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La homofobia como una amenaza al desarrollo dominicano
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LA REDACCIÓNEn nombre de la tradición o la religión que confesa la mayoría de un país se crean dogmas que promueven los prejuicios, la estigmatización, la discriminación y violencia a las personas LGTBI

Miembros de la iglesia evangélica realizarán una marcha este martes 22, en defensa de la familia tradicional y en protesta por las recientes manifestaciones a favor de los derechos del colectivo LGTB, que comprende a lesbianas, gais, trans y bisexuales.
Santo Domingo, R.D.
22 de junio del 2014
Foto: Orlando Ramos/Acento.com.do
La libertad es un valor y un derecho de todas y todos los dominicanos. Sectores conservadores han impuesto su hegemonía respecto a la regulación de la sexualidad, donde la heterosexualidad es obligatoria y la homosexualidad es un insulto a la sociedad. Dicha hegemonía establece la homofobia como regla y modelo de desarrollo, un desarrollo que excluye a las minorías, una tiranía del odio.
Amartya Sen define la libertad como el objetivo final del desarrollo y define al desarrollo como el ‘’proceso de expansión de las libertades reales de que disfrutan los individuos’’. Sen plantea que a mayor libertad de un individuo mejor capacidad tendrá para mejorar su vida e influir en el mundo y así en el desarrollo por lo que pasa a convertirse en un agente de cambios.
Sin lugar a dudas la orientación sexual, el género y la identidad sexual han estado y siguen un orden social, un orden dominado por el concepto de heterosexismo, visto como un orden patriarcal, androcéntrico y de una moral que ha impuesto a veces de forma legal y en casi todos los rincones del mundo la violencia simbólica como instrumento para inferiorizar, reducir o disciplinar a las personas LGTBI.
Este orden sexual condena a las minorías sexuales a recibir de la sociedad un trato desigual y los priva de su plena libertad. La discriminación por orientación sexual es un acto que menoscaba la igualdad y la dignidad de las personas. Discriminar es negar la condición de seres humanos iguales a los demás cuyo efecto perturba la dignidad humana.
El modelo Dominicano de desarrollo excluyente no es sostenible, debido a que quien hace posible el mismo es la gente. Acabar con la homofobia es una condición indispensable para ser más eficientes y productivos
La homofobia es un rasgo sistémico compartido por la mayoría de la sociedad. Detrás de la homofobia está el machismo, quien asocia la homosexualidad masculina al género femenino, lo que avala el desprecio hacia el homosexual, debido a que rechaza su virilidad.
Norberto Chaves dice que el homosexual ‘’Ha hecho lo peor que puede hacer un hombre: parecerse a una mujer’’. Y es lo peor porque ha abandonado su privilegio de ser el sexo dominante. En el caso de las lesbianas el desprecio se basa en que estas rechazan su rol asignado de madres y esposas. Ser homofóbico es un acto de afirmación de la condición de heterosexual.
En nombre de la tradición o la religión que confesa la mayoría de un país se crean dogmas que promueven los prejuicios, la estigmatización, la discriminación y violencia a las personas LGTBI.
Para Amartya Sen la tradición no es una razón para suprimir la libertad. Para evitar lo anterior es de importancia promover una democracia donde el derecho a discordar sea fuerte para someter insistentemente a interrogación aquellos prejuicios y medidas discriminatorias y así evitar la tiranía de las mayorías de las que hablaba Mill.
Aunque casarse, adoptar niños, cambiar su nombre o sexo no sean actualmente opciones de interés para la mayoría de las personas LGTBI en Republica Dominicana, como dice Amartya Sen ‘’es posible conceder importancia al hecho de tener oportunidades que no se aprovechan’’.
En 2014 el Banco Mundial realizo un evento para discutir el impacto de la homofobia en el desarrollo. El Dr. Lee Badgett fue uno de los panelistas y presento resultados preliminares de un estudio sobre el costo económico de la homofobia en la India. El estudio estimó que la homofobia le ha costado a la India entre un 0.1 a un 1.7% de su producto interno bruto.
