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Fiscal procesado por soborno en caso Senasa dice «Estoy presto a enfrentar mi proceso».
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1 semana agoon
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LA REDACCIÓN
Santo Domingo, R.D.-El fiscal Aurelio Valdez Alcántara fue mantenido en prision por decision de la Segunda Sala Penal de la Suprema Corte de Justicia, quien está acusado formalmente de recibir un soborno de 10,000 dólares por parte de un testigo clave en el entramado de corrupción del Seguro Nacional de Salud (Senasa).
El tribunal, presidido por el magistrado Francisco Jerez Mena e integrado por las juezas Nancy Salcedo y Yorlin Vásquez Castro, tomó la determinación de manera unánime al desestimar el recurso de apelación presentado por la barra de la defensa del imputado.
Los abogados Alberto Thomas Delgado Lora, Valentín Medrano Peña, Oscar Medina Mateo y Freddy Mateo Cabrera interpusieron el recurso técnico en procura de revocar la decisión de la jueza de instrucción especial Isis Muñiz, quien originalmente dictó tres meses de prisión preventiva como medida cautelar contra Valdez Alcántara.
Durante el desarrollo de la audiencia de apelación, Valdez Alcántara intervino de manera directa, mostrándose firme y confiado en su inocencia.
El encartado aseguró ante el tribunal que posee elementos audiovisuales que demostrarán de forma inequívoca que las imputaciones formuladas en su contra carecen de veracidad real y que los hechos no acontecieron de la manera descrita por el órgano persecutor.
«El Ministerio Público tiene la obligación legal de investigar tanto a favor como en contra del procesado, y en este caso no lo ha hecho. Han violentado el principio de objetividad en su máxima extensión dentro del proceso», manifestó el fiscal imputado.
Asimismo, denunció que el Ministerio Público incurrió en la violación del debido proceso al intentar ocultar evidencias de carácter audiovisual que supuestamente desmontarían la tesis de la acusación.
Valdez Alcántara fue más allá al sugerir ante los jueces de la Suprema Corte que el proceso penal se encuentra contaminado por motivaciones ajenas al imperio de la ley, insinuando la existencia de fricciones y resentimientos particulares entre los investigadores asignados al caso y su persona.
Al respecto, sentenció que «los problemas personales que un investigador o persona tenga con algún investigado no deben incidir en la marcha del proceso».
Por otro lado, Wilson Camacho, titular de la Dirección de Persecución del Ministerio Público, respaldó la decisión de la Suprema Corte.
Camacho puntualizó que tanto el tribunal de primera instancia como el máximo órgano jurisdiccional del país han unificado criterios al determinar que la prisión preventiva es la medida de coerción más idónea, razonable y proporcional ante la extrema gravedad de los delitos atribuidos al funcionario judicial.
Cabe destacar que Valdez Alcántara está adscrito a la propia Pepca y es señalado de recibir dinero en efectivo de manos del testigo Roberto Canaán, catalogado como una de las figuras centrales del presunto entramado de corrupción detectado en SeNaSa.
La captura del fiscal se ejecutó bajo la modalidad de flagrante delito mediante una «entrega controlada» de fondos públicos debidamente fiscalizados.
El magistrado Camacho detalló meticulosamente la rigurosidad técnica con la que se llevó a cabo el arresto, argumentando que este tipo de operaciones deja sin ningún tipo de sustento jurídico o factual las objeciones presentadas por la defensa.
«Yo no entiendo cómo una persona puede negar una entrega controlada. El dinero salió del Ministerio Público, se le entregó a la persona afectada, se fotografió antes de la entrega y esas fotos se depositaron en el tribunal de manera previa. Luego, al imputado se le encontró ese mismo dinero que ya estaba marcado. En términos objetivos, salvo el derecho de defensa, no hay forma de negar unos hechos tan evidentes», sentenció firmemente Camacho.
Política de cero tolerancia institucional
Al ser pregunto respecto a las justificaciones y tácticas de negación ejercidas por el imputado, Camacho declinó especular sobre la estrategia defensiva y prefirió remitirse de forma pragmática a las contundentes pruebas materiales y periciales recolectadas en el curso de la fase indagatoria.
