Santo Domingo, RD.-Días después de que la Procuraduría informara la detención del general Adán Cáceres y a sus relacionados, a quienes se les imputa montar una la red de corrupción y lavado de activos en perjuicio del Estado que superaría los 3,000 millones de pesos, un amigo me pidió mi opinión sobre las consecuencias de ese expediente.Nacionales
Faltan actores clave en red de corrupción y lavado de activos
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5 años agoon
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LA REDACCIÓN
Santo Domingo, RD.-Días después de que la Procuraduría informara la detención del general Adán Cáceres y a sus relacionados, a quienes se les imputa montar una la red de corrupción y lavado de activos en perjuicio del Estado que superaría los 3,000 millones de pesos, un amigo me pidió mi opinión sobre las consecuencias de ese expediente.“Me extrañaría mucho que en ese caso se llegue al fondo”, respondí al amigo, para hoy dar más argumentos sobre mi desconfianza en la justicia dominicana y del pragmatismo de las autoridades norteamericanas que ayer, hoy y siempre se ofrecen para dar apoyo al “gobierno” en la “lucha contra la corrupción”.
Los norteamericanos saben de la A a la Z qué hizo la Odebrecht y con quiénes en República Dominicana, al igual que la compra de aviones Tucano, entre otros escándalos de corrupción, pero hasta ahora solo han usado esa información para ejercer presiones políticas y obtener respaldo a sus políticas hemisféricas, jamás para contribuir a erradicar el robo del patrimonio.
Son selectivos
Si el militar Cáceres y sus asociados son hallados culpables de robar fondos públicos y para justificarlos incurrieron en lavado de activos, sería la primera condena de esta magnitud en el país y tendría que golpear a quienes crearon la red y a los que prestaron el sistema financiero para el lavado.
El exfiscal y dirigente del partido Alianza País, doctor Guillermo Moreno, tiene meses publicando en su columna semanal en el periódico Diario Libre el rosario de denuncias y querellas sobre corrupción que ha sucumbido en su intento de hacer justicia por dos razones determinantes: los fiscales les restan méritos y obstruyen la investigación, o los jueces las desestiman. Hay casos de los recordados por Moreno que son emblemáticos y elocuentes porque resulta que representantes del ministerio público que se negaron a investigar querellas y a poner expedientes en manos de la justicia, hoy hablan con una seguridad como si vivieran en Francia.
Es el caso de la fiscal Yeni Berenice Reynoso, una de las investigadoras de los casos de corrupción del presente.
¿Ya hay tipificación?
Cuando Moreno le entregó a la entonces procuradora del Distrito Nacional (Yeni Berenice Reynoso)una querella en el año 2013 acusando de corrupción y lavado de activos a un expresidente de la República, ella misma lo desestimó el 25 de mayo de ese año y dispuso el archivo definitivo “por la deficiencia del sistema legislativo dominicano. En lo que respecta al tema en cuestión (corrupción), no es posible imputar determinadas conductas”, dijo entonces.
¡Ah caramba! Hace ocho años Reynoso se encontró con que “la falta de tipificación de las acciones impide que el ministerio público pueda actuar” cuando le llegó a su mano un expediente con acusaciones directas.
Uno se pregunta ahora… ¿ya hay tipificación de las acciones de corrupción y es posible investigar y acusar desde el mismo ministerio público?
Si es así, en el país hay una gran esperanza porque desde que la extinta expresidente de la Cámara de Cuentas, Licelot Marte, en agosto de 2013 declarara que “con los recursos que se distraen a través de las distintas instancias del Estado, se podrían hacer dos República Dominicana”, ningún fiscal se dio por aludido ni ha hecho nada contra la corrupción.
Escándalos sin sanción
En plena vigencia de la Ley 72-02 sobre Lavado de Activos provenientes del narcotráfico, la selectividad del ministerio público para investigar y acusar, y de los jueces para condenar, quedó en evidencia con dos casos que ocurrieron al mismo tiempo.
En el año 2009 las autoridades detuvieron a Manuel Emilio Mesa Beltré (El Gringo) acusado de operar negocios de drogas y le incautaron más de 50 millones de pesos que estaría movilizando en casas de cambio y financieras.
Aparte del juicio al acusado de narcotráfico, por la aplicación de la Ley de Lavado de Activos, siete financieras o casas de cambio fueron multadas y cerradas por la Superintendencia de Bancos.
