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Los brazaletes electrónicos, medida de coerción menos utilizada por los jueces

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La Oficina de Atención Permanente del Poder Judicial emitió 26,829 medidas de coerción en la que 11,388 correspondieron a prisión preventiva.

4 mujeres viven ahora en una casa, ya que sus familiares fueron agarrados por Migracion. Aqui podemos ver los brazaletes que les pusieron en los tobillos con el ccual las mantienen bajo control. FOTO MARIA FLEISCHMANN

SANTO DOMINGO, República Dominicana.- A pesar de que desde el año 2014 fue aprobada por el Consejo del Poder Judicial la colocación de los brazaletes electrónicos no fue hasta enero del año 2016 que comenzaron a utilizarse, calculando hasta la fecha solo 30 personas en la provincia Santo Domingo.

Mientras que la primera semana de noviembre de 2017 se colocó el primer brazalete electrónico fuera de Santo Domingo, exactamente en Puerto Plata. Se trata de Timur Aslanov Arslanova de nacionalidad rusa con ciudadanía dominicana.

La medida de coerción correspondiente a la colocación de los localizadores electrónicos sería una disposición que descongestionaría las cárceles del país, pero los jueces de la Instrucción la toman en cuenta muy poco según se colige de las estadísticas del Poder Judicial.

Según las referidas estadísticas, la Oficina de Atención Permanente del Poder Judicial emitió 26,829 medidas de coerción en la que 11,388 correspondieron a prisión preventiva; a pesar de que ciertamente, se trata de la última de las que deberían acoger los jueces, si se quiere descongestionar las cárceles del país.

El procedimiento que se utiliza con los servicios de la compañía MonitoReos Dominicana, que regentea Fénix Global Technologies, busca evitar que el acusado vaya a la cárcel mientras espera el juicio preliminar y de fondo en el caso de cualquier comisión delictiva.

Estas medidas de coerción han sido implementadas desde que el Consejo del Ministerio Público otorgó autorización mediante la resolución emitida en el acta número 0001 del 22 de enero del año 2016.

Previo a esta resolución el Consejo Superior del Ministerio Público aprobó el reglamento para el uso y habilitación de las prestadoras del servicio de los localizadores electrónicos, cuya acta número 005 fue firmada el 29 de abril del año 2014.

Chey Rodríguez, representante de Fénix Global Technologies, explicó que los localizadores electrónicos conocidos en el país como “brazaletes o grilletes electrónicos” usualmente se utilizan en la pierna o tobillo.

“Es un brazalete que usualmente se utiliza en la pierna en el área del tobillo. El brazalete es un dispositivo que lleva tecnologías de rastreo. El nuestro que lleva el nombre de fennixSHACKLES – HyBrid 2.5 es de manufactura exclusiva nuestra. El cuál es el único en la industria de que cuenta con dos sistemas satelitales: el primero GPS del Departamento de Defensa de EEUU y el segundo GLONASS del Departamento Aeroespacial de Rusia”, detalló Rodríguez.

Dijo que el dispositivo cuenta con tecnologías alternas de rastreo como LBS (un sistema de almacenamiento de datos cuando no existe señal GPRS), y cuenta con A-GPS que es un sistema de triangulación satelital usando las torres de señal GPRS. También se ejecuta con Radio Frecuencia, la cual se utiliza cuando el beneficiario entra a su casa.

“Estás tecnologías funcionan con una batería de larga 28 horas con una sola carga. El dispositivo cuenta con algunos 12 sensores para medir rupturas y el estado del dispositivo incluyendo la aproximación de la masa corporal del beneficiario. El dispositivo cuenta con una correa de seguridad que cuenta con fibra óptica y 2 líneas de metal, siendo manufacturado con materiales 100% hipo alergénicos”, afirmó el representante de Fénix Global Technologies.

De acuerdo con la resolución del Consejo Superior del Ministerio Público toda la inversión que se haga con relación a los localizadores electrónicos debe ser del sector privado y que la empresa deberá constar con casos de éxitos, al igual que ser propietarios de su tecnología.

Asimismo, destacó que requiere unas inversiones y privatización de las operaciones del programa a una empresa con vasta experiencia. “El despliegue del proyecto es a nivel nacional”.

Resaltó que el hecho de que un hombre acusado de la comisión de delitos de uso de documentos falsos y a quien el juez presidente de los juzgados de Instrucción, José Alejandro Vargas, había impuesto la colocación de brazaletes electrónicos como medida de coerción, salió de la zona de control por lo que fue apresado por las autoridades policiales tras ser advertido por el Ministerio Público y la empresa de monitoreo de los dispositivos.

