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Juez desbloquea bienes del senador Félix Bautista
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12 años agoon
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LA REDACCIÓN
SANTO DOMINGO. El juez de la Instrucción Especial de la Suprema Corte de Justicia (SCJ), Frank Soto Sánchez, ordenó a los Registradores de Títulos de Santiago y el Distrito Nacional el levantamiento de nota de advertencia y/o oposición a venta y traspaso sobre 112 bienes inmuebles propiedad de la sociedad Inmobiliaria Rofi, S.R.L, cuyo principal accionista es el senador Félix Bautista.
El magistrado adoptó la decisión, “por haberse violado el derecho de propiedad del peticionario sin la debida autorización judicial”.
La medida acoge una petición de los abogados del secretario de Organización del Partido de la Liberación Dominicana (PLD), Juan Antonio Delgado, Pedro Balbuena, Ramón Emilio Núñez y Chanel Liranzo.
Expuso que el derecho de propiedad debe ser tutelado por un juez, si se va a afectar producto de una investigación. Advierte que independientemente del delito que se indague y de la persona que se investigue, ésta sigue estando investida de las garantías procesales establecidas en la Constitución, el Código Procesal Penal y los tratados internacionales.
En el caso de la especie, sostiene que al legislador se le violaron el derecho de propiedad y el debido proceso.
Asegura que el Ministerio Público, con su actuación, lo que ha hecho es limitar el derecho de propiedad de Bautista, con las oposiciones y/o anotaciones, “impidiéndole sin una tutela judicial efectiva el pleno goce, disfrute y disposición de los bienes inmuebles que fueron objetos de tales medidas”.
Agrega que el incumplimiento de la norma puede ser invocado en todo estado de causa, y provoca la nulidad del acto y sus consecuencias.
Argumenta la defensa de Bautista que se enteró de manera accidental de la actuación del Ministerio Público, y que en el Registro de Títulos le entregaron copia de las mismas, a fin de justificar el por qué los bienes se encontraban con las medidas.
Entiende que del análisis de las mismas, adoptadas a solicitud del MP, se advierten que están revestidas de un carácter jurisdiccional, en el cual debe solicitar al juez de la Instrucción la autorización para su aplicación.
Consideró que el artículo 69 de la Constitución establece la tutela judicial efectiva y debido proceso, por lo cual toda persona en el ejercicio de sus derechos e intereses legítimos tiene derecho a obtener la misma, con respecto al debido proceso que estará conformado por las garantías mínimas. Resalta que la naturaleza de la cuestión planteada vulnera derechos fundamentales, porque afecta el derecho de propiedad del impetrante, cuyo goce, disfrute y disposición se encuentran debidamente reconocidos y garantizados por la Constitución en su artículo 51.
Igualmente, que el Código Procesal Penal, al momento de tutelar los derechos fundamentales, consigna, en sentido general, que los mismos están sujetos al control del juez de garantía.
“Lo que indica que el legislador dominicano, al momento de afectar derechos fundamentales le otorgó esta facultad a los órganos jurisdiccionales para garantizar el pleno goce de los mismos y evitar así arbitrariedades”.
El juez y los incidentes
Sobre la falta de calidad de Félix Bautista para actuar en justicia, rechazó la petición por entender que quedó debidamente establecido que la nota de advertencia y/o oposición sobre los inmuebles que detalla el Ministerio Público se adoptaron partiendo del vínculo del reclamante. El segundo incidente, que versaba sobre que la razón social Inmobiliaria Rofi no goza de jurisdicción privilegiada, por lo que debía ser declinado por ante el juez coordinador de la Instrucción del Distrito Nacional, indica que a Bautista le asiste una jurisdicción especial por su condición de senador.
Procurador: Judicatura no asume rol contra la corrupción
El procurador general reaccionó a la decisión del juez Frank Soto Sánchez, respondiendo que la Judicatura «no está asumiendo el rol que le corresponde en la lucha contra la corrupción, poniendo en juego el Estado de Derecho en República Dominicana.
En una comunicación de prensa, sostuvo que con el dictamen se le deja «a nuestros hijos e hijas, una cultura de impunidad y no tenemos el derecho de crear escenarios que permitan que las próximas generaciones paguen las consecuencias de nuestras irresponsabilidades».
