Opinión
La CIA, como perro huevero
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11 años agoon
Por Hamlet Hermann
Estos han sido algunos de los ejemplos de por qué no debía sorprender que los recientes gobiernos de Estados Unidos hayan torturado, difamado, asesinado, mentido, falsificado, tiranizado y brutalizado en nombre de la democracia occidental.
El resultado de las elecciones de medio término en Estados Unidos favoreció a los Republicanos y estimuló a los Demócratas a publicar un informe que, desde años atrás, habían estado recopilando. En este se documentan los delitos que prohijó George W. Bush como violador sempiterno de cualquier forma democrática de gobierno y presenta a los servicios de espionaje estadounidenses como torturadores, difamadores, hipócritas, asesinos, mentirosos, falsificadores, tiránicos y brutales. Tanto crimen había sido ocultado bajo el manto de la impunidad absoluta, nublando las evidencias de que los principales terroristas están en Washington.
Pero, ¿por qué sorprenderse de que la Agencia de Seguridad Nacional (NSA), la Agencia Central de Inteligencia (CIA), la Oficina Federal de Investigaciones (FBI) y ahora el Homeland Security sean expuestas como artífices de la guerra más sucia que alguien pudiera imaginar? La sorpresa no cabe porque la historia contemporánea demuestra que desde el final de la Segunda Guerra Mundial, ese tipo de violaciones anti humanas se ha acrecentado para que el complejo militar industrial y el gran capital se apropien de territorios y riquezas ajenas por todo el mundo.
Recordemos el September Dossier en el que se alegaba que Irak tenía armas de destrucción masiva cargadas de letales cargamentos químicos y biológicos. Era tan falso ese documento que en doce años transcurridos desde que fuera esgrimido para invadir aquellos territorios no ha podido comprobarse como verdadera una sola de las acusaciones de entonces. Basados en todas esas mentiras fue destruido Irak al tiempo que moría un millón de personas, lo cual permitió que los grandes capitales estadounidenses se hicieran con el petróleo y el agua de la región.
Si nos vamos un poco más atrás en el tiempo, uno debe preguntar: ¿puede haber en la historia de la humanidad un plan más perverso que lo que en última instancia se conoció como el escándalo Irán-Contras? En la década de los 1980 las agencias de espionaje evadieron el embargo al gobierno de Irán, considerado un estado terrorista, y le vendieron armamento de guerra. Con ese dinero financiaron la guerra sucia contra los sandinistas nicaragüenses. Además, compraron cocaína en enormes cantidades que luego fueron transportadas a territorio estadounidense en aviones de la CIA para venderla en las calles de ese país. Desatado el escándalo, varios funcionarios fueron condenados a penas de cárcel por esos delitos, entre estos el Secretario de Defensa, Caspar Weinberger, fueron perdonados por George Bush padre, como si nada hubiera pasado.
¿Podríamos olvidar el escándalo Watergate que de tantos abusos de poder cometidos por el presidente Richard Nixon y sus cercanos seguidores no tuvo más remedio que renunciar a la Presidencia de Estados Unidos, única vez en la historia de ese país que esto ha sucedido. Incluso, Nixon tuvo el desgraciado mérito de devaluar dos veces el inmarcesible dólar estadounidense al desconocer los acuerdos de Breton Woods y negarse a devolver el oro a las naciones que confiaron sus riquezas al Tesoro estadounidense. Todas aquellas tropelías, incluyendo el espionaje contra sus opositores políticos, fueron realizadas por la CIA, el FBI y el Departamento de Impuestos Internos de Estados Unidos en perjuicio de la economía mundial.
Pero aquello no fue más que el inicio de mayores crímenes y delitos, lo cual fue develado por el Comité encabezado por el senador Frank Church. En aquella oportunidad los objetivos de la CIA y el NSA eran los jefes de Estado de naciones con las que Estados Unidos mantenía relaciones políticas, diplomáticas o comerciales. No puede haber delito más degradante para una nación que el magnicidio. Y Estados Unidos se dio el lujo de asesinar, entre muchos otros, a Patricio Lumumba del Congo, Ngo Din Diem de Vietnam, el general Schneider de Chile y, asociados con la mafia siciliana, realizaron más de seiscientos intentos para asesinar al líder cubano Fidel Castro Ruz.
