Opinión
La Historia exige Justicia
Published
13 años agoon
Por Hamlet Hermann
No se ha realizado investigación oficial sobre muerte de Caamaño
Un formidable análisis jurídico sobre las muertes del coronel Francisco Caamaño, Eberto Lalane José y Alfredo Pérez Vargas ocurridas el 16 de febrero de 1973 ha sido realizado por el doctor Roberto Álvarez. Este material fue publicado por Listín Diario los días 20 y 21 de enero de 2013 bajo el título: Caamaño: Crimen Imprescriptible.El análisis se basa en versiones de fuentes que aseguran el coronel Caamaño fue ejecutado luego de haber sido capturado con vida. Nunca, hasta la fecha, se ha realizado una investigación oficial sobre esas muertes ni se ha sometido a juicio a persona alguna en lo que, a todas luces, fue un crimen de Estado.
Analiza Álvarez la sugerencia para que se lleven al Panteón Nacional unos restos que alguien dice pertenecen al coronel Caamaño, aunque esa condición nunca haya sido comprobada científicamente. Los compañeros de guerrilla asesinados junto al héroe nacional nunca fueron incluidos en la propuesta. El analista opina que el traslado de remanentes humanos tendería a distorsionar gravemente la realidad y a ocultar los hechos en relación al crimen de Estado. Considera, asimismo, que ese paso, entre otros resultados, podría ofrecer argumentos para un cierre oficial al posible crimen de lesa humanidad que significó su ejecución extrajudicial y posterior desaparición forzada, que todavía hoy significa el desconocimiento del paradero cierto de sus restos mortales. Todo esto haría aun mucho más difícil el esclarecimiento de la verdad y la posibilidad de que se haga justicia por el crimen.
Citando a un destacado jurista argentino Álvarez dice: El crimen de Estado es un delito altamente organizado y jerarquizado, quizá la manifestación de criminalidad realmente organizada por excelencia. Justo por eso resulta tan difícil penetrar el velo de sigilo que se ha tejido en todas las instancias del Estado, en relación a los hechos ocurridos la tarde del 16 de febrero de 1973, en las inmediaciones de Nizaíto.
Tal como afirmara nuestra Suprema Corte de Justicia en 1961, los tratados internacionales, debidamente aprobados por el Congreso, tienen la autoridad de una ley interna en cuanto afecten derechos o intereses privados objetos del acuerdo . En consecuencia, los agentes del Estado tenían la obligación de respetar los términos del Artículo 3 del Convenio de Ginebra y de tratar con humanidad y sin discriminación alguna a todas las personas que hayan depuesto las armas y las personas puestas fuera de combate por enfermedad, herida, detención o por cualquier otra causa , prohibiendo tajantemente en lo que atañe a estas personas los atentados contra la vida y la integridad corporal, especialmente el homicidio en todas sus formas, así como las ejecuciones sin previo juicio ante un tribunal legítimamente constituido .
Este crimen reviste las características de un crimen de lesa humanidad y de una desaparición forzada, infracción para la cual no existe prescripción. Mientras la persona no recupere su libertad o aparezca su cadáver no es posible iniciar el cómputo para la extinción de la acción penal, pues se considera que la actividad consumativa perdura en el tiempo.
Puede considerarse como desaparición forzada cualquier forma de privación de libertad que sea obra de agentes del Estado, seguida de la negativa a reconocer dicha privación de libertad o del ocultamiento de la suerte o el paradero de la persona desaparecida, sustrayéndola a la protección de la ley. Son inadmisibles las disposiciones de amnistía, de prescripción y el establecimiento de excluyentes de responsabilidad que pretendan impedir la investigación y sanción de los responsables de las violaciones graves de los derechos humanos.
A nivel de nuestra legislación nacional, resulta fundamental señalar que el Código Procesal Penal que entró en vigor en 2004, establece en su Artículo 49 que el genocidio, los crímenes de guerra y los crímenes contra la humanidad son imprescriptibles, y se consideran como tales aquellos contenidos en los tratados internacionales, sin importar la calificación jurídica que se les atribuya en las leyes nacionales. Consecuentemente, los crímenes de lesa humanidad, como los cometidos contra Caamaño y sus compañeros son delitos que no se pueden amnistiar.