De igual forma, Camacho ponderó el profundo impacto institucional que representa este proceso para la credibilidad de la justicia dominicana, subrayando que la investidura o la condición de fiscal no constituye un manto de impunidad ni exime a ningún ciudadano del cumplimiento estricto de la ley.
Por el contrario, aseveró que obliga al órgano persecutor a obrar con el doble de firmeza e integridad, con absoluta independencia de la identidad del procesado.
«Ser fiscal significa perseguir a cualquiera que haya cometido un hecho ilícito del que nosotros tengamos evidencia. Es lo que hemos hecho hasta ahora y es lo que vamos a seguir haciendo», concluyó categóricamente el magistrado.
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Exprocurador sostiene que declaraciones de Wilson Camacho debilitan acusación en su contra
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12 horas agoon
junio 10, 2026
Santo Domingo.- Jean Alain Rodriguez, exprocurador general de la República, afirmó este miércoles que las recientes declaraciones del director de Persecución del Ministerio Público, Wilson Camacho, respaldan los cuestionamientos que ha realizado sobre la investigación y la acusación presentada en su contra.
Durante un receso de la audiencia del proceso judicial que enfrenta, Rodríguez respondió a los señalamientos de Camacho sobre una supuesta estrategia de amedrentamiento contra los fiscales vinculados al caso.
Según explicó, al manifestar públicamente que se sintió amedrentado mientras él dirigía la Procuraduría General de la República, Camacho estaría reconociendo una situación que, a juicio del exfuncionario, le impedía participar en una investigación relacionada con su persona.
«Siendo así, él acaba por destruir la acusación, porque un fiscal que se siente amedrentado sencillamente está inhibido o inhabilitado”, sostuvo Rodríguez.
El exprocurador reiteró que desde hace años ha señalado que algunos miembros del Ministerio Público no debieron intervenir en el proceso debido a circunstancias que, según afirma, comprometían su imparcialidad.
- Asimismo, criticó que los fiscales respondieran con señalamientos personales, en lugar de abordar los argumentos planteados en una demanda impulsada por el abogado Carlos Balcácer.
Rodríguez concluyó asegurando que las declaraciones de Camacho constituyen una nueva evidencia de las presuntas irregularidades que, según sostiene, afectan el expediente judicial en su contra.
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Por intento de homicidio y estafa Ministerio Público pedirá prisión para “Mantequilla”.
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12 horas agoon
junio 10, 2026
Santo Domingo, RD. – Wilkin Garcia Peguero< «Mantequilla», tendrá que afrontar qie el Ministerio Público solicitr en su contra prisión preventiva como medida de coerción al imputarlo de asociación de malhechores, tentativa de homicidio agravada, agresión física y estafa en perjuicio del joven Yeison Mata Albuey.
El imputado se encuentra bajo custodia en la Fiscalía de Monte Plata para ser interrogado, y luego ser sometido a la justicia por los hechos que se le atribuyen. García Peguero fue arrestado mediante una orden emitida por un juez de la Coordinación de los Juzgados de la Instrucción de Monte Plata, mientras se desplazaba como pasajero en una motocicleta por el sector Arroyo Hondo Viejo, en el Distrito Nacional.
El órgano acusador trabaja en la instrumentación de la solicitud de medida de coerción contra García Peguero, la cual será depositada ante la Oficina Judicial de Servicios de Atención Permanente de Monte Plata dentro del plazo de 48 horas establecido por el Código Procesal Penal. Dicho plazo vence antes de las 10:00 de la noche de este jueves.
Tras su arresto, García Peguero (Mantequilla)imputado fue trasladado al Centro de Atención y Privación de Libertad de Ciudad Nueva.
La operación fue ejecutada por miembros de la Unidad de Captura de Prófugos, Rebeldes y Condenados (Ucaprec), bajo la dirección de la fiscal Andry De Los Santos, en coordinación con el Departamento Operativo II de la Unidad Central de Búsqueda y Captura de Prófugos, Rebeldes y Condenados de la Policía Nacional.
