Santo Domingo, R.D.-La autopsia del INACIF practicada a la bebé de ocho meses que murió la madrugada del 19 de abril en la provincia San Cristóbal revela fractura craneal, hemorragia cerebral y huellas de mordedura humana en distintas partes del cuerpo.
El informe forense, presentado por el Ministerio Público, determinó que la menor, Lauren Bonilla, falleció a causa del «Síndrome del Niño Maltratado«, tras sufrir una muerte violenta y rápida de etiología médico legal homicida.
Por el hecho, el órgano acusador solicitóprisión preventiva contra Joel Carmona Pinales, de 25 años, acusado de homicidio voluntario y actos de tortura y barbarie contra la hija de su pareja.
De acuerdo con el documento, el cadáver mostraba «deformidad facial derecha por contusión y edema y huella de mordedura humana en la mandíbula y el cuello», compatibles con la dentición del imputado.
La autopsia también reveló que la infante sufrió fractura craneal, hemorragia, contusión y edema cerebral y pulmonar.
Joel Carmona Pinales, acusado por el Ministerio Público de la muerte de su hijastra de ocho meses en un hecho ocurrido en San Cristóbal.
En un comunicado, el Ministerio Público indica que el hecho ocurrió en una vivienda del sector Jeringa, en la referida provincia, donde el imputado tenía poco tiempo conviviendo con la madre de la niña, Laudry Bonilla, de 22 años.
Según el expediente, Carmona Pinales habría levantado a la bebé por el cuello mientras dormía y posteriormente la colocó nuevamente en la cama al notar que era observado por la madre. Minutos después, la mujer detectó que la pequeña se encontraba mal de salud y la trasladó a un centro médico, donde se confirmó su fallecimiento.
Lamañana del 23 de abril, mientras Bonilla se disponía a interponer una querella contra Carmona Pinales en la FiscalíadeSanCristóbal por la muerte de su hija, relató ante las cámaras de Diario Libre que a pesar de que mantenía una relación reciente con el acusado y nunca imaginó que pudiera agredir a su hija, al tiempo que pidió justicia por la muerte.
Asimismo, contó que el día del hecho, la menor se encontraba durmiendo y que, mientras ella se disponía a bañarse, encontró en la habitación a su pareja sosteniendo a la bebé por el cuello.
«La puso en la cama para que yo viera que a mi bebé no le había pasado nada», recordó.
Sin embargo, al tomar a la niña, notó que algo no estaba bien. En medio de la desesperación, afirmó que el hombre le quitó a la bebé y salió de la habitación, y le echó agua en la cabeza.
La madre explicó que en ese momento buscaron ayuda y que, cuando llegaron al hospital, la bebé ya no tenía signos vitales.
Bonilla también denunció que el acusado intentó que ella declarara en el hospital que la niña se había caído de la cama, versión que ella negó.
La audiencia para el conocimiento de la medida de coerción contra Carmona Pinales fue fijada para mañana, 15 de mayo, a las 9:00 de la mañana.
Santo Domingo. Mediante allanamientos realizados en diferentes sectores de Santiago la Dirección Nacional de Control de Drogas (DNCD) y miembros del Ministerio Público ocuparon cientos de gramos de diferentes estupefacientes y arrestaron a varias personas vinculadas a este delito.
Las unidades operativas, bajo la coordinación de fiscales, ejecutaron tres allanamientos en Santiago y múltiples intervenciones dirigidas contra redes de microtráfico de drogas, que operaban en sectores como Gurabito, Villa Olímpica, Ensanche Libertad, Pueblo Nuevo, Nibaje, Hospedaje del Yaque, Ciruelito, Los Salados y Espaillat.
El balance de estos operativos contra el narcotráfico dejó un total de 11 detenidos, además de la incautación de 2,381 gramos de presunta cocaína, 55 gramos de marihuana y 32 gramos de crack, así como dos balanzas, un cargador para pistola, una radio de comunicación, dinero en efectivo y otras evidencias relacionadas con el tráfico de drogas.
DNCD interviene de nuevo en Verón-Punta Cana; arresta 10 personas e incauta más de 1,400 gramos de drogas
Entre los arrestados figuran Robinson Disla, Anthony Infante, Yordany Miguel, Samuel Salisman, Ronni Rodríguez y Alfred Rodríguez, entre otros, quienes serán puestos a disposición de la justicia por presuntas violaciones a la Ley 50-88 sobre Drogas y Sustancias Controladas.
El Ministerio Público y la DNCD en Santiago mantienen la búsqueda activa de varios individuos que han sido identificados y son requeridos por su presunta vinculación con actividades de venta y distribución de drogas.
Las autoridades destacaron que estas acciones forman parte de los esfuerzos de la Fuerza de Tarea Conjunta (FTC), organismo que integra a diferentes instituciones del Estado para fortalecer la lucha contra el narcotráfico y el microtráfico de drogas en República Dominicana.
La DNCD y el Ministerio Público reafirmaron su compromiso de continuar desarrollando operativos estratégicos para desmantelar redes dedicadas al tráfico de drogas, garantizar la seguridad ciudadana y combatir el crimen organizado en todo el territorio nacional.
Santo Domingo, R.D.-Un nuevo criterio jurisprudencial estableció el Tribunal Constitucional mediante el cual, en lo adelante, no se podrán presentar recursos de revisión constitucional contra una segunda sentencia que declare inocente a una persona cuando esa decisión haya sido emitida tras un nuevo juicio ordenado por una corte de apelación.
