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Juez desbloquea bienes del senador Félix Bautista

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JUEZSANTO DOMINGO. El juez de la Instrucción Especial de la Suprema Corte de Justicia (SCJ), Frank Soto Sánchez, ordenó a los Registradores de Títulos de Santiago y el Distrito Nacional el levantamiento de nota de advertencia y/o oposición a venta y traspaso sobre 112 bienes inmuebles propiedad de la sociedad Inmobiliaria Rofi, S.R.L, cuyo principal accionista es el senador Félix Bautista.

El magistrado adoptó la decisión, “por haberse violado el derecho de propiedad del peticionario sin la debida autorización judicial”.

La medida acoge una petición de los abogados del secretario de Organización del Partido de la Liberación Dominicana (PLD), Juan Antonio Delgado, Pedro Balbuena, Ramón Emilio Núñez y Chanel Liranzo.

Expuso que el derecho de propiedad debe ser tutelado por un juez, si se va a afectar producto de una investigación. Advierte que independientemente del delito que se indague y de la persona que se investigue, ésta sigue estando investida de las garantías procesales establecidas en la Constitución, el Código Procesal Penal y los tratados internacionales.

En el caso de la especie, sostiene que al legislador se le violaron el derecho de propiedad y el debido proceso.

Asegura que el Ministerio Público, con su actuación, lo que ha hecho es limitar el derecho de propiedad de Bautista, con las oposiciones y/o anotaciones, “impidiéndole sin una tutela judicial efectiva el pleno goce, disfrute y disposición de los bienes inmuebles que fueron objetos de tales medidas”.

Agrega que el incumplimiento de la norma puede ser invocado en todo estado de causa, y provoca la nulidad del acto y sus consecuencias.

Argumenta la defensa de Bautista que se enteró de manera accidental de la actuación del Ministerio Público, y que en el Registro de Títulos le entregaron copia de las mismas, a fin de justificar el por qué los bienes se encontraban con las medidas.

Entiende que del análisis de las mismas, adoptadas a solicitud del MP, se advierten que están revestidas de un carácter jurisdiccional, en el cual debe solicitar al juez de la Instrucción la autorización para su aplicación.

Consideró que el artículo 69 de la Constitución establece la tutela judicial efectiva y debido proceso, por lo cual toda persona en el ejercicio de sus derechos e intereses legítimos tiene derecho a obtener la misma, con respecto al debido proceso que estará conformado por las garantías mínimas. Resalta que la naturaleza de la cuestión planteada vulnera derechos fundamentales, porque afecta el derecho de propiedad del impetrante, cuyo goce, disfrute y disposición se encuentran debidamente reconocidos y garantizados por la Constitución en su artículo 51.

Igualmente, que el Código Procesal Penal, al momento de tutelar los derechos fundamentales, consigna, en sentido general, que los mismos están sujetos al control del juez de garantía.

“Lo que indica que el legislador dominicano, al momento de afectar derechos fundamentales le otorgó esta facultad a los órganos jurisdiccionales para garantizar el pleno goce de los mismos y evitar así arbitrariedades”.

El juez y los incidentes

Sobre la falta de calidad de Félix Bautista para actuar en justicia, rechazó la petición por entender que quedó debidamente establecido que la nota de advertencia y/o oposición sobre los inmuebles que detalla el Ministerio Público se adoptaron partiendo del vínculo del reclamante. El segundo incidente, que versaba sobre que la razón social Inmobiliaria Rofi no goza de jurisdicción privilegiada, por lo que debía ser declinado por ante el juez coordinador de la Instrucción del Distrito Nacional, indica que a Bautista le asiste una jurisdicción especial por su condición de senador.

Procurador: Judicatura no asume rol contra la corrupción 

El procurador general reaccionó a la decisión del juez Frank Soto Sánchez, respondiendo que la Judicatura «no está asumiendo el rol que le corresponde en la lucha contra la corrupción, poniendo en juego el Estado de Derecho en República Dominicana.