El estudio presenta la homofobia como una acción que genera exclusión social en la India a través de la violencia, pérdida de empleo, discriminación, rechazo familiar, acoso escolar, presión para casarse e incluso ser condenado a prisión por ser LGTBI, estas situaciones traen como consecuencia un menor educación, baja la productividad, baja renta igual a mayor pobreza, pobre salud igual a una vida corta, así como también una reducción de la fuerza de trabajo. Dichas consecuencias se traducen en problemas macro para el país al elevar los costos de los programas sociales y de salud (debido al alto índice de depresión, VIH y suicidio en personas LGTBI discriminadas) y disminuye el ingreso económico nacional. El estudio estimo que si el 0.6% de la fuerza de trabajo fuese LGTBI el país estaría perdiendo 1.25 billones de dólares del PIB y si fuese de un 3.8% estaría perdiendo 7.7 billones de dólares. Sin embargo quedan otras variables por agregar como son la pérdida de fuerza de trabajo que decide emigrar, costos familiares y costos en el área educativa.
El estudio del Dr. Lee Badgett demuestra como la India aun siendo una economía emergente ha aumentado su crecimiento económico excluyendo a las personas LGTBI. Un crecimiento que no aumenta sus oportunidades para vivir la vida que quieren.
Otro estudio realizado en 2015 por The Williams Institute de la UCLA School of Law determinó que los países con menos derechos tienen un índice de desarrollo humano (IDH) menor al de aquellos con más libertades, entre ellas libertades para las personas LGTBI, el informe plantea que países con más derechos para las personas LGTBI tienen mayor ingreso per cápita y mayores niveles de bienestar. La correlación positiva entre los derechos LGBT y el IDH sugiere que los beneficios de los derechos se extienden más allá de los resultados puramente económicos para el bienestar medido como el nivel educativo y la esperanza de vida.
Con esto se intenta demostrar que a mayor inclusión de las personas LGTBI, mejores resultados económicos se obtienen para el desarrollo, por lo que debe ser una parte constitutiva de las agendas nacionales de desarrollo el ampliar las libertades de las persona LGTBI.
El modelo Dominicano de desarrollo excluyente no es sostenible, debido a que quien hace posible el mismo es la gente. Acabar con la homofobia es una condición indispensable para ser más eficientes y productivos.
Las y los Dominicanos LGTBI ven sus oportunidades reales disminuidas para acceder a un empleo o mantenerlo debido al mobbing homofóbico, aprovechar las oportunidades de educación sin ser víctimas de bullying que los empuje a abandonar el centro educativo, acceder a servicios de salud sin estigmatización y así evitar el miedo de recibir atención para enfermedades de transmisión sexual que harán de su vida una más corta, contar con el apoyo de su familia y no ser expulsados de sus casas, vivir sin miedo a ser víctimas de violencia y contar con autoridades del orden público que no sean indolentes y hagan prevalecer la impunidad en sus denuncias. Todas estas consecuencias de la homofobia repercuten como hemos visto en el crecimiento económico de un país, ya que estas situaciones provocan depresión, disminuye su capacidad de aprendizaje, su estado de salud, su productividad, perdida de horas de trabajo y de inversión en capital humano.
La homofobia representa diferentes amenazas para el rendimiento de las empresas dominicanas al no aprovechar el potencial de sus empleados LGTBI y aumentar los costos derivados de la discriminación. Representa una amenaza para el crecimiento económico de la Republica Dominicana al demandar mayores costos en servicios de salud, seguridad y justicia. Y sin lugar a dudas representa el mayor obstáculo para las personas LGTBI quienes sufren un drama humano cada día de sus vidas sin poder vivir la vida que quieren.
