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Opinión

Santiago: Una Ciudad Bombardeada.

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Por José Cabral

EN OTRO ANGULO

Recorrer las calles de Santiago angustia a cualquiera de su ciudadano que la adore, ya que el deterioro que se observa da deseo de llorar.

Pero  peor imagen proyecta Santiago cuando se observa desde el techo de cualquier edificio, en virtud de que da la impresión de ser una ciudad bombardeada con armas de alto calibre.

Ciertamente Santiago ha sido víctima del veneno de sus autoridades que sólo saben crear fórmulas para enriquecerse sin ningún tipo de miramiento.

Santiago, la otrora ciudad más limpia del país, cuya condición siempre fue reconocida por nacionales y extranjeros, hoy muere lentamente ante la mirada confundida de todos los que han contribuido con el triunfo de las autoridades municipales de las últimas décadas.

Santiago hoy se cae a pedazos, sucia hasta más no poder, y bombardeada por los ruidos, la basura, los males olores, el abandono, la pobreza, la marginación, el desempleo, la exclusión social, la corrupción, pública y privada, el fraude, la delincuencia, la violencia, el narcotráfico y sobre todo por la ambición de dinero de los políticos irracionales.

Caminar por las calles Del Sol, 30 de Marzo y Restauración permite evaluar hasta dónde lo que queda de Santiago es prácticamente un cascaron, donde cualquier munícipe que no iba a ella durante muchos años termina definitivamente frustrado.

En contraste con ese Santiago hecho pedazos se puede observar un notable crecimiento comercial que parece más bien motorizado por una serie de extranjeros que han llegado a ella para desplazar a muchos comerciantes tradicionales de la ciudad corazón.

Los rostros de los que caminan por sus calles también se ven con tanto deterioro físico como su entorno,  edificios y otros elementos  que bordean al otrora Santiago Dormilón.

Santiago es como la persona humana languideciente que sólo necesita un poquito tiempo para morir, para desaparecer del escenario de aquellas ciudades que se proyectan saludables y bien cuidadas

Puede verse en Santiago una Catedral remozada, casi completamente cercada, como si se tratara de una fórmula para focalizar a sus feligreses en las palabras de Dios y para que los devotos se acojan a un protocolo  más estricto cuando asistan a los actos religiosos que allí se celebran.

Santiago es una especie de instrumento para que muera de una vez y para siempre la llamada cultura del regreso que caracteriza a muchos que se han ido por razones socio- económicas, pero que mantienen el anhelo de algún día volver.

Santiago se nos muere en nuestros brazos llenos de impotencia y muchas veces de indiferencia, negligencia e irresponsabilidad.

El futuro no es muy prometedor para una ciudad como Santiago que cuenta con un alcalde como Gilberto Serulle que sólo proyecta prisa, irracionalidad y tolerancia con lo mal hecho.

No perdamos a Santiago para siempre y apelemos a nuestros poderes ciudadanos para reclamar de sus autoridades mayor sensibilidad  por nuestra patria chica.

Santiago ya no es Santiago, la Ciudad Corazón.

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Opinión

Es hora de frenar el monstruo…

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Por Isaías Ramos

El 14 de enero de este año, nuestra nación fue víctima de una de las peores ignominias que puede sufrir nuestra frágil democracia: la ruptura de nuestra Carta Magna. Con la promulgación de la Ley 1-24, que pretende instaurar la Dirección Nacional de Inteligencia (DNI), se busca intimidar a la población y consolidar una tiranía que creíamos superada hace más de seis décadas.

Esta ley desafía abiertamente la Constitución que nos rige. Según el artículo 261, el sistema de inteligencia debe estar subordinado a instituciones independientes, como las Fuerzas Armadas y la Policía Nacional, asegurando así su supervisión y alineación con el interés nacional. No obstante, el artículo 8 de la Ley 1-24 coloca la DNI directamente bajo el presidente, otorgándole un poder ilimitado que es tanto peligroso como inestable.

La historia nos ofrece lecciones claras sobre los peligros de un poder sin restricciones. Tácito, el historiador romano, advirtió: «El poder nunca es estable cuando es ilimitado». Este poder concentrado en una sola figura no solo va en contra de nuestras leyes fundamentales, sino que es una receta para el abuso y la corrupción.

Esta ley se levanta como un monstruo de múltiples cabezas que, de no ser detenido, destruirá los cimientos de esta débil democracia, llevándose consigo nuestra libertad y nuestros derechos más preciados: nuestra dignidad.

La implementación de esta ley podría llevarnos por un camino oscuro, similar al sufrido por ciudadanos en países como Nicaragua, Venezuela y Cuba, donde los servicios de inteligencia se han utilizado como herramientas para reprimir la disidencia y mantener a los líderes autoritarios en el poder.

