Opinión
La politiquería… un juego perverso que está desmantelando nuestra nación.
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3 años agoon
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Isaías RamosPor Isaías Ramos
Los políticos, representantes de esta partidocracia, mayoritariamente tienen el complejo de ser gallos de pelea. Entretienen como los gallos y actúan como tales en un eterno reto a “sus contrincantes”, dejando a un lado la presentación de un plan de gobierno que satisfaga las necesidades del pueblo. Después de todo, parece que el bienestar de la población poco les importa.
Este enfrentamiento, lejos de ser un simple espectáculo político, genera consecuencias profundas y a menudo perjudiciales para la población en general. La población es el auténtico perdedor de este juego diabólico, es manipulado, engañado y explotado en beneficio de aquellos que buscan consolidar o adquirir poder, para continuar saqueando y endeudando la nación.
En este escenario, la transparencia es un valor en peligro de extinción. Las operaciones y decisiones tomadas en las altas esferas de poder rara vez son visibles para el público general, manteniendo a los ciudadanos en la oscuridad. Se nos priva de la capacidad de comprender y evaluar plenamente la realidad de nuestra situación, una verdad a menudo incómoda y perturbadora, escondida detrás de los velos de la politiquería y la manipulación.
Si tuviéramos la oportunidad de descubrir la verdad, de atisbar las luchas de poder que se desarrollan en las sombras, ¿cómo reaccionaríamos? ¿Cómo cambiaría nuestra percepción de aquellos a quienes hemos elegidos? Y es que conocer ese mundo de esa casta política causa repugnancia. Pero, conocer la verdad es una responsabilidad que nos corresponde como ciudadanos. Sólo así podremos empezar a desmantelar este sistema podrido y corroído que solo busca beneficiarse a expensas de la mayoría, y luchar por una sociedad más transparente, equitativa y justa.
La falta de transparencia y las prácticas manipuladoras de los que ostentan el poder pueden generar una sensación de traición. Aquellos que deberían estar únicamente preocupados por el bienestar del pueblo han demostrado, en su inmensa mayoría, que su único fin es saquear las finanzas públicas. Una muestra de esa realidad es el informe dado por el propio ministro de educación sobre los resultados de evaluación académica de los estudiantes de 3ro, 6to de primaria y 3ro de secundaria son simplemente una vergüenza para el país. Son el resultado de casi tres décadas dedicadas a deformar a los ciudadanos suprimiendo materias de formación en principios y valores como moral y cívica. Además el ambiente al que son expuestos eso niños tan pronto salen de las escuelas son un lastre para cualquier nivel de formación ciudadana. No es fortuito que seamos el país con más muerte de tránsito del mundo, es parte de un sistema de formación educativa colapsado. Es que lo que amerita nuestro país en estos momentos no se resuelve poniendo parches y retazos, solo a través de un proyecto de nación con una visión clara de gobernantes y gobernados trabajando unidos por la patria que queremos dejarle a nuestros hijos y los hijos que queremos dejarle a nuestra nación, solo así seres capaces de lograr lo que la mayoría de este pueblo sueña de vivir en un país donde reine el orden, la justicia y la igualdad de oportunidades.
Ya pasaron 7 gobiernos y ninguno se interesó en rescatar la ley de educación 66-97 de manera integral. Para esta casta política educar al ciudadano es un peligro para su sobrevivencia, pues esta es el arma más poderosa para ayudar a cada persona a volar por sí misma; capacitarlo y formarlo es enseñarlo a buscarse la vida y a encontrar soluciones por sí misma con independencia de las circunstancias y es que verdadera educación no genera dependencia si no auténtica libertad y a eso es lo que más le teme este sistema que sostiene esta especie de dictadura clientelar que para poder sobrevivir requiere de una mayoría en miseria e ignorancia.
Ya son 27 años a la deriva sin un timonel que conduzca a este pueblo hacia un puerto seguro. Los que han ostentando el poder en lo único que se han especializado es despedazar las empresas públicas, regalar nuestros recursos naturales, pervertir a la juventud y crear una sociedad de consumo sin freno.
Hoy, en el Frente Cívico y Social, estamos convencidos de que ha llegado el momento crucial para el pueblo dominicano: el momento de empedrares para decirle decirle adiós de una vez por todas, a esta casta política que solo nos ha ofrecido miseria e ignorancia.
