Nacionales
Reiteran prohibición actos políticos en entidades del Estado
Published
2 años agoon
By
LA REDACCIÓN
SANTO DOMINGO.- Las regulaciones que prohíben publicidad y actos públicos en entidades durante el periodo de campaña fue recordado por la Junta Central Electoral al Gobierno, partidos, agrupaciones y movimientos políticos.
En un comunicado difundido este miércoles el organismo comicial reiteró también que «no se podrá pintar ni diseñar letreros, dibujos, lemas, emblemas o cualquier otro tipo de propaganda electoral en los edificios donde funcionen organismos públicos».
Asimismo, advierte que los funcionarios que en el ejercicio de la función pública utilicen fondos públicos con fines políticos para beneficiar a alguna organización política se exponen a una pena de uno a tres años de reclusión
«La JUNTA CENTRAL ELECTORAL (JCE), tiene a bien informar a los partidos, agrupaciones y movimientos
políticos, candidatos y candidatas, así como también a la ciudadanía en general, las siguientes prohibiciones
y regulaciones previstas en la Ley núm. 20-23, Orgánica del Régimen Electoral y otras disposiciones dictadas
por la Junta Central Electoral para el período de campaña electoral:
La celebración de los actos públicos realizados por las entidades estatales no puede servir de escenario para la promoción de cualquiera de los candidatos postulados por los partidos, agrupaciones o movimientos políticos a las elecciones.
No se podrá pintar ni diseñar letreros, dibujos, lemas, emblemas o cualquier otro tipo de propaganda electoral en los edificios donde funcionen organismos públicos, ni ser utilizados para fines de propaganda electoral.
Los funcionarios que en el ejercicio de la función pública utilicen fondos públicos con fines políticos para beneficiar a alguna organización política, incurren en un delito electoral y, por consiguiente, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 316 numeral 19, de la Ley núm. 20-23, Orgánica del Régimen Electoral, son susceptibles de ser castigados con la pena de uno (1) a tres (3) años de reclusión, lo cual será investigado y perseguido por la Procuraduría Especializada para la Investigación y Persecución de los Crímenes y Delitos Electorales, que es la autoridad competente para estos casos, según la ley.
Se reiteran todas las demás disposiciones y regulaciones contenidas en la Resolución núm. 38-2023 que regula la participación de funcionarios públicos en el período de la campaña electoral de cara a las elecciones presidenciales, congresuales y municipales del año 2024, dictada por la Junta Central Electoral en fecha 15 de agosto de 2023.
Regulaciones para la publicidad en los actos de gobierno:
En cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 210 de la Ley núm. 20-23, Orgánica del Régimen Electoral, durante la campaña electoral, la publicidad de los actos de gobierno a nivel nacional no podrá contener elementos que promuevan directa o indirectamente la motivación del sufragio a favor de cualquiera de los candidatos a cargos públicos de elección popular.
No podrán utilizarse las instituciones u órganos del Estado para desde ellos promover candidatos/as o partidos, agrupaciones o movimientos políticos a cargos de elección popular.
Los ministros/as y demás incumbentes de las instituciones del Estado, durante la campaña electoral, deberán abstenerse de incluir en la publicidad contratada de sus instituciones o en actividades Página 1 de 4 públicas, la figura de cualesquiera de los candidatos/as que están compitiendo en los niveles de elección que se disputarán en las elecciones del mes de mayo de 2024.
En el caso del actual Presidente de la República, que ostenta la condición de candidato presidencial para optar por un nuevo mandato, la Junta Central Electoral, en aras de garantizar el principio de equidad en la contienda que exige la Constitución de la República y la Ley núm. 20-23, Orgánica del Régimen Electoral, dispone que, a partir del dictado del presente comunicado, las vallas, letreros y afiches relacionadas con la promoción de ejecutorias y acciones de gobierno, no podrán contener, el nombre, la fotografía o imagen del presidente y candidato, hasta concluidas las elecciones, en virtud de que dichos elementos pueden traducirse en esquemas de promoción indirecta hacia el electorado, generando, a su vez un desequilibrio en la competencia respecto a las demás candidaturas presidenciales que están compitiendo en el actual certamen electoral. Esta disposición es de aplicación, en las mismas condiciones para la candidatura vicepresidencial que acompaña al actual Presidente de la República.
