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Opinión

Gais, tragedia humana y tratamientos

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(tercera parte)

Por Oscar López Reyes

Ser homosexual se ramifica como una tragedia personal y familiar torturante, y basta hacer referencia de un niño que le preguntaba a su madre, bajo llanto, ¿por qué salí así?, y la progenitora le respondía en forma salomónica, mientras a los cercanos ella les decía que no podía matar a su hijo. Otro jovencito de esa preferencia convulsionó en mi presencia, y cuando superó esa impactante crisis lo encaminé -sin deseo yo de comer ese día- hasta el especializado Instituto de la Familia, para un tratamiento en dos vertientes.

El tercer drama: El niño que se quejó de su talante, creció y se declaró homosexual, con el sobrenombre de Salvadora; instaló una sastrería, paseó en horas de la noche, a mediados de 1965, por calles del sector Villa Estela de Barahona junto a sus pares Bebejo y Tony, en una exhibición con recepción de aplausos y bufonadas con la lengua.

Los tres fueron los primeros en salir del clóset en esa ciudad. Después que sus dos compañeros de trajinar fallecieron y, cansado del rechazo social, Salvadora se convirtió a evangélico, y decidió vivir en el cementerio. Vecinos y amigos me ratifican que, desde ese momento, abandonó sus conocidas andanzas. Murió en el 2011, y fue sepultado en otro camposanto.

Cuarta tragedia sumatoria: La muerte a puñaladas -por extraviadas pasiones sentimentales y engaños monetarios en “sexo servicio”- de seis miembros de la comunicación, en Santo Domingo y Santiago:

1.- El director, guionista de cine y productor de televisión Jean Luis Jorge, acuchillado mortalmente el 13 de marzo de 2000, en su apartamento.

2.- El relacionista, articulista de diarios y catedrático Víctor Gulías, victimado de 32 puñaladas el 28 de marzo de 2007, en su apartamento.

3.- El productor televisivo Miguel Bretón Mieses (Micky Bretón), ultimado de varias estocadas el 4 de noviembre de 2009, en un motel.

4.- El gerente de ventas de El Nacional, William Cordero Acevedo, encontrado en ropa interior, en un charco de sangre, el 24 de enero de 2012, en su apartamento.

5.- El presentador de noticias Claudio Nasco, fallecido violentamente el 13 de diciembre de 2013, en una cabaña. A propósito de ese asesinato, el diseñador de “Los grandes espectáculos”, Jorge David Pérez (Jorge Diep, finado el 28 de octubre de 2018) reveló en un tribunal que desde que optó seguir a Cristo se retiró de la homosexualidad.

6.- El coreógrafo y maquillista Víctor Daniel Erarte (Vitico), ahorcado con saña el 30 de octubre de 2022, en su residencia de Santiago.

Cual que sea la clasificación de la comunidad LGBTQI+: Lesbiana, Gais, Bisexual, Transexual, Transgénero, Travesti, Intersexual, Queer, Asexual o Pansexual, o tratase de una raíz epigenética o la predilección de género o identidad, ese engendro se empotra con barullo en el individuo, lo domina en la absoluta perdición y lo rinde en sus deseos sin límites, acatando la voluntad del atraído, en una triste y alarmante vulnerabilidad lujuriosa.

Ese desenfreno -fogoso y anárquico – sin techo en su accionar particular y comunitario, que arruina la moral pública, echa sus pétalos en el cerebro y, conforme a investigaciones científicas, abruma en variadas estructurales del hipotálamo vinculadas con el sexo biológico y la orientación sexual. Estas matizan que el tamaño y el número de células de núcleos hipotalámicos son desiguales entre hombres homosexuales y heterosexuales.

Según esos estudios, la diferenciación hipotalámica posnacimiento (“desarrollo biológico en el que las células madres se convierten en neuronas para regular el sueño, el hambre, la sed, la temperatura y el equilibrio hormonal” en unión de componentes ambientales y psicosociales pueden tener una profunda influencia en la determinación sexual del cerebro. Y puntualizan que, en una muestra de cerebros de hombres homosexuales, se localiza una zona del hipotálamo, llamada Núcleo Supraquiasmático (NSQ) –el marcapasos o reloj del cerebro- que contiene el doble de células que el NSQ de un grupo heterosexual.

