Opinión
Las babas de la justicia (el caso de Marino Zapete)
Published
6 años agoon
Por Andrés L. Mateo
UNO
¿Cómo vino a ser que Marino Zapete terminara siendo un acusado, en un caso en el cual él divulga el resultado de una investigación?
Como si la víctima persiguiera el cuchillo. Como si el ahorcado tuviera que avergonzarse ante el verdugo porque el nudo de la soga en el cuello le sacó una lágrima al expirar. Como si el bestiario político dominicano castigara al que denuncia el crimen y no al criminal.
Uno no hace discursos de deseos sobre la realidad. La hurga, la investiga. ¿Qué esperar de una justicia con un Jean Alain designado para que toda la corrupción gubernamental quede impune? Un Presidente que obstruye la acción de la justicia (Punta Catalina), y cuyo nivel de cinismo sobrepasa lo inimaginable. El lastre de una justicia secuestrada nos hace a todos sospechosos. Cualquiera de nosotros puede ser Marino Zapete. Nadie está al margen de verse ante un tribunal, sin las garantías jurídicas establecidas por la constitución y las leyes. Basta y sobra que el bestiario político se vea afectado para que te arrojen encima toda la basura procesal de una justicia secuestrada.
DOS
¿Cómo entender que un juez rechace las pruebas testimoniales a descargo que le ha presentado un acusado, incluso por anticipado, a través de la secretaria del tribunal, sin siquiera cubrir el simulacro de la indagación? El juez ni siquiera a escuchado las declaraciones de los testigos aportados por Zapete para construir la pertinencia del rechazo o aceptación de las mismas. Nada más parecido al juicio estrambótico y desencuadernado de José K, el personaje inolvidable del absurdo de Frank Kafka en su novela “El proceso”. ¿ Cómo podría defenderse de una acusación un acusado al que el juez le rechaza sus testigos sin oírlos, sin ni siquiera presentarlos a juicio; negándole su derecho a la defensa? ¿Qué mueve a una justicia de la que se espera una investigación frente a una denuncia documentada y termina juzgando al denunciante, protegiendo a los que la investigación señala como indiciados?
TRES
Es el bestiario político actuando sin control. Nos lo podría explicar la lectura del ataque a Mirían Germán. ¿Por qué, si con el control mayoritario de los consejeros se podía mandar para su casa Mirían Germán, se eligió un cerco despiadado e inmoral que empleó los organismos de inteligencia del Estado, la persecución, la escucha telefónica, la invención de cargos inexistentes contra un allegado de la magistrada, la adjudicación de riquezas inconmensurables que se demostró ella no poseía, y hasta la adulteración de un documento oficial de la embajada norteamericana, borrándole la afirmación de que esa persona no tenía causa pendiente? Simplemente, porque más que Mirían Germán el bestiario político que controla la justicia le interesaba combatir, aplastar, el símbolo de independencia que ella representaba. Todos los jueces quedaban notificados, informados, de que cualquier intento de independencia sería aplastado. Ese fue el combate más inmoral y degradado de la justicia corrompida que nos rige. En una justicia verdadera lo que Marino Zapete denuncia se abriría hacia la investigación, en una justicia simulada, con jueces serviles y dóciles al bestiario político, te amenazan con la prisión.
CUATRO
¿Cuándo construiremos los dominicanos una democracia de verdad y sin ladrones?
Esa aspiración pasa por el fortalecimiento de la justicia. A su regreso de un viaje a su país, Mario Vargas Llosa escribió un artículo titulado “Jueces y Presidentes”, justamente porque la justicia peruana ha llevado a los tribunales a cuatro presidentes de ese país por malos manejos de los fondos públicos. Lleno de efluvio positivo y de efusividad escribe: “Vuelvo animado y optimista con la sensación de que, por primera vez en nuestra historia republicana, hay una campaña eficaz y valiente de jueces y fiscales pasa sancionar de veras a los mandatarios y funcionarios deshonestos, que aprovecharon sus cargos para delinquir y enriquecerse”. Lo contrario de lo que ocurre aquí. Quien dirige el organismo persecutor de la justicia , el procurador general de la República, es un miembro del comité central del partido, lo mismo que el Presidente de la Suprema Corte de justicia. Son los mismos que intentaron desacreditar a Mirian Germán para intimidar a todos los jueces. El mismo bestiario político que ahora lleva a los tribunales a quien denuncia, y no investiga a sus conmilitones denunciados.
