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Opinión

Febrillet, Blas y el sistema justicial imperante

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Por Narciso Isa Conde

NARCISO-ISA-CONDE11111121El hecho criminal merece todos los repudios y todo  parece indicar que los autores del volumen de de disparos que le quitó la vida al ex rector Mateo Febrillet e hirió a su secretaria, que además  -y sobre todo- perseguía matar al dirigente político Eduardo Montás, van a ser  procesados judicialmente con una intervención activa y radical del Ministerio Publico, de la cúpula del PLD y del gobierno.

No ha sido así en otros casos criminales de parecida envergadura, incluidos algunos recientes.

Pero en este se trata del asesinato de un exrector de la UASD y excandidato a Senador del PRM, y de un hecho que embarra otras candidaturas de ese partido opositor y a la propia dirección perremeista que negoció esas candidaturas a conciencia de con quienes lo hacía, lo que estimula por descontado la saña del poder peledeísta en tiempo de campaña electoral.

A eso se agrega el interés del cohollo empresarial de romper el monopolio de la poderosa FENATRADO para imponer su oligopolio.

Entre los poderes que pueden gravitar sobre el sistema judicial y el país no parece que el de la FENATRADO de Blas Peralta y compartes tenga las de ganar.

Las tienen fea y no precisamente porque el ministerio público y el sistema de tribunales sea confiable.

Otra cosa sería si los matadores fueran  jerarcas peleideístas  o del CONEP, sin negar que se trata  de un poder manipulado por la cúpula del partido oficial que exhibe niveles desbordados de corrupción que le posibilitan a sectores  con capacidad de soborno y terror comprar sentencias, aunque no sean del engranaje morado. En ese “nicho” está el chance de FENATRADO, como el de otros sectores parecidos.

La manipulación peledeísta opera así en cada uno de los dos componentes del sistema judicial, es bueno refrescarlo:

                                                                                 TRIBUNALES

AL interior del poder judicial la escalera de control tiene su peldaño más alto en el cogollo de la SUPREMA CORTE, ya que se ha evidenciado que Arias Valera, miembro del Consejo del Poder Judicial, no era más que uno de los principales operadores a nivel intermedio y que los jueces y juezas como Awilda Reyes actuaban como subordinados/as a instancias superiores.

Al “quemarse” esos peldaños intermedios, a consecuencia de denuncias formuladas por el Procurador General y la Procuradora del Distrito Nacional, están siendo sacrificados, no se sabe con cuales implicaciones, dada su condición de partícipes de la corrupción de un colectivo mayor.

Pero eso no es todo. En las cúpulas del Poder Judicial y del Ministerio Público, el ex -presidente Fernández  ubicó siempre figuras de su confianza política y personal que pudieran garantizar impunidades de variados calibres.

Dentro de esa lógica, la asesoría en el caso de la Sund Lan y otros procesos delicados, catapultó a Mariano Germán  al cargo que ocupa; mientras Radhamés Jiménez, luego de liderar el Ministerio Público por largo periodo, ejerce funciones de intermediación entre el ex–presidente Fernández y el sistema judicial por ellos conformado.

Así ha operado la escalera de mando en ese poder del Estado, cuyos jueces afines no han vacilado en proteger a políticos  corruptos de diferentes jerarquías.

MINISTERIO PÚBLICO

El Ministerio Público, que tiene su propia jerarquía de mandos, en buena medida salió del control leonelista y pasó a ser manipulada por el danilismo.

En el presente, importantes enclaves para administrar impunidad en los tribunales los controla el ex-presidente morado; mientras que para fines parecidos, la otra facción controla desde el Palacio Nacional muchas áreas del Ministerio Público a través del nuevo Procurador. Ambas facciones condicionadas por el  pacto electoral (re-postulación por impunidad) y por las oportunidades para joderse ente sí.

Por otra parte, no hay manera de obviar el proceder dual de jefes y tutores del Ministerio Público atados al pacto de impunidad  y al afán reeleccionista del  actual usuario de la atractiva “sillas de alfileres”.

Un sistema de miedo impuesto desde la cúpula alimenta actitudes generalizadas de subordinación en la membrecía de la judicatura, con pocas excepciones hasta la fecha.

