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Iglesia Católica exige al Gobierno RD proteste por conducta Embajador

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Conferencia-EpiscopadoSANTO DOMINGO.- La Iglesia Católica exigió al Gobierno de la República Dominicana que utilice los mecanismos que las normas diplomáticas prevén para elevar una protesta formal a Estados Unidos por “las extralimitaciones de su embajador” aquí, James W. Brewster.

Un enérgico comunicado emitido por la Conferencia del Episcopado Dominicano (CED), la cual es integrada por todos los obispos del país,  dice que el citado diplomático ha mostrado “poco respeto a los usos y costumbres de nuestra sociedad” violando tanto la Constitución de la República como la Convención de Viena Sobre Relaciones Diplomáticas que rige la diplomacia internacional actual y que fue ratificada por Estados Unidos y República Dominicana.

“Como pastores, exigimos de nuestras autoridades tomar este asunto con responsabilidad y ofrecer una respuesta inmediata que satisfaga los reclamos de la familia dominicana. Sabemos que estamos en tiempo de elecciones y que la tendencia es dejar para después de mayo la mayoría de las decisiones. Pero una falta contra nuestro país sin una debida reacción sería mandar el mensaje de que los extranjeros pueden venir a abusar de su posición sin consecuencias”, dice el documento, cuya copia fue remitida a ALMOMENTO.NET.

El comunicado

El texto del comunicado es el siguiente:

“   1. Como pastores de la República Dominicana nos mueve dirigirnos al país la profunda preocupación y malestar que ha provocado en una parte importante de la sociedad, y en nosotros también, las actuaciones del Embajador de Estados Unidos, James Brewster, desde su llegada a nuestra tierra.

  1. Durante los últimos años hemos visto una y otra vez cómo el señor embajador se ha extralimitado en sus funciones, mostrando poco respeto a los usos y costumbres de nuestra sociedad, y violando tanto la Constitución de la República como la Convención de Viena Sobre Relaciones Diplomáticas que rige la diplomacia internacional actual y que fue ratificada por Estados Unidos y República Dominicana.
  2. Nos anima el mismo espíritu que señala el Papa Francisco cuando, refiriéndose a las amenazas que vive la familia, previene contra las «pseudo-soluciones desde perspectivas que no son saludables a la familia, sino que provienen claramente de “colonizaciones ideológicas”». El Señor Brewster se acerca a nuestra niñez en escuelas públicas y privadas, en torneos deportivos y otras actividades juveniles e infantiles exhibiendo al Señor Bob Satawake como su esposo. Esto ha causado un gran malestar en los padres de familia, que tienen el derecho a definir cómo educar a sus hijos, y sienten esta visita como una intromisión de valores contrarios a los que ellos quieren inculcar a sus hijos.
  3. El Embajador y su pareja presentan a los niños un modelo de familia que es incompatible con el que está contemplado en la Constitución que en su artículo 55, que dice: «La familia es el fundamento de la sociedad y el espacio básico para el desarrollo integral de las personas. Se constituye por vínculos naturales o jurídicos, por la decisión libre de un hombre y una mujer de contraer matrimonio o por la voluntad responsable de conformarla». Ellos están tratando de confundir a nuestra juventud y niñez presentándoles un modelo distorsionado de familia, menospreciando, de esta manera, la autoridad de nuestras leyes.
  4. En su discurso en la Cámara Americana de Comercio respondió a los que lo critican por entrometerse en los asuntos internos que, a quien no le guste cómo está actuando el representante de los Estados Unidos en el país, que devuelva su visa. Esta respuesta sirve como amenaza a la población dominicana, y, aunque se desmintiese oficialmente, queda siempre el miedo a expresarse por temor a que se les quite la visa. Esto lesiona la libertad de expresión en nuestro país.
  5. No es menos preocupante la insinuación de oferta de dinero que hiciera la USAID a los candidatos políticos que apoyen a los LGBT. Este anuncio se hizo en el marco de apoyo a la Embajada de Estados Unidos durante el lanzamiento de la Cámara de Comercio LGBT. Ofrecer dinero para financiar a candidatos que estén dispuestos a promover su agenda es una violación a la soberanía nacional y a sus leyes electorales y representa un chantaje grave hacia la política nacional. Además, aunque se pretenda desmentir, ¿Quién garantiza que, de todos modos, el fondo constituido no sea erogado aún veladamente?
  1. Estas y muchas otras acciones más han ido creando un clima de malestar e inquietud en un sector mayoritario del país, pues estamos viendo su intromisión en la cultura y en los asuntos internos de la nación. Es cada vez más difícil aceptar esta injerencia del Embajador, pues existe un reglamento para los diplomáticos en todo el mundo, y está enel artículo 41, párrafo 1 de la Convención de Viena, que dice: «Sin perjuicio de sus privilegios e inmunidades, todas las personas que gocen de esos privilegios e inmunidades deberán respetar las leyes y reglamentos del Estado receptor. También están obligados a no inmiscuirse en los asuntos internos de ese Estado».
  2. Hacemos constar que nuestro rechazo no es a la persona del Embajador y su pareja, ni a su condición de homosexuales, pues los respetamos. Lo que rechazamos es el abuso de poder en su modo de actuar, que es contrario a sus competencias como embajador y, como hemos dicho ya, viola las leyes internas del país y las leyes internacionales de la diplomacia.
  3. Nuestra nación es un Estado soberano que cuenta con sus propias leyes, las cuales deben ser respetadas por los dominicanos y, con mayor razón, por las personas extranjeras. La Constitución es clara y tajante respecto a la soberanía y hacia la inaceptabilidad de una injerencia proveniente del exterior, pues el artículo 3 de la Carta Magna dice: «La soberanía de la Nación dominicana, Estado libre e independiente de todo poder extranjero, es inviolable. Ninguno de los poderes públicos organizados por la presente Constitución puede realizar o permitir la realización de actos que constituyan una intervención directa o indirecta en los asuntos internos o externos de la República Dominicana o una injerencia que atente contra la personalidad e integridad del Estado y de los atributos que se le reconocen y consagran en esta Constitución. El principio de la no intervención constituye una norma invariable de la política internacional dominicana».
  4. Entendemos que este no es un tema trivial, como algunos han pretendido decir, pues está en juego la soberanía de la nación y sus valores tradicionales. El Señor Brewster se presenta en la sociedad como una víctima, llamando “odio” a toda opinión contraria a la suya, pero alardea de tener el apoyo de su Gobierno para realizar las violaciones sistemáticas de las leyes nacionales e internacionales.
  5. Como pastores, exigimos de nuestras autoridades tomar este asunto con responsabilidad y ofrecer una respuesta inmediata que satisfaga los reclamos de la familia dominicana. Sabemos que estamos en tiempo de elecciones y que la tendencia es dejar para después de mayo la mayoría de las decisiones. Pero una falta contra nuestro país sin una debida reacción sería mandar el mensaje de que los extranjeros pueden venir a abusar de su posición sin consecuencias. Por esta razón, instamos al Gobierno a utilizar los mecanismos que las normas diplomáticas prevén para elevar una protesta formal al Gobierno de Estados Unidos acerca de las extralimitaciones de su embajador en tierra dominicana.
  6. Con los mejores deseos de paz y bienestar para los hombres y mujeres de esta Nación, les impartimos a todos nuestra más cordial bendición.

