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Dinero pagado a hermano del expresidente Medina fue por un combustible que nunca entregó.

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Santo Domingo, RD.-La Cámara de Cuentas pudo determinar en una auditoría realizada en la Policía Nacional que Alexis Medina, hermano de Danilo, recibió un pago de 32 millones de pesos de la institución del orden, pero que nunca entregó el producto vendido.

Un informe presentado este martes por la Cámara de Cuentas, en el marco de las investigaciones que sigue la Procuraduría General de la República, en el caso Anti Pulpo que señala a Alexis Medina Sánchez como cabecilla, establece que la Policía Nacional pagó a la empresa Fuel América Inc. Dominicana, SRL, desde el 2015 al 2017, RD$220,739,721 por compra de combustibles.

Esta empresa, que figura a nombre de Julián Estaban Suriel Suazo, señalado por el Ministerio Público como presta nombre para servir de testaferro a Medina Sánchez, al momento de la suscripción del contrato con la Policía Nacional “no poseía licencia para la distribución de combustibles por la unidad móvil, que otorga el Ministerio de Industria, Comercio y Mypimes, bajo el reglamento 307-01 de aplicación de la Ley de Hidrocarburos 112-00, en sus artículos 16 y 17”.

Asimismo, se constató que el contrato de suministro de combustible suscrito el 4 de septiembre de 2015 entre la Policía Nacional y la empresa, no fue registrado en la Contraloría General de la República.

La Cámara de Cuentas señala que Alexis Medina era uno de los principales socios de Fuel América, por lo que también se violaba la Ley de Compras y Contrataciones en su artículo 14 que prohíbe como oferentes del Estado a parientes consanguinidad hasta el tercer grado.

El informe establece que la Policía Nacional pagó RD $32,379,621 entre el 2015-2017 a Fuel América por 583,836 galones de gasolina y 653,000 galones de gasoil en varias estaciones «sin que se tengan evidencias de que el combustible fue recibido».

De igual forma, en el análisis realizado al proceso de pagos por concepto de compra de combustible en el 2015,  por un monto de RD$15,564,900, no tenían conduce de entrega del proveedor Fuel América.

Los expedientes encontrados no contienen requisición que indique quién requiere la compra del combustible.

“Observamos que en el combustible adquirido en el período 2015-2017 no se evidenció que la Policía Nacional (PN) lo haya incluido en los planes y programas anuales de contratación de bienes y servicios”, dice el informe.

En el documento se evidenció además que 46 registros de 27 empleados o agentes de la Policía, recibieron combustibles en las estaciones sin una acción de personal formal emitida por la Dirección Central de Recursos Humanos de esa institución.

Explican que en  el periodo en que está establecida la investigación ( 1ero de enero de 2015 hasta el 31 de diciembre de 2017), la Policía Nacional no poseía un formulario para la recepción de combustible, que permitiera evidenciar el control efectivo para la recepción del producto, utilizando un reporte de cuadre diario de combustible sin un detalle claro de recepción.  

Otro de los hallazgos es que las órdenes de compras emitidas por la Policía Nacional a favor de la empresa distribuidora de combustible, desde el primero de enero de 2015 al 31 de diciembre de 2017, no presentan la fecha en que fueron elaboradas, cantidad de galones comprados, precio y detalle del lugar donde se suministraron.

“Se verificaron números de conduce repetidos, que, aunque se validaron, soportan facturas diferentes; lo que indica que no se realizaron los procedimientos de verificación que permitan evidenciar de forma transparente los controles que garanticen la claridad de las operaciones y evitar posibles duplicaciones en el pago”, indican.

El análisis de pago durante el año 2015 de la Policía Nacional se verifica una mezcla de dos productos diferentes y el incremento en el gasto por la diferencia de los precios pagados, ya que esa entidad solo cuenta con dos tanques de depósitos, uno para gasolina regular y otro para gasoil regular y se adquirió, además de estos, gasolina premium y gasoil óptimo.