Pocos meses después, el 2 de marzo de 2010, el español Arturo del Tiempo Marqués fue detenido en Barcelona, España, por llevar desde aquí más de 1,000 kilos de cocaína en una carga de baldosas.
Resultó que Del Tiempo era un desconocido en España, pero se había radicado en el país cinco años antes y había echado tantas raíces que para su Torre Atiemar obtuvo un préstamo cercano a los 15 millones de dólares en el banco comercial más grande del país.
Del Tiempo fue condenado en España por narcotráfico, pero aquí el ministerio público no solo no hizo nada para investigar el grueso lavado de activos, sino que el principal socio del narcotraficante, el colombiano Germán Eduardo Duque García, fue apresado y poco tiempo después sacado de la cárcel con una fianza y salió del país cerrando un expediente cimero de la peor impunidad.
La Ley 72-02 sirvió para “hacer justicia” contra un narcotraficante dominicano que acumuló 50 millones de pesos en una financiera que terminó cerrada, pero nada hizo para investigar un préstamo de más de 500 millones de pesos que violó abiertamente el artículo 38 de esa ley que obligaba al banco a asegurarse de identificar tanto al negociante como la procedencia lícita de los fondos con que iba a pagar.
Ahora la Ley 155-17 contra el Lavado de Activos y el Financiamiento del Terrorismo, en su artículo 32, identifica claramente en su primer acápite a “las entidades de intermediación financiera” y a las inmobiliarias y los profesionales liberales, entre otros, como sujetos obligados del cumplimiento de la ley.
Si los fiscales no les encuentran al militar Cáceres y a su “red de corrupción y lavado de activos” los fondos debajo del colchón, se supone que junto a estos primeros apresados caerán los ejecutivos bancarios, inmobiliarios y profesionales liberales que facilitaron sus servicios para que se consumara el lavado de activos.
Ahí es que están mis dudas. ¿Se atreve este ministerio público a someter a la justicia a los lavadores de dinero robado al Estado dejando fuera a las lavanderías que según la ley están obligadas a identificar operaciones sospechosas y depósitos injustificados?
Si estos militares y civiles son condenados por lavado y los bancos e inmobiliarias donde invirtieron el dinero no son enjuiciados, el país vivirá otra entrega de la comedia de “lucha contra la corrupción” a la que nos tienen acostumbrados.
¡Y no haréis justicia!
Nacionales
Juez evaluará este miércoles solicitud de Pepca para extender investigación del caso Senasa.
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2 horas agoon
agosto 18, 2026
Santo Domingo, R.D.-Deiby Peguero, juez del Séptimo Juzgado de la Instrucción del Distrito Nacional, fijó para este miércoles el conocimiento de la solicitud de prórroga de cuatro meses presentada por el Ministerio Público para concluir la investigación y depositar la acusación contra el exdirector del Seguro Nacional de Salud (SeNaSa), Santiago Marcelo Hazim, y los demás implicados en el caso Cobra.
La solicitud de prórroga fue depositada por fiscales de la Procuraduría Especializada de Persecución de la Corrupción Administrativa (Pepca), con el propósito de analizar minuciosamente las evidencias recabadas durante allanamiento. Así lo informó recientemente el procurador adjunto, Wilson Camacho.
Camacho indicó que la institución cuenta con un equipo especializado dedicado al estudio del contenido de 16,800 cajas de documentos ocupadas durante los recientes operativos de intervención como parte de la investigación que realiza del caso.
El exdirector de SeNaSa, Santiago Marcelo Hazim, junto a otros imputados, es señalado de conformar una estructura criminal que habría perpetrado un desfalco superior a RD$15 mil millones en perjuicio del Estado dominicano, a través de la entidad pública de salud.
Además de Hazim, figuran como imputados Gustavo Enrique Messina Cruz, Germán Rafael Robles Quiñones, Francisco Iván Minaya Pérez, Rafael Luis Martínez Hazim, Ramón Alan Speakler Mateo, Ada Ledesma Ubiera, Eduardo Read Estrella, Cinty Acosta Sención y Heidi Mariela Pineda Perdomo, quienes cumplen distintas medidas de coerción impuestas en diciembre de 2025.
Nacionales
Asesino de conductor de camión recolector de basura es apresado en Jamaica.
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2 horas agoon
agosto 18, 2026
Santo Domingo, R.D.-Jhovanny de Jesus Metz Crus, conocido como «Macho», señalado como el principal sospechoso de la muerte del conductor Deivy Carlos Abreu Quezada, quien falleció luego de ser atacado por una turba de motociclistas durante una persecución, fue apresado en Jamaica.