Este ensayo del doctor Roberto Álvarez merece que los jurisconsultos dominicanos examinen sus planteamientos para sacar del ámbito de la politiquería lo que debía ser un análisis legal de crímenes de Estado.
Artículo publicado originalmente en el periódico HOY.
Por Isaías Ramos
¿Puede el Congreso aprobar una ley que contradiga, en la práctica, una sentencia vinculante del Tribunal Constitucional? Esa es la pregunta que hoy enfrenta la República Dominicana tras la aprobación en primera lectura en el Senado de un proyecto que eliminaría las candidaturas independientes.
Más allá de las diferencias políticas que puedan existir sobre el modelo electoral, lo que está en discusión es algo mucho más profundo: el respeto a la Constitución de la República Dominicana, a los derechos políticos de los ciudadanos y a las decisiones vinculantes del máximo órgano de control constitucional del país.
En diciembre de 2024, el Tribunal Constitucional declaró inconstitucionales diversas disposiciones de la legislación electoral que imponían trabas desproporcionadas a las candidaturas independientes. La decisión procuró garantizar que el derecho de los ciudadanos a elegir y ser elegidos no quedara condicionado exclusivamente a la estructura de los partidos políticos.
Sin embargo, lo ocurrido en el Congreso parece avanzar en dirección contraria. La aprobación de un proyecto que, en la práctica, eliminaría las candidaturas independientes plantea un choque evidente entre la voluntad legislativa y una sentencia vinculante del máximo intérprete de la Constitución.
La gravedad del momento institucional se acentúa aún más cuando se observa que la decisión fue adoptada de manera prácticamente unánime por los senadores. Resulta legítimo preguntarse si todos los legisladores han reflexionado plenamente sobre el alcance constitucional de la decisión adoptada o si estamos ante una reacción política frente a una sentencia que algunos sectores preferirían ignorar.
Algunos constitucionalistas, como Eduardo Jorge Prats, han descrito esta reacción como una “rabieta institucional hiperpartidista disfrazada de defensa de los partidos”. Más allá de la dureza de esa expresión, la advertencia merece una reflexión seria. Cuando las decisiones de un tribunal constitucional comienzan a ser relativizadas o neutralizadas mediante decisiones políticas, el equilibrio institucional de una democracia empieza a resentirse.
La Constitución dominicana es clara en este punto. El artículo 6 establece que todas las personas y los órganos que ejercen potestades públicas están sujetos a la Constitución. El artículo 68 dispone que corresponde al Estado garantizar la efectividad de los derechos fundamentales; no basta con reconocerlos en el texto constitucional, es necesario hacerlos posibles en la realidad. El artículo 73 establece la nulidad de pleno derecho de los actos contrarios a la Constitución. El artículo 74 consagra el carácter progresivo de los derechos fundamentales. Y el artículo 184 reconoce al Tribunal Constitucional como el órgano encargado de garantizar la supremacía de la Carta Magna.
A la luz de esos principios, la iniciativa aprobada en primera lectura adquiere una dimensión particularmente sensible para el orden constitucional. Lo que está en juego es una posible tensión institucional con el Tribunal Constitucional si una ley terminara reproduciendo, en la práctica, las mismas restricciones que el propio tribunal declaró inconstitucionales. Una situación así podría tener consecuencias graves para el orden constitucional.
El artículo 68 de la Constitución no es una disposición abstracta: es la garantía de que los derechos fundamentales tengan contenido real y efectivo. Cuando el Estado limita injustificadamente vías de participación política, no solo restringe un derecho; también debilita la confianza del ciudadano en las instituciones llamadas a protegerlo.