La decisión fue adoptada en la sentencia TC/0300/26, del 2 de junio del 2026, en la que el órgano constitucional afirmó que existían contradicciones en su propia jurisprudencia sobre este tipo de casos y que era necesario fijar una regla uniforme para garantizar la seguridad jurídica y la coherencia de sus precedentes.
«A la hora de determinar la admisibilidad del recurso de revisión constitucional de decisión jurisdiccional contra decisiones que versen sobre la doble absolución, hemos detectado contradicciones que ameritan la intervención de este colegiado para garantizar la seguridad jurídica y la coherencia jurisprudencial«, sostuvo el tribunal.
La alta corte explicó que la unificación se refiere a los casos en los que una persona es absuelta en un proceso penal, posteriormente una corte ordena la celebración de un nuevo juicio y, tras ese segundo conocimiento, vuelve a ser absuelta.
Esta figura, conocida como doble absolución, está contemplada en el artículo 423 del Código Procesal Penal, que establece que cuando una persona resulta absuelta en un nuevo juicio celebrado después de una primera absolución, esa segunda sentencia no es susceptible de recurso alguno.
En ese contexto, el TC estableció que tampoco admitirá recursos constitucionales dirigidos a cuestionar esa segunda absolución.
«En esas atenciones, unificaremos nuestro criterio para que, en lo adelante, los casos donde a través de un recurso de revisión constitucional de decisión jurisdiccional se recurra la segunda sentencia de absolución dictada a propósito de un reenvío ordenado por la corte de apelación, el recurso será inadmisible«, indicó.
El tribunal argumentó que permitir la reapertura indefinida de procesos penales en esas circunstancias afectaría principios fundamentales del sistema de justicia penal.
Según la sentencia, la doble absolución constituye una garantía frente al ejercicio del poder punitivo del Estado, ya que consolida el estado de inocencia del imputado y limita la posibilidad de prolongar indefinidamente la persecución penal.
«En efecto, la doble absolución obtenida por el imputado se traduce en una garantía sustantiva frente al ejercicio del poder punitivo del Estado, en la medida en que comporta una consolidación del estado de inocencia y una limitación legítima a la posibilidad de reabrir indefinidamente el debate penal», señaló.
El TC agregó que esta protección busca salvaguardar la seguridad jurídica, evitar que los procesos se eternicen y proteger a los imputados frente a una persecución penal indefinida por hechos que ya han sido juzgados en dos ocasiones dentro de un mismo proceso.
La decisión surge a propósito de un recurso presentado por Julio Colón Manzanillo contra una sentencia de la Octava Sala de la Cámara Penal del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Nacional que absolvió a Jorge Freddy Figuereo de los Santos de una acusación de estafa.
Sin embargo, más allá de resolver ese caso particular, la alta corte aprovechó el expediente para emitir una sentencia de unificación de criterio que servirá de precedente para futuros casos relacionados con la denominada doble absolución, fijando una regla general para todos los tribunales y litigantes.
Santo Domingo, R.D.-Una garantía económica de dos millones de pesos fue impuesta por un tribunal de tránsito a través de una aseguradora, además de presentación periódica e impedimento de salida del país a Frederic Augusto Emam Zade Lluberes, imputado de ser el conductor de la yipeta Porsche que impactó un vehículo de la Dirección de Migración, colisión en la que resultó herido el agente Snayder Almánzar, quien falleció posteriormente por las lesiones sufridas.
Las medidas de coerción fueron dictadas por la jueza Rocío Espejo, de la Sexta Sala del Juzgado de Paz Especial de Tránsito del Distrito Nacional, durante una audiencia celebrada este 3 de junio.
El imputado es investigado por presuntas violaciones a la Ley 63-17 sobre Movilidad, Transporte Terrestre, Tránsito y Seguridad Vial, así como a varios artículos del Código Penal.
La Dirección General de Migración (DGM) informó este miércoles el fallecimiento de Almánzar, quien permanecía ingresado desde la madrugada del pasado 31 de mayo tras resultar herido en el accidente ocurrido en la avenida Jiménez Moya con Independencia, en el Distrito Nacional.
Según el informe, una yipeta Porsche blanca, en la que viajaban tres personas, transitaba a alta velocidad por la avenida Jiménez Moya en dirección norte-sur y, al llegar a la intersección con la avenida Independencia, habría cruzado un semáforo en rojo, impactando una camioneta doble cabina de la DGM.
La patrulla estaba integrada por seis agentes de la Dirección General de Migración (DGM) y cinco miembros del Ejército de la República Dominicana. Como consecuencia del choque, dos agentes migratorios y cuatro militares resultaron heridos.
La DGM explicó que Snayder Almánzar fue quien sufrió las lesiones más graves. Desde el momento del accidente permaneció recibiendo atenciones médicas y luchando por su recuperación, pero falleció la noche del martes 2 de junio debido a la gravedad de las heridas.
La institución extendió sus condolencias a los familiares, amigos y compañeros del agente, destacando su dedicación y compromiso con el servicio.
Asimismo, señaló que el agente fallecido sufrió un trauma craneoencefálico y murió a causa de un shock hipovolémico. Tanto él como los demás heridos fueron socorridos por unidades y varias ambulancias del Sistema Nacional de Atención a Emergencias y Seguridad 911, que los trasladaron rápidamente a un centro de salud, donde recibieron atenciones médicas.
Almánzar Mena pertenecía a la Tercera Promoción de Agentes de la DGM, graduada en el 2025.