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Faltan actores clave en red de corrupción y lavado de activos
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4 años agoon
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LA REDACCIÓN“Me extrañaría mucho que en ese caso se llegue al fondo”, respondí al amigo, para hoy dar más argumentos sobre mi desconfianza en la justicia dominicana y del pragmatismo de las autoridades norteamericanas que ayer, hoy y siempre se ofrecen para dar apoyo al “gobierno” en la “lucha contra la corrupción”.
Los norteamericanos saben de la A a la Z qué hizo la Odebrecht y con quiénes en República Dominicana, al igual que la compra de aviones Tucano, entre otros escándalos de corrupción, pero hasta ahora solo han usado esa información para ejercer presiones políticas y obtener respaldo a sus políticas hemisféricas, jamás para contribuir a erradicar el robo del patrimonio.
Son selectivos
Si el militar Cáceres y sus asociados son hallados culpables de robar fondos públicos y para justificarlos incurrieron en lavado de activos, sería la primera condena de esta magnitud en el país y tendría que golpear a quienes crearon la red y a los que prestaron el sistema financiero para el lavado.
El exfiscal y dirigente del partido Alianza País, doctor Guillermo Moreno, tiene meses publicando en su columna semanal en el periódico Diario Libre el rosario de denuncias y querellas sobre corrupción que ha sucumbido en su intento de hacer justicia por dos razones determinantes: los fiscales les restan méritos y obstruyen la investigación, o los jueces las desestiman. Hay casos de los recordados por Moreno que son emblemáticos y elocuentes porque resulta que representantes del ministerio público que se negaron a investigar querellas y a poner expedientes en manos de la justicia, hoy hablan con una seguridad como si vivieran en Francia.
Es el caso de la fiscal Yeni Berenice Reynoso, una de las investigadoras de los casos de corrupción del presente.
¿Ya hay tipificación?
Cuando Moreno le entregó a la entonces procuradora del Distrito Nacional (Yeni Berenice Reynoso)una querella en el año 2013 acusando de corrupción y lavado de activos a un expresidente de la República, ella misma lo desestimó el 25 de mayo de ese año y dispuso el archivo definitivo “por la deficiencia del sistema legislativo dominicano. En lo que respecta al tema en cuestión (corrupción), no es posible imputar determinadas conductas”, dijo entonces.
¡Ah caramba! Hace ocho años Reynoso se encontró con que “la falta de tipificación de las acciones impide que el ministerio público pueda actuar” cuando le llegó a su mano un expediente con acusaciones directas.
Uno se pregunta ahora… ¿ya hay tipificación de las acciones de corrupción y es posible investigar y acusar desde el mismo ministerio público?
Si es así, en el país hay una gran esperanza porque desde que la extinta expresidente de la Cámara de Cuentas, Licelot Marte, en agosto de 2013 declarara que “con los recursos que se distraen a través de las distintas instancias del Estado, se podrían hacer dos República Dominicana”, ningún fiscal se dio por aludido ni ha hecho nada contra la corrupción.
Escándalos sin sanción
En plena vigencia de la Ley 72-02 sobre Lavado de Activos provenientes del narcotráfico, la selectividad del ministerio público para investigar y acusar, y de los jueces para condenar, quedó en evidencia con dos casos que ocurrieron al mismo tiempo.
En el año 2009 las autoridades detuvieron a Manuel Emilio Mesa Beltré (El Gringo) acusado de operar negocios de drogas y le incautaron más de 50 millones de pesos que estaría movilizando en casas de cambio y financieras.
Aparte del juicio al acusado de narcotráfico, por la aplicación de la Ley de Lavado de Activos, siete financieras o casas de cambio fueron multadas y cerradas por la Superintendencia de Bancos.
Pocos meses después, el 2 de marzo de 2010, el español Arturo del Tiempo Marqués fue detenido en Barcelona, España, por llevar desde aquí más de 1,000 kilos de cocaína en una carga de baldosas.
