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La generación periodística de la década de los sesenta

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Por Juan Bolívar Díaz

JUAN-BOLIVAR-DIAZ-2-300x199111-e1372603134555Tengo que dar gracias a Dios y a la vida por todos los premios recibidos en una existencia que se aproxima peligrosamente a la curvita resbaladiza de los setenta. Tendría que dar gracias a tanta gente que es imposible identificarlas, como a todas las compañeras y compañeros del ejercicio periodístico de ya 46 años. Siempre he querido vivir acompañado, en proyectos colectivos, ya que no me ajustan los botes salvavidas individuales, convencido como José Agustín Goytisolo de que “un hombre solo/ una mujer/ así tomados de uno en uno/ son como polvo/ no son nada”.

Si lo que hoy se me reconoce generosamente es el trabajo y un ejercicio profesional respetuoso de la ética y consagrado a los principios fundamentales de la comunicación, que empiezan por hacer común los bienes, los sueños y las luchas de los seres humanos, entonces este premio tiene muchos propietarios.

Del carril y sus cicatrices. Lo que he podido ser y hacer se lo debo en gran medida a mis orígenes junto a “la caña, la yerba y el mimbre”, con los desfiladeros de miel y cristales marineros de los pueblos pequeños y vírgenes, que certificó el poeta nacional Pedro Mir. De esos carriles y sus cicatrices salió mi impulso inicial. Y si sigo habitado por la insatisfacción y la decisión de luchar por lo que entiendo el bienestar colectivo, debe haber sido por herencia de la rebeldía que corrió por la llanura oriental en la sangre de aquellos que, como Gregorio Urbano Gilbert, dieron ejemplo de auténtico sentimiento nacionalista. Aunque los manipuladores de la historia los llamaron gavilleros.

Me forjaron los ejemplos familiares, los maestros y sacerdotes que me tocaron, y aunque me hostilizaron en el seminario Santo Tomás por persistir en escuchar, sí religiosamente, las charlas radiofónicas de Juan Bosch, 1961-62, de allí salí dispuesto a militar en el equilibrio de los dos mandamientos, amar a Dios y al prójimo.

El compromiso definitivo me lo impuso la revolución constitucionalista. En ella dirigí mi primer periódico, el semanario Diálogo, cuando culminaba el primer año universitario, mediante el cual los jóvenes católicos defendimos los anhelos democráticos de nuestro pueblo y la soberanía mancillada por la invasión extranjera. De aquella sangre, de esos días aciagos de dolor e impotencia, nacieron y se reprodujeron las energías libertarias de la generación periodística de los 60, de la que sería parte. México puso ingredientes importantes en mis esencias, especialmente cuando caí en la Escuela de Periodismo, la Carlos Septién García, fundada en 1949 por periodistas católicos, comprometidos con un ejercicio ético y social. En el bosque de Chapultepec escuché a León Felipe, el sublime poeta español del éxodo y del llanto, predicar: “nadie fue ayer/ni va hoy/ni irá mañana hacia Dios/por este camino que yo voy/para cada hombre guarda/un rayo nuevo de luz el sol/y un camino virgen Dios”.

Primer tropiezo con el poder. De regreso al país, al comenzar el 1968, se me abrieron generosamente los caminos. Los periodistas profesionales eran solo unos puñados salidos apresuradamente de la Escuela de Periodismo de la Universidad Autónoma de Santo Domingo, y yo era el primer dominicano que había completado una carrera de periodismo en el exterior.

Apenas tomaba el pulso al país cuando tuve el primer tropiezo con el poder. El presidente Balaguer celebraba la mitad de su primer Gobierno y en una rueda de prensa televisada se me ocurrió recordarle sus dos compromisos básicos de campaña, que devolvería la paz al país y reduciría el costo de la vida, indicándole que los continuos asesinatos políticos y la elevación del costo de la vida me inducían a preguntarle si alcanzaría sus dos objetivos básicos “en los dos años que le quedan”. El mandatario reaccionó iracundo tratando de aplastarme. Creo que lo que más le molestó fue la impertinencia de decirle que le quedaban dos años de Gobierno. Aquel incidente me lanzó de repente al estrellato periodístico, porque me paré dos veces para sostenerle un animado diálogo, y al día siguiente muchos andaban preguntando de dónde salió el muchacho, 23 años tenía, que sacó de quicio a Balaguer. René Fortunato, en su documental La Violencia del Poder, sintetizó el impasse, que me dejaría un sello.