No obstante, aseguró que el Ministerio Público seguirá jugando su rol de hacer prevalecer el imperio de la ley sin importar investidura, clase social ni enllavaduras dentro del engranaje político ni del Estado.
Diario Libre
Nacionales
Obispos se reunen con Abinader en la 64ª Asamblea Plenaria del Episcopado
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20 horas agoon
julio 3, 2026
Santo Domingo. – La Conferencia del Episcopado Dominicano (CED) en el marco de su 64ª Asamblea Plenaria, recibió este viernes la visita del presidente de la República, Luis Abinader, en un encuentro celebrado en la Casa Arquidiocesana María de la Altagracia, donde se abordaron distintos temas de interés nacional.
Durante su intervención, el mandatario destacó la importancia de mantener un diálogo permanente con la Iglesia católica, señalando que estos espacios permiten conocer de primera mano las necesidades de las diócesis y socializar las medidas adoptadas por el Gobierno.
“Siempre es bueno tener el contacto con los obispos, escuchar las necesidades de sus diócesis y también explicarles los grandes temas nacionales”, expresó.

El jefe de Estado agregó que estos encuentros se han convertido en una práctica habitual de su gestión, como parte de la relación de cooperación con la jerarquía eclesiástica.
El presidente fue recibido por la nueva directiva de la CED para el período 2026-2029, encabezada por el obispo de San Francisco de Macorís, Ramón Alfredo de la Cruz Baldera, quien asumió la presidencia de la institución.

También participaron el arzobispo coadjutor de Santo Domingo, Carlos Tomás Morel Diplán, en calidad de vicepresidente, y el obispo auxiliar de Santo Domingo, José Amable Durán Tineo, como secretario general.
Nacionales
Garantía económica e impedimento de salida a “Onguito Wa”.
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20 horas agoon
julio 3, 2026
Santo Domingo, R.D.-Una garantia economica impone el Tribunal del Distrito Judicial de San Cristóbal de RD$200,000, impedimento de salida del país y presentación periódica al Ministerio Público contra el imputado Elvis Manuel Santos Alcántara (Onguito Wa), acusado de porte ilegal de armas de fuego, tras acoger de forma parcial la solicitud del Ministerio Público.
La decisión judicial se produce luego de que el procesado fuera arrestado en flagrante delito el pasado 21 de junio, cuando agentes de la Policía Nacional realizaban labores de patrullaje en la carretera Sánchez Vieja, en San Cristóbal.
Durante el operativo, el imputado se desplazaba en un vehículo Honda CR-V, color negro, junto a otra persona, y al ser registrado se le ocupó una pistola Glock, calibre 9 mm, con 17 cápsulas, sin documentación legal.

La magistrada Chadalis E. Rosario Melenciano, jueza suplente del Tercer Juzgado de la Instrucción y de la Oficina Judicial de Atención Permanente, ordenó además que el imputado deberá presentarse los días 29 de cada mes durante seis meses ante el Ministerio Público, como parte de las medidas impuestas.
Asimismo, el tribunal dispuso la notificación a la Dirección General de Migración (DGM) para garantizar el impedimento de salida del país, mientras que el Primer Juzgado de la Instrucción de San Cristóbal fue designado como tribunal de control del caso.
El Ministerio Público, representado por las fiscales Belkis Tejeda e Ingris Maribel Guerrero Polanco, había solicitado prisión preventiva por tres meses; sin embargo, el tribunal optó por medidas no privativas de libertad, al considerar parcialmente la solicitud.
El órgano acusador también obtuvo un plazo de seis meses para presentar el requerimiento conclusivo del proceso.
De acuerdo con el expediente, Santos Alcántara ya había sido condenado previamente mediante la Sentencia Penal núm. 523-2025-SSEN-00015 por violaciones a la Ley 63-17 sobre Movilidad, Transporte Terrestre y Seguridad Vial, lo que fue recordado por el Ministerio Público durante la audiencia.
Con esta decisión, el caso sigue bajo investigación judicial mientras el imputado permanece bajo estrictas condiciones de control.