Resultó que Del Tiempo era un desconocido en España, pero se había radicado en el país cinco años antes y había echado tantas raíces que para su Torre Atiemar obtuvo un préstamo cercano a los 15 millones de dólares en el banco comercial más grande del país.
Del Tiempo fue condenado en España por narcotráfico, pero aquí el ministerio público no solo no hizo nada para investigar el grueso lavado de activos, sino que el principal socio del narcotraficante, el colombiano Germán Eduardo Duque García, fue apresado y poco tiempo después sacado de la cárcel con una fianza y salió del país cerrando un expediente cimero de la peor impunidad.
La Ley 72-02 sirvió para “hacer justicia” contra un narcotraficante dominicano que acumuló 50 millones de pesos en una financiera que terminó cerrada, pero nada hizo para investigar un préstamo de más de 500 millones de pesos que violó abiertamente el artículo 38 de esa ley que obligaba al banco a asegurarse de identificar tanto al negociante como la procedencia lícita de los fondos con que iba a pagar.
Ahora la Ley 155-17 contra el Lavado de Activos y el Financiamiento del Terrorismo, en su artículo 32, identifica claramente en su primer acápite a “las entidades de intermediación financiera” y a las inmobiliarias y los profesionales liberales, entre otros, como sujetos obligados del cumplimiento de la ley.
Si los fiscales no les encuentran al militar Cáceres y a su “red de corrupción y lavado de activos” los fondos debajo del colchón, se supone que junto a estos primeros apresados caerán los ejecutivos bancarios, inmobiliarios y profesionales liberales que facilitaron sus servicios para que se consumara el lavado de activos.
Ahí es que están mis dudas. ¿Se atreve este ministerio público a someter a la justicia a los lavadores de dinero robado al Estado dejando fuera a las lavanderías que según la ley están obligadas a identificar operaciones sospechosas y depósitos injustificados?
Si estos militares y civiles son condenados por lavado y los bancos e inmobiliarias donde invirtieron el dinero no son enjuiciados, el país vivirá otra entrega de la comedia de “lucha contra la corrupción” a la que nos tienen acostumbrados.
¡Y no haréis justicia!
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Recusación de juez de caso Falcón genera aplazamiento de audiencia preliminar.
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2 días agoon
diciembre 19, 2024Santo Domingo, R.D.-La defensa del imputado Lenin Torres y la persona moral Lenin Auto Import recusaron al juez Cirilo Salomón Sánchez del Quinto Juzgado de la Instrucción de Santiago, lo que generó el aplazamiento para el 9 de enero del 2025 de la audiencia preliminar del caso Falcón.
El abogado José de los Santos Hiciano argumentó la recusación en medio de un proceso que ha enfrentado múltiples retrasos. Este incidente ocurre poco después del arresto en Colombia de Erick Randiel Mosquea Polanco, señalado como líder de la red criminal.
El Ministerio Público, representado por los fiscales Yeny Liranzo, Reyna Jiménez y Pedro Martínez, calificó la recusación como infundada y extemporánea, reiterando su disposición para avanzar con el proceso judicial.
La operación Falcón desmanteló una red de crimen organizado que se dedicaba al narcotráfico, lavado de activos, tráfico de armas y otros delitos, movilizando miles de millones de pesos bajo la apariencia de actividades comerciales legítimas.
El Ministerio Público presentó una acusación formal contra más de 70 personas y entidades, aportando miles de documentos como pruebas. El desmantelamiento de la red contó con el apoyo de la DEA y otros organismos internacionales.
El aplazamiento prolonga un proceso que ha sido marcado por constantes recursos de la defensa. Las autoridades reiteraron su compromiso de garantizar justicia para un caso de alto impacto en la lucha contra el crimen organizado en el país.
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Panorama político del pais podría cambiar por candidaturas independientes.
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2 días agoon
diciembre 19, 2024Santo Domingo, R.D.-Un gran impacto podría tener la sentencia del Tribunal Constitucional de la República Dominicana en la redefinición de la participación política en el país.