Debo reconocer aquí que durante casi todos los años de sus gobiernos, Joaquín Balaguer ofreció ruedas de prensa, a veces hasta dos por semana, y con frecuencia se le planteaban cuestiones conflictivas. El presidente Medina batea para un anémico promedio de una en dos años, la de ayer, y parece que no le fue mal, por lo que debería replicarla siquiera a una por mes.

Aquellos años fueron muy difíciles para el ejercicio del periodismo, y para la libertad de expresión. En un ensayo sobre la contribución del periodismo nacional a la democratización del país, sostuve que el arrojo de los periodistas que mantuvieron la libertad de información y opinión fue determinante de que la nación no cayera en otra dictadura, ya que se llegó a prohibir entrevistar por radio y televisión a Juan Bosch, Francisco Peña Gómez y Rafael Casimiro Castro. Y no había libertad sindical, ni de manifestaciones políticas, ni elecciones plurales. Contamos cientos de asesinatos y presos políticos y miles de exiliados, con fuerzas armadas y policiales politizadas y un férreo control del Congreso y la justicia.

Por la profesionalización. Aún cuando casi siempre realizaba labores ejecutivas, primero en la radio y luego en periódicos y televisión, nunca abandoné la militancia en el Sindicato Nacional de Periodistas Profesionales (SNPP), que en realidad era una asociación. En esos años no levantábamos reivindicaciones laborales, y los conflictos en las empresas fueron más bien por razones éticas y del ejercicio periodístico. Éramos tan celosos de la ética profesional que en una asamblea destituimos la directiva porque recibieron apartamentos del ensanche Honduras de Balaguer.

En el Segundo Congreso Nacional de la Prensa, en 1974, lanzamos la plataforma de la profesionalización y colegiación de los periodistas y de un código de ética profesional. El reconocimiento del periodismo como profesión se había generalizado en el mundo occidental, y los colegios de periodistas habían contribuido a consolidar la libertad del ejercicio profesional y a elevar el nivel profesional y de vida de los periodistas. Convivían con los empresarios de la comunicación. Aquí hubo una oposición tan absoluta que dividió a los periodistas y a los periódicos, y durante años el sector no fue modelo de diálogo, hasta que tras la democratización que se inició en 1978 obligó a transar. La ley original de colegiación fue una transacción pactada, luego denunciada por la parte empresarial. Nunca hubo algo que impidiera la libre expresión y difusión. Solo se condicionaba a la graduación universitaria el ingreso como reportero o redactor. No así a ningún cargo ejecutivo, y jefes de secciones, ni a los articulistas, columnistas y colaboradores. Lo que predominaba era elevar la condición profesional, comenzando con los que estaban en ejercicio. No era exclusión, sino inclusión y superación, con normas éticas. Y además lo acompañamos de una contribución del 1% del ingreso publicitario para superación profesional y un instituto de protección social.

Perdida batalla de la ética. Me quemé en esas luchas, pues me tocó presidir la Comisión de Profesionalización y Colegiación del SNPP desde su constitución en 1974 hasta la Ley 148 de 1983. Pero los méritos fueron colectivos, como los de haber recorrido el país haciendo cursillos de fin de semana para elevar la capacitación de los periodistas.

Rindo homenaje a la memoria del padre Alberto Villaverde, al también jesuita José Luis Sáez, y a los colegas Rafael Núñez Grassals y Emilio Herasme Peña, así como a Juan Manuel García y al entonces novel Manuel Quiterio Cedeño que me acompañaron firmemente en esa misión formativa honorífica. Casi todos coincidíamos en el mismo propósito desde las aulas de la UASD, como lo atestiguan cientos de egresados que se multiplicaron en la medida en que el periodismo era reconocido como profesión y varias universidades abrieron la carrera.

