Desde hace un tiempo percibo un proceso social de trivialización de Dios. Las distintas iglesias, al estar en fuerte competencia entre ellas por captar feligreses, luchan por ocupar la mayor cantidad de espacios públicos y privados, físicos o mediáticos, y, por ende, quieren estar presente en todo.
Por su parte, el avance abarcador de las redes sociales ha contribuido también a la trivialización. El carácter masivo de las redes permite que millones de personas se conviertan en promotores cotidianos de fetichismos religiosos. Por las redes envían constantemente muchos mensajes con alegoría a Dios, Jesús, María, o a los santos; anuncian cadenas de oración por distintos propósitos y envían bendiciones.
Las intenciones no son nuevas. En las misas católicas es de costumbre hacer intenciones por diversos motivos. Los velones también acompañan peticiones, y hay un santo o una virgen para distintos propósitos.
En el pasado, esas tradiciones requerían de una acción concreta ritualista, como, por ejemplo, asistir a la misa donde se hace la intención, ir a un santuario a prender un velón y rezar, transportar un santo o una virgen de un hogar a otro, o hacer alguna oración casera. En esos rituales la oración era esencial para la expresión de creencia en lo divino.
En el mundo abreviado de las redes sociales, generalmente no hay tiempo para la oración ni la reflexión; dominan los predicadores en monólogos o la masificación de mensajes religiosos acompañados de imágenes, postalitas que generan un Emoji de Amén en respuesta.
Se entiende perfectamente que las religiones usen los nuevos medios de comunicación para transmitir sus mensajes. La conversión y el reforzamiento de las creencias son fundamentales para su existencia. Su éxito siempre ha radicado en la posibilidad de conquistar millones de seguidores; y eso, sin duda, se facilita con las redes.
De todas maneras, llama la atención que la práctica religiosa en ese espacio parece repetitiva, superficial e irreflexiva; un bombardeo de palabras huecas.
Y es que el valor humano de la práctica religiosa radica en la capacidad de experimentar lo divino desde la misma humanidad porque no conocemos a Dios de manera directa, nunca lo hemos visto, independientemente de que algunas personas clamen milagros y apariciones.
Lo que sí podemos tener los seres humanos es sensación de cercanía con Dios mediante la fe, la oración y la compenetración espiritual.
Los mensajes religiosos que se reparten por doquier en las redes sociales no logran ese objetivo. Son fetiches que no resisten siquiera el recuerdo, más allá de que su constante reenvío genera en muchas personas la sensación espuria de cercanía con Dios, de una adoración, que se esfuma rápidamente en el continuo bombardeo cibernético.
En la República Dominicana, la ciber experiencia religiosa se ha acompañado de ese otro fenómeno con que se inició este artículo: la celebración de misas o invocaciones para muchos eventos que no lo ameritan, como el primer aniversario de una ley de inversión público-privada que poco tiene que ver con Dios o lo divino.
Si el Dios de la justicia nos hablara directamente, probablemente nos diría que es una blasfemia invocar su nombre para aventuras capitalistas como las llamadas alianzas de inversión público-privadas. A Dios lo que es de Dios y al César lo que es del César

El fin de semana pasado leí en el periódico que celebraron una misa por el primer aniversario de la promulgación de la Ley 47-20 de Inversiones Público-Privadas. Quedé estupefacta pensando: ¿qué tiene que ver Dios con esa alianza de inversión?
Una nación no se empobrece solamente cuando le roban dinero. Se empobrece cuando el robo se normaliza, cuando la impunidad se administra, cuando la persecución de la corrupción se percibe como selectiva y cuando la justicia se convierte en espectáculo para entretener la indignación, pero no para devolverle al pueblo lo que le quitaron.
La proclamación de la Constitución del 26 de enero de 2010 supuso una ruptura paradigmática en el ordenamiento jurídico de la República Dominicana, al transicional formalmente desde un Estado clásico de derecho hacia un Estado Social y Democrático de Derecho. Esta transformación situó a la dignidad humana en la cúspide axiológica del sistema, definiéndola en su artículo 5 como el fundamento ético y ontológico de la República, y reforzándola en el artículo 38 como un valor sagrado, innato e inviolable.
El Estatuto de Roma dispone lo que debe realizarse luego del cumplimiento de la condena, según las limitaciones sobre el enjuiciamiento o el castigo de otros delitos. El Estatuto prevé sobre la transferencia de la persona que no sea un nacional de Estado que ejecuta, extradita o entrega al Estado que lo solicite.