Psicólogos, psiquiatras y otros profesionales de la salud mental concuerdan en que la homosexualidad no es una enfermedad mental, ni una cuestión emocional, causado, en la homosexualidad de los varones, por una predisposición innata, coaligada esencialmente con “las variantes genéticas del receptor de andrógenos ubicadas en el cromosoma X”.

Deriva en acoso sexual, vestirse de mujer, violar a niños, abandonar la Iglesia, casarse con una persona del mismo sexo, sufrir depresión con intentos suicidas, consumir bebidas alcohólicas y drogas y, en tenebrosos celos y odios irracionales, son ahorcados y degollados con objetos punzantes en matorrales, residencias, moteles, calles y otros territorios. Ese ejercicio está tipificado, igual que la prostitución, de alto riesgo, por su exposición al salvajismo corporal, a contagio de Infecciones de Transmisión Sexual (ITS/VIH) y otras contraídas por el contacto carnal, así como la estigmatización y marginalización social.

¡Qué horizonte más lastimero y compasivo! Obliga, incuestionablemente, al auxilio en endocrinología, psiquiatría, psicología, urología, ginecología, genética y otras especialidades de la salud, conforme a las normas internacionales. En psiquiatría, sí, aunque el 17 de mayo de 1990 la Organización Mundial de la Salud (OMS) haya excluido la homosexualidad del catálogo de enfermedades mentales.

Levantando o no la bandera arcoíris, son incontables las personas -unos pertenecen a los movimientos de exgais (sostienen que ya no los son) y otros al de los ex-ex gais (se retiraron y regresaron), que se han esforzado para variar su orientación sexual. Han acudido a terapias de beber agua bendita, a los rezos de plegarias, a la hipnosis, el exorcismo y a los antidepresivos.

Indistintamente, han apelado a la administración de hormonas, a las terapias por conversión o reparativa, el choque farmacológico, el análisis aplicado de conducta, el tratamiento por electrochoque, terapia grupal, psicoanálisis, terapia Afirmativa LGBTIQ+ y de contexto específico.

Además de las terapias pseudocientíficas e ilegales buscando curar a homosexuales, también han sobresalido tratamientos quirúrgicos, como la vasectomía, la histerectomía, la castración, la cirugía del nervio pudendo, la ablación de clítoris, la ooforectomía y la lobotomía.

El consenso médico aclara que no existe evidencia experimental de que esos tratamientos, que todavía están en uso, sean efectivos para cambiar la orientación sexual, pero sí que son fraudes crueles, degradantes, dañinos y peligrosos en cuanto a que provocan percances psicológicos, espirituales, relacionales, económicos, profesionales o laborales, físicos y sexuales. Estos métodos han sido calificados como “charlatanería”, porque están prohibidos y se apartan de los sistemas éticos de salud mental.

Los métodos y técnicas empleados, y confrontados en una cosa y la otra, persiguiendo el fin preconcebido, igualmente han sido útiles para crear 6 sistemas lógicos y deductivos sobre la homosexualidad: 1) Teorías psicodinámicas, 2) Postulado del determinismo biológico y sanación genética, 3) Inferencias endocrinólogas, 4) Observaciones neurobiológicas, 5) Principios de diversidad biológica y disidencia sexual, y 6) Teoría de la homosexualidad en otras especies.

Una buena psicoterapia y la Biblia son aproximativas para surcar en ese pantano. Las descripciones precedentes invitan a preparar profesionales enfocados en el acompañamiento y la más apropiada y efectiva asistencia sanitaria de los integrantes de esa población endeble, para cuya gestión han sido fundadas numerosas instituciones y grupos delineados.

¿Cuáles? La Organización Panamericana de la Salud (OPS/OMS), la Asociación Mundial para la Salud Transgénero, la Oficina de las Naciones Unidas contra la Droga y el Delito (UNODC), la Comisión para Prevenir y Eliminar la Discriminación (COPRED), la Asociación Mundial de Psiquiatría, la Asociación de Psiquiatras Gays y Lesbianas (ahora Asociación de Psiquiatras LGTBQ), Human Rights Watch, la Unesco, el Fondo Mama Cash, QuRight Action Internacional y el Fondo para la Igualdad Global.

