de Dios, que se haga justicia, que caiga todo el peso de la ley con todo el que tenga que ver”, aseguró.

El Ministerio Público dio la calificación jurídica que define la asociación de malhechores, la premeditación y asesinato, en violación a los artículos 265, 266, 296, 297 y 302 del Código Penal Dominicano para los implicados en este caso.

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Juez explica error cometido por el Ministerio Público durante peritaje del caso Jet Set.

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Santo Domingo, R.D.-El magistrado Raymundo Mejia, juez del Primer Juzgado de la Instrucción del Distrito Nacional,  aseguró este lunes que el Ministerio Público cometió un error durante el peritaje de las pruebas del caso Jet Set.

Mejía realizó esta afirmación durante la audiencia preliminar en contra de los propietarios de la discoteca Jet Set, Antonio y Maribel Espaillat, afirmando que si hay algo que debe cuidarse durante un proceso legal, es la coherencia.

“Si hay una cosa que hay que procurar en la administración de justicia es la coherencia, no importa que la parte esté a favor o en contra, pero el Tribunal tiene que ser coherente”, afirmó.

Tras esto el juez indicó que cuando la parte acusadora llevó a cabo el peritaje, el equipo de defensa legal de los hermanos Espaillat solicitó intervenir, algo que no le fue permitido, catalogando esta decisión como un “error”.

Mejía hizo esta valoración al aseverar que la Constitución dominicana garantiza el debido proceso, subrayando que cuando cualquier prueba aportada entra en un proceso legal, estos deben ser notificados a la parte contraria, a fin de que estas puedan tener validez bajo el “principio de contradicción”.

“En pocas palabras, no era posible que se hiciese un peritaje sin la contraparte intervenir”, dijo.

También explicó que si a una de las partes se le impide intervenir en el peritaje, pueden solicitar realizar uno en cualquier etapa del proceso.

Afirmó que un tribunal debe examinar el derecho de defensa para garantizar que el proceso legal se lleve de manera correcta, lo que le permite a la defensa de los hermanos Espaillat realizar su peritaje y defenderse de sus acusaciones en igualdad de condiciones.

“De manera constitucional, el juez tiene la obligación de garantizarle el derecho de contradicción y de defensa a todas las partes, como se lo he garantizado a las víctimas desde el primer momento”, expresó.

Las explicaciones del juez se produjeron cuando la defensa de los Espaillat pidió que se esperen los resultados del peritaje que están realizando en la zona cero de la tragedia para presentar su defensa.

El juez rechazó ese pedimento y les dijo que esa se trataba de una sola prueba, y que ellos podían comenzar su defensa con las restantes. Su idea es que pueden incluir ese peritaje como prueba si los resultados les llegan mientras exponen o, en su defecto, podrían utilizarlo en otra fase del proceso.

Mejía recesó para el este viernes la continuación del juicio preliminar que se sigue en contra de Antonio y Maribel Espaillat.

El magistrado informó que debió reajustar el cronograma la referida fecha, a las 9:00 de la mañana, con el fin de garantizar el debido proceso y el derecho a la defensa de los imputados.

Mejía aclaró que la audiencia prevista originalmente para inicios de mayo no podrá efectuarse el día programado debido al asueto correspondiente al Día del Trabajo.

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Ex-empleado del Jet Set dice: » ahí no debió morir una sola persona».

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Santo Domingo, R.D.-Gregory Adames, víctima de la tragedia ocurrida en la discoteca Jet Set, ofreció su testimonio en el que expuso presuntas negligencias y la «insensibilidad» de la administración del establecimiento antes del colapso que cobró la vida de 236 personas y más de 180 personas heridas.

Adames, quien era empleado del establecimiento comercial, dijo ante el juez del Primer Juzgado de la Instrucción del Distrito Nacional que la tragedia fue una «muerte anunciada» y que la ambición económica se antepuso a la seguridad de los clientes y empleados.

Según el relato de Adames, los problemas estructurales y eléctricos no eran nuevos y que los propietarios del Jet Set, Antonio y Maribel Espaillat, tenían conocimiento de esa situación.

Dijo que tras un incendio previo en el área de la planta eléctrica, se instalaron cables provisionales que, según técnicos consultados, no eran aptos para la operación continua.

«Desde 2023 había cables provisionales. Los técnicos decían que no se podía abrir, pero él (Antonio) decía que esa semana se abría porque se abría. Prefería resolver con intercambios que invertir en lo que realmente se necesitaba», denunció Adames.

El testimonio detalló una falta de mantenimiento en el techo del local. Adames describió cómo, ante las constantes filtraciones y el desprendimiento de plafones, la solución de la gerencia fue colocar lonas plásticas sobre el techo falso para acumular el agua y vaciarla antes de cada evento, en lugar de reparar la estructura de concreto que ya se estaba desmoronando.

El relato alcanzó su punto más crítico al describir las horas previas al colapso. Adames narró que, tras un incidente con un cliente al que casi le cae un pedazo de techo a las 11:00 p.m., le suplicó a la señora Maribel Espaillat suspender la actividad.

«Doña, usted está pensando en la fiesta que viene, pero lo que nos están advirtiendo puede ser peor» y la respuesta de la propietaria fue que la fecha era «demasiado buena» para cerrar», señaló en sus palabras.

Gregory Adames rechazó que sus declaraciones se deban a envidia o rencor personal, insistiendo en que su motivación es la verdad y el respeto a la memoria de las víctimas, incluidos siete de sus compañeros de trabajo que perdieron la vida.

«Lo que yo escuché ahí dentro no lo vio nadie. Personas llamando, golpeando bajo los escombros… esto no es por envidia, es por la verdad. Aquí hay un pueblo herido porque murieron 230 y pico de personas que pudieron ser cualquiera», concluyó ante el juez en un turno en el que las víctimas tuvieron derecho a la palabra.

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