Se alcanzó la profesionalización, pero hemos perdido la batalla por la prevalencia de los principios éticos. Hoy el periodismo está afectado por graves confusiones y dependencias de las relaciones públicas, incentivadas por partidos y gobiernos y por sectores empresariales. No es solo en la información sobre los poderes públicos y los partidos, sino también en ámbitos deportivos, del arte y las sociales. Una proporción significativa de los periodistas y comentaristas de los periódicos, TV y radio son asalariados del Gobierno, los ayuntamientos y otra instituciones estatales.

Una materia pendiente

Los periodistas son pluriempleados, con dobles y hasta triples jornadas de trabajo, porque la remuneración empresarial se quedó muy distante de la pública. Una encuesta de Adalberto Grullón y alumnos, con una muestra de los periodistas de los diarios y principales canales televisivos, arroja que el 39 por ciento tiene dos empleos formales y el 4 por ciento tres. El 29 por ciento trabaja 12 horas diarias y otro 20 por ciento algunas más. El promedio salarial de las reporteras de televisión es de 20 mil pesos. Pero cientos de ellos ganan entre 30 y 150 mil pesos en instituciones estatales.

Con la paga de las empresas periodísticas muy pocos pueden vivir dignamente, y el pluriempleo los empuja a la superficialidad, dificulta la investigación y degrada el periodismo. Con todo, muchos periodistas hacen esfuerzo por cumplir su misión profesional. La libertad de información y prensa están en grave aprieto por esta situación, que debe ser abordada francamente por los ejecutivos y propietarios de los medios y el Colegio de Periodistas.

Nunca predicamos neutralidad. Creemos, eso sí, en la objetividad, en el reconocimiento de la realidad más allá de nuestras preferencias, en el compromiso por desmenuzar los problemas y conflictos sociales, en el respeto por el derecho a la información, en la pluralidad y la diversidad. Proclamamos que todo comunicador tiene que promover la institucionalidad democrática, la justicia, equidad e inclusión social.

Dedico este premio a la legión periodística de los 60, en especial a sus mártires Orlando Martínez y Gregorio García Castro. Aunque espero vivir unos cuantos años más, estoy iniciando el retiro, por lo menos del cargo ejecutivo que hace más de 27 años ejerzo en Teleantillas, del que ya solicité relevo. Y no envejeceré ante las cámaras.

Artículo publicado originalmente en el periódico HOY.

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El Estatuto de Roma y la cooperacion  con la Corte Penal Internacional

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Por Rommel Santos Diaz

El Estatuto de Roma facultó a la Corte Penal Internacional para solicitar la cooperación de los Estados Partes. Estas solicitudes serán normalmente por escrito  y serán tramitadas por la vía diplomática, salvo que el Estado especifique lo contrario.

En algunos casos de urgencias, los requerimientos podrán tramitarse por cualquier otro medio que permita dejar constancia escrita, como facsímiles o correo  electrónico, siempre que la solicitud sea confirmada  por el método apropiado.

Las solicitudes de la Corte Penal Internacional y cualquier otra documentación de apoyo serán traducidas al idioma oficial del Estado requerido o en uno de los idiomas de trabajo de la Corte. Los idiomas de trabajo de la CPI son el  inglés  y el francés.

El Estatuto de Roma señala los contenidos necesarios de la mayoría de las solicitudes de cooperación. La Corte Penal Internacional deberá cumplir  con una exposición concisa de su propósito y fundamentos jurídicos y los motivos de la asistencia solicitada.

La CPI, también deberá presentar una exposición concisa de los hechos esenciales que fundamentan la solicitud hecha al Estado. Asimismo deberá ofrecer información detallada acerca del paradero o la identificación de la persona o el lugar de la búsqueda o identificación.