¿Y en República Dominicana? Operan la estatal Conavihsida y las privadas Trans Siempre Amigos (Transsa), el Voluntariado GLBT Dominicano, el Observatorio de Derechos Humanos de Personas Trans (Odhpt), el Centro de Orientación e Investigación Integral (Coin) y otras entidades. Ahorita, ¿surgirá en RD un equipo de psiquiatras para explorar, como respuesta facultativa, las vivencias, la ansiedad, la depresión y otras patologías mentales del Colectivo LGBTQI+?

………………………………………….

El autor: expresidente Colegio Dominicano de Periodistas (CDP), vicepresidente de Asoc. Escuelas de Comunicación Social (AdecomRD), presidente Asoc. de Profesionales de Relaciones Públicas (Asodoprep) y columnista de decenas de digitales.

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Opinión

Poder capitalista-patriarcal: fábrica de feminicidios

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Por Narciso Isa Conde

Vivimos una sociedad de grandes injusticias, discriminaciones y opresiones, las que son mayores si se examinan en la relación hombre-mujer; lacerantes y crueles en temas como el acceso al empleo y los ingresos, derecho a la salud, relación de poder en la familia y la sociedad, forma de participar en la política y cruel despliegue de la violencia masculina.

La violencia no se detiene ni se revierte con Estados y Gobiernos que se niegan a combatir la ideología patriarcal-machista, a educar en torno a la teoría de género, a defender los derechos de la población femenina, a superar los fundamentalismos religiosos, a impartir educación sexual y promover la enseñanza basada en los permanentes adelanto de la ciencia.

La matriz de las modalidades de violencia de género es ideológica-cultural, constantemente reproducida por la clase dominante y el Estado bajo su tutela, incluido su poderoso sistema de comunicación, sus instancias educativas públicas y privadas, sus poderes eclesiales y sus diversos.

No es solo cuestión de reconocer y condenar verbalmente los feminicidios.

No es asunto que se solucione con establecer, como simple formalidad, un Ministerio de la Mujer.

No es tema para limitarse expresar pesares o allantar con medidas superficiales y con leyes que no se cumplen.

A eso se limita la clase dominante-gobernante dominicana, su Estado, su Gobierno, las cúpulas de sus iglesias y el propio presidente Abinader con su equipo de gobierno.

Aquí el sistema educativo, los aparatos de comunicación y cultura han sido asaltados por la ideología machista.

El Estado ha pisoteado el laicismo y el valor de las humanidades y las ciencias sociales, con la anuencia y participación de Luis Abinader,

Importa mucho por eso destacar esa realidad y detenernos siempre en dos características relevantes de la sociedad dominicana: la opresión y la explotación de las mujeres:

La opresión tiene sus raíces en un sistema capitalista plagado de desigualdades, que le da continuidad a una cultura dominante machista que coloca a las mujeres en posición subordinada frente a los hombres; quienes abusivamente se asumen como propietarios de sus vidas y de sus cuerpos.

En ese contexto toda independencia femenina, toda resistencia a ser propiedad masculina, todo desamor provocado por el maltrato y el menosprecio, se paga con agresiones y hasta con la vida, pasando por sufrimientos inenarrables.

Así opera la sociedad patriarcal-machista dirigida por un Estado generador y complaciente frente a distintas formas de violencia y exclusión machista (física, psicológica, económica) contra mujeres y niñas. Todo un poder dominante que opera como una fábrica de feminicidios

La explotación se sustenta en una cultura dominante clasista que empobrece hombres y mujeres trabajadoras -y que mezclada con la división sexual del trabajo y basada en el interés exclusivo del capital por la ganancia- genera y se apropia de más riquezas en base al trabajo desvalorizado de las mujeres en múltiples labores y también en el trabajo absolutamente no remunerado, asignándoles unilateralmente a las mujeres las tareas del cuidado de la familia y del hogar.

La paternidad irresponsable, del abandono total de la familia por los hombres, que determina que la mitad de los hogares estén a cargo de mujeres, se suma a ese despliegue de calamidades.