En Santo Domingo, a los días 15 de marzo del año 2016.

Departamento de Prensa de la Conferencia del Episcopado Dominicano CED
Tel. 809-482-2524 ext.106Portal: www.conferenciadelepiscopadodominicano.com • Email: prensaced@gmail.com

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Juez evaluará este miércoles solicitud de Pepca para extender investigación del caso Senasa.

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Santo Domingo, R.D.-Deiby Peguero, juez del Séptimo Juzgado de la Instrucción del Distrito Nacional, fijó para este miércoles el conocimiento de la solicitud de prórroga de cuatro meses presentada por el Ministerio Público para concluir la investigación y depositar la acusación contra el exdirector del Seguro Nacional de Salud (SeNaSa), Santiago Marcelo Hazim, y los demás implicados en el caso Cobra.

La solicitud de prórroga fue depositada por fiscales de la Procuraduría Especializada de Persecución de la Corrupción Administrativa (Pepca), con el propósito de analizar minuciosamente las evidencias recabadas durante allanamiento. Así lo informó recientemente el procurador adjunto, Wilson Camacho.

Camacho indicó que la institución cuenta con un equipo especializado dedicado al estudio del contenido de 16,800 cajas de documentos ocupadas durante los recientes operativos de intervención como parte de la investigación que realiza del caso.

El exdirector de SeNaSa, Santiago Marcelo Hazim, junto a otros imputados, es señalado de conformar una estructura criminal que habría perpetrado un desfalco superior a RD$15 mil millones en perjuicio del Estado dominicano, a través de la entidad pública de salud.

Además de Hazim, figuran como imputados Gustavo Enrique Messina Cruz, Germán Rafael Robles Quiñones, Francisco Iván Minaya Pérez, Rafael Luis Martínez Hazim, Ramón Alan Speakler Mateo, Ada Ledesma Ubiera, Eduardo Read Estrella, Cinty Acosta Sención y Heidi Mariela Pineda Perdomo, quienes cumplen distintas medidas de coerción impuestas en diciembre de 2025.