Este no es un debate sobre simpatías o antipatías hacia las candidaturas independientes, ni sobre la importancia de los partidos políticos. Los partidos son pilares fundamentales de la democracia. Pero reconocer su importancia no significa convertirlos en los únicos canales posibles de participación política. La democracia dominicana debe abrir puertas al ciudadano, no cerrarlas.
Si la Constitución reconoce derechos políticos a los ciudadanos, surge entonces una pregunta de fondo: ¿quién puede legítimamente restringirlos? Los derechos políticos pertenecen al pueblo dominicano. Los partidos son uno —pero no el único— de los canales para ejercerlos.
Las democracias se sostienen sobre un principio simple pero esencial: la Constitución es la norma suprema del Estado y todos los poderes públicos están sometidos a ella. Cuando ese principio comienza a relativizarse, la confianza institucional se erosiona y el sistema democrático se vuelve más frágil.
Nuestro deber como nación —y particularmente de quienes ejercen responsabilidades públicas— es proteger la Constitución incluso cuando hacerlo resulte incómodo o políticamente inconveniente. El respeto al orden constitucional no es una opción circunstancial: es la base misma sobre la cual descansa la estabilidad institucional de la República.
La estabilidad democrática que hoy disfruta la República Dominicana no es un accidente histórico. Tampoco ha sido un proceso perfecto: a lo largo del tiempo ha habido episodios de indiferencia frente a los deberes y mandatos constitucionales. Pero precisamente por esa experiencia acumulada sabemos que debilitar las reglas del juego institucional solo aumenta los riesgos para el orden democrático en un mundo marcado por crecientes tensiones geopolíticas y desafíos globales.
Desde el Foro Cívico y Social y el Frente Cívico y Social creemos firmemente que aún hay espacio para la reflexión institucional. Por ello hacemos un llamado respetuoso pero firme a los honorables senadores para que, antes de la segunda lectura de este proyecto, revisen con serenidad el alcance constitucional de la decisión que se está tomando.
También está en juego el mensaje institucional que el Congreso envía al país. Cuando un poder del Estado parece actuar en contradicción con la Constitución o con una sentencia vinculante del Tribunal Constitucional, el mensaje hacia la ciudadanía y hacia las instituciones públicas es institucionalmente delicado.
En una democracia constitucional, los derechos políticos del ciudadano no dependen de la voluntad de los partidos ni de las mayorías circunstanciales del Congreso. Dependen de la Constitución. Porque cuando una democracia olvida que la Constitución es su límite, no se debilitan los partidos: se debilita la República.
Despierta RD!
(Primera entrega)
Por Oscar López Reyes
Las costumbres, creencias y valores tradicionales pierden incidencia colectiva o se están esfumando, igual que la rigidez en la gobernanza de la democracia representativa/liberal; se dispersan en el descrédito y desarticulan organizaciones socio-comunitarias y sus líderes más experimentados. La vieja ciudadanía y la identidad cultural se desgastan en su funcionalidad y legitimidad, y no por casuística.
Las instancias del poder típico y clásico han menguado, y las voces que antaño repercutían con resonancia se apagan en el anclaje del paisaje de la individualización, el aislamiento y la fatiga, porque en la globalización y el necrocapitalismo se satisfacen pírricamente los deseos y aspiraciones comunales. Al unísono, esta nueva dinámica ha reducido la lucha de clases y puesto en jaque el viejo discurso político y los lances episódicos y coyunturalistas.
Visualicemos 10 componentes claves de las añejas estructuras del dominio y los procesos neodemocráticos:
1.- Crisis paternal y profesoral. Los jefes del hogar y la escuela han perdido autoridad, haciendo descansar las influencias de infantes y adolescentes en amistades de estos y en los dispositivos electrónicos, que desconcentran y aíslan. Esos tutores no les fijan límites razonables, en una permisividad aupada por el temor al autoritarismo y a la culpabilidad (“crianza culposa”). La fragilidad en el mando de los docentes radica en el escaso respaldo familiar, el decaimiento de algunos padres hacia sus hijos y su desarmonía con las nuevas tecnologías.