Según el Estatuto de Roma la CPI, es importante para las solicitudes de cooperación de los Estados  precisar las razones y la indicación detallada de cualquier procedimiento que deba seguirse o requisito  que deba cumplirse.

Finalmente, se requiere según el Estatuto de la CPI cualquier información que pueda ser necesaria conforme al derecho interno del Estado requerido para cumplir la solicitud. Los Estados deberán comunicar a la Corte cualquier disposición especifica de su derecho interno al respecto.

El Estatuto de Roma prevé que las solicitudes de asistencia sean ejecutadas de conformidad con el procedimiento aplicable en el derecho interno del Estado requerido.

Sin embargo, si el derecho interno no lo prohíbe, la CPI podrá especificar la forma de proceder, incluidos  los procedimientos indicados y la autorización a las personas que deberán estar presentes o que deberán asistir en el proceso de ejecución.

En el caso de una solicitud de cooperación y asistencia de la Corte Penal Internacional  urgente, los documentos o pruebas incluidos en la respuesta serán tramitados con urgencia.

Rommelsantosdiaz@gmail.com

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Primero la Constitución, luego la minería

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Por Isaías Ramos

La República Dominicana no puede seguir ordenando su territorio desde el subsuelo. No somos un continente con cuencas de repuesto; somos una nación insular donde una herida en la montaña puede convertirse en agua perdida, agricultura afectada y futuro comprometido. Por eso, el debate minero no debe empezar preguntando dónde hay minerales, sino dónde la Constitución prohíbe tocar, perforar, explorar o explotar.

Los artículos 6, 7 y 8 establecen la supremacía constitucional, el Estado Social y Democrático de Derecho y la obligación de proteger derechos, dignidad y bienestar general. Ningún permiso, concesión o contrato minero puede colocarse por encima de la vida, del agua ni del interés nacional.

Los artículos 14, 15, 16 y 17 trazan la línea roja: recursos naturales como patrimonio de la Nación; agua como patrimonio nacional estratégico, esencial para la vida, con prioridad del consumo humano; áreas protegidas inalienables; y explotación de recursos no renovables solo bajo criterios ambientales sostenibles. La Constitución no prohíbe toda minería, pero sí prohíbe minería contra el agua, las cuencas, la sostenibilidad y la vida.

A esa protección se suman el artículo 54, sobre seguridad alimentaria; el 61, sobre salud, agua potable y saneamiento; el 66, sobre derechos colectivos y equilibrio ecológico; el 67, que obliga a prevenir contaminación y reparar daños; los artículos 68 y 69, sobre tutela efectiva y debido proceso; y el 74, que ordena interpretar los derechos fundamentales de la manera más favorable a la persona. En minería: ante duda seria, primero el agua; ante riesgo irreversible, primero la vida.

Los artículos 193 y 194 completan el marco. El territorio debe organizarse de forma compatible con la preservación de los recursos naturales, y el Estado debe formular un plan de ordenamiento territorial para el uso eficiente y sostenible de esos recursos, con adaptación climática. Por tanto, una ley de ordenamiento territorial debió decir con precisión dónde no se explora, dónde no se perfora y dónde no se negocia.

Pero la Ley 368-22 dejó zonas peligrosas de ambigüedad. Debió vetar expresamente toda exploración y explotación minera metálica en cuencas altas, nacimientos de ríos, zonas de recarga acuífera, áreas protegidas, bosques de protección, presas, embalses, territorios agrícolas estratégicos y ecosistemas frágiles.

La exploración no es inocente. Abre caminos, mueve suelos, introduce presión empresarial, crea expectativas financieras, divide comunidades y se convierte en antesala de explotación. En una isla, una cuenca herida amenaza el agua que bebe una familia, el conuco que alimenta una comunidad y los hijos que heredarán nuestras decisiones.

El artículo 58 de la Ley 368-22 es especialmente preocupante cuando permite que el uso del suelo minero quede determinado por el título de concesión. Esa lógica debe invertirse: no es el título minero el que ordena el territorio; es el territorio, conforme a la Constitución, el que decide si la minería procede. Si el municipio queda obligado a reconocer un uso minero por una concesión previa, el ordenamiento territorial deja de proteger el país y se convierte en registro de concesiones.