REGULACIONES ESPECIALES PARA FUNCIONARIOS SECTOR BANCARIO:
Durante el período de campaña electoral, las y los funcionarios a cargo de las instituciones bancarias que pertenecen al Estado Dominicano, así como también los entes reguladores del sistema financiero del Estado, deberán mantener neutralidad respecto a los candidatos/as contendientes y se abstendrán de realizar desde dichas instituciones, promoción y activismo político en favor de cualesquiera de los candidatos/as que participarán en las Elecciones Generales Ordinarias de 2024, lo que conllevará no utilizar los bienes de dichas instituciones con ese propósito.
AUTORIDADES DE LOS AYUNTAMIENTOS:
Las actuales autoridades y funcionarios de los ayuntamientos, así como también, aquellas que deberán tomar posesión de sus respectivos cargos el 24 de abril de 2024, no podrán utilizar dichas instituciones como plataforma para apoyar a cualesquiera de los candidatos/as de los niveles que habrán de competir en las Elecciones Generales Ordinarias del mes de mayo de 2024.
Durante la campaña electoral, la Liga Municipal Dominicana deberá mantener neutralidad en su accionar y observar las mismas reglas previstas para las autoridades de los ayuntamientos.
FUNCIONARIOS DEL EXTERIOR
Las y los funcionarios del servicio exterior, durante la campaña electoral y en cada una de las Circunscripciones Electorales del Exterior, deberán mantener un espíritu de neutralidad respecto a los candidatos/as que habrán de competir en las Elecciones Ordinarias Generales de 2024, debiendo abstenerse de realizar desde sus respectivos puestos de trabajo, actos que puedan implicar un desequilibrio en la contienda electoral respecto a los candidatos/as contendientes, incluyendo, además, la prohibición de promoción de la candidatura del actual Presidente y candidato, desde las Página 2 de 4 embajadas y consulados, del cual existe una relación de subordinación y dependencia jerárquica por aplicación de lo dispuesto en el artículo 128, numeral 3, letra a) de la Constitución de la República.
PROGRAMAS DE ASISTENCIA SOCIAL
Los programas de asistencia social, ayuda comunitaria o de servicios públicos habituales que estén contemplados en la planificación regular del Estado, podrán desarrollarse, de manera habitual, siempre que su implementación o ejecución haya sido planificada con anterioridad al inicio de la campaña electoral el 8 de marzo de 2024.
En el caso de aquellos programas de asistencia social, ayuda comunitaria o de servicios públicos, cuya ejecución haya sido planificada con anterioridad al día 8 de marzo de 2024, queda prohibido el aumento de la cantidad de beneficiarios de estos, así como también de los montos asignados a dichos programas, todo ello, conforme a lo dispuesto por el párrafo III del artículo 210 de la Ley núm. 20-23, Orgánica del Régimen Electoral.
Queda prohibida a la Administración Pública Central, las entidades públicas autónomas y descentralizadas y las alcaldías, la realización de programas de apoyo social o comunitario extraordinarios.
Prohibición de la realización de actos inaugurales de obras públicas por el gobierno central y las alcaldías:
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 210 párrafo VI de la Ley núm. 20-23, Orgánica del Régimen Electoral, desde el día 20 de marzo de 2024 y hasta concluidas las Elecciones Ordinarias Generales de 2024, está prohibida la realización de actos inaugurales de obras públicas por el Gobierno central y las alcaldías.
MILITARES Y FUNCIONARIOS ELECTORALES:
En atención a las disposiciones constitucionales, a todo miembro activo de las Fuerzas Armadas, la Policía Nacional, los funcionarios y empleados de los organismos electorales les está prohibido difundir propaganda electoral o llevar a cabo otras actividades propias de la campaña electoral.
ESPACIOS PROHIBIDOS:
Los partidos, agrupaciones o movimientos políticos no podrán celebrar reuniones o mítines en frente a templos religiosos, estaciones de bomberos o de la Cruz Roja, ni a menos de doscientos metros de hospitales o dependencias de la autoridad de policía, ni centros educativos cuyas funciones normales puedan resultar perjudicadas.
Del uso de los medios de comunicación durante la campaña electoral:
Todos los partidos, agrupaciones y movimientos políticos disfrutarán de iguales posibilidades para la utilización libre de los medios de divulgación durante la campaña electoral y, por consiguiente, todos los partidos, agrupaciones o movimientos políticos son libres y sin discriminación, podrán contratar espacios de medios de comunicación, siempre que se respete el honor de las personas y la moral pública.