Estos han sido algunos de los ejemplos de por qué no debía sorprender que los recientes gobiernos de Estados Unidos hayan torturado, difamado, asesinado, mentido, falsificado, tiranizado y brutalizado en nombre de la democracia occidental. Tampoco sorprende que nadie haya sido castigado por violaciones a las más elementales normas de respeto por los derechos humanos.
Quizás por esos antecedentes es que mucho aseguran que Kennedy fue asesinado a instancias del complejo militar industrial y se cree fervientemente que fue el propio gobierno de George W. Bush el que propició y ejecutó los ataques contra las torres gemelas el 11 de septiembre de 2001, cuando buscaba una excusa para invadir Afganistán e Irak.
Porque cuando los imperios entran en barrena se desnaturalizan y cometen los mayores excesos, producto de su desesperación cuando presagian su final.
Por Isaías Ramos
Una nación no se empobrece solamente cuando le roban dinero. Se empobrece cuando el robo se normaliza, cuando la impunidad se administra, cuando la persecución de la corrupción se percibe como selectiva y cuando la justicia se convierte en espectáculo para entretener la indignación, pero no para devolverle al pueblo lo que le quitaron.
La corrupción no vive solo en expedientes, titulares o ruedas de prensa. Se siente cuando falta medicina en un hospital, cuando una escuela se deteriora, cuando un apagón apaga un negocio, cuando una familia se endeuda para comer y cuando un joven descubre que el mérito no pesa tanto como la conexión.
Después de hablar de un país donde la movilidad social está bloqueada, hay que decirlo con claridad: la corrupción es una fábrica de inmovilidad social. Roba dinero, sí; pero también roba confianza, oportunidades, futuro y dignidad.
El informe de clima social de LS Consulting confirma que corrupción y costo de vida se consolidan como ejes del malestar: el costo de vida es la experiencia diaria; la corrupción, la explicación de por qué ese costo no se administra mejor. También muestra que 78% de los consultados siente que el gobierno no da el ejemplo cuando pide austeridad.
Ahí está el fondo: el pueblo recorta, se endeuda, sacrifica salud, alimentación, transporte y tranquilidad; mientras observa que arriba muchas veces no hay la misma disciplina, transparencia ni sacrificio.
Por eso la lucha contra la corrupción no puede ser selectiva ni teatral. Cuando no recupera bienes, no desmonta redes, no cambia reglas, no audita subsidios, no transparenta concesiones, no revisa exenciones y no devuelve recursos al pueblo, deja de ser justicia y se convierte en espectáculo. Una justicia-espectáculo puede producir titulares, pero no reconstruye movilidad social.
El país no necesita “pan y circo” anticorrupción. Necesita justicia con recuperación de activos y reforma institucional.
Y aquí cabe una pregunta que la República debe hacerse sin miedo: ¿para qué se aprobó y promulgó una Ley de Extinción de Dominio si los bienes ilícitos no se persiguen con firmeza, si lo robado no se recupera con transparencia y si esos recursos no vuelven a escuelas, hospitales, agua, seguridad, electricidad y oportunidades?
La Ley núm. 340-22 regula la extinción de dominio como acción autónoma, independiente y patrimonial, ejercida contra bienes ilícitos y no como sustituto del juicio penal contra una persona. Reconoce derechos y garantías de las partes afectadas y exige declaración judicial a favor del Estado.
Hay que hablar con rigor. La extinción de dominio no significa quitar bienes por discurso, presión política o condena mediática. La ley dispone que el juicio sea en audiencia pública, oral y contradictoria; que las pruebas se debatan; que el Ministerio Público pruebe las causales de procedencia y la ausencia de buena fe; y que el estándar aplicable sea la preponderancia de la prueba.