Por Isaías Ramos
En el artículo anterior, “Cuando trabajar no alcanza”, mostramos lo esencial: en nuestro país hay trabajadores a tiempo completo que, aun cumpliendo con todo, no alcanzan el costo de la canasta básica. Hoy toca cerrar el círculo con una pregunta inevitable: si el Estado asegura que no tiene margen para indexar el ISR ni para acercar los salarios a la canasta, ¿cómo sí lo tiene para blindar exenciones y subsidios que ya rondan el medio billón de pesos al año?
La comparación es contundente: alrededor de RD$19 mil millones para cumplir la indexación —lo mínimo para que la inflación no se coma el salario por la vía del impuesto— frente a más de RD$500 mil millones en gasto tributario y subsidios no focalizados. Esa diferencia no es técnica; es moral. Es un impuesto silencioso al trabajo para sostener privilegios que casi nunca rinden cuentas.
No hablamos de milagros, sino de coherencia constitucional.
Primero derechos; después privilegios.
La indexación es justicia básica; que el salario cubra la canasta es dignidad mínima. Cuando eso no ocurre, todo lo demás se convierte en una transferencia regresiva: recursos públicos arriba y salarios de subsistencia abajo.
Lo vemos en historias como la de Marta, cajera en una tienda que abre seis días a la semana. Gana el salario mínimo del tramo superior y aun así no le alcanza para transporte, alimentos y educación básica de sus hijos. Todos conocemos una Marta. Su caso no es la excepción; es el reflejo de un modelo.
Reconocemos, sin ambigüedades, que ciertos sectores han traído inversión y empleo. Pero en un Estado Social y Democrático de Derecho, la prioridad no se discute: derechos primero, incentivos después. Si un sector recibe exenciones millonarias durante décadas, la contrapartida mínima es un salario mediano por encima de la canasta y una reducción verificable de la informalidad. Y si los beneficios se justifican por su aporte, ese aporte debe comprobarse con datos públicos.
Las preguntas son simples, y las respuestas deberían serlo también:
- ¿Cuál es su salario mediano y qué parte de la canasta cubre?
- ¿Cuál es su aporte fiscal neto, descontadas exenciones y transferencias?
- ¿Qué metas salariales y de formalización han cumplido —auditadas y con plazos—?
Si esas respuestas no existen, la falla no está en quien critica, sino en un modelo que evita mirarse al espejo.
Cuando miramos la región, el panorama se vuelve más claro y más crudo. Llevamos décadas creciendo alrededor de 5 % anual, más del doble del promedio latinoamericano. Sin embargo, datos del Banco Mundial muestran que menos de 2 % de los dominicanos ascendió de grupo de ingreso en una década, frente a un 41 % regional. Es una de las movilidades más bajas de América Latina: un motor económico de alta potencia montado sobre una carrocería social demasiado frágil.
A eso se suma un mercado laboral con alrededor de 55 % de informalidad, superando un promedio regional que ya bordea la mitad. Millones de personas trabajan sin contrato, sin protección y sin capacidad de negociación. Mientras tanto, el salario mínimo formal del sector privado no sectorizado —según el tamaño de la empresa— oscila hoy entre unos RD$16,000 en las microempresas y cerca de RD$28,000 en las grandes, y ni siquiera en su tramo superior alcanza el costo de la canasta familiar nacional, que ronda los RD$47,500, ni la canasta del quintil 1, situada en torno a RD$28,400. La mayoría de los trabajadores informales ni siquiera se acerca a esos montos.
Ahí está el nudo del modelo: un PIB que corre por delante del promedio regional, con salarios más bajos, más informalidad y menor movilidad que casi todos. Ahí es donde la retórica del “milagro” deja de coincidir con lo que millones viven cada día: jornadas largas, ingresos insuficientes y un crecimiento que no se traduce en dignidad.
Y, mientras tanto, la indexación —que solo evita que el impuesto castigue el salario— se presenta como inalcanzable. No lo es. Lo inalcanzable es pretender estabilidad congelando la protección del trabajador mientras se blindan privilegios que nadie revisa con lupa desde hace décadas. Eso no es estabilidad; es un subsidio a la precariedad.
La discusión no es “si hay dinero”, sino de dónde es justo que salga.
¿De quienes ya no pueden más, o de exenciones que llevan medio siglo sin evaluación seria?
¿De la nómina de la clase trabajadora, o de regímenes especiales convertidos en vacas sagradas?
En el Frente Cívico y Social entendemos que la guía es simple y está escrita en la Constitución. El artículo 62 establece, entre otras cosas, que es finalidad esencial del Estado fomentar el empleo digno y remunerado y, en su numeral 9, consagra el derecho a un salario justo y suficiente para vivir con dignidad. No es poesía; es mandato. Si el salario mediano de un sector no cubre la canasta, ese sector no cumple con la dignidad mínima. Y si además recibe exenciones, la obligación de rendir cuentas es aún mayor.