Las personas LGTBI deben verse como agentes capaces de construir la vida que quieren y el Estado Dominicano y la sociedad deben respetar y dar las oportunidades para escoger la propia concepción de cómo vivir sin imponer o restringir sus derechos. Un cambio indetenible está en marcha por la libertad de las minorías sexuales.
(*) Cristhian Ml. Jiménez; defensor de derechos humanos, profesor universitario y director de relaciones internacionales de FUNCEJI. Es Licenciado en Diplomacia y Servicios Internacionales y Especialista en Docencia Universitaria de la UCSD, Magister en RRHH de UNAPEC y Maestrante en Ciencias Humanas y Sociales de la UFABC, Brasil.
Acento.com.do
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Juez evaluará este miércoles solicitud de Pepca para extender investigación del caso Senasa.
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agosto 18, 2026
Santo Domingo, R.D.-Deiby Peguero, juez del Séptimo Juzgado de la Instrucción del Distrito Nacional, fijó para este miércoles el conocimiento de la solicitud de prórroga de cuatro meses presentada por el Ministerio Público para concluir la investigación y depositar la acusación contra el exdirector del Seguro Nacional de Salud (SeNaSa), Santiago Marcelo Hazim, y los demás implicados en el caso Cobra.
La solicitud de prórroga fue depositada por fiscales de la Procuraduría Especializada de Persecución de la Corrupción Administrativa (Pepca), con el propósito de analizar minuciosamente las evidencias recabadas durante allanamiento. Así lo informó recientemente el procurador adjunto, Wilson Camacho.
Camacho indicó que la institución cuenta con un equipo especializado dedicado al estudio del contenido de 16,800 cajas de documentos ocupadas durante los recientes operativos de intervención como parte de la investigación que realiza del caso.
El exdirector de SeNaSa, Santiago Marcelo Hazim, junto a otros imputados, es señalado de conformar una estructura criminal que habría perpetrado un desfalco superior a RD$15 mil millones en perjuicio del Estado dominicano, a través de la entidad pública de salud.
Además de Hazim, figuran como imputados Gustavo Enrique Messina Cruz, Germán Rafael Robles Quiñones, Francisco Iván Minaya Pérez, Rafael Luis Martínez Hazim, Ramón Alan Speakler Mateo, Ada Ledesma Ubiera, Eduardo Read Estrella, Cinty Acosta Sención y Heidi Mariela Pineda Perdomo, quienes cumplen distintas medidas de coerción impuestas en diciembre de 2025.
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Asesino de conductor de camión recolector de basura es apresado en Jamaica.
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agosto 18, 2026
Santo Domingo, R.D.-Jhovanny de Jesus Metz Crus, conocido como «Macho», señalado como el principal sospechoso de la muerte del conductor Deivy Carlos Abreu Quezada, quien falleció luego de ser atacado por una turba de motociclistas durante una persecución, fue apresado en Jamaica.
La información fue confirmada a Diario Libre por una fuente de la Procuraduría General de la República (PGR).
De acuerdo con las investigaciones, «Macho» habría sido quien presuntamente propinó varias estocadas a Abreu Quezada durante el ataque ocurrido el pasado 17 de abril en el parqueo del Palacio de Justicia de Santiago, donde la víctima intentó refugiarse tras ser perseguida durante varios kilómetros por un grupo de motociclistas.
En principio, se informó que la persecución se produjo a raíz de un incidente de tránsito.
Posteriormente, trascendió que la agresión habría sido motivada por una presunta deuda económica que el conductor mantenía con sus atacantes.
Visado a JamaicaEn marzo pasado, Jamaica eliminó el requisito de visa para los dominicanos que viajen a ese país por turismo o negocio por un periodo de 180 días.
Mets Cruz también enfrenta un proceso judicial por las heridas de bala ocasionadas en 2023 al sargento de la Policía Nacional Christopher Almánzar García, adscrito a la unidad SWAT.