En el FCS estamos listos para desarrollar un plan de acción que cambie el rumbo de la destrucción hacia un nuevo amanecer, un amanecer lleno de esperanza. Nos proponemos refundar nuestra patria bajo los preceptos que nos dejaron nuestros libertadores como legado.
Cada palabra, cada promesa que realizamos, viene cargada de una resolución férrea: trabajar por y para nuestro pueblo. Sentimos cada desafío como si fuera nuestro, porque lo que es. Cada lágrima derramada por la injusticia, cada sonrisa borrada por el desamparo, es también nuestra. Es por eso que lucharemos. Porque conocemos el valor de nuestro pueblo, porque sabemos que merecemos algo mejor.
Así que, juntos, diremos adiós a las sombras del pasado y saldremos adelante hacia la luz del futuro. Juntos, haremos que la esperanza vuelva a florecer en el corazón de la patria. Juntos, porque en la unidad está nuestra fuerza y en la esperanza, nuestro futuro. Y juntos, estamos seguros de que podemos y vamos a hacer que ese futuro sea mejor.
Porque el pueblo dominicano no merece menos. Porque nosotros, en el Frente Cívico y Social, no daremos menos. Nuestro compromiso es con ustedes, con cada ciudadano, con cada familia, con cada corazón que late con la esperanza de un mañana mejor.
Juntos, podemos cambiar el rumbo de nuestra historia. Y lo haremos. Porque es hora de que la voz del pueblo se escuche. Es hora de que la patria renazca.
Despierta RD!
Opinión
Crímenes de lesa humanidad y los daños al medio ambiente (1 de 2 )
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6 días agoon
marzo 25, 2026Por Rommel Santos
Un acto prohibido conforme al artículo 7, párrafo 1, que se cometa por medio de daño ambiental o que resulte en dicho daño podrá ser imputado como crimen de lesa humanidad siempre que se haya cometido ´´ como parte de un ataque generalizado o sistemático contra una población civil y con conocimiento de dicho ataque´´ y ´´ de conformidad con la política de un Estado o de una organización de cometer ese ataque o para promover esa política´´.
Los daños ambientales, la explotación ilegal de recursos naturales y la confiscación ilegal de tierras pueden contribuir a la existencia de un ataque generalizado o sistemático siempre que constituyan actos enumerados en el artículo 7, párrafo 1, como asesinatos, persecuciones u otros actos inhumanos. Los crímenes de lesa humanidad se pueden enjuiciar en tiempos de guerra o de paz; no es obligatoria su vinculación con un conflicto armado.
A efectos del artículo 7 del Estatuto de Roma, un grupo puede catalogarse ´´organización´´ siempre que disponga de recursos, medios y capacidades suficientes para hacer efectiva la línea de conducta o la operación consistente en la comisión múltiple de los actos a los que se refiere el artículo 7 del Estatuto¨.
El artículo 7, párrafo 1 a) del Estatuto de Roma tipifica como crimen el asesinato, con inclusión de la provocación intencional de muerte por medios indirectos, como daños ambientales deliberados. Por ejemplo, una persona puede cometer un asesinato envenenando un pozo que abastece de agua potable a una comunidad con el propósito de matar o siendo consciente de que su acto provocaría muertes en el curso normal de los acontecimientos.
El artículo 7, párrafo 1 b) del Estatuto de Roma tipifica como crimen el exterminio. El exterminio puede consistir en diferentes formas de matar, ya sea directa o indirectamente¨ y comprende la imposición intencional de condiciones de vida, entre otras, la privación del acceso a alimentos o medicinas, encaminadas a causar la destrucción de parte de una población. Como se señala en la Política relativa al patrimonio cultural.
Cuando la supervivencia de y el patrimonio cultural de los miembros de un grupo van ligados estrechamente a su territorio, incluidas determinadas formaciones naturales o dependen de él, los ataques que vuelven inhabitable el territorio pueden constituir actos de exterminio.
En la situación en Darfur la Fiscalía ha acusado a Omar Al-Bashir de exterminio, de forma subsidiaria a la imputación de genocidio, sobre la base de actos nocivos para el medio ambiente como los anteriormente expuestos.
El artículo 7, párrafo 1 d) del Estatuto de Roma tipifica como delito la deportación, o traslado forzoso de población, entendida como desplazamiento forzoso de las personas afectadas, por expulsión u otros actos coactivos, de la zona en que estén legítimamente presentes, sin motivos autorizados por el derecho internacional.