LAS DOS FACCIONES SE JUNTAN EN DETERMINADOS CASOS

Esto se potencia cuando los intereses de las dos facciones oficialistas que controlan el poder judicial en su conjunto (Ministerio Público y tribunales), coinciden en un caso. Y ese es el caso de Blas Peralta y compartes; a lo que se le agrega que la acción de justicia contra ese crimen alevoso que evidencia una mayor descomposición del sistema político, motiva el clamor favorable de la UASD y de una gran parte del pueblo, al tiempo que arrincona el poder de FENATRADO y coloca en una situación difícil y en una actitud dual a las elites del PRM que patrocinaron esa “alianza” electoral.

Las tienen fea…

Momentáneamente este hecho  favorece al reeleccionismo en la competencia electoral con el PRM, pero más allá de lo coyuntural gravita en detrimento de los dos bloques y del sistema político. Con éste son 7 los abatidos en esas pugnas rastreras, pertenecientes a ambos bandos y  producto de sus luchas intestinas de corte mafioso. Y eso no es cualquier cosa.

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Opinión

Poder capitalista-patriarcal: fábrica de feminicidios

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Por Narciso Isa Conde

Vivimos una sociedad de grandes injusticias, discriminaciones y opresiones, las que son mayores si se examinan en la relación hombre-mujer; lacerantes y crueles en temas como el acceso al empleo y los ingresos, derecho a la salud, relación de poder en la familia y la sociedad, forma de participar en la política y cruel despliegue de la violencia masculina.

La violencia no se detiene ni se revierte con Estados y Gobiernos que se niegan a combatir la ideología patriarcal-machista, a educar en torno a la teoría de género, a defender los derechos de la población femenina, a superar los fundamentalismos religiosos, a impartir educación sexual y promover la enseñanza basada en los permanentes adelanto de la ciencia.

La matriz de las modalidades de violencia de género es ideológica-cultural, constantemente reproducida por la clase dominante y el Estado bajo su tutela, incluido su poderoso sistema de comunicación, sus instancias educativas públicas y privadas, sus poderes eclesiales y sus diversos.

No es solo cuestión de reconocer y condenar verbalmente los feminicidios.

No es asunto que se solucione con establecer, como simple formalidad, un Ministerio de la Mujer.

No es tema para limitarse expresar pesares o allantar con medidas superficiales y con leyes que no se cumplen.

A eso se limita la clase dominante-gobernante dominicana, su Estado, su Gobierno, las cúpulas de sus iglesias y el propio presidente Abinader con su equipo de gobierno.

Aquí el sistema educativo, los aparatos de comunicación y cultura han sido asaltados por la ideología machista.

El Estado ha pisoteado el laicismo y el valor de las humanidades y las ciencias sociales, con la anuencia y participación de Luis Abinader,

Importa mucho por eso destacar esa realidad y detenernos siempre en dos características relevantes de la sociedad dominicana: la opresión y la explotación de las mujeres:

La opresión tiene sus raíces en un sistema capitalista plagado de desigualdades, que le da continuidad a una cultura dominante machista que coloca a las mujeres en posición subordinada frente a los hombres; quienes abusivamente se asumen como propietarios de sus vidas y de sus cuerpos.

En ese contexto toda independencia femenina, toda resistencia a ser propiedad masculina, todo desamor provocado por el maltrato y el menosprecio, se paga con agresiones y hasta con la vida, pasando por sufrimientos inenarrables.

Así opera la sociedad patriarcal-machista dirigida por un Estado generador y complaciente frente a distintas formas de violencia y exclusión machista (física, psicológica, económica) contra mujeres y niñas. Todo un poder dominante que opera como una fábrica de feminicidios

La explotación se sustenta en una cultura dominante clasista que empobrece hombres y mujeres trabajadoras -y que mezclada con la división sexual del trabajo y basada en el interés exclusivo del capital por la ganancia- genera y se apropia de más riquezas en base al trabajo desvalorizado de las mujeres en múltiples labores y también en el trabajo absolutamente no remunerado, asignándoles unilateralmente a las mujeres las tareas del cuidado de la familia y del hogar.

