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aprobación en Cámara de Diputados Código Penal provoca reacciones.

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SANTO DOMINGO. Continúan las opiniones en contra y a favor de la aprobación en primera lectura del Código Penal en la Cámara de Diputados sin las tres causales.

Para Patricia Santana Nina, abogada constitucionalista y activista del movimiento a favor de las tres causales, la eximente aprobada ayer en la Cámara de Diputados, en una primera lectura en el proyecto de Ley del Código Penal, tiene como fin confundir a la ciudadanía, pues no es una causal y deja en manos del criterio médico en qué momento y circunstancias se podría interrumpir el embarazo.

La profesional del derecho aclaró que lo aprobado es un estado de necesidad y no una de las tres causales que están demandando para permitir que sea la mujer quien decida si puede interrumpir o no su embarazo ante un riesgo grave a su propia vida.

“Hay una gran diferencia entre lo que se aprobó ayer en primera lectura y lo que propone el movimiento. El estado de necesidad es un instrumento utilizado como medio de defensa por la teoría del delito en derecho penal. Eso no es una nueva causal”, expresa.

Agregó que considera: “Eso no soluciona la problemática, esa es la valoración que puedo dar. Eso no soluciona el problema de las muertes maternas por falta de acceso a la salud sexual y reproductiva de mujeres y niñas, frente a estas tres circunstancias excepcionales y tan terribles que pueden enfrentar”.

Se refiere a cuando su vida está en riesgo, a cuando el feto tiene malformaciones incompatibles con la vida, a cuando es producto de una violación o de un incesto.

Recordó que ya la Corte Interamericana de los Derechos Humanos (CIDH) interpretó el concepto del derecho a la vida desde la concepción y planteó que los estados miembros deben crear mecanismos para garantizar los derechos sexuales y reproductivos de las féminas. También, esa corte ha manifestado que “no es razonable ni proporcional proteger la vida de un embrión sobre la de la mujer, hasta ese punto fue resuelto por la Corte”.

Santana Nina también aseguró que aprobar esas tres causales que se exigen no sería inconstitucional porque “el derecho a la vida también es un derecho del que están revestidas las mujeres y las niñas”.

¿Miedo a las iglesias?

La abogada constitucionalista Patricia Santana Nina considera que existe un miedo entre los congresistas de que su voto a favor de las causales tenga un costo político para un sector religioso.

También, lamentó que muchos legisladores voten anteponiendo sus creencias personales sobre su obligación de legislar, cumpliendo con la Constitución, lo que a su entender es un error.

“Un derecho penal simbólico”

Al ser cuestionado al respecto, el abogado constitucionalista Eduardo Jorge Prats afirmó que lo aprobado ayer “es puro y duro inútil derecho penal simbólico” porque nadie nunca ha sido perseguido ni condenado hasta la fecha por realizar abortos.

Para él con esa eximente aprobada en el Código Penal se sacaría a “duras penas” a la República Dominicana de la “cortísima lista negra” de países que tienen prohibido totalmente el aborto.

Eximente está en la Carta Magna

El vocero del bloque de senadores de la Fuerza del Pueblo, Dionis Sánchez, aclaró que lo aprobado el miércoles en la cámara baja, en el proyecto de ley que reformaría el Código Penal está contenido en la Constitución en el artículo 42, numeral 3ero.

Aseguró que en el Senado no existirá ningún problema para que esa pieza legislativa sea aprobada.

Tras la aprobación en primera lectura del proyecto de ley que modificaría el Código Penal, en la Cámara de Diputados, los manifestantes a favor y los otros en contra de la despenalización del aborto abandonaron la vigilia que mantuvieron desde el inicio de la lectura de la pieza legislativa. Tampoco está el campamento que habían instalado los activistas a favor de las tres causas que permitirían la interrupción del embarazo. Asimismo, los representantes de las coaliciones que se autodenominan provida y que rechazan que se apruebe una iniciativa legislativa para permitir las tres eximentes para que el aborto no sea punible, no acudieron este jueves a protestar frente al Congreso Nacional.

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Gobierno dominicano declara terroristas a organizaciones de Irán y el Líbano.

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Por EFE

Santo Domingo, (EFE).- El Gobierno de la República Dominicana designó este martes al Cuerpo de la Guardia Revolucionaria Islámica de Irán y al grupo chií libanés Hizbulá como organizaciones terroristas.

Esta designación se lleva a cabo «en cumplimiento de las resoluciones pertinentes del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas, la Convención Interamericana contra el Terrorismo y la legislación nacional dominicana», destacó este martes el Ministerio de Relaciones Exteriores dominicano.

En la actualidad Irán cuenta con un cuerpo diplomático designado para cubrir la República Dominicana, aunque la embajada tiene su sede en Cuba.

Esa legación está encabeza por el embajador Seyed Mohammad Hadi Sobhani, quien presentó sus credenciales ante el presidente dominicano, Luis Abinader, en diciembre de 2024.

an/am

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Pruebas demoledoras dice tener el Ministerio Público contra madre acusada de asfixiar a su hija

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Santo Domingo, R.D.-El Ministerio Público cuenta con más de 25 evidencias demoledoras en contra de Yleidi Linares Araujo, acusada de asfixiar a su hija de seis años en un hecho ocurrido el 11 de marzo en la comunidad de Sabana Toro de la provincia de San Cristóbal, según la procuradora fiscal Laura Segura.

La representante del Ministerio Público y fiscal investigadora del caso afirmó que el expediente contiene una amplia cantidad de pruebas que, según sostuvo, sustentan la imposición de prisión preventiva.

