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Opinión

La vida de las mujeres, señores legisladores

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Por Rosario Espinal

Permitan el aborto cuando peligre salud de la madre o por violación

ROSARIO-ESPINAL-200x3001111111Las mujeres representan la mitad de la población, pero fueron históricamente excluidas del acceso a la educación, al mercado laboral, al ingreso personal, y a la participación activa en la vida pública.

Como resultado, las mujeres se constituyeron en objetos, cuyo hábitat era el doméstico, subordinadas a los dictados de los hombres y a los dogmas que históricamente han sustentado el sistema de dominación patriarcal, tanto en el mundo secular como religioso.

Todas las restricciones educativas, económicas y políticas vinieron acompañadas de otras formas de dominación, siendo una fundamental la obligatoriedad de mantener un embarazo aún en condiciones adversas a la vida de las mujeres.

En los últimos 50 años, uno de los principales cambios que registra la historia de la humanidad es la mayor presencia de las mujeres en los espacios públicos como escuelas, universidades, empresas y el gobierno, a pesar de las resistencias masculinas. Esto ha conllevado cambios importantes a favor de los derechos de las mujeres a una vida digna.

En ese contexto, muchos países democráticos comenzaron desde la década de 1970 a cambiar sus leyes para permitir la interrupción del embarazo en condiciones adversas a la vida de las mujeres.

Las leyes varían en sus niveles de apertura o restricción, pero en general, casi todos los países del mundo democrático contemplan en sus legislaciones la aprobación del aborto en determinadas circunstancias, particularmente, cuando peligra la salud de la madre, o cuando el embarazo es producto de un acto criminal como la violación sexual o el incesto.

De espaldas a esta corriente internacional de derechos humanos de las mujeres, el Congreso Dominicano aprobó una nueva Constitución, promulgada en enero de 2010, que sentó las bases para una prohibición total del aborto, al establecer que la vida comienza en el momento de la concepción.

Ese mismo Congreso se aboca ahora a aprobar un nuevo Código Penal que prohíbe terminantemente todo tipo de aborto y lo sanciona.

Para quienes no están familiarizados con este tema, me permito resumir a continuación dos artículos sobre el aborto en la propuesta de nuevo Código Penal en discusión en el Congreso.

Artículo 89.- El hecho de causar o cooperar con la interrupción del embarazo de una mujer, por medio de alimentos, brebajes, medicamentos, sondeos, tratamientos o de otro modo, aun cuando ésta lo consienta, se sanciona con la pena de dos a tres años de prisión menor. La misma pena se impondrá a la mujer que se provoque un aborto, o que consienta en hacer uso de sustancias que con ese objeto se le indiquen o administren o en someterse a los medios abortivos antes indicados, siempre que el aborto se haya efectuado. Cuando cualquiera de los hechos indicados en este artículo cause al feto una lesión o enfermedad que perjudique de forma grave su normal desarrollo, u origine en el mismo una severa tara física o síquica, se sanciona al autor con las penas de dos a tres años de prisión mayor. Artículo 90.- Los médicos, enfermeras, farmacéuticos y otros profesionales de la medicina, así como las parteras, que, abusando de su profesión u oficio, causen o ayuden a causar el aborto, serán sancionados con la pena de cuatro a diez años de prisión mayor, sin perjuicio de lo establecido en el numeral 3) del artículo 42 de la Constitución. Señores legisladores, modifiquen esos artículos, permitan el aborto cuando peligra la salud de la madre y en caso de violación o incesto como hacen casi todos los países democráticos del mundo. La mayoría de la población dominicana lo apoya. Sean sensatos y demócratas.

Artículo publicado originalmente en el periódico HOY.

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Opinión

Un Llamado a la Transformación Democrática y Social

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Por Isaías Ramos

Nuestro país se encuentra en una encrucijada crucial, donde el futuro de su democracia y la equidad social están en juego. La persistencia de una estructura política y económica que favorece a una élite, en detrimento del bienestar de la mayoría, plantea un desafío formidable que no podemos ignorar. Nuestro país clama por un cambio profundo que redefina los fundamentos de nuestra sociedad y asegure un futuro justo para todos.

La malversación de recursos y el abuso de poder no son simplemente noticias recurrentes; son realidades que coexisten con niveles alarmantes de pobreza y una inseguridad que afecta a la mayoría de nuestros hogares. Esta situación desalentadora requiere más que soluciones temporales y políticas de subsidios mal enfocadas, las cuales solo sirven para posponer lo inevitable.