En una comunicación de prensa, sostuvo que con el dictamen se le deja «a nuestros hijos e hijas, una cultura de impunidad y no tenemos el derecho de crear escenarios que permitan que las próximas generaciones paguen las consecuencias de nuestras irresponsabilidades».

No obstante, aseguró que el Ministerio Público seguirá jugando su rol de hacer prevalecer el imperio de la ley sin importar investidura, clase social ni enllavaduras dentro del engranaje político ni del Estado.

Diario Libre

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Treinta años de prisión solicita el Ministerio Público para ‘El Dotolcito’

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Santo Domingo, R.D.-Treinta años de prisión solicitó el Ministerio Público este lunes al Segundo Tribunal Colegiado del Distrito Nacional para  Wesly Carmona, alias «El Dotolcito» y  40 años para Luis Brito Troncoso y Alison de Jesús Pérez Mejía (Chiquito) por su alegada participación en el homicidio de Joshua Fernández el pasado 19 de abril del 2023 en la discoteca Kiss Bar.

Magalys Sánchez, representante del de Ministerio Público (MP), aseguró que, aunque la defensa de los imputados alegue que Wesly Carmona, alias » El Dotolcito«, no tuvo participación en el acto, su influencia fue «transcendental» en el desarrollo del atraco que terminó trágicamente con la vida de Joshua Fernández, por lo que piden una condena justa.

«Sin la influencia de Wesly no se hubiese llevado a cabo nada y hoy Joshua estuviera vivo. A él le permitían entrar a la discoteca sin revisarlo, según explicó uno de los imputados al ser interrogado, incluso no era requisado aún si portaba armas de fuego», destacó Sánchez.

Dijo, además, que él fue quien llamó al taxista y organizó todo. » El fue la cabecilla de esta trama», subrayó la representante del MP.

Agregó que «si Wesly Carmona no hubiese llamado a Luisito, mientras éste estaba durmiendo con su esposa y éste a Alison, cuando la discoteca estaba cerrando, Joshua estuviese vivo».

El tribunal aplazó el juicio por cinco minutos para deliberar la solicitud del MP.

Abogados de la familia de Joshua Fernández dicen están satisfechos con la condena solicitada por el MP.

El Dotolcito se le imputa haber violado  los artículos 265,266,295,304,379, 382 y 385 del Código Penal Dominicano.

A Chiquito y a Luisito se le imputa violación de los artículos 265, 266, 295, 304, 379, 382 y 385 del Código Penal Dominicano y los artículos 66 párrafo II y 67 de la Ley 631-16, de ponerte y tenencia de armas.

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Solicitan no permitir periodistas durante declaración de testigos en caso Antipulpo

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Santo Domingo, R.D.-El Segundo Tribunal Colegiado recibió este lunes una solicito del  Ministerio Público (MP) para  no permitir la presencia de la prensa durante el interrogatorio de los testigos presentados por ellos en el caso Antipulpo, el cual imputa a Alexis y Magalys Medina, hermanos del expresidente Danilo Medina.

De acuerdo con el órgano acusador, exponer en medios de comunicación la declaración de los testigos puede contaminar a los demás, por lo que pidieron al tribunal excluir a los periodistas durante esta fase del proceso.

Ante este pedimento, la mayoría de los abogados de la defensa no presentaron oposición, sin embargo, alguno de ellos rechazaron la solicitud, alegando que esto estaría violentado el derecho a la libertad de prensa.

Otros togados propusieron que los periodistas se mantuvieran durante todo el proceso, tomando notas, pero que sean restringidos el uso de teléfonos móviles y cámaras.

Se recuerda que en esta audiencia el MP estaría presentando como testigos al director de Presupuesto, José Rijo Presbot, pero previo al interrogatorio expusieron este pedimento.

Por su parte, Claribel Nivar Arias, Yissel Soto y Clara Sobeida Castillo, las juezas que  presidente tribunal,establecieron un receso para deliberar sobre el incidente.

En el caso Antipulpo, el Ministerio Público acusa a los imputados de desfalco al Estado dominicano con más de RD$5,000 millones.