La Ley Minera 146-71 es todavía más grave. Nació bajo una lógica extractivista anterior a la Constitución moderna. Sus disposiciones que dan preferencia a la minería sobre otros usos, convierten la exploración en escalera hacia la explotación, permiten concesiones larguísimas, limitan la suspensión de trabajos y reconocen derechos de uso de agua al concesionario deben ser reformadas, aplicadas conforme a la Constitución o impugnadas.

Continuar emitiendo permisos, concesiones y derechos territoriales a empresas extractivas sin respetar el marco constitucional vigente no es trámite administrativo: es riesgo de soberanía. La Constitución ya trazó el límite; lo que falta es obedecerla. Cada concesión crea expectativas financieras, derechos contractuales, presión jurídica, poder económico e influencia sobre comunidades, municipios y autoridades. No son microestados, pero pueden convertirse en enclaves privados capaces de condicionar decisiones públicas y fragmentar la soberanía territorial.

Desde el Foro y Frente Cívico y Social invitamos a los dominicanos que aman y sienten esta patria a unirnos en acciones constitucionales. Debemos promover ante el Tribunal Constitucional acciones directas de inconstitucionalidad contra las disposiciones de la Ley 368-22 y de la Ley Minera 146-71 que vulneren la Constitución. Y los permisos, concesiones, renovaciones, licencias o actos administrativos de exploración otorgados después de la Constitución de 2010, si contradicen agua, ambiente, ordenamiento territorial, participación ciudadana o precaución, deben revisarse y anularse por las vías correspondientes.

El Tribunal Constitucional puede declarar inconstitucionales las normas; los actos concretos deben impugnarse por la vía procedente. Pero el principio rector es uno solo: ningún permiso administrativo tiene más fuerza que la Constitución. No existe seguridad jurídica válida para sostener actos contrarios a la supremacía constitucional.

Un funcionario puede firmar un permiso; no puede autorizar una violación constitucional. Un Congreso puede aprobar una ley; no puede derogar por omisión el derecho al agua. Un Ejecutivo puede promulgar una norma; no puede convertir en constitucional lo que vulnera el Estado Social y Democrático de Derecho.

La regla debe ser sencilla: donde nace el agua, no se explora; donde se recarga un acuífero, no se perfora; donde la agricultura garantiza alimentos, no se impone minería metálica; donde la Constitución protege la vida, ningún contrato prevalece.

Primero la Constitución. Primero el agua. Primero el territorio. Primero la gente. Porque en una isla, proteger el agua no es una opción ambientalista: es una obligación de Estado.

Ya basta de improvisar, es tiempo de gobernar.

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Quebrantamientos éticos en publicidad

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(Tercera entrega)

Por Oscar López Reyes

Como ciencia y como arte, la publicidad se entronca en la complejidad, agenciando la persuasión para la venta y gestando valor de marca comercial, institucional o personal. Interrelaciona investigaciones sobre las necesidades, deseos y aspiraciones de los consumidores; pedestales psicológicos, creatividad en mensajes inolvidables, tecnología y métricas, a fin de conectar emocionalmente con los usuarios y propulsar el acto de compra.

En la secuencia para vender y complacer en las emociones, más que en realidades, se encarta una producción, postproducción, contratación y difusión que públicamente no muestra los trucos, manipulaciones, exageraciones, promesas milagrosas, tejemanejes, entramados ocultos, restricciones y efectos adversos, y mucho menos las evasiones a los códigos de ética publicitaria y periodística, que compilamos en diez apartados:

1.- Leer noticias y ser promotor publicitario (Televisión).