El imputado no se presentó al juicio de fondo pautado para el miércoles 20 de mayo ante el Cuarto Tribunal Colegiado de Santiago, por lo que la sala ordenó declararlo en rebeldía y activar las consecuencias legales correspondientes.
En ese expediente, Mets Cruz enfrenta acusaciones por intento de homicidio y asociación de malhechores.
El hecho ocurrió el 7 de mayo de 2023 en el sector El Ejido, de Santiago.
Durante el incidente, el sargento Almánzar García sufrió fracturas en el fémur y la rodilla izquierda, mientras que su sobrino, Jeison Willian Almánzar Núñez, resultó herido en la pierna izquierda cuando intentaba auxiliarlo.
Según las informaciones ofrecidas en el tribunal, Mets Cruz cumplía medidas de coerción consistentes en presentación periódica, impedimento de salida del país y orden de alejamiento de las víctimas.
Tras su incomparecencia al juicio, el tribunal dispuso su declaratoria en rebeldía, mientras las autoridades activaron su búsqueda.
Ahora, con su detención en Jamaica, las autoridades dominicanas deberán realizar las gestiones correspondientes para establecer su eventual retorno al país y que responda ante la justicia por los procesos que tiene pendientes.
Formalmente no hay un tratado de extradición entre República Dominicana y Jamaica. El intercambio judicial y la colaboración policial se apoyan en organismos internacionales como Interpol.
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Tribunal Constitucional rechaza amparo contra embargo inmobiliario.
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2 horas agoon
agosto 18, 2026
Santo Domingo, R.D.-Declaro inadmisible el Tribunal Constitucional (TC) por notoria improcedencia, la acción de amparo interpuesta por el empresario Alexander Montilla Sierra, con la que pretendía suspender un proceso de embargo inmobiliario en su contra y obtener la reposición de los plazos procesales de dicho caso.
La Alta Corte, mediante la sentencia TC/0784/26, tomó la decisión al rechazar la acción presentada por el cuñado del expresidente Danilo Medina contra la Procuraduría Especializada de Persecución de la Corrupción Administrativa (PEPCA) y la señora Francisca Elizabeth Castillo de los Santos.
La decisión fue aprobada por la mayoría de los jueces del pleno. Por su parte, el magistrado José Alejandro Vargas se inhibió de participar en la deliberación y el fallo, debido a que intervino en el proceso en su anterior condición de juez del Juzgado de Atención Permanente del Distrito Nacional, cuando conoció una medida de coerción vinculada al caso penal.
El caso se remonta a una investigación de la PEPCA dirigida contra Alexander Montilla Sierra y su hermano Maxy Gerardo, junto a otras personas físicas y jurídicas. Las indagatorias se originaron en una de las líneas de investigación de la Operación Antipulpo, por presuntos actos de corrupción y lavado de activos relacionados con contratos públicos y licitaciones irregulares.
En esas pesquisas, la jueza coordinadora de los Juzgados de la Instrucción del Distrito Nacional, Kenya Romero, autorizó entre diciembre de 2020 y enero de 2021 la inmovilización de fondos y la oposición a transferencias de bienes muebles e inmuebles de los investigados.
Según el expediente, estas medidas dejaron a Alexander Montilla Sierra sin capacidad para disponer de su patrimonio, impidiéndole honrar un pagaré notarial por RD$20,000,000.00 suscrito en 2018 con Francisca Elizabeth Castillo de los Santos.
Ante el incumplimiento de pago, Castillo de los Santos inició en 2021 un proceso de embargo inmobiliario sobre dos propiedades de Montilla Sierra: una unidad en el condominio Terrazas del Mirador II y un apartamento en el condominio Karla I.
Tras un acuerdo de colaboración entre Maxy Montilla y la PEPCA, la Coordinación de los Juzgados de la Instrucción autorizó, mediante auto del 12 de diciembre de 2025, el levantamiento parcial de las oposiciones e inmovilizaciones. La PEPCA tramitó la ejecución de dicha orden ante la Dirección General de Impuestos Internos (DGII) y la Superintendencia de Bancos el 30 de diciembre de 2025.