Los principales acusados en el entramado son los hermanos Juan Alexis Medina Sánchez y Carmen Magalys Medina Sánchez.

También figura el exministro de Salud Pública, Lorenzo Wilfrido Hidalgo Núñez; el excontralor, Rafael Antonio Germosén, y el exdirector del FONPER Fernando Rosa.

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Exfuncionarios del PLD interrogados mientras vence plazo del caso Calamar

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Santo Domingo.-Cuando vence el plazo para que el Ministerio Público presentar  acusación en contra de los implicados en el caso Calamar, tres ex-funcionarios del Gobierno de Danilo Medina fueron sometidos a interrogatorios.

El pasado viernes, los procuradores adjuntos Yeni Berenice Reynoso y Wilson Camacho interrogaron al ex administrador del Banco de Reservas, Simón Lizardo, y al exministro de Obras Públicas, Ramón Antonio Pepín del Rosario.

Otro de los exfuncionarios que ha requerido Berenice Reynoso, directora de Persecución, y Camacho, director de la Procuraduría Especializada de Persecución de la Corrupción Administrativa (PEPCA), es el exdirector del Instituto Agrario Dominicano (IAD), Emilio Toribio.

Camacho anunció que en los próximos días, en la presentación de la acusación del caso Calamar, serían involucrados nuevos imputados y la presentación de nuevas pruebas.

Simón Lizardo, figura en el expediente acusatorio del caso Calamar, conjuntamente con el ex ministro de Hacienda, Donald Guerrero, el ex ministro de la Presidencia, José Ramón Peralta, el ex ministro de Obras Públicas, Gonzalo Castillo, como uno de los que estuvo en una de las reuniones de los principales señalados del supuesto entramado contra el Estado por más de 17,000 millones de pesos.

Así lo especifica la instrumentación del Ministerio Público en su solicitud de medidas de coerción, en la que menciona a Lizardo en la página 32 como uno de los que supuestamente conversó y «tramitó» el inicio del presunto plan en detrimento del erario.

El pasado 8 de abril, la jueza suplente del Segundo Juzgado de la Instrucción del Distrito Nacional, Franchesca Potentini, intimó a la procuradora Miriam Germán Brito a presentar acusación en contra de los implicados en el caso Calamar, en un plazo de 15 días.

La jueza advirtió a los fiscales que de no cumplir con la presentación de la acusación cuyo plazo vence el 6 de mayo, se procederá a fijar audiencia de extinción de la acción penal.

La decisión fue tomada en virtud a una solicitud hecha por la defensa del ex ministro de Obras Públicas, Gonzalo Castillo, doctores Luis Rivas y Laura Acosta, a la que se sumó la defensa de los demás implicados, quienes plantearon al tribunal declarare la inadmisibilidad sobrevenida del conocimiento de la solicitud de prórroga por cuatro meses que hizo el Ministerio Público para presentar acto conclusivo.

En el caso figuran además como imputados el ex contralor General de la República, Daniel Omar Caamaño; el exdirector del Consejo Estatal del Azúcar (CEA), Luis Miguel Piccirilo, el ex director de Catastro Nacional.

También Claudio Silver Peña, el economista Ángel Lockward y los exdirectores de Casinos, de Juego de Azar, Oscar Chalas Guerrero y Julián Omar Fernández, Roberto Santiago Moquete, Agustín Mejía Ávila, Emir Fernández de Paola.

Igualmente, Marcial Reyes, Alejandro Constanzo, Yahaira Brito Encarnación, Ana Linda Fernández, Aldo Antonio Gerbasi, Ramón David Hernández, Víctor Matías Encarnación y Rafael Parmenio Rodríguez Encarnación.

La imputación preliminar del Ministerio Público en contra de los imputados es de asociación de malhechores, desfalco, coalición de funcionarios, falsificación de documentos públicos y privados, soborno y financiamiento ilícito de campaña a una escala sin precedente, lavado de activos, entre otros.

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