En cuanto a la Corporación Estatal de Radio y TV (CERTV), que incluye el Canal 4 RD y sus emisoras radiales, propiedad del Estado Dominicano; la Junta Central Electoral, durante la campaña electoral, garantizará gratuitamente a los partidos, agrupaciones y movimientos políticos, alianzas o coaliciones que presenten candidatos, espacios para promover sus candidaturas en los indicados medios, por medio de una resolución que será dictada a tal efecto».
Leave a Reply
Cancelar la respuesta
Nacionales
Tribunal escuchó varios testigos del Ministerio Público contra Elizabeth Silverio
Published
14 horas agoon
marzo 9, 2026
SANTO DOMINGO.- La Novena Sala de la Cámara Penal del Distrito Nacional, presidida por la jueza Milagros Ramírez, aplazó este lunes para el próximo 16 de marzo la continuación del nuevo juicio contra Elizabeth Silverio (neurocientífica), directora del Centro de Terapias Neurocognitivas y Psicopedagógicas Kogland, acusada de ejercer la medicina de manera ilegal en el país.
La decisión fue tomada luego de que el tribunal escuchara a varios testigos presentados por el Ministerio Público, entre ellos madres y padres de las presuntas víctimas del caso. Los testigos relataron las situaciones que vivieron y pidieron justicia por los perjuicios que, según denunciaron, sufrieron sus hijos.
Durante la audiencia también ofreció su testimonio el director de Habilitación del Ministerio de Salud Pública, como parte de las pruebas presentadas por el Ministerio Público.

Puede leer
Previo al inicio del proceso, Elizabeth Silverio aseguró que demostrará su inocencia frente a los hechos que se le imputan.
De acuerdo con la acusación del Ministerio Público, Silverio ejercía la medicina sin contar con el exequátur correspondiente, en violación de la ley, lo que presuntamente afectó la salud de decenas de menores con condiciones especiales.
Asimismo, se le atribuye el uso de títulos falsos, con los cuales hacía creer que era psicóloga con especialidad en neurociencia.
Se recuerda que el 10 de octubre de 2025, los jueces de la Tercera Sala de la Cámara Penal de la Corte de Apelación del Distrito Nacional anularon la sentencia que condenaba a Silverio a siete años de prisión, dictada el 21 de octubre de 2024 por las magistradas del Tercer Tribunal Colegiado.
Tras esa decisión, la corte ordenó la celebración de un nuevo juicio.
Centro Kogland fue clausurado
El Centro de Terapias Neurocognitivas y Psicopedagógicas Kogland, ubicado en el sector Gascue, fue creado en diciembre de 2021. Su directora, Elizabeth Silverio, de 30 años, afirmaba poseer cinco maestrías.
La situación provocó que Silverio fuera intimada a presentar su exequátur ante el Ministerio de Salud Pública y, ante la inexistencia de la documentación correspondiente, se procedió al cese de las operaciones del centro Kogland.
Nacionales
Audiencia preliminar de exjefe de la DEA en el país es aplazada para abril.
Published
14 horas agoon
marzo 9, 2026
Santo Domingo, R.D.-Un aplazamiento de la audiencia incial en el Tribunal del Distrito Columbia de Estados Unidos fue concedido en el caso por presunta corrupción contra el dominicano Melitón Cordero, acusado de gestionar más de 100 solicitudes de visado en abuso del programa para informantes confidenciales mientras se desempeñaba como supervisor de la oficina de la Administración para el Control de Drogas (DEA) en República Dominicana.
La audiencia inicial, prevista para el 6 de marzo, fue pospuesta por un plazo de 30 días para permitir que la defensa se reorganice y el gobierno prepare la evidencia, con la posibilidad de que el caso se resuelva antes de llegar a un juicio formal, según establecen documentos judiciales a los que este medio tuvo acceso.
En ese sentido, la audiencia preliminar quedó programada para el próximo 6 de abril a las 12:30 de la tarde.
La decisión del juez también incluye detener temporalmente el conteo del plazo legal que permite la celebración de un juicio rápido. Esto significa que los días entre el 6 de marzo y el 6 de abril no contarán para el cálculo de ese plazo.
