Conecta con nosotros

Opinión

Las sufragistas dominicanas

Published

on

Por Rosario Espinal

Fueron feministas que recibieron en su momento el rechazo social por atreverse a cuestionar el sistema de exclusión femenina en el derecho al voto.

Mediante el Decreto 132-23 se estableció el 16 de mayo como el Día Nacional de las Sufragistas en la República Dominicana. ¿Qué fueron las sufragistas y por qué honrarlas?

Cuando las sociedades comenzaron a democratizarse establecieron el derecho al voto para elegir los gobernantes. Ese derecho fue otorgado primero a los hombres, que se consideraban con las capacidades necesarias para poder elegir. Las mujeres eran vista como seres inferiores, incapaces de discernir.

Ante esta realidad, grupos de mujeres en distintos países se organizaron para demandar el derecho al voto. En Estados Unidos se obtuvo en 1920 y en el Reino Unido en 1928. En unos pocos países o territorios se logró antes, y en la mayoría después. En Arabia Saudita las mujeres lo lograron apenas en el 2015.

En la República Dominicana, el derecho al sufragio femenino se estableció en 1942, precedido de esfuerzos para lograrlo de un grupo de mujeres.

Se creó la Acción Feminista Dominicana, impulsada por Abigail Mejía, y también otras mujeres de la época asumieron la causa; entre ellas, Petronila Angélica Góméz, Delia Weber, Ercilia Pepín, Celeste Woss, Aida Cartagena Portalatín, Gladys De los Santos y Amanda Nivar.

A su lucha debemos que hoy las mujeres podamos votar en la República Dominicana, y a las precursoras en otros países debemos que muchas mujeres en el mundo puedan hacerlo. ¡Gracias!

Votar es un derecho fundamental de la democracia, aunque mucha gente lo ignore o denigre. Para las mujeres, que han ido históricamente detrás en la obtención de derechos por el sistema patriarcal, el voto debe ser valorado y ejercido con conciencia.

En la República Dominicana, las mujeres votan actualmente en la misma proporción que los hombres; sin embargo, están subrepresentadas en todos los niveles electivos.

Nunca ha habido una mujer presidenta del país. En el Senado solo 12.5% son mujeres y en la Cámara de Diputados solo el 25%. De 158 alcaldes, solo el 12% son mujeres y de los regidores (donde más mujeres hay) sólo el 32%.

En el importante gabinete ministerial, que el presidente de la República nombra a su discreción, solo hay dos mujeres en un total de 23 ministerios. Una representación pírrica.

Sin duda ha habido avance en la representación de las mujeres en las instancias públicas, pero ese avance es solo en relación con que hace apenas 50 años no había prácticamente mujeres en ninguna instancia. En relación con los hombres estamos todavía lejos de alcanzar igualdad de representación, aunque votemos en la misma proporción y supuestamente tengamos los mismos derechos.

Las sufragistas fueron feministas que recibieron en su momento el rechazo social por atreverse a cuestionar el sistema de exclusión femenina en el derecho al voto. Otras feministas en décadas posteriores lucharon contra viento y marea por la integración de las mujeres a la educación, al mercado laboral, a la representación política y a las decisiones reproductivas.

A todas esas mujeres que se atrevieron a ser feministas en condiciones adversas y a luchar por los derechos que hoy tenemos, debemos emular, o por lo menos, expresar nuestra gratitud

Click to comment

Leave a Reply

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

Opinión

Protegen a Abinader y jorocones de estafa en Senasa

Published

on

La Operación Cobra revela una red de estafa en SeNaSa, con 28 arrestos, pero sin implicar a altos funcionarios ni empresas vinculadas a Abinader.

  • En 37 allanamientos en cinco demarcaciones fueron arrestadas 28 personas, principalmente médicos y prestadores.
  • Entre los pocos nombres confirmados figuran Gabriel Ravelo, Steven Rabassa y el “doctor Puriel”.
  • La PGR describió una red que emitía facturas ficticias y cobraba procedimientos no realizados.