Pero tampoco puede convertirse en letra muerta. Frente a una acción debidamente sustentada, quien ostenta bienes cuestionados tiene derecho a defenderse y aportar prueba fehaciente sobre su origen lícito y su buena fe. Si un tribunal competente determina que esos bienes tienen origen o destino ilícito y que no existe buena fe jurídicamente protegida, no deben seguir amparados por la lentitud, la influencia o el poder económico. Deben pasar al Estado y volver al bien común.
Cada peso robado que no se recupera se convierte en deuda moral, fiscal y social que terminarán pagando nuestros hijos.
No basta con presentar culpables si los bienes robados no regresan al patrimonio público. Y no basta con perseguir casos si las mismas prácticas vuelven con otro contrato, otra nómina, otra exención o una nueva concesión.
La verdadera lucha contra la corrupción debe responder tres preguntas: ¿dónde está el dinero?, ¿quiénes se beneficiaron?, ¿qué reglas deben cambiar para que no vuelva a ocurrir?
La corrupción también se disfraza de legalidad. A veces ocurre con contratos blindados, incentivos eternos, obras sobrevaluadas, compras sin competencia real, subsidios sin beneficiario claro y privilegios convertidos en política pública.
Por eso el combate a la corrupción no puede limitarse al funcionario que mete la mano. También debe mirar al modelo que permite capturar decisiones públicas, recibir beneficios sin retorno y trasladar el costo al ciudadano común.
Esto no es contra empresarios productivos ni contra inversión responsable. Es contra privilegios sin consecuencia, subsidios sin auditoría, incentivos sin resultados e impunidad vestida de normalidad.
La Constitución dominicana no manda un Estado de espectáculo. Manda un Estado Social y Democrático de Derecho, fundado en dignidad humana, derechos fundamentales, trabajo, soberanía popular y separación de poderes. Cuando los recursos se pierden en corrupción, clientelismo o privilegios, no solo se viola la ética pública: se contradice el mandato constitucional.
En el Frente Cívico y Social estamos convencidos de que la lucha anticorrupción debe dejar de ser temporada de titulares y convertirse en política permanente de Estado: registro público de bienes recuperados, auditorías de subsidios y exenciones, contrataciones transparentes, control ciudadano de obras, protección a denunciantes, sanción patrimonial y destino social de los recursos recuperados.
Cada peso recuperado debe tener rostro y destino: escuelas, hospitales, agua, seguridad, transporte, electricidad, apoyo productivo, juventud y movilidad social. Porque lo robado no puede quedarse en expedientes. Lo robado debe volver al pueblo.
No se trata de venganza. Se trata de República. No se trata de dividir al país. Se trata de unir a la ciudadanía alrededor de una regla básica: quien robe al pueblo debe responder ante la justicia y ante la República.
Porque un país donde la corrupción entretiene más de lo que repara no está haciendo justicia: está administrando indignación. Y una nación que administra indignación, pero no recupera lo robado, no abre camino. Lo bloquea.
Ya basta de justicia-espectáculo: lo robado debe volver al pueblo y la República debe ser gobernada con orden constitucional.
Opinión
El Giro Constitucional de 2010 y la Inclusión Electoral como Expresión de la Dignidad
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2 días agoon
junio 10, 2026Por Robinson Lebrón
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El bloque de constitucionalidad y la dimensión sustantiva del sufragio
La proclamación de la Constitución del 26 de enero de 2010 supuso una ruptura paradigmática en el ordenamiento jurídico de la República Dominicana, al transicional formalmente desde un Estado clásico de derecho hacia un Estado Social y Democrático de Derecho. Esta transformación situó a la dignidad humana en la cúspide axiológica del sistema, definiéndola en su artículo 5 como el fundamento ético y ontológico de la República, y reforzándola en el artículo 38 como un valor sagrado, innato e inviolable.
Bajo esta nueva matriz dogmática, los derechos políticos tradicionalmente interpretados como meras facultades procedimentales para la alternancia del poder adquirieron la categoría de derechos fundamentales vinculados directamente al libre desarrollo de la personalidad y a la autonomía individual. Votar y ser elegible dejaron de ser simples mecanismos técnicos de agregación de preferencias para convertirse en un canal de autorrealización ciudadana.