“Por concepto de gasolina Premium la PN efectuó pagos por RD $20,669,400, por la cantidad de 108,000 galones, y RD $10,200,400 por 67,000 galones de gasoil óptimo.

Asimismo la Cámara de Cuentas establece que durante este periodo, facturas, solicitud de pagos, conduce, entro otros documentos no cuentan con sellos de pagados, por lo que en caso de pérdida o extravío se corría el riesgo de que se pagaran dos veces.

Esta investigación fue solicitada por el titular de la Procuraduría Especializada de la Persecución de la Corrupción Administrativa (Pepca), Wilson Camacho, el primero de junio de 2021, para que se investigue el suministro de combustible de la empresa Fuel América Inc. Dominicana a la Policía Nacional.

En la misma la Cámara de Cuentas realiza una serie de recomendaciones a la Policía Nacional, para transparentar los procesos de compras, en las que incluye gestionar la recuperación de los valores de mercancía pagada y no recibida.

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Caso SeNaSa: juez evaluará este miércoles solicitud de Pepca para extender investigación

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Santo Domingo, R.D.-El juez del Séptimo Juzgado de la Instrucción del Distrito Nacional, Deiby Peguero, fijó para este miércoles el conocimiento de la solicitud de prórroga de cuatro meses presentada por el Ministerio Público para concluir la investigación y depositar la acusación contra el exdirector del Seguro Nacional de Salud (SeNaSa), Santiago Marcelo Hazim, y los demás implicados en el caso Cobra.

La solicitud de prórroga fue depositada por fiscales de la Procuraduría Especializada de Persecución de la Corrupción Administrativa (Pepca), con el propósito de analizar minuciosamente las evidencias recabadas durante allanamiento. Así lo informó recientemente el procurador adjunto, Wilson Camacho.

Camacho indicó que la institución cuenta con un equipo especializado dedicado al estudio del contenido de 16,800 cajas de documentos ocupadas durante los recientes operativos de intervención como parte de la investigación que realiza del caso.

El exdirector de SeNaSa, Santiago Marcelo Hazim, junto a otros imputados, es señalado de conformar una estructura criminal que habría perpetrado un desfalco superior a RD$15 mil millones en perjuicio del Estado dominicano, a través de la entidad pública de salud.

Además de Hazim, figuran como imputados Gustavo Enrique Messina Cruz, Germán Rafael Robles Quiñones, Francisco Iván Minaya Pérez, Rafael Luis Martínez Hazim, Ramón Alan Speakler Mateo, Ada Ledesma Ubiera, Eduardo Read Estrella, Cinty Acosta Sención y Heidi Mariela Pineda Perdomo, quienes cumplen distintas medidas de coerción impuestas en diciembre de 2025.

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Apresan en Jamaica a prófugo por la muerte de conductor de camión de basura en Santiago

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Santo Domingo, R.D.-Fue detenido en Jamaica Jhovanny de Jesús Metz Cruz, conocido como «Macho», señalado como el principal sospechoso de la muerte del conductor Deivy Carlos Abreu Quezada, quien falleció luego de ser atacado por una turba de motociclistas durante una persecución.

La información fue confirmada a Diario Libre por una fuente de la Procuraduría General de la República (PGR).

De acuerdo con las investigaciones, «Macho» habría sido quien presuntamente propinó varias estocadas a Abreu Quezada durante el ataque ocurrido el pasado 17 de abril en el parqueo del Palacio de Justicia de Santiago, donde la víctima intentó refugiarse tras ser perseguida durante varios kilómetros por un grupo de motociclistas.

En principio, se informó que la persecución se produjo a raíz de un incidente de tránsito.

Posteriormente, trascendió que la agresión habría sido motivada por una presunta deuda económica que el conductor mantenía con sus atacantes.

Visado a JamaicaEn marzo pasado, Jamaica eliminó el requisito de visa para los dominicanos que viajen a ese país por turismo o negocio por un periodo de 180 días.

Otro proceso judicial

Mets Cruz también enfrenta un proceso judicial por las heridas de bala ocasionadas en 2023 al sargento de la Policía Nacional Christopher Almánzar García, adscrito a la unidad SWAT.