La historia reciente de la activista de derechos humanos Rocío San Miguel, detenida arbitrariamente, y de algunos dirigentes de la líder opositora María Corina Machado en un país bajo un régimen con leyes similares, nos sirve como un presagio sombrío de lo que podría suceder aquí. Sus experiencias de miedo, represión y violencia son un claro recordatorio de lo que está en juego.

Es imperativo que reconsideremos esta legislación y evaluemos sus impactos potenciales no solo en nuestra seguridad, sino en nuestra libertad.

El Frente Cívico y Social (FCS) comprende profundamente estas consecuencias y, por eso, instamos a la población a tomar una postura firme. Si esta ley no es derogada o modificada para alinearse con nuestros principios constitucionales antes de las elecciones del 19 de mayo, llamamos a la ciudadanía a abstenerse de votar o emitir un voto nulo. Esta acción de desobediencia civil no es solo un derecho, sino un deber cívico.

El sistema actual nos desmoraliza, nos lleva a vivir en un estado de desestabilización y crisis, causando miedo y terror que nos quitan el poder de razonar y pensar en lo verdaderamente importante.

De continuar indiferentes ante este enorme desafío, visualizamos un futuro donde el miedo y la represión se convertirán en la norma, y donde las libertades que tanto costaron conquistar serán solo un recuerdo lejano. Frente a este escenario, debemos recordar que aún tenemos la oportunidad de redirigir el rumbo de nuestra nación.

Defender nuestra libertad es ahora. No podemos permitir que las sombras de un pasado autoritario oscurezcan nuestro presente y nuestro futuro. Alcémonos con valor y compromiso, preparados para actuar y proteger lo que más valoramos. Solo así podremos superar las adversidades y fortalecer los pilares de nuestra democracia.

En el FCS estamos muy claros de que el futuro está en nuestras manos, y el momento de actuar es ahora. No esperemos más para defender nuestro sistema democrático y asegurar un mañana más prometedor y justo para todos. ¡Despierta, RD!

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Opinión

La condena de cadena perpetua  impuesta por la Corte Penal Internacional

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Por Rommel Santos Díaz

El artículo 77 del Estatuto de Roma faculta a la CPI para imponer la condena de cadena perpetua, pero solo en aquellos casos en que se justifique debido a la extrema gravedad  del crimen y las circunstancias individuales del condenado.

De otra manera, la pena máxima para los delitos del Estatuto de Roma es de 30 años  de prisión. Algunas constituciones prohíben la cadena perpetua  o el término de 30 años de prisión  por considerar que estas penas  no prevén una oportunidad  para la rehabilitación, o que no son proporcionales  con la naturaleza del crimen.

Sería difícil argumentar que los largos periodos de prisión son desproporcionados  respecto a la mayoría de los crímenes de la competencia de la CPI, particularmente cuando la cadena perpetua  debe ser justificada  por la ̈extrema gravedad  del crimen ̈. Tal condena solo se impondrá a aquellos que tengan el más alto nivel de responsabilidad  en la comisión de los mas graves  crímenes, tales como  el genocidio.

Adicionalmente, el Estatuto de Roma prevé la posibilidad de la rehabilitación. Según el artículo 110, la Corte deberá  revisar todas las condenas de prisión cuando el recluso  haya cumplido las dos terceras partes  de la pena o 25 años de prisión en caso de cadena perpetua para determinar si esta puede reducirse.

En el punto anterior la CPI  considera estos aspectos como si la persona hubiese asistido  a la Corte con la localización de cualquier bien objeto de una multa, decomiso u órdenes de reparación que pudiesen beneficiar a la víctima.

La CPI también podrá tomar en consideración  ¨otros factores indicados en las Reglas de Procedimientos y Prueba, que permitan determinar un cambio en las circunstancias suficientemente claro  e importante como para justificar la reducción de la pena¨

Por consiguiente una cadena perpetua  podría reducirse  a 25 años de prisión en algunos casos. Si la CPI decide no reducir la sentencia de la persona después de la primera revisión, volverá a examinar la cuestión con la periodicidad y con arreglo  a los criterios indicados en las Reglas de Procedimientos y Prueba.

Durante las negociaciones sobre las penas de la CPI, muchos Estados estuvieron a favor de la aplicación de la pena de muerte en los casos extremos. El numero de Estados con pena de muerte  es poco menor que el de aquellos que no tienen pena de muerte.

No existe la oportunidad  para rehabilitación alguna cuando se impone la pena de muerte. Por ende la cadena perpetua con la posibilidad de reducirla a 25 años, es un compromiso  razonable entre la pena de muerte y la prisión máxima de 30 años.

Los Estados deberán recordar que el artículo 80 del Estatuto de Roma expresamente establece que el Estatuto no afecta la aplicación por parte de los Estados de aquellas penas prescritas por su propio derecho interno , ni afecta la ley de aquellos Estados  que no impongan las penas prescritas en el Estatuto de Roma.