Es imperativo que el pueblo dominicano tome las riendas de su destino, rechazando ser meros espectadores de un sistema que perpetúa la desigualdad y se nutre de injusticias. La historia nos enseña que las libertades y derechos se conquistan y mantienen a través de una lucha continua y consciente. Nuestro combate no es solo por necesidades económicas, sino por la dignidad y el futuro de nuestra nación.

Debemos aspirar a una transformación radical del modelo político y económico. Las políticas deben enfocarse en crear condiciones de igualdad de oportunidades, promover la inversión en infraestructura agrícola e industrial, así como apoyar decididamente a las micro, pequeñas y medianas empresas: verdaderas locomotoras del crecimiento local.

La implementación de subsidios y exenciones fiscales a sectores económicos privilegiados debe ser eliminada; estos recursos deben redirigirse hacia sectores donde tengan un impacto directo y medible. Es esencial poner fin a la política del derroche y endeudamiento, transfiriendo los recursos necesarios para incrementar la producción nacional.

El llamado es claro: construir un nuevo amanecer; un despertar nacional que eleve los intereses del pueblo por encima del egoísmo mezquino de una élite desconectada. Es momento de redefinir nuestras prioridades asegurándonos de que cada dominicano sea parte activa e informada sobre este cambio. La partidocracia actual ha fallado en atender los problemas estructurales del país; ya es tiempo promover una verdadera transformación.

En el Frente Cívico y Social estamos convencidos de que las candidaturas independientes enriquecen la pluralidad, el debate y las ideas. Trabajar unidos para hacer realidad nuestra Constitución y la visión de la Estrategia Nacional de Desarrollo, con el objetivo de vivir plenamente en un Estado Social y Democrático de Derecho para el 2030. Es nuestro norte, definido incluso por aquellos que hasta ahora lo han ignorado. Es esencial lograr su despertar a la conciencia para que no se conviertan en simples testigos, sino también en participantes activos en esta transformación hacia un Estado que verdaderamente refleje nuestros valores y aspiraciones.

Nuestra Patria tiene el potencial de ser un faro de justicia y equidad en la región. Solo mediante un compromiso renovado y genuino con el cambio, así como con la participación de cada ciudadano, podremos transformar nuestro país en un lugar donde la prosperidad sea compartida y la dignidad de todos sea una realidad palpable.

Este es el momento de unirnos y evitar que nuestra nación caiga en un abismo de miseria y opresión, como ha sucedido en otras naciones vecinas. Es el momento de actuar, despertar y luchar por una República Dominicana que honre su promesa de justicia, igualdad y democracia.

¡Despierta RD!

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Opinión

Impugnación de la competencia  de la Corte Penal Internacional

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Por Rommel Santos Díaz

La Corte Penal Internacional se cerciorará de ser  competente  en todas las causas que le sean sometidas. La CPI podrá determinar de oficio la admisibilidad de una causa de conformidad con el artículo 17 del Estatuto de Roma.

De acuerdo  con el Estatuto de Roma podrán impugnar la admisibilidad de la causa, por uno de los motivos mencionados en el artículo 17, o impugnar la competencia de la Corte Penal Internacional:

  1. a)El acusado o la persona contra la cual se haya dictado una orden de detención o una orden de comparecencia con arreglo al artículo 58;
  2. b)Un Estado que tenga jurisdicción en la causa porque esta investigando o enjuiciando o lo ha hecho antes; o
  3. c)Un Estado  cuya aceptación se requiera de conformidad con el artículo 12.

El Fiscal podrá pedir a la Corte Penal Internacional que se pronuncie sobre una cuestión de competencia o de admisibilidad. En las actuaciones relativas a la competencia o la admisibilidad, podrán presentar asimismo observaciones a la Corte quienes hayan remitido la situación de conformidad con el artículo 13 del Estatuto de Roma y las víctimas

.

La admisibilidad de una causa o la competencia de la CPI sólo podrán ser impugnadas una sola vez por cualquiera de las personas o los Estados a que se hace referencia en el párrafo 2. La impugnación se hará antes del juicio o a su inicio.

En circunstancias excepcionales la Corte Penal Internacional podrá autorizar que la impugnación se haga más de una vez o en una fase ulterior del juicio. Las impugnaciones a la admisibilidad de una causa hechas al inicio del juicio, o posteriormente con la autorización de la Corte, sólo podrán fundarse en el párrafo 1 c) del artículo 17 del Estatuto de Roma.