Y porque no hay dignidad sin desarrollo, no olvidemos lo esencial: salario digno es demanda interna, productividad futura y estabilidad social. Con sueldos de miseria no se construye un mercado interno robusto, no se fortalece el capital humano, no hay escalera de movilidad. Lo que se “ahorra” hoy en salarios bajos se paga mañana en menor crecimiento y mayor conflictividad.
En una frase: un país que se respeta no pone el privilegio por encima del salario, ni el incentivo por encima de la dignidad. Cuando la política honra esa jerarquía, la estadística deja de ser consuelo y se convierte en vida vivible.
Despierta RD.
Las escaseces de divisas, alimentos, medicamentos, salarios y servicios públicos, como la electricidad, etc., predominan y se agravan en Cuba, donde no ha estallado una poblada contra el orden socio-político instaurado principalmente por la comprensión ciudadana del inhumano bloqueo económico-financiero y comercial de Estados Unidos y su inspiración en el líder histórico de su Revolución, Fidel Alejandro Castro Ruz. Ese prodigio comprueba el poder de la ideología y la herencia de los sistemas de valores como pilares para mantener el control del Estado.Opinión
La Corte Penal Internacional y los tribunales penales internacionales (2 de 2)
Published
15 horas agoon
diciembre 5, 2025Por Rommel Santos Diaz
La naturaleza sui generis de los tribunales Ad-Hoc los constituye al mismo tiempo como jurisdicciones que tienen un carácter limitado tanto ratione temporis como ratione loci.El Tribunal Penal Internacional para la Ex Yugoslavia solo tiene competencia para juzgar los crímenes cometidos a partir del 1 de enero de 1991 en el territorio de la Ex República Federal Socialista de Yugoslavia mientras que el Tribunal Penal Internacional para Ruanda tiene una competencia temporal aún más restringida dado que sólo puede juzgar los crímenes cometidos durante el año 1994 en el territorio de Ruanda.
Por su parte, la Corte Penal Internacional es un tribunal permanente que tiene una competencia ratione temporis de carácter prospectivo, vale decir, se aplica sólo a los crímenes cometidos luego del 1 de julio del 2002, fecha de la entrada en vigor de su Estatuto. Además, su competencia ratione loci se basa en el principio de territorialidad y no en el principio de jurisdicción universal.
Por otro lado, conviene destacar que la forma de creación de los tribunales penales internacionales determina a su vez el modo como estos tribunales internacionales se relacionan con las jurisdicciones internas.
Así por ejemplo, la Corte Penal Internacional se rige por el principio de complementariedad en relación a la jurisdicción interna de los Estados. Esto tiene particular relevancia en los casos de competencia concurrente con la jurisdicción nacional, dado que la jurisdicción del Tribunal Penal Internacional para la Ex Yugoslavia y del Tribunal Penal Internacional no es complementaria de la jurisdicción nacional, sino que en su lugar se trata de una jurisdicción internacional que tiene primacía sobre las instancias nacionales.
Lo anterior permite que en cualquier estado de un proceso ante un tribunal nacional tanto el Tribunal Penal Internacional para la Ex Yugoslavia y el Tribunal Penal Internacional para Ruanda puedan requerir a los tribunales nacionales la remisión del caso a sus respectivas competencias.
En relación a la existencia de mecanismos de cooperación judicial entre los tribunales penales internacionales, es pertinente subrayar que esta instituciones responden a principios distintos de aquellos que son propios del derecho penal internacional propios del derecho internacional privado y es en esta línea conservadora que ninguno de los estatutos de los tribunales internacionales contiene disposiciones específicas sobre cooperación entre ellos.
Así por ejemplo, el Estatuto de Roma regula las relaciones de cooperación y asistencia judicial sólo entre los Estados Parte y la Corte Penal Internacional y conforme al Artículo 2 de su Estatuto, se prevé en virtud del acuerdo entre la CPI y las Naciones Unidas, relaciones de cooperación con esta organización internacional.
Por tanto, el tratado de Roma no contiene referencias relativas a la forma como la Corte Penal Internacional podría vincularse con otros tribunales del sistema de justicia penal internacional.
Finalmente, tal como se observa en las líneas precedentes no existe un vínculo normativo entre la Corte Penal Internacional y los tribunales Ad-Hoc . No obstante, es innegable que la valiosa y extensa jurisprudencia del Tribunal Penal Internacional para la Ex Yugoslavia y el Tribunal Penal Internacional para Ruanda servirán como referente en el desarrollo del trabajo jurisprudencial de la CPI.