El uso, porte y tenencia ilegal de armas de fuego constituye uno de los delitos más vigilados por las autoridades judiciales y de seguridad en la República Dominicana, debido al impacto que tiene en la criminalidad, la seguridad ciudadana y la violencia urbana.
«En el país, este tipo de infracciones está regulado por la legislación penal vigente y por normativas específicas que establecen los requisitos para la adquisición, registro y porte legal de armas».
- En los últimos años, el Ministerio Público y la Policía Nacional han intensificado los operativos de prevención y persecución del porte ilegal de armas, especialmente en zonas urbanas y carreteras donde se registran mayores incidencias de delitos flagrantes.
- Estos operativos suelen incluir patrullajes, requisas selectivas y controles de vehículos, con el objetivo de reducir la circulación de armas no registradas.
El sistema judicial dominicano contempla medidas de coerción que pueden ser privativas o no privativas de libertad, dependiendo de la gravedad del hecho, los antecedentes del imputado y el riesgo procesal.
Nacionales
Prisión preventiva solicitan para falso odontólogo tras causar graves lesiones en La Vega
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20 horas agoon
julio 3, 2026
Santo Domingo, R.D.-La imposición de prision preventiva como medida de coercion contra un acusado de ejercer la odontología solicitará el Ministerio Público en las próximas horas la imposición contra un hombre acusado de ejercer la odontología sin exequátur en La Vega en un caso de presunto intrusismo profesional que dejó a una paciente con lesiones permanentes en el rostro y daños neurológicos severos.
El imputado, identificado como Franklin José Almánzar Escarramán, de 51 años, habría realizado procedimientos odontológicos de alta complejidad sin la debida autorización legal en el consultorio de su hermano, ubicado en el Centro Médico V Centenario, en la provincia de La Vega.
Su hermano, William Radhamés Almánzar Escarramán, también fue arrestado por su presunta complicidad en los hechos, ambos tras entregarse a las autoridades policiales en cumplimiento de una orden judicial.

De acuerdo con la investigación del Ministerio Público, la víctima acudió el pasado 17 de enero a recibir atención odontológica y fue evaluada en el consultorio de los imputados, donde se le indicó la extracción de cuatro terceros molares mediante un procedimiento quirúrgico.
Según el expediente, durante la intervención, el imputado habría aplicado anestesia y posteriormente realizado maniobras violentas con instrumentos odontológicos, incluyendo golpes en la zona afectada, sin lograr completar la extracción tras varias horas de intento.
La paciente posteriormente presentó dolor intenso, inflamación facial y complicaciones severas, lo que la llevó a buscar atención médica especializada, donde se determinó la existencia de daños permanentes en su salud bucal, incluyendo nervios atrofiados, edema facial, trismo, parestesia mandibular y otras lesiones complejas.
La procuradora de corte de La Vega, Aura Luz García Martínez, explicó que el Ministerio Público procederá a solicitar la medida de coerción garantizando el debido proceso.
“Vamos a presentar la solicitud de medida de coerción ante la autoridad competente, garantizando el debido proceso y los derechos fundamentales de los imputados”, afirmó.
Las autoridades indicaron que el imputado principal ejercía la odontología sin exequátur, según certificación del Ministerio de Salud Pública, lo que constituye una violación a la Ley General de Salud 42-01 y la normativa que regula el ejercicio profesional odontológico.
- El órgano persecutor también sostiene que la actuación de los hermanos Almánzar Escarramán pudo haber tenido consecuencias aún más graves
- Incluso la muerte de la paciente, debido a la naturaleza del procedimiento realizado sin habilitación legal.
El caso ha sido calificado provisionalmente como violación a varios artículos del Código Penal dominicano y de la legislación sanitaria vigente, mientras el tribunal evalúa la solicitud de medida de coerción presentada por el Ministerio Público.
El ejercicio de la odontología y otras profesiones de la salud en la República Dominicana está regulado por un marco legal que exige la obtención de un exequátur y la debida habilitación profesional, con el objetivo de garantizar la seguridad de los pacientes y la calidad de los servicios médicos.
Estas disposiciones forman parte de las políticas sanitarias orientadas a prevenir el intrusismo profesional, una práctica que consiste en ejercer una profesión sin la autorización correspondiente.