Esto se debe a que, normalmente, el gobierno estadounidense dispone de 30 días desde el arresto para presentar cargos ante un gran jurado.
La decisión de posponer la audiencia preliminar fue tomada por el tribunal el 26 de febrero de 2026, un día después de que la defensa presentara la solicitud.
Los documentos judiciales explican varias razones por las que se concedió el aplazamiento en el caso penal federal contra Cordero. La primera de ellas es la contratación de una nueva abogada por parte del dominicano, quien pasa de ser representado por un defensor público federal a la abogada Mary Carpenito, que aún se encuentra en proceso de incorporarse formalmente al caso.
Otro de los motivos es que el gobierno entregará evidencia previa a la acusación formal, así como la intención de ambas partes de contar con más tiempo para prepararse.
Además, existe la posibilidad de resolver el caso antes de una acusación formal, lo que podría evitar un juicio, según se desprende de los documentos.
El pasado 12 de febrero, la embajadora estadounidense en República Dominicana, Leah Francis Campos, informó el cierre de la oficina de la DEA en el país «hasta nuevo aviso», mediante un comunicado difundido en redes sociales en el que calificó la corrupción como «una violación repugnante y deshonrosa de la confianza pública».
La acusación sostiene que Cordero, de 47 años, habría utilizado su posición en la DEA para tramitar al menos 119 solicitudes de visa bajo un esquema fraudulento, presentando a los solicitantes como supuestas «fuentes confidenciales» de la agencia antidrogas. A cambio, se habrían pagado hasta 10,000 dólares por cada trámite.
Nacionales
Ejecutivas de colegio Da Vinci reciben ratificacion de medida de coercion.
Published
14 horas agoon
marzo 9, 2026
Santo Domingo, R.D.-La medida de coercion en contra varias ejecutivas del colegio Loenardo Da Vinci fue ratificada por el Tribunal Colegiado de la Cámara Penal de la Corte de Apelación de Santo Domingo por la muerte de la estudiante haitiana Stephonrra Mircie Jopseph, de 11 años de edad, quien se ahogó durante una excursioon escolar.
El tribunal confirmó la decisión dictada en primera instancia, que establece como medida de coerción una garantía económica de 500 mil pesos mediante compañía aseguradora, presentación periódica ante las autoridades e impedimento de salida del país contra las cuatro imputadas.
Las imputadas en el caso son Yris del Carmen Reyes Adames, directora administrativa del centro educativo; Gisela Altagracia de las Mercedes González Estrella, coordinadora general y asesora del equipo directivo; Francisca Josefina Tavares Vélez, orientadora, y Vilma Altagracia Vargas Morel, coordinadora del nivel secundario. Acudieron a la audiencia, y gozan de libertad, ya que cumplen medida poco gravosa.
A la salida de la audiencia, el abogado de la familia de la niña, Miguel Valdez Mar Díaz, cuestionó que en el proceso no se haya incluido a otros posibles responsables vinculados al centro educativo y al lugar donde ocurrió la tragedia.
El jurista indicó que durante la audiencia se discutió que las personas señaladas no serían las únicas responsables del descuido que provocó la muerte de la menor.
Valdez Mar Díaz también criticó el accionar del Ministerio Público, al señalar que el proceso ha sido complejo para la familia y que, hasta el momento, la madre de la niña no ha recibido las pertenencias que la menor llevó el día de la excursión, pese a los requerimientos realizados.
Asimismo, informó que el tribunal fijó para el 26 de marzo una audiencia en la que se conocerá el proceso contra representantes del colegio y los propietarios de la Hacienda Los Caballos.
La mujer estuvo acompañada por varios familiares, quienes intentaban consolarla mientras reiteraba su llamado para que las autoridades establezcan responsabilidades en el caso.
De su lado, la abogada de parte de las imputadas, María del Pilar Zuleta, manifestó su satisfacción con la decisión adoptada por el tribunal.
“La corte conoció el caso, tomó su tiempo y decidió ratificar la medida. Entendemos que fue una decisión ajustada a derecho y que no existe ninguna presunción de culpa contra nuestras representadas”, expresó.
Indicó además que el Ministerio Público había solicitado un aumento de la garantía económica impuesta como medida de coerción, solicitud que finalmente no fue acogida por el tribunal.