El periodista y locutor fundamentados en principios éticos aparta rigurosamente los análisis críticos de los anuncios, para no aparecer como voceros pagados de marcas comerciales, y así evitar conflictos de intereses y que se produzca una confusión entre noticias y publicidad, o que la primera influya en la segunda. Las cadenas televisivas de Estados Unidos separan la paja del grano del trigo, para cuidar la credibilidad de sus presentadores de noticias, que no leen textos comerciales, y tampoco buscan publicidad.

En República Dominicana abundan los comentaristas, analistas, intérpretes noticiosos y entrevistadores que gestionan anuncios, presionan y acosan a funcionarios y empresarios, en privado y en actos públicos, sin ningún protocolo ni rubor. Aceptan que les cubran gastos en viajes al exterior para devolverlos en reportajes y anuncios. Algunos de estos son inescrupulosos e ingratos, porque guardan en sus bolsillos recursos financieros y denigran a sus auspiciadores.

“El periodista se comprometerá a no difundir como noticia ningún texto comercial sin su correspondiente identificación, ni a usar imágenes de personas que las conviertan en productos comerciales” (Código de Ética del Periodista Dominicano -CDP-).

El periodista “rechaza toda actividad publicitaria en relación directa con su trabajo de redacción; no firmará ningún texto cuya inserción esté pagada” (Código de Honor del Periodista de Francia).

“El periodista…debe también abstenerse de toda publicidad comercial en sus artículos” (Carta de los Derechos de los Periodistas Canadienses de Lengua Francesa).

“El periodista deberá negarse a publicar avisos de crónicas, de fotografías o de emisiones radiales o televisadas sin que se presenten de modo que su índole comercial aparezca claramente identificada (Carta de Ética Periodística de Chile).

2.- Colocar publicidad única en la portada (Prensa escrita).

La colocación de publicidad exclusiva (a lo largo y ancho sin ninguna noticia) de la primera plana de un periódico -portada falsa- colide con los códigos de ética periodística, porque privilegia el rendimiento/utilidad privada por encima del interés informativo colectivo. Concebido como un mecanismo de supervivencia ante la drástica reducción de los ingresos tradicionales, a menudo lectores confunden ese anuncio con un hecho noticioso, que en ciertos círculos ha sido comparado con “fake news” y publicidad engañosa.

“Los anuncios deben ser claramente distinguidos como tales, sea cual fuere la forma que tengan, independientemente del medio que se utilice” (Código Brasileño de Ética Publicitaria y Autorreglamentación).

3.- Insertar espacios pagados sin identificar (Prensa escrita).

Con frecuencia, medios escritos insertan espacios pagados de instituciones privadas y públicas sin hacer las especificaciones correspondientes -etiquetados como encubiertos, capciosos y artificiosos-, bañando a los lectores de confusión, porque no distinguen entre contenidos informativos y avisos sufragados.

“El anuncio a manera de publinoticia, reportaje, artículo, nota, texto, leyenda o cualquier otra forma que se difunda mediante pago deberá ser claramente identificado para que se distinga del material noticioso y no confunda al consumidor” (El Nuevo Código Colombiano de Autorregulación Publicitaria).

4.- Propalar vulgaridades y mensajes malsanos (Radio).

En la radio tradicional, como en la digital/streaming -plataformas de radio online- se difunden cuñas comerciales o spots pregrabados, que son jingles pegajosos o dramatizaciones humorísticas de doble sentido, que se asumen en la cultura popular. Basta citar a «Cama vieja, tufa vieja», y a segmentos de noticias y comentarios en programas basuras, producidos por influencers y pseudo-comunicadores, que aprovechan esos patrocinios publicitarios para propalar -con libertinaje- insultos, sensacionalismos, palabras obscenas y hacer apología al crimen, que impactan negativamente en niños y jóvenes.

“Toda publicidad deberá ser legal, decente, honesta y verídica” (Código Internacional del Ejercicio de la Publicidad”) y “Deberán evitarse los estereotipos sociales que sean degradantes o despectivos para cualquier grupo (Normas de Autocontrol de la Publicidad en España).

5.- Esparcir publicidad engañosa (Radio/televisión).