En algunas situaciones, un autor podrá forzar ilícitamente a civiles a abandonar su hogar para tener acceso a tierras, agua o recursos naturales semejantes. En otras, podrá forzar ilícitamente a civiles a abandonar su hogar destruyendo y contaminando el medio ambiente.
Tal acto podría constituir un crimen de lesa humanidad consistente en deportación o traslado forzoso si el autor tuviera la intención de hacer que los civiles abandonaran su hogar o fuera consciente de que en el curso normal de los acontecimientos esos actos obligarían a los civiles a abandonar su hogar.
Por Narciso Isa Conde
Por decreto presidencial, este régimen condecoró post-mortem a Orlando Martínez H. y denominó al local de INDOTEL (Instituto Dominicano de las Telecomunicaciones) con su nombre.
No Luis. No Guido. No ofendan a Orlando. No ensucien con su gobierno su nombre.
Eso es pura simulación. Demasiada hipocresía.
Orlando fue – y es – soberanía , soberanía frente a EE. UU, a su Comando Sur, a su CIA, a su DEA, y a su FBI.
Nada que ver con SENASA.
Orlando es negación del latifundio y la minería destructiva que este régimen protege.
Nunca hizo causa común con el racismo antihaitiano, con generales asesinos, con la policía criminal, con las guerras imperialistas, con el fascismo, con la explotación capitalista y el saqueo imperialista.
Luis: el régimen que presides es todo lo contrario a lo que Orlando representó.
Guido: el régimen con el que colaboras es todo lo opuesto a los ideales y trayectoria de Orlando Martínez.
Es suficiente ya con la hipocresía de la sala de prensa del Palacio Nacional, donde tantas cosas feas se han dicho.
Mejor quítenle el nombre de Orlando a todo eso y anulen la condecoración.
A Orlando lo mató la CIA, el generalato asesino de turno y Joaquín Balaguer, y ustedes como PRD y PRM lo protegieron, lo reinvindicaron y se aliaron con ellos.
!! Basta de farsas !!
A Orlando no es suficiente honrarlo de verdad solo con flores, diplomas y condecoraciones.
Es necesario seguir su ejemplo. Abrazar sus ideas. Actuar como él. Luchar como él.
Lo otro es puro formalismo. y si además de eso se procede en sentido contrario, como es el caso de este régimen y de su partidocracia y su empresariado, entonces estamos ante una estafa peor que la de SENASA, porque es una estafa moral.
Si en el 50 Aniversario de su asesinato este gobierno guardó silencio sobre la trascendencia de su sacrificio, guárdenlo ahora en este nuevo aniversario.
Orlando no necesita de falsos homenajes. No lo utilicen .
No lo ofendan.
El cuenta con un pueblo y un movimiento que ha sabido reivindicarlo y condenar a sus asesinos más allá de la justicia formal.
Opinión
Cuando cumplir la Constitución deja de ser opcional
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1 semana agoon
marzo 23, 2026Por Isaías Ramos
En los últimos días, el debate sobre las candidaturas independientes ha sido arrastrado hacia un terreno doctrinal cada vez más complejo. Se habla de interpretación constitucional, mutación constitucional, activismo judicial y democracia de partidos. Todo eso puede tener interés académico. Pero, para fines institucionales, la pregunta decisiva es mucho más simple: ¿puede una autoridad pública decidir no cumplir una sentencia del Tribunal Constitucional?
La respuesta, en un Estado Social y Democrático de Derecho, es no.
El Tribunal Constitucional ya fijó un criterio mediante la Sentencia TC/0788/24. Ese criterio puede ser discutido. Lo que no puede ser relativizado en la práctica institucional es su fuerza obligatoria. El artículo 184 de la Constitución no deja espacio para ambigüedades: las decisiones del Tribunal Constitucional son definitivas, irrevocables y constituyen precedentes vinculantes para todos los poderes públicos y órganos del Estado.
Eso incluye, sin excepción, a la Junta Central Electoral.
Si la JCE pretendiera organizar un proceso electoral ignorando ese precedente, no estaríamos ante una diferencia legítima de interpretación. Estaríamos ante una violación abierta del orden constitucional.
La primera consecuencia es jurídica. El artículo 6 de la Constitución dispone que toda ley, decreto, resolución, reglamento o acto contrario a la Constitución es nulo de pleno derecho. Ninguna autoridad puede actuar como si una sentencia del Tribunal Constitucional pudiera ser desobedecida por conveniencia política o administrativa.