El imputado no se presentó al juicio de fondo pautado para el miércoles 20 de mayo ante el Cuarto Tribunal Colegiado de Santiago, por lo que la sala ordenó declararlo en rebeldía y activar las consecuencias legales correspondientes.

En ese expediente, Mets Cruz enfrenta acusaciones por intento de homicidio y asociación de malhechores.

El hecho ocurrió el 7 de mayo de 2023 en el sector El Ejido, de Santiago.

Durante el incidente, el sargento Almánzar García sufrió fracturas en el fémur y la rodilla izquierda, mientras que su sobrino, Jeison Willian Almánzar Núñez, resultó herido en la pierna izquierda cuando intentaba auxiliarlo.

Según las informaciones ofrecidas en el tribunal, Mets Cruz cumplía medidas de coerción consistentes en presentación periódica, impedimento de salida del país y orden de alejamiento de las víctimas.

Tras su incomparecencia al juicio, el tribunal dispuso su declaratoria en rebeldía, mientras las autoridades activaron su búsqueda.

Ahora, con su detención en Jamaica, las autoridades dominicanas deberán realizar las gestiones correspondientes para establecer su eventual retorno al país y que responda ante la justicia por los procesos que tiene pendientes.

Formalmente no hay un tratado de extradición entre República Dominicana y Jamaica. El intercambio judicial y la colaboración policial se apoyan en organismos internacionales como Interpol.

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TC rechaza amparo de Alexander Montilla contra embargo inmobiliario vinculado al caso Antipulpo

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Santo Domingo, R.D.-El Tribunal Constitucional (TC) declaró inadmisible, por notoria improcedencia, la acción de amparo interpuesta por el empresario Alexander Montilla Sierra, con la que pretendía suspender un proceso de embargo inmobiliario en su contra y obtener la reposición de los plazos procesales de dicho caso.

La Alta Corte, mediante la sentencia TC/0784/26, tomó la decisión al rechazar la acción presentada por el cuñado del expresidente Danilo Medina contra la Procuraduría Especializada de Persecución de la Corrupción Administrativa (PEPCA) y la señora Francisca Elizabeth Castillo de los Santos.

La decisión fue aprobada por la mayoría de los jueces del pleno. Por su parte, el magistrado José Alejandro Vargas se inhibió de participar en la deliberación y el fallo, debido a que intervino en el proceso en su anterior condición de juez del Juzgado de Atención Permanente del Distrito Nacional, cuando conoció una medida de coerción vinculada al caso penal.

El origen del conflicto

El caso se remonta a una investigación de la PEPCA dirigida contra Alexander Montilla Sierra y su hermano Maxy Gerardo, junto a otras personas físicas y jurídicas. Las indagatorias se originaron en una de las líneas de investigación de la Operación Antipulpo, por presuntos actos de corrupción y lavado de activos relacionados con contratos públicos y licitaciones irregulares.

En esas pesquisas, la jueza coordinadora de los Juzgados de la Instrucción del Distrito Nacional, Kenya Romero, autorizó entre diciembre de 2020 y enero de 2021 la inmovilización de fondos y la oposición a transferencias de bienes muebles e inmuebles de los investigados.

Según el expediente, estas medidas dejaron a Alexander Montilla Sierra sin capacidad para disponer de su patrimonio, impidiéndole honrar un pagaré notarial por RD$20,000,000.00 suscrito en 2018 con Francisca Elizabeth Castillo de los Santos.

Ante el incumplimiento de pago, Castillo de los Santos inició en 2021 un proceso de embargo inmobiliario sobre dos propiedades de Montilla Sierra: una unidad en el condominio Terrazas del Mirador II y un apartamento en el condominio Karla I.

El levantamiento parcial de las medidas

Tras un acuerdo de colaboración entre Maxy Montilla y la PEPCA, la Coordinación de los Juzgados de la Instrucción autorizó, mediante auto del 12 de diciembre de 2025, el levantamiento parcial de las oposiciones e inmovilizaciones. La PEPCA tramitó la ejecución de dicha orden ante la Dirección General de Impuestos Internos (DGII) y la Superintendencia de Bancos el 30 de diciembre de 2025.

