Conecta con nosotros

Más Noticias

Esta casi en libertad Redondo Llenas tras cumplir condena por el asesinato de José Rafael Llenas Aybar

Published

on

Santo Domingo, R.D.-Mario José Redondo Llenas, autor del asesinato del adolescente José Rafael Llenas Aybar, saldrá en libertad en cinco días, tras cumplir el próximo 5 de mayo la condena de 30 años de cárcel por el crimen ocurrido en mayo de 1996 en República Dominicana.

José Rafael Llenas Aybar tenía 12 años de edad al momento de ser asesinado el 4 de mayo de 1996, en un caso que conmocionó profundamente y dejó marcada a la sociedad dominicana por su brutalidad. En la historia judicial del país, este caso destaca porque tanto Redondo Llenas como su cómplice, Juan Manuel Moliné Rodríguez, cumplieron íntegramente sus condenas. Moliné Rodríguez salió en libertad el 5 de mayo de 2016.

Según las informaciones, la orden de libertad de Redondo Llenas deberá ser emitida por el juez de la Ejecución de la Pena de San Cristóbal y ejecutada en el Centro de Corrección y Rehabilitación Najayo-Hombres. Para la fecha de su salida, Redondo Llenas tendrá 49 años de edad, mientras que tenía 19 años al momento de cometer el crimen. De igual manera, la víctima tendría hoy 42 años de edad.

En 5 días, Mario José Redondo Llenas saldrá en libertad tras cumplir condena por el asesinato de José Rafael Llenas Aybar

El 26 de septiembre de 2006, la Cámara Penal de la Suprema Corte de Justicia dejó como definitiva la condena de 30 años contra Mario José Redondo Llenas y de 20 años contra Juan Manuel Moliné Rodríguez, también implicado en el asesinato. Asimismo, se ordenó el pago de una indemnización de RD$5 millones a cada uno de los padres del menor por los daños causados.

Detalles del crimen que conmocionó y marco a la sociedad dominicana

Al día siguiente, el 4 de mayo, su cuerpo fue encontrado en el arroyo Lebrón, en el kilómetro 24 de la autopista Duarte. El cadáver presentaba 34 puñaladas en la espalda, estaba atado y envuelto en cinta adhesiva.

En 5 días, Mario José Redondo Llenas saldrá en libertad tras cumplir condena por el asesinato de José Rafael Llenas Aybar
José Rafael Llenas Aybar

El hallazgo fue realizado por una pareja de campesinos en el sector El Cenit, en Pedro Brand, Santo Domingo Oeste, quienes encontraron el cuerpo parcialmente flotando en el agua.

Durante la investigación, las autoridades encontraron un papel en las manos del menor con un número telefónico, lo que permitió identificar a los responsables. Dicho número pertenecía a Kimberly Caldas, novia de Moliné Rodríguez, lo que condujo a los investigadores hasta los implicados.

Posteriormente, Mario José Redondo Llenas y Juan Manuel Moliné Rodríguez fueron arrestados y confesaron el crimen, siendo sometidos a la justicia.

Según lo relatado por los implicados, Redondo Llenas fue quien propinó las 34 cuchilladas, mientras que Moliné Rodríguez lo sujetaba. Antes de esto, la víctima había sido torturada, permaneciendo varias horas amarrada de pies y manos dentro del baúl de un vehículo.

Salida previa de Juan Manuel Moliné Rodríguez en 2016

El 5 de mayo de 2016, Juan Manuel Moliné Rodríguez salió en libertad tras cumplir su condena de 20 años de prisión. En ese momento tenía 38 años de edad y abandonó el recinto penitenciario de Najayo-Hombres alrededor de las 2:30 de la tarde.

Ese día, sus padres llegaron al recinto al mediodía y entraron en vehículo a las instalaciones. La familia colocó las pertenencias del exconvicto dentro del automóvil, mientras este se despedía del personal de la cárcel. Posteriormente, salieron del recinto y se trasladaron a su residencia.

Click to comment

Leave a Reply

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

Más Noticias

A partir del 1 de agosto la JCE eliminará servicios de cedulación de madrugada.

Published

on

Santo Domingo. – A partir del primero de agosto la Junta Central Electoral (JCE) tendrá  nuevos horarios de atención en los Centros de Cedulación de Servicio Extendido (anteriormente denominados Centros de Servicios Continuos).