La paternidad irresponsable, del abandono total de la familia por los hombres, que determina que la mitad de los hogares estén a cargo de mujeres, se suma a ese despliegue de calamidades.

Aquí y en gran parte del planeta. las mujeres viven múltiples formas de maltrato y discriminación que son tanto más graves y dolorosas cuando ellas son más pobres, negras y con menos oportunidades.

La lucha de las mujeres por la igualdad es cuestión de poder y contra ese poder es necesario que juntos encaucemos la lucha para alcanzar la liberación de todos/as los/as oprimidos/as y explotados/as.

Se ha dicho con razón, que lo personal, en este y muchos casos es también político, y lo político implica valorar que la base de esta gran trampa opresora es el sistema y que hay que cambiarlo por otro que desplace y reemplace la alianza criminal del patriarcado con el capital.

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Opinión

Cumplimiento de las solicitudes  de la Corte Penal Internacional

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Por Rommel Santos Diaz

Las solicitudes de asistencia se cumplirán de conformidad con el procedimiento aplicable en el derecho interno del Estado requerido y, salvo si ese derecho lo prohíbe, en la forma especificada en la solicitud, incluidos los procedimientos indicados en ella y la autorización a las personas especificadas en ella para estar presentes y prestar  asistencia en el trámite.

En el caso de una solicitud urgente y cuando la Corte Penal Internacional lo pida, los documentos o pruebas incluidos en la respuesta serán transmitidos con urgencia.

El Estatuto de Roma establece que las respuestas del Estado  Parte requerido serán transmitidas en su idioma y forma original.

Cuando resulte necesario en el caso de una solicitud que pueda ejecutarse sin necesidad de medidas coercitivas, en particular la entrevista a una persona o la recepción de pruebas de una persona voluntariamente, aun cuando sea sin la presencia de las autoridades del Estado Parte requerido si ello fuere esencial para la ejecución de la solicitud, y el reconocimiento de un lugar u otro recinto que no entrañe un cambio en el , el Fiscal podrá ejecutar directamente la solicitud en el territorio de un Estado.

Cuando el Estado Parte requerido fuere un Estado en cuyo territorio se hubiera cometido presuntamente el crimen, y hubiere habido una de admisibilidad de conformidad con los artículos 18 o 19, el Fiscal podra ejecutar directamente la solicitud tras celebrar todas las consultas posibles con el Estado Parte requerido.

En los demás casos, el Fiscal podra ejecutar la solicitud tras celebrar consultas con el Estado Parte  requerido y con sujeción a cualquier condición u observación razonable que imponga  o haga ese Estado Parte.

Cuando el Estado Parte requerido considere que hay problemas para  la ejecución de una solicitud de conformidad con  las solicitudes a que se hace referencia en los artículos 933 y 96 del Estatuto de Roma, celebrará consultas sin demora con la Corte Penal Internacional para resolver la cuestión.

Finalmente, las disposiciones en virtud de las cuales una persona que sea oída o interrogada por la Corte Penal Internacional con arreglo al artículo 72 podrá hacer valer las restricciones previstas para impedir la divulgación de información  confidencial relacionada con la seguridad nacional serán igualmente aplicables al cumplimiento de las solicitudes de asistencia a que se hace referencia en el presente  artículo.

Rommelsantsodiaz@gmail.com

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Opinión

La dignidad humana y los procesos político-electorales en la República Dominicana (2006–2026).

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Por Robinson Lebrón

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El presente artículo analiza de manera crítica la evolución, los hitos normativos y las persistentes vulneraciones a la dignidad humana en el marco de los procesos político-electorales de la República Dominicana durante el periodo 2006–2026. A partir de la reforma constitucional de 2010, la dignidad humana se consagró como el principio fundante del Estado Social y Democrático de Derecho, transformando la dimensión procedimental del voto en un derecho fundamental sustantivo. Mediante un enfoque cualitativo y dogmático, la investigación examina el balance entre la expansión formal de los derechos ciudadanos evidenciada en políticas de inclusión como el Voto Accesible, el Voto Penitenciario y la tutela judicial efectiva del debido proceso partidario por parte del Tribunal Superior Electoral (TSE) y la realidad fáctica de los procesos electorales dominicanos.