Por Narciso Isa Conde

En esta segunda fase de la Operación Cobra, caso SENASA 2.0, en 37 allanamientos realizados en el Distrito Nacional, Santo Domingo, Santiago, La Vega y Cotuí, fueron arrestadas 28 personas, fundamentalmente prestadores de servicios de salud y médicos, ninguna de las altas esferas comprometidas con la estafa.

Gran parte de los nombres de los nuevos detenidos se han mantenido bajo reserva, algo que no se justifica y que de hecho implica protección de imagen de negocios y negociantes mafiosos.

En general, por los datos ofrecidos de las casas allanadas y las familias afectadas, se trata de personas, la mayoría profesionales de la medicina, merecedores/as de sanciones. Pero al parecer toca fundamentalmente a beneficiarios de bajo y mediano nivel.

Entre los pocos nombres confirmados o mencionados por sus abogados figuran el doctor Gabriel Ravelo (subdirector del Hospital Darío Contreras), el médico Steven Rabassa y un especialista identificado como el “doctor Puriel”.

En cuanto a las empresas y entidades corporativas involucradas en la estafa, el Ministerio Público la PGR no ha identificado a nadie y se ha limitado a declarar la existencia de una red de clínicas, centros médicos, cadenas farmacéuticas y empresas de carpeta, dedicadas “a emitir facturas ficticias, activar códigos de Prestadores de Servicios de Salud-PSS) cancelados y cobrar por consultas, cirugías o procedimientos no realizados”.

De la cadena de farmacias GBC (responsable del 40% de los suministros), cómplice y beneficiara en gran escala de esa estafa multimillonarias, no se ha dicho nada; pero si se ha colado lo del apresamiento de dos farmacéuticos no identificados y no se habla de farmacia alguna: una manera de ocultar responsabilidades específicas

Del negocio mafioso con las vacunas, la privatización y las alianzas delictiva estatal privada …NI JI

Todo esto a pesar de que Santiago Hazim es una figura de alto peso político y empresarial, una figura del entorno del presidente Luis Abinader, habiendo coordinado sectores externos de campaña y dirigido el Seguro Nacional de Salud (SeNaSa), desde el inicio de la gestión gubernamental en 2020 hasta su posterior destitución y sometimiento por corrupción administrativa.

Todo esto a pesar de los vínculos políticos del Grupo Estrella y otras empresas con Abinader y el PRM.

Es evidente la ausencia de investigación, a pesar de las responsabilidades incumplidas por Abinader, Raquel Peña, Rincón, Atalá y otros los altos funcionarios del Ministerio, el Servicio Nacional y el Gabinete de Salud y PROMESE, encargados de relacionarse estrechamente y fiscalizar la gestión de la seguridad social estatal y de salud pública; incluso, conociendo detalles de la estafa y de la corrupción privatizadora, la facilitaron y la protegieron.

Además, en los documentos oficiales del Ministerio Público y en las investigaciones de la PEPCA sobre el entramado financiero de SeNaSa, no figuran imputaciones, menciones directas ni vínculos procesales que involucren formalmente al Grupo Read Estrella dentro de la estructura de desfalco al ARS estatal.

Las indagatorias se han circunscrito estrictamente al manejo financiero interno de la aseguradora, los reembolsos administrativos, el uso de fondos de programas especiales (como áreas de atención oncológica) y la red de complicidad con prestadores médicos y farmacéuticas.

Hasta hechos diferentes que lo desmientan, todo indica la PGR ha aprovechado la tardanza en macharle a la SENASA 2.O para hacer una investigación mediatizada, recortada, encartuchada, que posibilita proteger al Presidente Abinader, a altos funcionarios, a entidades corporativas del capital privado y altas instancias políticas.

Continue Reading

Opinión

La privación de la libertad personal

Published

on

Por Rommel Santos Diaz

La libertad personal es un derecho indispensable para el desarrollo del accionar en sociedad de todo ser humano, reconocido de modo expreso en el Derecho Internacional de los Derechos Humanos  y en los textos constitucionales  de los Estados de América Latina y el Caribe. Sin embargo, no se trata de un derecho absoluto, sino que admite restricciones.