Carentes de veracidad y autenticidad, los mensajes comerciales engañosos procuran inducir, a través de mecanismos ópticos, acústicos o espaciales, en la decisión de compra de bienes y servicios. Usan por lo menos diez modalidades: 1) Datos ficticios, 2) Imágenes imprecisas, 3) Omisión u ocultamiento de informaciones trascendentes, 4) Abultar beneficios o señalar cualidades inexistentes, 5) Ofertar promesas fantásticas y hechiceras, 6) Ofrecer precios y descuentos errados, 7) Presentar testimonios sin respaldo científico, 8) Poner letras pequeñísimas que discrepan de las disposiciones legales, 9) Emplear terminologías de múltiples interpretaciones, que entorpecen la comprensión, y 10) Hacer equiparaciones inadecuadas.

“No debe permitirse que se haga a un anunciante afirmaciones engañosas o exageradas sobre los efectos de una campaña en proyecto” (Código Internacional de Normas de Práctica Publicitaria hacia un Acuerdo Mundial). Y, “…rechazar, automáticamente, “Afirmaciones o exageraciones falsas o engañosas, tanto visual como verbalmente” (Código de Ética Publicitaria de Estados Unidos).

6.- Morbosidad y falta de transparencia (Internet).

En línea abundan los mensajes publicitarios, con imágenes y videos impactantes, sobre fantasías sexuales, personas intentando suicidarse y otras escenas violentas y trágicas, misteriosas, crueles, escandalosas, prohibidas, sensacionalistas y curiosas que –con interés enfermizo sin patología en primera instancia- fascinan en el entretenimiento del placer a un alto porcentaje de los seres humanos. Colocadas por compañías comerciales sin cumplir las normativas de transparencia ética y jurídica, generan un intenso y continuo flujo de visitantes digitales, para beneficio financiero particular.

“El periodista debe abstenerse de estimular los vicios, el crimen y todas las manifestaciones morbosas de la sociedad” (Código de Honor del Periodista de Perú), así como: “a) Inmoralidad u obscenidad; b) El uso de expresiones vulgares; c) Maliciosas imputaciones; Declaraciones falsas y difamaciones (Código de Ética de la Prensa de Birmania).

7.- Insertar mensajes subliminales (Auditivos y digitales)

La publicidad subliminal es un mensaje (texto, tipografía, imagen, color, sonido y sensorial) oculto que en el ser humano opera imperceptiblemente por debajo del umbral de la conciencia, para inducir sutilmente a la compra de un producto o servicio. Esta técnica manipuladora de difícil detección altera la percepción de la realidad del consumidor y anula su libre elección, por lo que Implica un quebrantamiento legal y ético.

“Percepción del subconsciente. No se permite la técnica por la cual se hace un intento de dirigir información a los telespectadores transmitiendo mensajes por debajo del principio de un normal conocimiento” (Código de la Asociación Nacional de Teledifusores de Estados Unidos).

Los citados contenidos y utilizaciones no son un desliz, una inexactitud, un descuido, un gazapo ni una confusión. Son un quebrantamiento consciente para la subsistencia en los apuros por la reducción de la inserción publicitaria.

¿Ceder o morir? representa un dilema, que se parafrasea con el dicho de que la necesidad tiene cara de hereje. Esa disyuntiva se asemeja al dilema del tranvía: desviar el tren de los rieles para matar a uno solo y salvar a cinco personas. Se acoge al mal menor.

La comunicación persuasiva impugna el rompimiento con las normas deontológicas, los artificios y la manipulación. No admite la deformación, en la filosofía de la transparencia y el bien hacer. Tampoco consiente el traspaso de los límites prefijados para complacer a los clientes. Rememoremos la máxima jurídica: Dura lex, sed lex, que se traduce como «la ley es dura, pero es ley», o sea, mandan por encima de las necesidades.

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El autor: Redactor principal del Código de Ética del Periodista Dominicano, en 1994, como presidente del Tribunal Disciplinario del Colegio Dominicano de Periodistas (CDP), mercadólogo y escritor.

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