«El Ministerio Público está listo para conocer la solicitud de imposición de medidas de coerción, contando con más de 25 evidencias demoledoras para que el tribunal acoja la prisión preventiva en contra de la imputada por el homicidio de su hija menor de edad de 6 años», expresó.

«Entrevistas, interrogatorios, imágenes de video que fueron debidamente analizadas y un sinnúmero de elementos de pruebas que van a sustentar la imposición de la prisión preventiva, sin duda alguna»Laura SeguraProcuradora fiscal de San Cristóbal

Segura explicó, la audiencia fue aplazada para el viernes 15 de mayo, a las 9:00 de la mañana, a solicitud de la defensa técnica de la imputada, con el propósito de que le sean notificadas las pruebas audiovisuales depositadas por el órgano acusador.

Cronología del hechoEl día de la tragedia, vecinos relataron que escucharon a la madre pedir auxilio mientras descendía con la menor Milianny Linarez en brazos desde el tercer nivel de un edificio de apartamentos. Posteriormente, la niña fue trasladada al Hospital Juan Pablo Pina, donde fue declarada muerta.

En sus primeras declaraciones, Linarez Araujo aseguró que había salido al colmado y que, al regresar, encontró a la niña tendida en el baño de la vivienda.

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Vista de Yoleydi Linarez Araujo el sábado 9 de mayo del 2026 mientras se encontraba en la Oficina Judicial de Servicios de Atención Permanente de San Cristóbal. 

El Ministerio Público presentó formal acusación contra la progenitora, luego de que los resultados del Instituto Nacional de Ciencias Forenses (Inacif) estableciera que la niña murió por «asfixia por sofocación por obturación de orificios respiratorios», determinando una muerte violenta de etiología homicida.

En el expediente de la solicitud de medida de coerción, el órgano persecutor sostiene que la imputada habría cometido el hecho dentro de su residencia durante las horas de la mañana del mismo día en que la niña fue llevada al centro de salud.

El documento también establece que estas imputaciones estarían sustentadas en el informe técnico digital de video No. 2026-04-E8566, elaborado por la Dirección Central de Investigación (Dicat).

Según el informe, las imágenes de vigilancia muestran e individualizan a Linarez Araujo como la única persona que ingresó a la vivienda antes y después de la muerte de la menor.

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Infografía
La residencia donde fue encontrada sin vida la niña de seis años en la comunidad Sabana Toro, provincia San Cristóbal. 

Indica, además, que los familiares de la imputada y de la niña habían salido del lugar, previo a los hechos, y que, dentro del período en que ocurrió el homicidio, la única persona ajena que ingresó a la zona fue la testigo Lennys Lizbeth Angomas Pinales, vecina de la imputada, quien declaró haber observado a la imputada alrededor de las 10:15 de la mañana realizando labores de limpieza frente a su residencia.

A esto, el documento suma entrevistas de otras vecinas, quienes afirmaron haber visto únicamente a la acusada entrar y salir de la vivienda donde ocurrió el hecho.

Según el Ministerio Público, estas evidencias permiten establecer que la imputada era la única persona que tenía el dominio exclusivo de la escena y de la menor fallecida.

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Segun pruebas balísticas pistola incautada en caso Masha fue robada a agente de la Policía en 2018.

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Santo Domingo, R.D.-La exponente urbana Ashley Mariel Sanchez Victoriano, conocida como «Masha»,  quien fue apresada por agentes de la Policía Nacional el pasado sábado luego de que fuese sorprendida con dos armas de fuego ilegales dentro del vehículo en el cual se transportaba junto a otras personas, sera sometida a la justicia por la conducta  ilegal en que ha incurrido.

Masha fue detenida mientras conducía por la avenida Mella, en el sector Andrés Boca Chica,  acompañanda por Karla Julisa Rodríguez, quien estaba en el asiento delantero del pasajero; ambas con 19 años de edad. Mientras que en la parte trasera se encontraba Alexander Martínez Nolasco, de 18 años.

Dentro de la gaveta situada en el lado del pasajero de la yipeta marca Honda CRV fue donde los patrulleros del cuerpo policial encontraron dos pistolas Glocks calibre 9 milímetros sin documentación.

“Se la robaron en 2018 a un policía. Esa arma la estaban disparando para comparar los casquillos con otras escenas violentas y ver si ha sido usada en otros crímenes o delitos. Es por eso que sabemos que una de esas se la robaron a una policía”, explicó a reporteros de este medio un agente vinculado a la investigación.

No obstante, de acuerdo con lo informado por la fuente extraoficial, esto no quiere decir que la artista haya participado en el robo realizado al policía.

Mientras tanto, el Departamento de Investigación de Crímenes y Delitos contra la Persona de la Fiscalía de Santo Domingo Este presentó el pasado domingo ante el Juzgado de Instrucción de la provincia Santo Domingo una solicitud para lograr que los imputados sean sometidos a prisión preventiva.

El Ministerio Público (MP) entiende que los acusados, a pesar de tener un domicilio en el país, no ofrecen garantías para presentarse a los actos del procedimiento judicial. Por lo que “existe un alto riesgo de que intenten sustraerse al proceso y no comparecer” ante el juez.

Pistolas, cargadores y municiones confiscados por la Policía Nacional.

Pistolas, cargadores y municiones confiscados por la Policía Nacional.Fuente externa

¿Cómo funciona la depuración?

“La depuramos, la llevamos a balísticas, se disparan esos casquillos, se comparan con otros que han sido levantados en escenas donde hay heridos, fallecidos o robos, luego se analiza a través de una computadora que permite determinar si coinciden con el arma retenida”, de esta manera, según precisó el portavoz de la Policía Nacional, coronel Diego Pesqueira, las autoridades pueden identificar la procedencia de un arma de fuego.

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