Antes de la confirmación de los cargos, la impugnación de la admisibilidad de una causa o de la competencia de la CPI será asignada a la Sala de Cuestiones Preliminares. Después de confirmados los cargos, será asignada a la Sala de Primera Instancia. Las decisiones relativas a la competencia  o la admisibilidad podrán ser recurridas ante la Sala de Apelaciones de conformidad con el artículo 82 del Estatuto de Roma.

Hasta antes de que la Corte Penal Internacional se pronuncie, el Fiscal podrá pedirle autorización para:

  1. a)Practicar las indagaciones necesarias de la índole mencionadas en el  párrafo 6 del articulo 18 del Estatuto de Roma;
  2. b)Tomar declaración a un testigo o recibir su testimonio, o completar la recolección y el examen de las pruebas que hubiere iniciado antes de la impugnación; y
  3. c)Impedir, en cooperación con los Estados que corresponda, que eludan la acción de la justicia personas respecto de las cuales el Fiscal haya pedido ya una orden de detención en virtud del artículo 58 del Estatuto de la Corte.

La impugnación no afectará a la validez de ningún acto realizado por el Fiscal, ni de ninguna orden o mandamiento dictado por la CPI, antes de ella.

Si la CPI hubiere declarado inadmisible una causa de conformidad con el artículo 17 del Estatuto de Roma, el Fiscal podrá pedir que se revise esa decisión cuando se haya cerciorado cabalmente de que han aparecido nuevos hechos que invalidan los motivos por los cuales la causa había sido considerada inadmisible de conformidad con dicho artículo.

Finalmente, el Fiscal, si habida cuenta de las cuestiones a que se refiere el artículo 17 del Estatuto de Roma suspende una investigación, podrá pedir que el Estado de que se trate ponga a su disposición información sobre las actuaciones. A petición de ese Estado, dicha información será confidencial. El Fiscal, si decide posteriormente abrir una investigación, notificará su decisión al Estado cuyas actuaciones  hayan dado origen a la suspensión.

Rommelsantosdiaz@gmailcom

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Opinión

Ante un inveterado simulador

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Por Nelson Encarnación

Son muchos los dominicanos que no se reponen del shock que les provocaron las diversas manipulaciones y mentiras vertidas por el expresidente Danilo Medina durante su comparecencia de la semana pasada en un importante medio radial de nuestro país.

Cuando se anunció días antes que el líder del Partido de la Liberación Dominicana aparecería en un medio público, hubo la apreciación generalizada de que aprovecharía el alcance de este para al menos desvestir su alma y bajar al terreno de la humildad para pedir algún tipo de perdón—aun fuese en voz baja—por las muchas culpas que necesitan urgentemente su expiación.

Sin embargo, es evidente que Danilo está convencido de que todas sus actuaciones en el Gobierno estuvieron ajustadas a la decencia más absoluta, cuando la realidad apunta precisamente en otra dirección.

Para él, los expedientes que involucran a familiares y entorno político más estrecho, son simples majaderías urdidas para molestarle, o una manifestación de la llamada judicialización de la política o politización de la justicia, mediante la cual han sido quitados del camino potenciales competidores de la corriente predominante.

Con ese convencimiento resulta improbable que el expresidente se humanice y entienda que admitir los errores hace grandes a las personas, y que, por el contrario, encerrarse en una convicción pueril las reduce.

Hay más de una evidencia que Danilo fue advertido por cercanos acerca del comportamiento depredador de algunos de sus íntimos, pero obvió tomar las medidas aconsejables, para dejar campo abierto a la continuación de los desmanes, muchos de los cuales se han reflejado en los casos que actualmente se ventilan en justicia, y que él los atribuye a “persecución política”.

En el campo de la lucha propiamente política, Medina trata de convencernos de que su laborantismo encaminado a propiciar el escenario para una segunda reelección en 2020 es un espejismo o un invento de sus adversarios.

Eso de que no tenía votos para modificar la Constitución es un ardid y una expresión fehaciente de su condición de simulador, pues todos vivimos aquel trance que mantuvo en vilo a la nación hasta que la administración Trump—en una intromisión inaceptable, eso sí—le apeó del carro reeleccionista que pudo haberse descarrilado hacia una situación de manejo muy complejo.

Danilo podrá decir lo que quiera, pero la historia no se puede borrar.

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Edificio La República: Restauración No. 138, cuarta planta, Santiago, República Dominicana. Teléfono: 809-247-3606. Fax: 809-581-0030.
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