El 6 de febrero de 2026 antes de tener conocimiento formal del levantamiento, notificado por la DGII el 17 de febrero, Alexander Montilla interpuso una acción de amparo en la que solicitó la publicidad registral de las oposiciones, la suspensión del embargo inmobiliario y la reposición de los plazos procesales.

La Cuarta Sala de la Cámara Civil y Comercial del Distrito Nacional declaró inadmisible dicha acción el 3 de marzo de 2026 (Sentencia núm. 037-2026-SSEN-00109), al considerar que había perdido su objeto tras el levantamiento parcial de las medidas.

Montilla Sierra recurrió el fallo ante el Tribunal Constitucional alegando vulneraciones al debido proceso, la tutela judicial efectiva, el derecho de propiedad, la igualdad de armas y el principio de inviolabilidad de las nulidades constitucionales, entre otros.

Criterio del Tribunal Constitucional

El TC coincidió en que la sentencia de primera instancia era errónea, pero por una razón distinta a la planteada por el recurrente: consideró que el juez de amparo no debió declarar la inadmisibilidad por «falta de objeto», sino por «notoria improcedencia». Esto se apoya en su jurisprudencia reiterada, la cual establece que el amparo no puede utilizarse para suspender, modificar o dejar sin efecto decisiones dictadas por otro tribunal en un proceso judicial ordinario en curso.

En consecuencia, el TC revocó la sentencia recurrida y, actuando directamente sobre el fondo de la acción original, concluyó que las pretensiones de Montilla Sierra excedían el ámbito del amparo. De concederlas, el juez constitucional estaría sustituyendo a la jurisdicción ordinaria en la conducción de un proceso iniciado desde el año 2021.

El tribunal señaló que cualquier objeción sobre la falta de publicidad de las oposiciones administrativas debió plantearse oportunamente ante el propio juez del embargo, mediante los mecanismos procesales correspondientes.

Acuerdo de oportunidad y condenas previas

Cabe destacar que el Ministerio Público obtuvo la homologación de un acuerdo bajo el criterio de oportunidad, mediante el cual Maxy Gerardo Montilla Sierra y un grupo de sus empresas aceptaron su responsabilidad penal y autorizaron el decomiso de RD$2,000 millones en efectivo a favor del Estado dominicano.

El acuerdo, homologado por el juez Raymundo Mejía del Primer Juzgado de la Instrucción del Distrito Nacional, compromete a Montilla a pagar una indemnización de RD$600 millones a las distribuidoras de electricidad EdeEste, EdeSur y EdeNorte, en resarcimiento por los perjuicios ocasionados.

Asimismo, contempla la disolución en un plazo de dos años de las empresas Transformadores Solomon Dominicana, S.A.S., Electrocable Aluconsa, S.A.S., NSD, Importaciones Diversas, SRL, Distribuidora de Materiales Eléctricos FEE, SRL, Distribuidora Eléctrica Henan Jinshui, SRL, Importadora Eaglerise, SRL, TLC Negocios Globales, SRL, Watmax Lighting, SRL, Herrajes Eléctricos RPC, SRL, y MG Solomon Corporation.

También fija el pago de RD$431,816,307.90 a la Dirección General de Impuestos Internos (DGII) y el decomiso de un terreno de 200.18 metros cuadrados ubicado en la avenida Roberto Pastoriza núm. 2, Ensanche Naco, valorado en RD$50,901,692.13.

Por el caso Antipulpo, el Segundo Tribunal Colegiado del Distrito Nacional condenó a Alexis Medinahermano del expresidente Danilo Medina, a siete años de prisión en el centro penitenciario de Najayo.

La decisión fue recurrida y está pendiente de revisión para el próximo 8 de septiembre en la Primera Sala Penal de la Corte de Apelación del Distrito Nacional. Otros imputados recibieron penas menores y algunos fueron declarados noculpables, entre ellos Magaly Medina.

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