Aquí y en gran parte del planeta. las mujeres viven múltiples formas de maltrato y discriminación que son tanto más graves y dolorosas cuando ellas son más pobres, negras y con menos oportunidades.

La lucha de las mujeres por la igualdad es cuestión de poder y contra ese poder es necesario que juntos encaucemos la lucha para alcanzar la liberación de todos/as los/as oprimidos/as y explotados/as.

Se ha dicho con razón, que lo personal, en este y muchos casos es también político, y lo político implica valorar que la base de esta gran trampa opresora es el sistema y que hay que cambiarlo por otro que desplace y reemplace la alianza criminal del patriarcado con el capital.

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Opinión

Cumplimiento de las solicitudes  de la Corte Penal Internacional

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Por Rommel Santos Diaz

Las solicitudes de asistencia se cumplirán de conformidad con el procedimiento aplicable en el derecho interno del Estado requerido y, salvo si ese derecho lo prohíbe, en la forma especificada en la solicitud, incluidos los procedimientos indicados en ella y la autorización a las personas especificadas en ella para estar presentes y prestar  asistencia en el trámite.

En el caso de una solicitud urgente y cuando la Corte Penal Internacional lo pida, los documentos o pruebas incluidos en la respuesta serán transmitidos con urgencia.

El Estatuto de Roma establece que las respuestas del Estado  Parte requerido serán transmitidas en su idioma y forma original.

Cuando resulte necesario en el caso de una solicitud que pueda ejecutarse sin necesidad de medidas coercitivas, en particular la entrevista a una persona o la recepción de pruebas de una persona voluntariamente, aun cuando sea sin la presencia de las autoridades del Estado Parte requerido si ello fuere esencial para la ejecución de la solicitud, y el reconocimiento de un lugar u otro recinto que no entrañe un cambio en el , el Fiscal podrá ejecutar directamente la solicitud en el territorio de un Estado.

Cuando el Estado Parte requerido fuere un Estado en cuyo territorio se hubiera cometido presuntamente el crimen, y hubiere habido una de admisibilidad de conformidad con los artículos 18 o 19, el Fiscal podra ejecutar directamente la solicitud tras celebrar todas las consultas posibles con el Estado Parte requerido.

En los demás casos, el Fiscal podra ejecutar la solicitud tras celebrar consultas con el Estado Parte  requerido y con sujeción a cualquier condición u observación razonable que imponga  o haga ese Estado Parte.

Cuando el Estado Parte requerido considere que hay problemas para  la ejecución de una solicitud de conformidad con  las solicitudes a que se hace referencia en los artículos 933 y 96 del Estatuto de Roma, celebrará consultas sin demora con la Corte Penal Internacional para resolver la cuestión.

Finalmente, las disposiciones en virtud de las cuales una persona que sea oída o interrogada por la Corte Penal Internacional con arreglo al artículo 72 podrá hacer valer las restricciones previstas para impedir la divulgación de información  confidencial relacionada con la seguridad nacional serán igualmente aplicables al cumplimiento de las solicitudes de asistencia a que se hace referencia en el presente  artículo.

Rommelsantsodiaz@gmail.com

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Opinión

La dignidad humana y los procesos político-electorales en la República Dominicana (2006–2026).

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Por Robinson Lebrón

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El presente artículo analiza de manera crítica la evolución, los hitos normativos y las persistentes vulneraciones a la dignidad humana en el marco de los procesos político-electorales de la República Dominicana durante el periodo 2006–2026. A partir de la reforma constitucional de 2010, la dignidad humana se consagró como el principio fundante del Estado Social y Democrático de Derecho, transformando la dimensión procedimental del voto en un derecho fundamental sustantivo. Mediante un enfoque cualitativo y dogmático, la investigación examina el balance entre la expansión formal de los derechos ciudadanos evidenciada en políticas de inclusión como el Voto Accesible, el Voto Penitenciario y la tutela judicial efectiva del debido proceso partidario por parte del Tribunal Superior Electoral (TSE) y la realidad fáctica de los procesos electorales dominicanos.