2.- Los partidos de masas. Las organizaciones políticas legendarias/rutinarias de alta afiliación han devenido en flácidas estructuras orgánicas, con una militancia con una pobre formación ideológica. Sus características principales son la personalización de su liderazgo en la obsolescencia e inadaptación en un contexto societario en constante cambio, la búsqueda energúmena de cargos públicos y beneficios particulares, la incursión en actos delictivos, como la corrupción, la descomposición, la escasa lealtad y las exigencias monetarias. Esos agravios se han traducido en inercia, estancamiento y en endeble suficiencia de esos partidos para movilizar a los conglomerados.
3.- Los partidos de izquierda. La atomización y decadencia del sistema de agrupaciones de izquierda tiene su raíz en el enclaustramiento a los principios invariables de la Revolución Bolchevique comandada por los reverenciados ideólogos comunistas Vladimir Lenin, León Trotsky y José Stalin (Rusia, 1917), que conduce a la negación de los cambios, o sea, a la resistencia inconsciente a la readecuación a los nuevos tiempos hegemonizados por el marketing y las alternativas populistas nacionalistas. El progresismo no aprovecha la crisis de la plutocracia librecambista, se estanca y retrocede porque tampoco satisface las aspiraciones de la mayoría. Con su dogmatismo divisionista, la izquierda no se amolda a las conversiones, ni responde a desafíos contemporáneos, como la equilibrada, emergente y ascendente República Popular China.
4.- Los grupos estudiantiles. Recrean en la penumbra de la reminiscencia los movimientos estudiantiles de liceos secundarios y la Universidad Autónoma de Santo Domingo (UASD) de las décadas 1960-1980, cuyos miembros y simpatizantes salían a las calles a movilizarse -con quemas de neumáticos y enfrentamientos con agentes de la Policía Nacional- por reivindicaciones académicas y el respetado a las libertades públicas y los derechos humanos. Han sido empequeñecidos y diezmados por la hegemonía del modelo mercantilista neoliberal, la vigencia democrática, la minimización de la izquierda y el predominio del egocentrismo.
5.- Los gremios de empresas. La afiliación sindical está en declive por la disminución de las grandes industrias manufactureras y la automatización tecnológica, que reduce empleos, mejora calidad y aumenta la productividad; el anarcosindicalismo, la percepción de corrupción y la politización de los gremios. Ahora una laptop tonifica con más utilidad que un sindicato.
6.- La gobernanza estatal. La jurisdicción del presidente de la República mengua, por los reclamos de la opinión pública en sociedades democráticas, la vigencia del estado de derecho, las imposiciones de organismos internacionales y los grupos de intereses. Asimismo, la influencia y el poder de funcionarios del Estado se ha limitado (no eliminado) por la implementación de normativas contra sobornos en licitaciones y adquisiciones, la prohibición de doble cargo remunerado, los contubernios y negocios asociados, la reducción de gastos operativos y otros relativos a los procesos de transparencia, y por temores a las denuncias públicas (los desfalcos y peculados son más conocidos) y a los enjuiciamientos judiciales.
7.- La prensa tradicional. Eleva su grado de credibilidad y se reinventa en novedosas esferas, pero desperdicia audiencias y protagonismo por el advenimiento de la internet. También les perforan las redes sociales y la gratuidad de otras plataformas digitales, que son preferidas por los nuevos usuarios, especialmente los jóvenes.
8.- Los militares y policías. Los ciudadanos respetan cada vez menos a los cuerpos policiales y castrenses, que han erosionado su confianza por sus arbitrariedades, la prevaricación y gangrena, la complicidad con crímenes y su incompetencia para afrontar la desbordada delincuencia sistémica. Están siendo frenados por las denuncias ciudadanas y los rollizos esfuerzos de las autoridades oficiales, como las reformas institucionales.
9.- Las masonerías y los clubes culturales. Se estropean y desvanecen las entidades extremadamente cerradas, restringidas, desactualizadas, monótonas y sin presupuestos, como las logias masónicas y los clubes culturales. Por el contrario, las religiones se transforman y crece la espiritualidad, con prácticas como el yoga/meditación, adaptadas a estilos de convivencia flexibles, abiertos, individualistas y globalizados.