Cabe recordar que Wilkin García Peguero, conocido como “Mantequilla”, cumplió una condena de dos años de prisión luego de que los jueces del Tribunal Colegiado de Monte Plata lo declararan culpable de abuso de confianza en perjuicio de varias personas del municipio Sabana Grande de Boyá. La sentencia fue emitida el 22 de marzo de 2024.
En ese proceso, el Ministerio Público sometió a García Peguero a la justicia tras recibir más de 25 querellas por presunta estafa, además de diez denuncias que posteriormente fueron convertidas en querellas para integrarse al expediente judicial.
Según la acusación, García Peguero captó millones de pesos a través de una empresa no regulada denominada 3.14 Inversiones World Wide, que operaba desde un local comercial y una residencia ubicados en el municipio Sabana Grande de Boyá, provincia Monte Plata.
El caso de “Mantequilla” ha generado gran atención pública debido a las múltiples denuncias relacionadas con presuntas estafas financieras y ahora por las nuevas acusaciones de intento de homicidio, agresión física y asociación de malhechores en perjuicio de joven Yeison Mata Albuey.
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Tribunales disciplinarios son eliminados de Ley del Colegio de Abogados.
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12 horas agoon
junio 10, 2026
Santo Domigo, R.D.-La Ley 3-19 que crea el Colegio Dominicano de Abogados de la República Dominicana incorrectamente tenia la existencia simultánea de tribunales disciplinarios nacionales y distritales, lo que en opinión del Tribunal Constitucional genera incertidumbre sobre cuál era el juez para procesar a los abogados acusados de cometer irregularidades,
Mediante la Sentencia TC/0331/26, la alta corte acogió parcialmente una acción directa de inconstitucionalidad presentada por el Movimiento para el Rescate del CARD (Moreca) y anuló los artículos 56 y 58 de la legislación, que creaban tribunales disciplinarios en los distintos distritos judiciales del país.
La decisión deja como único órgano disciplinario al Tribunal Disciplinario de Honor, con sede en el Distrito Nacional, y ordena al Congreso Nacional adecuar la legislación para corregir las deficiencias detectadas en el régimen disciplinario del gremio.
El TC determinó que la ley creó dos estructuras con competencias prácticamente idénticas para conocer denuncias disciplinarias contra abogados en primera instancia: el Tribunal Disciplinario de Honor y los tribunales disciplinarios distritales.
Según la sentencia, esa coexistencia impedía identificar con claridad cuál era el órgano competente para conocer cada caso, vulnerando principios constitucionales como la seguridad jurídica, el debido proceso y la garantía del juez natural.
Para llegar a esa conclusión, la alta corte aplicó el denominado «test de razonabilidad» y reconoció que el objetivo del legislador —acercar la justicia disciplinaria a los distintos territorios del país— era legítimo. Sin embargo, consideró que el mecanismo escogido resultó irrazonable y desproporcionado porque generó un sistema paralelo de tribunales con funciones superpuestas.
El tribunal advirtió que esa estructura también podía producir desigualdades procesales. Mientras un abogado sometido ante un tribunal distrital disponía de una vía recursiva adicional ante el Tribunal Disciplinario de Honor, quienes eran procesados directamente por este último no contaban con el mismo esquema de revisión, creando diferencias injustificadas entre profesionales sometidos a procedimientos similares.
La sentencia también rechazó uno de los principales argumentos de Moreca, que sostenía que los abogados no debían ser juzgados disciplinariamente por otros miembros del gremio.
En consecuencia, la alta corte validó la permanencia del Tribunal Disciplinario de Honor como órgano competente para ejercer el control ético y disciplinario de los profesionales del derecho.
Aunque la decisión elimina hacia el futuro los tribunales disciplinarios distritales, el TC dispuso que los expedientes que actualmente se encuentran en trámite ante esas instancias podrán continuar hasta su conclusión para evitar afectar procesos ya iniciados.