El Tribunal Constitucional dominicano, a través de su prolífica jurisprudencia a partir de 2012, consolidó este criterio al establecer que los derechos de ciudadanía no pueden ejercerse plenamente si se despoja al individuo de las condiciones mínimas materiales y de respeto a su integridad moral. Por consiguiente, la legitimidad de los procesos electorales en los últimos veinte años empezó a medirse no solo por la pulcritud del cómputo de las boletas, sino por la capacidad del Estado para garantizar que cada ciudadano concurra a las urnas en condiciones de libertad, igualdad y no discriminación.
Mecanismos de inclusión fáctica: El Voto Accesible
Uno de los hitos más tangibles en la operativización de la dignidad humana dentro del sistema electoral dominicano ha sido el desmantelamiento progresivo de las barreras arquitectónicas y metodológicas que históricamente excluyeron a las personas con discapacidad y a los adultos mayores. En consonancia con la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad y el mandato de igualdad del artículo 39 de la Carta Magna, la Junta Central Electoral (JCE) implementó de manera sistemática a partir de la década de 2010 la política de Voto Accesible.
Esta política institucionalizada se ramificó en tres componentes principales que devolvieron la autonomía al elector:
- Colegios Electorales en Primeros Niveles: La reubicación obligatoria de las mesas de votación en las plantas bajas de los recintos escolares y recintos públicos para garantizar el libre acceso de ciudadanos con movilidad reducida o usuarios de sillas de ruedas.
- Plantillas Braille: La introducción de boletas auxiliares con relieve para las personas con discapacidad visual, permitiendo por primera vez el ejercicio del voto secreto e independiente, eliminando la necesidad de delegar su voluntad en un tercero, práctica que lesionaba directamente su dignidad y privacidad.
- El Programa de Voto en Casa: Un plan piloto ejecutado en los últimos ciclos electorales diseñado para trasladar al personal de las mesas de votación y las urnas directamente a los hogares de ciudadanos con condiciones de salud extremas o inmovilidad absoluta, reconociendo su estatus de miembros plenos de la soberanía política del Estado.
Opinión
Cumplimiento de la condena de la Corte Penal Internacional
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2 días agoon
junio 10, 2026Por Rommel Santos Diaz
El Estatuto de Roma dispone lo que debe realizarse luego del cumplimiento de la condena, según las limitaciones sobre el enjuiciamiento o el castigo de otros delitos. El Estatuto prevé sobre la transferencia de la persona que no sea un nacional de Estado que ejecuta, extradita o entrega al Estado que lo solicite.
La descripción que hace el Estatuto de Roma podría verse detallada de la regla de especialidad. Regula el derecho individual de proteger a una persona que esta condenada o que cumple una condena, para que no sea enjuiciada o extraditada, salvo que la CPI lo acepte a solicitud del Estado.
Sin embargo, el Estatuto de Roma establece que la Corte Penal Internacional sólo podrá referirse a la solicitud de un Estado ¨¨¨luego de haber escuchado la opinión de la persona condenada¨.
Si un Estado acepta a una persona condenada, se necesitaran procedimientos apropiados para que se respete a cabalidad con este requisito. Particularmente los Estados de ejecución deberán adherirse a lo dispuesto en varias partes del Estatuto de Roma.
En cuanto a las medidas de parte de los Estados Partes de la CPI para la implementación cabe destacar que esto podría requerir de cambios tanto legislativos como administrativos por parte de los Estados aceptantes.
En lo referente a la revisión por parte de la CPI para reducir condenas, el Estatuto de Roma establece claramente que solo la Corte tiene la potestad de reducir la condena luego de haber dado audiencia a la persona condenada.
La revisión de una sentencia por parte de la CPI deberá llevarse a cabo cuando la persona haya cumplido dos tercios de la condena, o 25 años en el caso de la cadena perpetua. La CPI podrá reducir la sentencia basándose en los elementos en lo que al respecto establece el Estatuto de Roma.
En el contexto de cumplimiento de las obligaciones los Estados no deberán interferir con las condenas impuestas por la Corte Penal Internacional, ya sea reduciendo o modificando la sentencia. En este sentido se recomienda que los Estados deberán revisar su legislación para evitar esta posibilidad.