 El análisis revela que, a pesar del blindaje institucional y jurisprudencial, subsisten patologías estructurales arraigadas como el clientelismo sistémico, la mercantilización del voto y la instrumentalización político-electoral del gasto social del Estado. Asimismo, se constata que la transición del debate hacia el entorno digital ha generado nuevas amenazas a la integridad moral a través de campañas de desinformación automatizada mediante robots y violencia política de género en redes sociales. Se concluye que la plena realización de la dignidad ciudadana en las urnas sigue supeditada a una profunda transformación cultural del sistema de partidos y a la aplicación efectiva de regímenes sancionatorios que erradiquen la coerción basada en la vulnerabilidad económica de la población.

El sistema democrático contemporáneo ha superado la concepción procedimental del voto para orientarse hacia un modelo sustantivo, donde el ciudadano es el eje central de las decisiones públicas. En el ordenamiento jurídico de la República Dominicana, esta visión adquirió un carácter vinculante a partir de la reforma constitucional del 26 de enero de 2010. Dicha reforma refundó el Estado dominicano bajo el modelo de un Estado Social y Democrático de Derecho, consagrando explícitamente en su artículo 5 que la Constitución se fundamenta en el respeto irrestricto a la dignidad humana. De este modo, la dignidad dejó de ser un enunciado meramente filosófico para convertirse en un principio jurídico superior, una norma transversal y un derecho fundamental absoluto e inviolable (artículo 38) que debe guiar la actuación de todos los poderes públicos, incluidos los órganos electorales.

Bajo este marco constitucional, los procesos político-electorales celebrados en el país durante las últimas dos décadas (2006–2026) han experimentado una profunda transformación normativa e institucional. El ejercicio de los derechos de ciudadanía —concebidos como el derecho a elegir y ser elegido en condiciones de equidad— se vincula directamente con la autonomía moral y la libertad del individuo. Durante este periodo, la promulgación de normativas clave como la Ley No. 33-18 de Partidos, Agrupaciones y Movimientos Políticos, la Ley No. 15-19 (y su posterior evolución hacia la Ley No. 20-23 Orgánica del Régimen Electoral), así como las jurisprudencias del Tribunal Superior Electoral (TSE) y del Tribunal Constitucional (TC), han buscado estructurar un ecosistema político que garantice la inclusión social, el debido proceso partidario, la paridad de género y el acceso al sufragio de poblaciones históricamente vulnerabilidades, tales como los internos preventivos y las personas con discapacidad.

Sin embargo, el análisis del periodo 2006–2026 revela una persistente desigualdad entre el marco garantista del derecho positivo y la realidad fáctica de las campañas electorales dominicanas. A pesar de los significativos avances tecnológicos y logísticos implementados por la Junta Central Electoral (JCE), la dignidad de los electores continúa enfrentando serios desafíos culturales y estructurales. Fenómenos sistémicos como el clientelismo arraigado, la compra abierta de voluntades en los recintos electorales, la desproporción en el financiamiento de los candidatos y el uso instrumentalizado de los recursos asistenciales del Estado tienden a cosificar al ciudadano, reduciendo su condición de agente político soberano a la de una mercancía económica.

Asimismo, el auge de los entornos digitales en la última década ha introducido nuevas amenazas a la integridad personal a través de campañas de difamación automatizada y la vulneración del derecho al honor. Frente a este escenario, el presente artículo tiene como objetivo analizar de manera crítica la evolución, los hitos normativos y las persistentes vulneraciones a la dignidad humana en el marco de los procesos políticos electorales de la República Dominicana durante los últimos veinte años. A través de un enfoque cualitativo y dogmático, se examina el balance entre la expansión formal de los derechos políticos y la persistencia de prácticas tradicionales que erosionan la autonomía del votante. Se sostiene como tesis central que, si bien el Estado dominicano ha blindado institucional y jurisprudencialmente las garantías del sufragio, la pervivencia de una cultura política de subordinación económica y el desborde ético en las campañas digitales constituyen los principales reductos que limitan la plena realización de la dignidad ciudadana en las urnas.

Robinson Jesús Lebrón Céspedes.

rlebroncespedes@gmail.com

El autor es abogado y Docente Universitario.

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