 El análisis revela que, a pesar del blindaje institucional y jurisprudencial, subsisten patologías estructurales arraigadas como el clientelismo sistémico, la mercantilización del voto y la instrumentalización político-electoral del gasto social del Estado. Asimismo, se constata que la transición del debate hacia el entorno digital ha generado nuevas amenazas a la integridad moral a través de campañas de desinformación automatizada mediante robots y violencia política de género en redes sociales. Se concluye que la plena realización de la dignidad ciudadana en las urnas sigue supeditada a una profunda transformación cultural del sistema de partidos y a la aplicación efectiva de regímenes sancionatorios que erradiquen la coerción basada en la vulnerabilidad económica de la población.

El sistema democrático contemporáneo ha superado la concepción procedimental del voto para orientarse hacia un modelo sustantivo, donde el ciudadano es el eje central de las decisiones públicas. En el ordenamiento jurídico de la República Dominicana, esta visión adquirió un carácter vinculante a partir de la reforma constitucional del 26 de enero de 2010. Dicha reforma refundó el Estado dominicano bajo el modelo de un Estado Social y Democrático de Derecho, consagrando explícitamente en su artículo 5 que la Constitución se fundamenta en el respeto irrestricto a la dignidad humana. De este modo, la dignidad dejó de ser un enunciado meramente filosófico para convertirse en un principio jurídico superior, una norma transversal y un derecho fundamental absoluto e inviolable (artículo 38) que debe guiar la actuación de todos los poderes públicos, incluidos los órganos electorales.

Bajo este marco constitucional, los procesos político-electorales celebrados en el país durante las últimas dos décadas (2006–2026) han experimentado una profunda transformación normativa e institucional. El ejercicio de los derechos de ciudadanía —concebidos como el derecho a elegir y ser elegido en condiciones de equidad— se vincula directamente con la autonomía moral y la libertad del individuo. Durante este periodo, la promulgación de normativas clave como la Ley No. 33-18 de Partidos, Agrupaciones y Movimientos Políticos, la Ley No. 15-19 (y su posterior evolución hacia la Ley No. 20-23 Orgánica del Régimen Electoral), así como las jurisprudencias del Tribunal Superior Electoral (TSE) y del Tribunal Constitucional (TC), han buscado estructurar un ecosistema político que garantice la inclusión social, el debido proceso partidario, la paridad de género y el acceso al sufragio de poblaciones históricamente vulnerabilidades, tales como los internos preventivos y las personas con discapacidad.

Sin embargo, el análisis del periodo 2006–2026 revela una persistente desigualdad entre el marco garantista del derecho positivo y la realidad fáctica de las campañas electorales dominicanas. A pesar de los significativos avances tecnológicos y logísticos implementados por la Junta Central Electoral (JCE), la dignidad de los electores continúa enfrentando serios desafíos culturales y estructurales. Fenómenos sistémicos como el clientelismo arraigado, la compra abierta de voluntades en los recintos electorales, la desproporción en el financiamiento de los candidatos y el uso instrumentalizado de los recursos asistenciales del Estado tienden a cosificar al ciudadano, reduciendo su condición de agente político soberano a la de una mercancía económica.

Asimismo, el auge de los entornos digitales en la última década ha introducido nuevas amenazas a la integridad personal a través de campañas de difamación automatizada y la vulneración del derecho al honor. Frente a este escenario, el presente artículo tiene como objetivo analizar de manera crítica la evolución, los hitos normativos y las persistentes vulneraciones a la dignidad humana en el marco de los procesos políticos electorales de la República Dominicana durante los últimos veinte años. A través de un enfoque cualitativo y dogmático, se examina el balance entre la expansión formal de los derechos políticos y la persistencia de prácticas tradicionales que erosionan la autonomía del votante. Se sostiene como tesis central que, si bien el Estado dominicano ha blindado institucional y jurisprudencialmente las garantías del sufragio, la pervivencia de una cultura política de subordinación económica y el desborde ético en las campañas digitales constituyen los principales reductos que limitan la plena realización de la dignidad ciudadana en las urnas.

Robinson Jesús Lebrón Céspedes.

rlebroncespedes@gmail.com

El autor es abogado y Docente Universitario.

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