Conviene establecer que  los derechos señalados anteriormente sólo pueden llevarse a cabo en estricta observancia de los requisitos que, para tal efecto, se encuentran previstos en las normas internacionales y nacionales.

En  este sentido, la libertad personal es un derecho fundamental  que sólo puede ser restringido en determinados supuestos de hecho, en virtud de una orden expedida por la autoridad competente ( excepto en el caso  de flagrante delito) y durante los plazos previstos en las normas constitucionales o legales.

La obligación de cumplir con estas condiciones se encuentra prevista tanto en los instrumentos internacionales  como los textos constitucionales de los países de la región, los cuales se complementan  mutuamente.  Al respecto el , el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos  ( Art. 9, numeral 1) establece  que ¨Nadie podrá  ser privado de su libertad, salvo por las causas fijadas por ley y con arreglo al procedimiento establecido en esta¨.

Por su parte, la Convención Americana sobre Derechos Humanos ( Art. 7, numeral 2) señala que ¨ Nadie puede ser privado de su libertad física, salvo por las causas y en las condiciones fijadas  de antemano por las Constituciones  Políticas de los Estados Parte o por las leyes dictadas conforme a ellas¨.

La ratificación del Estatuto de Roma por parte de un Estado implica reconocer y aceptar la posibilidad de que la Corte Penal Internacional expida una orden privativa de libertad contra una persona que se encuentra en su territorio. Esta orden de privación de la libertad puede darse bajo las siguientes situaciones:

  1. a) Orden de detención para la investigación de uno de los crímenes internacionales de competencia de la Corte Penal Internacional o;
  2. b) Sanción privativa de la libertad por la responsabilidad en la comisión de un crimen internacional previsto por el Estatuto de Roma.

Disposiciones similares se encuentran previstas en el texto de la constitución dominicana como  fundamento del  Estado  Social y Democrático de Derecho.

Rommelsantosdiaz@gmail.com

Continue Reading

Opinión

La cuenta que falta en el turismo dominicano: cuánto pone el Estado y cuánto recibe

Published

on

Por Isaias Ramos

República Dominicana celebra sus récords turísticos contando visitantes. En 2025 fueron 11.7 millones, incluidos 2.8 millones de cruceristas.

Es un logro importante. Pero un país no puede medir el éxito de su turismo únicamente contando cuántas personas llegan. También tiene que contar cuánto pone, cuánto arriesga y cuánto queda cuando esas personas se van.

Esa es la cuenta que falta.

¿Cuánto obtiene República Dominicana por cada peso público que hace posible ese turismo?

Porque el turismo no llega solo.

Detrás de un hotel, un aeropuerto o una terminal de cruceros existen carreteras, agua potable, saneamiento, electricidad, seguridad, promoción internacional, terrenos, puertos e infraestructura financiada o habilitada por el Estado.

También existen incentivos. Para 2025, el gasto tributario estimado específicamente para el turismo fue de RD$12,092.3 millones: recursos que el Estado decidió no recaudar para estimular el sector.

Eso puede ser una excelente inversión. Un peso público que genera empleos, empresas, divisas e impuestos puede regresar multiplicado.

Pero precisamente por eso hay que medirlo.

El problema no es invertir. El problema es que el país ponga recursos, patrimonio e incentivos sin poder ver claramente la cuenta del retorno.

Cada peso de recursos públicos destinado a incentivos o infraestructura tiene un costo de oportunidad frente a escuelas, hospitales, seguridad, agua y otros servicios. Detrás de esas cifras no hay dinero abstracto: hay recursos que pertenecen a una sociedad que tiene derecho a exigir resultados.

Un crucerista cuenta como uno. Su impacto no.

En 2025, 2.8 millones de los visitantes contabilizados fueron pasajeros de cruceros.

El tarifario general de APORDOM establece para buques turísticos un cargo de US$1.50 por pasajero, además de otros servicios aplicables y sujeto a las excepciones contractuales correspondientes.