En términos simples: una ley posterior no puede invalidar una sentencia constitucional vigente. Tampoco puede “corregir” al Tribunal Constitucional mediante una mayoría legislativa ordinaria. Si una nueva norma pretendiera erradicar las candidaturas independientes en contradicción con el alcance constitucional ya definido, esa norma nacería gravemente viciada.
La segunda consecuencia es democrática. El artículo 22 reconoce el derecho de ciudadanía a elegir y ser elegible. No se trata de una concesión de los partidos ni de una autorización graciable del legislador. Se trata de un derecho fundamental.
Aquí conviene despejar una confusión. El reconocimiento constitucional de los partidos políticos como actores esenciales del sistema democrático, en el artículo 216, no puede interpretarse como una autorización para convertirlos en barrera absoluta frente al derecho de ciudadanía a ser elegible. Una cosa es reconocer su centralidad en la vida democrática; otra, muy distinta, es transformarla en un monopolio excluyente del acceso a la representación.
La tercera consecuencia es institucional. Si se entiende que el criterio del Tribunal debe ser revertido, la Constitución ofrece un camino legítimo: la reforma constitucional. No el desacato ni la anulación indirecta por ley ordinaria.
Pero incluso esa vía exige rigor. El artículo 267 es claro: la reforma solo puede realizarse en la forma que la propia Constitución establece. Eso significa que, si se pretendiera alterar por vía constitucional el alcance del derecho a ser elegible, no bastaría una ley ordinaria ni una consulta general. Habría que declarar la necesidad de la reforma mediante la ley de convocatoria, someterla a la Asamblea Nacional Revisora y, al tratarse de derechos, garantías o deberes fundamentales, activar el referendo aprobatorio previsto en el artículo 272.
Ese referendo debe ser convocado por la Junta Central Electoral una vez aprobada la reforma, celebrarse dentro de los sesenta días siguientes a su recepción formal y solo queda válidamente aprobado si obtiene más de la mitad de los votos de los sufragantes y una participación superior al treinta por ciento del Registro Electoral, sumados los votos por “sí” y por “no”.
En ese contexto, el artículo 210, que regula el referéndum en general, no puede ser utilizado para eludir ese procedimiento agravado ni para sustituir el control constitucional ya ejercido por el Tribunal Constitucional.
Y hay algo que debe quedar fuera de toda duda: mientras ese proceso de reforma no haya sido completado en la forma que la propia Constitución establece, todos los órganos del Estado continúan obligados a cumplir íntegramente el orden constitucional vigente y, por tanto, la Sentencia TC/0788/24. Ni la apertura de un debate político, ni la discusión de una ley, ni la eventual activación de mecanismos de reforma suspenden por sí mismas la fuerza vinculante del artículo 184 ni neutralizan la nulidad prevista en el artículo 6 frente a los actos contrarios a la Constitución.
Hay, además, una contradicción que el país no puede pasar por alto: no se puede haber proclamado un Estado Social y Democrático de Derecho para luego reducir el alcance efectivo de los derechos políticos de la ciudadanía. La democracia pierde autenticidad cuando el poder pretende administrar como concesión lo que la Constitución reconoce como derecho.
La cuarta consecuencia es administrativa. Incluso en la medida en que la Junta Central Electoral ejerce función administrativa, la conclusión es la misma. La Ley 107-13 obliga a la administración pública a actuar conforme al ordenamiento jurídico, bajo principios de legalidad, racionalidad, motivación y no arbitrariedad.
Las elecciones no son solo un procedimiento. Son un contrato de legitimidad entre instituciones y ciudadanía. Y ese contrato se debilita cuando el acceso a competir deja de regirse por la Constitución y pasa a depender de decisiones selectivas de poder.
No se trata, entonces, de estar a favor o en contra de una modalidad de candidatura. Se trata de algo más elemental: si las reglas constitucionales obligan de verdad a todos. Porque cuando una sentencia del Tribunal Constitucional se vuelve opcional para los órganos del Estado, la Constitución misma empieza a perder su fuerza normativa.
Y cuando la Constitución pierde fuerza normativa, lo que entra en crisis no es un artículo, ni una candidatura, ni una coyuntura electoral. Lo que entra en crisis es la credibilidad del Estado de Derecho.
Porque cuando el poder decide que puede incumplir la Constitución sin consecuencias, la primera víctima no es una candidatura: es la República misma.