La información fue confirmada a Diario Libre por una fuente de la Procuraduría General de la República (PGR).
De acuerdo con las investigaciones, «Macho» habría sido quien presuntamente propinó varias estocadas a Abreu Quezada durante el ataque ocurrido el pasado 17 de abril en el parqueo del Palacio de Justicia de Santiago, donde la víctima intentó refugiarse tras ser perseguida durante varios kilómetros por un grupo de motociclistas.
En principio, se informó que la persecución se produjo a raíz de un incidente de tránsito.
Posteriormente, trascendió que la agresión habría sido motivada por una presunta deuda económica que el conductor mantenía con sus atacantes.
Visado a JamaicaEn marzo pasado, Jamaica eliminó el requisito de visa para los dominicanos que viajen a ese país por turismo o negocio por un periodo de 180 días.
Mets Cruz también enfrenta un proceso judicial por las heridas de bala ocasionadas en 2023 al sargento de la Policía Nacional Christopher Almánzar García, adscrito a la unidad SWAT.
El imputado no se presentó al juicio de fondo pautado para el miércoles 20 de mayo ante el Cuarto Tribunal Colegiado de Santiago, por lo que la sala ordenó declararlo en rebeldía y activar las consecuencias legales correspondientes.
En ese expediente, Mets Cruz enfrenta acusaciones por intento de homicidio y asociación de malhechores.
El hecho ocurrió el 7 de mayo de 2023 en el sector El Ejido, de Santiago.
Durante el incidente, el sargento Almánzar García sufrió fracturas en el fémur y la rodilla izquierda, mientras que su sobrino, Jeison Willian Almánzar Núñez, resultó herido en la pierna izquierda cuando intentaba auxiliarlo.
Según las informaciones ofrecidas en el tribunal, Mets Cruz cumplía medidas de coerción consistentes en presentación periódica, impedimento de salida del país y orden de alejamiento de las víctimas.
Tras su incomparecencia al juicio, el tribunal dispuso su declaratoria en rebeldía, mientras las autoridades activaron su búsqueda.
Ahora, con su detención en Jamaica, las autoridades dominicanas deberán realizar las gestiones correspondientes para establecer su eventual retorno al país y que responda ante la justicia por los procesos que tiene pendientes.
Formalmente no hay un tratado de extradición entre República Dominicana y Jamaica. El intercambio judicial y la colaboración policial se apoyan en organismos internacionales como Interpol.
Nacionales
Tribunal Constitucional rechaza amparo contra embargo inmobiliario.
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2 horas agoon
agosto 18, 2026
Santo Domingo, R.D.-Declaro inadmisible el Tribunal Constitucional (TC) por notoria improcedencia, la acción de amparo interpuesta por el empresario Alexander Montilla Sierra, con la que pretendía suspender un proceso de embargo inmobiliario en su contra y obtener la reposición de los plazos procesales de dicho caso.
La Alta Corte, mediante la sentencia TC/0784/26, tomó la decisión al rechazar la acción presentada por el cuñado del expresidente Danilo Medina contra la Procuraduría Especializada de Persecución de la Corrupción Administrativa (PEPCA) y la señora Francisca Elizabeth Castillo de los Santos.
La decisión fue aprobada por la mayoría de los jueces del pleno. Por su parte, el magistrado José Alejandro Vargas se inhibió de participar en la deliberación y el fallo, debido a que intervino en el proceso en su anterior condición de juez del Juzgado de Atención Permanente del Distrito Nacional, cuando conoció una medida de coerción vinculada al caso penal.
El caso se remonta a una investigación de la PEPCA dirigida contra Alexander Montilla Sierra y su hermano Maxy Gerardo, junto a otras personas físicas y jurídicas. Las indagatorias se originaron en una de las líneas de investigación de la Operación Antipulpo, por presuntos actos de corrupción y lavado de activos relacionados con contratos públicos y licitaciones irregulares.
En esas pesquisas, la jueza coordinadora de los Juzgados de la Instrucción del Distrito Nacional, Kenya Romero, autorizó entre diciembre de 2020 y enero de 2021 la inmovilización de fondos y la oposición a transferencias de bienes muebles e inmuebles de los investigados.
Según el expediente, estas medidas dejaron a Alexander Montilla Sierra sin capacidad para disponer de su patrimonio, impidiéndole honrar un pagaré notarial por RD$20,000,000.00 suscrito en 2018 con Francisca Elizabeth Castillo de los Santos.