Un millón de pasajeros representarían US$1.5 millones solamente por ese cargo básico, si resulta aplicable.

Pero contar al pasajero no nos dice cuánto recibió finalmente el Estado, cuánto capturó el operador ni cuánto dinero llegó al taxista, al restaurante, al artesano o al pequeño comerciante de la comunidad.

Ahí está la diferencia entre movimiento económico y desarrollo.

Un dólar gastado dentro de una terminal cuenta como gasto turístico. Pero si circula dentro de negocios vinculados al mismo operador y apenas toca la economía circundante, su efecto sobre la comunidad es distinto.

Por eso necesitamos separar cuatro cosas:

actividad económica, beneficio empresarial, recaudación fiscal y riqueza que permanece en el territorio.

Cabo Rojo: donde la pregunta deja de ser teórica

Port Cabo Rojo permite verlo.

El Estado aportó un puerto preexistente y concedió derechos para transformarlo y explotarlo. Al mismo tiempo desarrolla infraestructura pública alrededor del destino.

La Memoria Institucional 2022 de Banreservas cifró entonces el proyecto en aproximadamente US$78.3 millones y el financiamiento aprobado por el banco en US$37 millones.

Casi el 47% del monto que aquella memoria atribuía al proyecto.

Posteriormente se comenzó a hablar de una inversión cercana a US$98 millones.

Pero US$98 millones de inversión anunciada no significan US$98 millones puestos por los accionistas de ITM.

La información pública localizada no permite establecer cuánto fue capital propio, cuánto otra deuda, cuánto financiamiento relacionado ni cuánto del monto anunciado ha sido efectivamente ejecutado.

Y entonces aparece una pregunta que el país merece poder contestar:

¿Qué garantiza los US$37 millones de Banreservas?

Que Banreservas sea estatal no convierte un préstamo comercial en gasto público. Si ITM responde por esa deuda, paga intereses y existen garantías suficientes, estamos ante financiamiento privado.

Pero no hemos localizado públicamente el contrato crediticio ni sus garantías.

¿Responden activos privados de ITM? ¿Garantías corporativas? ¿Los flujos del puerto? ¿La infraestructura construida?

¿O forman parte directa o indirectamente de las garantías derechos económicos derivados de la concesión otorgada por el propio Estado?

No podemos afirmar que la concesión sea la garantía.

Pero tampoco deberíamos tener que adivinarlo.

Cuando un banco estatal financia un negocio privado desarrollado sobre derechos concedidos por el Estado, saber quién asume el riesgo y con qué patrimonio responde no debería ser un privilegio de quienes firmaron el contrato.

El turismo que necesitamos

La solución no es menos turismo ni menos inversión privada.

Es un Estado que sepa cuánto entrega, cuánto arriesga y cuánto recibe.

Toda gran concesión turística debería publicar anualmente una Cuenta de Retorno Público:

capital privado realmente invertido; deuda y garantías; activos públicos utilizados; exenciones recibidas; cánones e impuestos pagados; empleos y salarios; compras a proveedores dominicanos; inversión pública asociada y dinero que efectivamente permanece en las comunidades.

Así podremos distinguir entre inversión anunciada y capital realmente arriesgado.

Entre visitantes y valor.

Entre crecimiento y desarrollo.

República Dominicana necesita hoteles, puertos, cruceros, capital y empresarios. Pero los necesita dentro de un modelo donde el patrimonio público produzca también prosperidad pública.

Si República Dominicana pone el patrimonio y parte del riesgo, pero no puede medir cuánto de la riqueza creada regresa a su gente, eso no es todavía desarrollo: es una cuenta nacional pendiente.

Continue Reading

Edificio La República: Restauración No. 138, cuarta planta, Santiago, República Dominicana. Teléfono: 809-247-3606. Fax: 809-581-0030.
www.larepublicaonline.com  / Email: periodico@larepublicaonline.com
Copyright © 2021 Blue National Group