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Asesino de conductor de camión recolector de basura es apresado en Jamaica.

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Santo Domingo, R.D.-Jhovanny de Jesus Metz Crus, conocido como «Macho», señalado como el principal sospechoso de la muerte del conductor Deivy Carlos Abreu Quezada, quien falleció luego de ser atacado por una turba de motociclistas durante una persecución, fue apresado en Jamaica.

La información fue confirmada a Diario Libre por una fuente de la Procuraduría General de la República (PGR).

De acuerdo con las investigaciones, «Macho» habría sido quien presuntamente propinó varias estocadas a Abreu Quezada durante el ataque ocurrido el pasado 17 de abril en el parqueo del Palacio de Justicia de Santiago, donde la víctima intentó refugiarse tras ser perseguida durante varios kilómetros por un grupo de motociclistas.

En principio, se informó que la persecución se produjo a raíz de un incidente de tránsito.

Posteriormente, trascendió que la agresión habría sido motivada por una presunta deuda económica que el conductor mantenía con sus atacantes.

Visado a JamaicaEn marzo pasado, Jamaica eliminó el requisito de visa para los dominicanos que viajen a ese país por turismo o negocio por un periodo de 180 días.

Mets Cruz también enfrenta un proceso judicial por las heridas de bala ocasionadas en 2023 al sargento de la Policía Nacional Christopher Almánzar García, adscrito a la unidad SWAT.

El imputado no se presentó al juicio de fondo pautado para el miércoles 20 de mayo ante el Cuarto Tribunal Colegiado de Santiago, por lo que la sala ordenó declararlo en rebeldía y activar las consecuencias legales correspondientes.

En ese expediente, Mets Cruz enfrenta acusaciones por intento de homicidio y asociación de malhechores.

El hecho ocurrió el 7 de mayo de 2023 en el sector El Ejido, de Santiago.

Durante el incidente, el sargento Almánzar García sufrió fracturas en el fémur y la rodilla izquierda, mientras que su sobrino, Jeison Willian Almánzar Núñez, resultó herido en la pierna izquierda cuando intentaba auxiliarlo.

Según las informaciones ofrecidas en el tribunal, Mets Cruz cumplía medidas de coerción consistentes en presentación periódica, impedimento de salida del país y orden de alejamiento de las víctimas.

Tras su incomparecencia al juicio, el tribunal dispuso su declaratoria en rebeldía, mientras las autoridades activaron su búsqueda.

Ahora, con su detención en Jamaica, las autoridades dominicanas deberán realizar las gestiones correspondientes para establecer su eventual retorno al país y que responda ante la justicia por los procesos que tiene pendientes.

Formalmente no hay un tratado de extradición entre República Dominicana y Jamaica. El intercambio judicial y la colaboración policial se apoyan en organismos internacionales como Interpol.

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Tribunal Constitucional rechaza amparo contra embargo inmobiliario.

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Santo Domingo, R.D.-Declaro inadmisible el Tribunal Constitucional (TC) por notoria improcedencia, la acción de amparo interpuesta por el empresario Alexander Montilla Sierra, con la que pretendía suspender un proceso de embargo inmobiliario en su contra y obtener la reposición de los plazos procesales de dicho caso.

La Alta Corte, mediante la sentencia TC/0784/26, tomó la decisión al rechazar la acción presentada por el cuñado del expresidente Danilo Medina contra la Procuraduría Especializada de Persecución de la Corrupción Administrativa (PEPCA) y la señora Francisca Elizabeth Castillo de los Santos.

La decisión fue aprobada por la mayoría de los jueces del pleno. Por su parte, el magistrado José Alejandro Vargas se inhibió de participar en la deliberación y el fallo, debido a que intervino en el proceso en su anterior condición de juez del Juzgado de Atención Permanente del Distrito Nacional, cuando conoció una medida de coerción vinculada al caso penal.

El caso se remonta a una investigación de la PEPCA dirigida contra Alexander Montilla Sierra y su hermano Maxy Gerardo, junto a otras personas físicas y jurídicas. Las indagatorias se originaron en una de las líneas de investigación de la Operación Antipulpo, por presuntos actos de corrupción y lavado de activos relacionados con contratos públicos y licitaciones irregulares.

En esas pesquisas, la jueza coordinadora de los Juzgados de la Instrucción del Distrito Nacional, Kenya Romero, autorizó entre diciembre de 2020 y enero de 2021 la inmovilización de fondos y la oposición a transferencias de bienes muebles e inmuebles de los investigados.