Ante el incumplimiento de pago, Castillo de los Santos inició en 2021 un proceso de embargo inmobiliario sobre dos propiedades de Montilla Sierra: una unidad en el condominio Terrazas del Mirador II y un apartamento en el condominio Karla I.
Tras un acuerdo de colaboración entre Maxy Montilla y la PEPCA, la Coordinación de los Juzgados de la Instrucción autorizó, mediante auto del 12 de diciembre de 2025, el levantamiento parcial de las oposiciones e inmovilizaciones. La PEPCA tramitó la ejecución de dicha orden ante la Dirección General de Impuestos Internos (DGII) y la Superintendencia de Bancos el 30 de diciembre de 2025.
El 6 de febrero de 2026 antes de tener conocimiento formal del levantamiento, notificado por la DGII el 17 de febrero, Alexander Montilla interpuso una acción de amparo en la que solicitó la publicidad registral de las oposiciones, la suspensión del embargo inmobiliario y la reposición de los plazos procesales.
La Cuarta Sala de la Cámara Civil y Comercial del Distrito Nacional declaró inadmisible dicha acción el 3 de marzo de 2026 (Sentencia núm. 037-2026-SSEN-00109), al considerar que había perdido su objeto tras el levantamiento parcial de las medidas.
Montilla Sierra recurrió el fallo ante el Tribunal Constitucional alegando vulneraciones al debido proceso, la tutela judicial efectiva, el derecho de propiedad, la igualdad de armas y el principio de inviolabilidad de las nulidades constitucionales, entre otros.
El TC coincidió en que la sentencia de primera instancia era errónea, pero por una razón distinta a la planteada por el recurrente: consideró que el juez de amparo no debió declarar la inadmisibilidad por «falta de objeto», sino por «notoria improcedencia». Esto se apoya en su jurisprudencia reiterada, la cual establece que el amparo no puede utilizarse para suspender, modificar o dejar sin efecto decisiones dictadas por otro tribunal en un proceso judicial ordinario en curso.
En consecuencia, el TC revocó la sentencia recurrida y, actuando directamente sobre el fondo de la acción original, concluyó que las pretensiones de Montilla Sierra excedían el ámbito del amparo. De concederlas, el juez constitucional estaría sustituyendo a la jurisdicción ordinaria en la conducción de un proceso iniciado desde el año 2021.
El tribunal señaló que cualquier objeción sobre la falta de publicidad de las oposiciones administrativas debió plantearse oportunamente ante el propio juez del embargo, mediante los mecanismos procesales correspondientes.
Cabe destacar que el Ministerio Público obtuvo la homologación de un acuerdo bajo el criterio de oportunidad, mediante el cual Maxy Gerardo Montilla Sierra y un grupo de sus empresas aceptaron su responsabilidad penal y autorizaron el decomiso de RD$2,000 millones en efectivo a favor del Estado dominicano.
El acuerdo, homologado por el juez Raymundo Mejía del Primer Juzgado de la Instrucción del Distrito Nacional, compromete a Montilla a pagar una indemnización de RD$600 millones a las distribuidoras de electricidad EdeEste, EdeSur y EdeNorte, en resarcimiento por los perjuicios ocasionados.
Asimismo, contempla la disolución en un plazo de dos años de las empresas Transformadores Solomon Dominicana, S.A.S., Electrocable Aluconsa, S.A.S., NSD, Importaciones Diversas, SRL, Distribuidora de Materiales Eléctricos FEE, SRL, Distribuidora Eléctrica Henan Jinshui, SRL, Importadora Eaglerise, SRL, TLC Negocios Globales, SRL, Watmax Lighting, SRL, Herrajes Eléctricos RPC, SRL, y MG Solomon Corporation.
También fija el pago de RD$431,816,307.90 a la Dirección General de Impuestos Internos (DGII) y el decomiso de un terreno de 200.18 metros cuadrados ubicado en la avenida Roberto Pastoriza núm. 2, Ensanche Naco, valorado en RD$50,901,692.13.
Por el caso Antipulpo, el Segundo Tribunal Colegiado del Distrito Nacional condenó a Alexis Medina, hermano del expresidente Danilo Medina, a siete años de prisión en el centro penitenciario de Najayo.
La decisión fue recurrida y está pendiente de revisión para el próximo 8 de septiembre en la Primera Sala Penal de la Corte de Apelación del Distrito Nacional. Otros imputados recibieron penas menores y algunos fueron declarados noculpables, entre ellos Magaly Medina.