Los Estados Partes no deben imponer las mismas penas por los mismos delitos en su jurisdicción, ni deberán aplicar las condenas de prisión  a no ser que voluntariamente lo quieran hacer. En este caso, los Estados podrán también especificar las condiciones bajo las cuales  aceptarían a las personas condenadas, inclusive la condición de no aplicar la cadena perpetua.

Por consiguiente, los Estados Partes que cuenten con las disposiciones constitucionales que prohíban la imposición de la cadena perpetua  solo necesitaran permitir la excepción de entregar a la persona a la CPI, pese a que tal persona pueda ser condenada a cadena perpetua.

Los Estados Partes del Estatuto de Roma deberán entregar a la persona acusada a la CPI cuando ésta así lo solicite, aún si existe la posibilidad de que dicha persona sea condenada a cadena perpetua.

En el caso de muchos Estados, la potestad de la CPI para imponer la cadena perpetua no necesitará la aplicación de medidas legislativas particulares. Sin embargo, en algunos Estados la constitución explícitamente prohíbe la extradición de una persona a un Estado  donde se aplica esta pena , o que declara la cadena perpetua como un castigo cruel. Estos Estados cuentan con dos opciones:

  1. a)Establecer claramente, en la norma que implemente el Estatuto, la distinción entre la extradición de una persona a otro Estado y la  entrega de una persona a la Corte Penal Internacional.

Algunos Estados podrán realizar esta distinción en su legislación, lo cual les permitiría entregar personas a la CPI aunque existan una restricción  a la ¨extradicion¨de personas a tribunales que impongan la pena de cadena perpetua. Esto les permitiría mantenerla prohibición de extraditar una persona a un tribunal extranjero, sin interferir con la habilidad de cooperar plenamente con la CPI.

  1. b)La reforma a la Constitución podría ser mínima, dirigida solo a la introducción de una excepción al principio. Podría especificarse que la cadena perpetua impuesta por la CPI de conformidad con el Estatuto de Roma para algunos de los crímenes allí enumerados no viola la Constitución.

Debería también mencionarse  que el Estado puede entregar a la persona acusada a la CPI a pesar de que exista la posibilidad de la cadena perpetua. La enmienda constitucional  podría también mencionar que la CPI puede reducir la condena  después de 25 años, existiendo así la posibilidad de la rehabilitación.

Finalmente, la ventaja de una  reforma constitucional que elimina cualquier posibilidad de un conflicto normativo, garantiza que los tribunales nacionales dicten sus fallos de conformidad con sus obligaciones legales establecidas en el Estatuto de Roma.

Rommelsntosdiaz@gmail.com

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Opinión

Agresión contra un país “amigo”

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Por Nelson Encarnación

Una importante figura de la política estadounidense se ocupó de aclarar, muy tempranamente, que los Estados Unidos no tenían ni amigos ni enemigos, sino intereses, a partir de lo cual el comportamiento de esa gran nación ha estado en línea con aquel juicio tan categórico.

Es por ello que un día se mueven en las fronteras de Dios, y al siguiente se bañan en el fuego del diablo con tal naturalidad que dejan perplejo a más de uno.

En tales condiciones, hace dos semanas que el secretario de Estado, Antony Blinken, habló al presidente Luis Abinader para agradecerle por la determinante colaboración de nuestro país para la evacuación segura de estadounidenses atrapados en el pandemónium que es Haití, una situación mantenida en parte por la inacción de Washington para ayudar sinceramente a su solución.

Pero no bien se ha apagado el sonido de la voz de Blinken en los oídos de nuestro presidente, cuando el Departamento de Estado —es decir, el empleo de Blinken—se despacha una agresión injustificada contra un país supuestamente amigo, condición que, dicho de pasada, queda en serio cuestionamiento.

El informe contiene una serie de mentiras que no tienen otra explicación que no sean mala fe o desinformación, pues en referencia directa al caso de los haitianos indocumentados, nuestro país ejerce el mismo derecho que Estados Unidos a repatriar a quienes se encuentren en condición irregular. Creo que no se trata de desinformación, pues el Gobierno estadounidense cuenta con muy buenos canales de información y se encuentra al tanto de todo lo que acontece en sus áreas geográficas de influencia.

Por consiguiente, se trata de mala fe, de manipulación con los fines con que suelen manejarse, o sea, el armado de expedientes que guardan hasta una mejor oportunidad.

Las repatriaciones de indocumentados que realizan las autoridades dominicanas ocurren al amparo de las mismas prerrogativas legales que las estadounidenses, con la diferencia de que no se puede mostrar un espectáculo tan violatorio de los derechos humanos como aquellas imágenes donde agentes de frontera montados a caballo aporrean a haitianos.

Tampoco nuestra Armada establece bloqueos marítimos para impedir que los haitianos lleguen a través de las aguas territoriales dominicanas.

Es decir que, al hablar de derechos humanos de los haitianos, somos nosotros quienes deberíamos emitir informes para condenar a los Estados Unidos.

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