10.- Las ligas campesinas. Décadas atrás, comunidades rurales bullían de efervescencia, en intensas jornadas de lucha –que cobró vidas humanas- por la Reforma Agraria, motorizadas por núcleos de agricultores sin tierra. Hoy las ligas agrarias son debiluchas, y perecen. Ese declive brota dispersión e ineficacia para organizarse y proteger su producción, así como la emigración a las ciudades del país y el exterior. También han apaciguado el descalabro de la izquierda y el tráfico y lavado de dinero con la venta de predios.
Como se constata en las descripciones y razonamientos predichos, en la Nueva Era de trabajos digitales, computación cuántica e inteligencia artificial, líderes políticos, socio-comunitarios y organizaciones de pelajes dispares no se han remozado en perspectivas de las otras expresiones ciudadanas y paradigmas emergentes en el hogar, la escuela y los cantones geográficos. Su morfema léxico se fue a pique.
Inequívocamente, no han comprendido que las ideas y potestades ya no se imponen únicamente con la coacción o coerción, sino con el diálogo tolerante, la cercanía con discursos moderados e inclinando el pandero en otros espacios de socialización. Si persisten obstinadamente sin girar gradualmente hacia metas prioritarias y alcanzables en el corazón de esas mutaciones societales, las viejas estructuras organizacionales seguirán carcomidas en el aislamiento, por el derrotero de la desarticulación sin retorno. ¡Qué adversidad!, ¡qué lamento!, y ¡qué calamidad!
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El autor: Periodista, escritor y catedrático.
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Por Nelson Encarnación
Donald Trump y Benjamín Netanyahu (más Netanyahu que Trump) se han propuesto empujar al mundo a un conflicto del que se sabe cuándo comienza mas no cuándo termina. Pero sobre todo cómo termina.
El ataque “preventivo” a Irán se inscribe en esa tónica, cuya justificación se encuentra en el interés de un guerrerista que arrastra a Estados Unidos a un conflicto carente de apoyo interno, como lo evidencian las encuestas realizadas tras los bombardeos al país persa.
El primer ministro israelí actúa desde una lógica de preservación personal, teniendo la guerra como su seguro de vida, pues sabe que un Israel en calma significaría su ingreso a la cárcel por ladrón y abusador del poder que le confiere su actual investidura.
De hecho, este criminal tiene pendiente una condena de 12 años de prisión que no ha empezado a cumplir gracias a la inmunidad—o impunidad—de la que goza como derivación del cargo.
La mayor evidencia de que Netanyahu ha arrastrado a Estados Unidos a una guerra sin ninguna justificación, la tenemos en declaraciones de altos cargos de la Administración Trump, quienes han dicho que decidieron atacar a Irán porque de no hacerlo, Israel les tomaría la delantera y entonces tendrían que ingresar de segundones.
Un argumento tan insólito como aberrante, puesto que estos funcionarios, que ostentan una elevadísima responsabilidad en sus funciones, actúan como aventureros que se dejan manipular por un sujeto que tiene las manos manchadas de sangre, y que solo actúa en procura de salvar su pellejo, sin importar que el mundo arda en llamas.
Como le han enrostrado legisladores de ambos partidos, el presidente Trump se ha movido como segundón del aventurerismo de Netanyahu, sin medir las consecuencias de acciones guerreristas de las cuales tiene pocas posibilidades de salir airoso.
No importa que emerja de este enfrentamiento como superior en el campo de la batalla aérea, al final los iraníes se impondrán cuando Estados Unidos no pueda ocupar el territorio con su infantería, pues el precio a pagar en bajas sería sencillamente enorme.
Además, las últimas aventuras militares de Trump solo conducen a darle la razón a Rusia cuando lanzó en Ucrania su llamada operación militar especial, y todavía peor, deberá cruzarse de brazos cuando China se arroje sobre Taiwán y se haga con la “provincia rebelde”.