Según el expediente, estas medidas dejaron a Alexander Montilla Sierra sin capacidad para disponer de su patrimonio, impidiéndole honrar un pagaré notarial por RD$20,000,000.00 suscrito en 2018 con Francisca Elizabeth Castillo de los Santos.

Ante el incumplimiento de pago, Castillo de los Santos inició en 2021 un proceso de embargo inmobiliario sobre dos propiedades de Montilla Sierra: una unidad en el condominio Terrazas del Mirador II y un apartamento en el condominio Karla I.

Tras un acuerdo de colaboración entre Maxy Montilla y la PEPCA, la Coordinación de los Juzgados de la Instrucción autorizó, mediante auto del 12 de diciembre de 2025, el levantamiento parcial de las oposiciones e inmovilizaciones. La PEPCA tramitó la ejecución de dicha orden ante la Dirección General de Impuestos Internos (DGII) y la Superintendencia de Bancos el 30 de diciembre de 2025.

El 6 de febrero de 2026 antes de tener conocimiento formal del levantamiento, notificado por la DGII el 17 de febrero, Alexander Montilla interpuso una acción de amparo en la que solicitó la publicidad registral de las oposiciones, la suspensión del embargo inmobiliario y la reposición de los plazos procesales.

La Cuarta Sala de la Cámara Civil y Comercial del Distrito Nacional declaró inadmisible dicha acción el 3 de marzo de 2026 (Sentencia núm. 037-2026-SSEN-00109), al considerar que había perdido su objeto tras el levantamiento parcial de las medidas.

Montilla Sierra recurrió el fallo ante el Tribunal Constitucional alegando vulneraciones al debido proceso, la tutela judicial efectiva, el derecho de propiedad, la igualdad de armas y el principio de inviolabilidad de las nulidades constitucionales, entre otros.

El TC coincidió en que la sentencia de primera instancia era errónea, pero por una razón distinta a la planteada por el recurrente: consideró que el juez de amparo no debió declarar la inadmisibilidad por «falta de objeto», sino por «notoria improcedencia». Esto se apoya en su jurisprudencia reiterada, la cual establece que el amparo no puede utilizarse para suspender, modificar o dejar sin efecto decisiones dictadas por otro tribunal en un proceso judicial ordinario en curso.

En consecuencia, el TC revocó la sentencia recurrida y, actuando directamente sobre el fondo de la acción original, concluyó que las pretensiones de Montilla Sierra excedían el ámbito del amparo. De concederlas, el juez constitucional estaría sustituyendo a la jurisdicción ordinaria en la conducción de un proceso iniciado desde el año 2021.

El tribunal señaló que cualquier objeción sobre la falta de publicidad de las oposiciones administrativas debió plantearse oportunamente ante el propio juez del embargo, mediante los mecanismos procesales correspondientes.

Cabe destacar que el Ministerio Público obtuvo la homologación de un acuerdo bajo el criterio de oportunidad, mediante el cual Maxy Gerardo Montilla Sierra y un grupo de sus empresas aceptaron su responsabilidad penal y autorizaron el decomiso de RD$2,000 millones en efectivo a favor del Estado dominicano.

El acuerdo, homologado por el juez Raymundo Mejía del Primer Juzgado de la Instrucción del Distrito Nacional, compromete a Montilla a pagar una indemnización de RD$600 millones a las distribuidoras de electricidad EdeEste, EdeSur y EdeNorte, en resarcimiento por los perjuicios ocasionados.

Asimismo, contempla la disolución en un plazo de dos años de las empresas Transformadores Solomon Dominicana, S.A.S., Electrocable Aluconsa, S.A.S., NSD, Importaciones Diversas, SRL, Distribuidora de Materiales Eléctricos FEE, SRL, Distribuidora Eléctrica Henan Jinshui, SRL, Importadora Eaglerise, SRL, TLC Negocios Globales, SRL, Watmax Lighting, SRL, Herrajes Eléctricos RPC, SRL, y MG Solomon Corporation.

También fija el pago de RD$431,816,307.90 a la Dirección General de Impuestos Internos (DGII) y el decomiso de un terreno de 200.18 metros cuadrados ubicado en la avenida Roberto Pastoriza núm. 2, Ensanche Naco, valorado en RD$50,901,692.13.

Por el caso Antipulpo, el Segundo Tribunal Colegiado del Distrito Nacional condenó a Alexis Medinahermano del expresidente Danilo Medina, a siete años de prisión en el centro penitenciario de Najayo.

La decisión fue recurrida y está pendiente de revisión para el próximo 8 de septiembre en la Primera Sala Penal de la Corte de Apelación del Distrito Nacional. Otros imputados recibieron penas menores y algunos fueron declarados noculpables, entre ellos Magaly Medina.

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