El Pleno de la JCE dispuso que los centros de servicio extendido ofrecerán atención a la ciudadanía de lunes a domingo, en horario de 8:00 de la mañana a 12:00 de la medianoche.

La medida aplicará a los centros ubicados en Barahona, Herrera, Distrito Nacional, La Romana, La Vega, Las Américas, San Cristóbal, San Francisco de Macorís, San Pedro de Macorís y Santiago.

En ese sentido, la JCE precisó que los ciudadanos con citas programadas en el horario de la madrugada (de 12:00 a. m. a 07:00 a. m.), podrán presentarse en cualquiera de los centros de cedulación, según el horario de servicio correspondiente, sin importar el mes de cumpleaños.

Continue Reading

Más Noticias

Depositan acción contra artículo 310 del Código Penal

Published

on

Santo Domingo.- Una accion directa de inconstitucionalidad sometió el Colegio de Abogados de la República Dominicana (CARD) ante el Tribunal Constitucional una  contra el artículo 310 del recién modificado Código Penal.

El recurso fue encabezado por Trajano Potentini, presidente del gremio, quien considera que su contenido entra en contradicción con garantías esenciales del orden constitucional, particularmente el derecho de defensa, el debido proceso y la dignidad del ejercicio profesional del derecho.

Potentini acudió a la sede de la jurisdicción constitucional acompañado de miembros de la directiva del gremio, presidentes de seccionales y de expresidentes del Colegio de Abogados, en una manifestación institucional con la que la organización procura defender no solamente las prerrogativas de los profesionales del derecho, sino también las garantías que asisten a toda persona que requiere representación y asistencia jurídica efectiva.

El presidente del CARD explicó que la acción constitucional tiene como propósito que el Tribunal Constitucional examine la compatibilidad del artículo impugnado con los principios, derechos y garantías consagrados por la Constitución dominicana, especialmente aquellos vinculados al libre y pleno ejercicio del derecho de defensa.

Dijo que cualquier regulación penal que pueda incidir sobre la actuación profesional de los abogados debe ser examinada con especial rigor constitucional, debido a que el abogado constituye una pieza esencial para hacer efectivo el acceso a la justicia.

Sostuvo que la defensa técnica no puede ser concebida como una concesión del Estado ni como una función secundaria dentro del sistema de justicia. Por el contrario, representa una garantía indispensable para que los ciudadanos puedan ejercer adecuadamente sus derechos frente a una investigación, acusación o proceso judicial.

En ese contexto, el CARD considera necesario preservar un marco normativo que permita a los abogados ejercer sus funciones con independencia, seguridad jurídica y respeto a la naturaleza de su profesión.

Señaló que la controversia planteada trasciende los intereses particulares de los abogados. Según Potentini, cuando se afecta la independencia o la dignidad de quienes ejercen la defensa técnica también pueden verse comprometidos los derechos de los ciudadanos representados por esos profesionales.

Potentini destacó que la Constitución reconoce el debido proceso y el derecho de defensa como garantías fundamentales que deben observarse en toda actuación judicial y administrativa. En consecuencia, afirmó que las normas deben interpretarse de manera compatible con esos postulados.

La acción solicita la intervención del Tribunal Constitucional en su condición de órgano encargado de garantizar la supremacía de la Constitución y la protección de los derechos fundamentales. Corresponderá a esa alta corte examinar los argumentos y determinar la conformidad o no de la disposición cuestionada con la Carta Sustantiva.

El CARD informó que dará seguimiento al curso procesal de la acción y reiteró su confianza en que el debate jurídico permitirá delimitar adecuadamente el alcance de la disposición impugnada conforme a los principios del Estado social y democrático de derecho.

Continue Reading

Más Noticias

Violaciones a la ley se producen con detenciones al margen de la ley.

Published

on

Santo Domingo, R.D.-En franca violacion del mandato constitucional del plazo de 48 horas para someter ante un juez competente a una  persona detenida se produce con casos que tienen que sufrir que se tiempo de extienda por didas, semanas e incluso en  meses, segun denuncia de muchos afectados.

Y cuando finalmente un tribunal ordena la libertad, salir del destacamento tampoco ocurre de inmediato.