El 6 de febrero de 2026 antes de tener conocimiento formal del levantamiento, notificado por la DGII el 17 de febrero, Alexander Montilla interpuso una acción de amparo en la que solicitó la publicidad registral de las oposiciones, la suspensión del embargo inmobiliario y la reposición de los plazos procesales.
La Cuarta Sala de la Cámara Civil y Comercial del Distrito Nacional declaró inadmisible dicha acción el 3 de marzo de 2026 (Sentencia núm. 037-2026-SSEN-00109), al considerar que había perdido su objeto tras el levantamiento parcial de las medidas.
Montilla Sierra recurrió el fallo ante el Tribunal Constitucional alegando vulneraciones al debido proceso, la tutela judicial efectiva, el derecho de propiedad, la igualdad de armas y el principio de inviolabilidad de las nulidades constitucionales, entre otros.
El TC coincidió en que la sentencia de primera instancia era errónea, pero por una razón distinta a la planteada por el recurrente: consideró que el juez de amparo no debió declarar la inadmisibilidad por «falta de objeto», sino por «notoria improcedencia». Esto se apoya en su jurisprudencia reiterada, la cual establece que el amparo no puede utilizarse para suspender, modificar o dejar sin efecto decisiones dictadas por otro tribunal en un proceso judicial ordinario en curso.
En consecuencia, el TC revocó la sentencia recurrida y, actuando directamente sobre el fondo de la acción original, concluyó que las pretensiones de Montilla Sierra excedían el ámbito del amparo. De concederlas, el juez constitucional estaría sustituyendo a la jurisdicción ordinaria en la conducción de un proceso iniciado desde el año 2021.
El tribunal señaló que cualquier objeción sobre la falta de publicidad de las oposiciones administrativas debió plantearse oportunamente ante el propio juez del embargo, mediante los mecanismos procesales correspondientes.
Cabe destacar que el Ministerio Público obtuvo la homologación de un acuerdo bajo el criterio de oportunidad, mediante el cual Maxy Gerardo Montilla Sierra y un grupo de sus empresas aceptaron su responsabilidad penal y autorizaron el decomiso de RD$2,000 millones en efectivo a favor del Estado dominicano.
El acuerdo, homologado por el juez Raymundo Mejía del Primer Juzgado de la Instrucción del Distrito Nacional, compromete a Montilla a pagar una indemnización de RD$600 millones a las distribuidoras de electricidad EdeEste, EdeSur y EdeNorte, en resarcimiento por los perjuicios ocasionados.
Asimismo, contempla la disolución en un plazo de dos años de las empresas Transformadores Solomon Dominicana, S.A.S., Electrocable Aluconsa, S.A.S., NSD, Importaciones Diversas, SRL, Distribuidora de Materiales Eléctricos FEE, SRL, Distribuidora Eléctrica Henan Jinshui, SRL, Importadora Eaglerise, SRL, TLC Negocios Globales, SRL, Watmax Lighting, SRL, Herrajes Eléctricos RPC, SRL, y MG Solomon Corporation.
También fija el pago de RD$431,816,307.90 a la Dirección General de Impuestos Internos (DGII) y el decomiso de un terreno de 200.18 metros cuadrados ubicado en la avenida Roberto Pastoriza núm. 2, Ensanche Naco, valorado en RD$50,901,692.13.
Por el caso Antipulpo, el Segundo Tribunal Colegiado del Distrito Nacional condenó a Alexis Medina, hermano del expresidente Danilo Medina, a siete años de prisión en el centro penitenciario de Najayo.
La decisión fue recurrida y está pendiente de revisión para el próximo 8 de septiembre en la Primera Sala Penal de la Corte de Apelación del Distrito Nacional. Otros imputados recibieron penas menores y algunos fueron declarados noculpables, entre ellos Magaly Medina.