El caso, conocido como TC/0788/24, declaró inconstitucionales los artículos 156 y 157 de la Ley 20-23 sobre el régimen electoral, disposiciones que regulaban de forma restrictiva las candidaturas independientes.
Esta decisión llega tras la acción de inconstitucionalidad interpuesta por Alberto Emilio Fiallo-Billini, quien argumentó que dichas normas «vulneran principios constitucionales como el pro-participación, la igualdad en derechos políticos y el pluralismo político».
El fallo, en esencia, podría allanar el camino para una mayor diversidad en las opciones políticas, así como reforzar el principio de participación ciudadana, al eliminar requisitos como la conformación de «cuadros directivos fijos» similares a la de las organizaciones políticas, para las candidaturas independientes.
A pesar de mostrarse como una idea democrática, el éxito de este cambio dependerá en gran medida de la implementación de medidas que garanticen condiciones equitativas para las candidaturas independientes, así como los ajustes necesarios tanto a las legislaciones como a los procesos electorales.
La sentencia del Tribunal Constitucional marca un hito en la historia democrática de la República Dominicana. Su impacto real dependerá de cómo los actores políticos, el electorado y las instituciones electorales adopten esta nueva realidad.
La decisión del TC
En el proceso de aprobación, nueve jueces del Tribunal Constitucional votaron a favor de eliminar estos requisitos que exigían a las candidaturas independientes lo mismo que los partidos políticos, pero dos votaron en contra por considerar que el pleno se excedió en sus atribuciones y asumió funciones del Poder Legislativo.
«El mecanismo previsto para la presentación de candidaturas independientes requiere la creación de agrupaciones políticas accidentales, estructuradas de manera similar a los partidos políticos tradicionales. Esto desnaturaliza la figura de las candidaturas independientes y limita su accesibilidad para quienes deseen optar por esta vía», indica el fallo.
El Tribunal Constitucional recomendó una nueva redacción de los artículos 152 y 157 para determinar los requisitos para presentar una candidatura independiente en los siguientes procesos electorales.
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Acuerdo de cielo abierto con E.U entra en vigencia con el pais, según informó Abinader.
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2 días agoon
diciembre 19, 2024Santo Domingo, R.D.-La Republica Dominicana fue notificada de la entrada en vigor del acuerdo de transporte aéreos de Cielos Abiertos con Estados Unidos, según lo informó el presidente Luis Abinader.
Fue a través de una publicación en su cuenta de X (antiguo Twitter), donde el mandatario dominicano indicó que el país agotó los procedimientos necesarios para la entrada en vigencia del acuerdo, suscrito en agosto de este año por el ministro de Turismo, David Collado y el subsecretario de Crecimiento Económico, Energía y Medio Ambiente de Estados Unidos, José W. Fernández.
En ese sentido, a través de la misma red social, Abinader felicitó a la comisión integrada por Collado, Leonel Melo, Práxedes Castillo; la viceministra Patricia Mejía y Natacha Domínguez, así como el apoyo de Manuel Estrella, Monika Infante y Frank Elías Rainieri.
Las autoridades dominicanas han dicho que este acuerdo busca fortalecer las conexiones aéreas entre ambos países, promoviendo la competencia, ampliando rutas y reduciendo los costos para los viajeros.
Según han informado, entre los beneficios previstos está el permitir a las aerolíneas de ambas naciones operar vuelos internacionales en rutas definidas, incluyendo transporte exclusivo de carga, escalas no comerciales y vuelos combinados.
En noviembre de este año el Tribunal Constitucional (TC) revisó el acuerdo, el cual declaró constitucional.
La decisión, contenida en la Sentencia TC/0670/24, subraya que el acuerdo cumple con los principios de soberanía nacional, libre competencia y armonización con el ordenamiento jurídico dominicano. Sin embargo, la sentencia contó con un voto disidente del juez Domingo Gil, quien cuestionó que el texto no garantizara explícitamente la soberanía plena y exclusiva del país sobre su espacio aéreo.