La situación ha quedado evidenciada con los 13 ciudadanos que permanecen más de 30 días detenidos en los destacamentos del Ensanche Felicidad y Vietnam, en Santo Domingo Este, sin haber sido sometidos al control de un juez y sin que existiera registro de un proceso penal en su contra.

Aunque un tribunal acogió el hábeas corpus presentado por la Oficina Nacional de Defensa Pública (ONDP) y ordenó su libertad inmediata, varios días después la decisión aún se encuentra en proceso de ejecución.

Infografía
Las licenciadas Edilenny Morel y Yuleidy Figuereo, abogadas de la Oficina Nacional de la Defensa Publica, actuando en representación de los 13 detenidos.

La decisión legal de la liberación de los 13 detenidos ocurrió después de que una inspección de la Defensa Pública encontrara a 16 personas privadas de libertad en los destacamentos de Felicidad y Vietnam. Trece llevaban más de un mes detenidas sin haber comparecido ante un juez.

Durante la audiencia, el Ministerio Público informó al tribunal que no encontró solicitudes de medidas de coerción ni actuaciones procesales relacionadas con esas personas.

Según relataron, los agentes explicaron que el retraso obedecía a la falta de vehículos para trasladarlo hasta la fiscalía.

Sin embargo, cuando consultaron el sistema del Poder Judicial, descubrieron que tampoco existía una solicitud de medida de coerción depositada y ante esa situación, interpusieron un nuevo hábeas corpus.

Para la Defensa Pública, la ausencia de transporte se ha convertido en una de las explicaciones más frecuentes para justificar los retrasos.

«No había sucedido antes con esta magnitud. Ahora uno de los argumentos recurrentes es que no hay vehículos para trasladar a los detenidos», explicó Figuereo.

La defensora sostuvo que esa situación no solo afecta a quienes esperan ser presentados ante un juez por primera vez, sino también las audiencias de medidas de coerción.

«Si hay 65 audiencias fijadas, 45 o 50 terminan aplazándose por falta de traslado«, aseguró.

El hábeas corpus tampoco acelera siempre la libertad.

Las defensoras afirman que incluso cuando presentan acciones constitucionales para recuperar la libertad de un detenido, el proceso suele enfrentar nuevos obstáculos.

Según Figuereo, en algunos casos el Ministerio Público solicita aplazamientos de las audiencias de hábeas corpus para ganar tiempo.

«La táctica dilatoria que está haciendo el Ministerio Público es pedir aplazamiento para depositar la solicitud de medida de coerción. Cuando vuelve la audiencia, aparece el vehículo, trasladan al imputado y conocen la medida», afirmó.

El artículo 40 de la Constitución dispone que toda persona detenida debe ser presentada ante un juez dentro de las 48 horas siguientes a su arresto.

El artículo 71 reconoce el hábeas corpus como el mecanismo para restablecer ese derecho cuando la privación de libertad es ilegal o irrazonable.

Sin embargo, para la Defensa Pública, las visitas diarias a los destacamentos muestran una realidad distinta.

Las inspecciones no solo verifican el tiempo de detención. También revisan si los privados de libertad han recibido alimentos, agua, atención médica y si han sido objeto de maltratos.

«Mucha gente ni siquiera sabe por qué está detenida o que tiene derecho a ser presentada ante un juez en 48 horas«, señaló la defensora pública Dilenny Morel.

La historia de los 13 ciudadanos resume la paradoja que describen las defensoras. Entraron a los destacamentos sin que posteriormente se formalizara un proceso judicial.

Un tribunal ordenó su libertad. Pero la ejecución de esa decisión también requirió nuevos trámites, seguimiento de los abogados y espera.

Para la Defensa Pública, esa secuencia refleja un problema que trasciende un caso particular: en algunos destacamentos dominicanos no solo resulta fácil entrar; también puede ser muy difícil salir, incluso cuando un juez ya ordenó la libertad.

Continue Reading

Edificio La República: Restauración No. 138, cuarta planta, Santiago, República Dominicana. Teléfono: 809-247-3606. Fax: 809-581-0030.
www.larepublicaonline.com  / Email: periodico@larepublicaonline.com
Copyright © 2021 Blue National Group