La empresa Fenix Global Technologies advirtió al Ministerio Público de la violación del perímetro del imputado quien había violado “las verjas virtuales”, establecidas en la referida medida y que le permitían estar en el programa de uso de estos localizadores electrónicos a fin de no privarse de su libertad.

Asimismo el banquero Aquiles Hernández, del antiguo Banco Providencial, fue apresado luego de que éste se había retrasado en el pago de la cuota establecida por la compañía MonitoReos Dominicana para la colocación de su brazalete electrónico, ya que es el beneficiario a quien le corresponde.

Según los datos estadísticos del Poder Judicial, la imposición de prisión preventiva como coerción representó el 42% de las decisiones tomadas por las Oficinas de Atención Permanente.

Destacó que la provincia de Santo Domingo fue la jurisdicción en la que más se impuso la prisión preventiva como coerción con un total de 2,648 casos; seguido por la Oficina de Atención Permanente del Distrito Nacional, donde se impuso la prisión preventiva en 1,785 casos.

En tercer lugar quedó la provincia de Santiago de los Caballeros con 1,021 casos y La Altagracia con 766 medidas de este tipo.

acento.com.do

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Juez evaluará este miércoles solicitud de Pepca para extender investigación del caso Senasa.

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Santo Domingo, R.D.-Deiby Peguero, juez del Séptimo Juzgado de la Instrucción del Distrito Nacional, fijó para este miércoles el conocimiento de la solicitud de prórroga de cuatro meses presentada por el Ministerio Público para concluir la investigación y depositar la acusación contra el exdirector del Seguro Nacional de Salud (SeNaSa), Santiago Marcelo Hazim, y los demás implicados en el caso Cobra.

La solicitud de prórroga fue depositada por fiscales de la Procuraduría Especializada de Persecución de la Corrupción Administrativa (Pepca), con el propósito de analizar minuciosamente las evidencias recabadas durante allanamiento. Así lo informó recientemente el procurador adjunto, Wilson Camacho.

Camacho indicó que la institución cuenta con un equipo especializado dedicado al estudio del contenido de 16,800 cajas de documentos ocupadas durante los recientes operativos de intervención como parte de la investigación que realiza del caso.

El exdirector de SeNaSa, Santiago Marcelo Hazim, junto a otros imputados, es señalado de conformar una estructura criminal que habría perpetrado un desfalco superior a RD$15 mil millones en perjuicio del Estado dominicano, a través de la entidad pública de salud.

Además de Hazim, figuran como imputados Gustavo Enrique Messina Cruz, Germán Rafael Robles Quiñones, Francisco Iván Minaya Pérez, Rafael Luis Martínez Hazim, Ramón Alan Speakler Mateo, Ada Ledesma Ubiera, Eduardo Read Estrella, Cinty Acosta Sención y Heidi Mariela Pineda Perdomo, quienes cumplen distintas medidas de coerción impuestas en diciembre de 2025.

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Asesino de conductor de camión recolector de basura es apresado en Jamaica.

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Santo Domingo, R.D.-Jhovanny de Jesus Metz Crus, conocido como «Macho», señalado como el principal sospechoso de la muerte del conductor Deivy Carlos Abreu Quezada, quien falleció luego de ser atacado por una turba de motociclistas durante una persecución, fue apresado en Jamaica.

La información fue confirmada a Diario Libre por una fuente de la Procuraduría General de la República (PGR).

De acuerdo con las investigaciones, «Macho» habría sido quien presuntamente propinó varias estocadas a Abreu Quezada durante el ataque ocurrido el pasado 17 de abril en el parqueo del Palacio de Justicia de Santiago, donde la víctima intentó refugiarse tras ser perseguida durante varios kilómetros por un grupo de motociclistas.

En principio, se informó que la persecución se produjo a raíz de un incidente de tránsito.

Posteriormente, trascendió que la agresión habría sido motivada por una presunta deuda económica que el conductor mantenía con sus atacantes.

Visado a JamaicaEn marzo pasado, Jamaica eliminó el requisito de visa para los dominicanos que viajen a ese país por turismo o negocio por un periodo de 180 días.

Mets Cruz también enfrenta un proceso judicial por las heridas de bala ocasionadas en 2023 al sargento de la Policía Nacional Christopher Almánzar García, adscrito a la unidad SWAT.

El imputado no se presentó al juicio de fondo pautado para el miércoles 20 de mayo ante el Cuarto Tribunal Colegiado de Santiago, por lo que la sala ordenó declararlo en rebeldía y activar las consecuencias legales correspondientes.

En ese expediente, Mets Cruz enfrenta acusaciones por intento de homicidio y asociación de malhechores.

El hecho ocurrió el 7 de mayo de 2023 en el sector El Ejido, de Santiago.

Durante el incidente, el sargento Almánzar García sufrió fracturas en el fémur y la rodilla izquierda, mientras que su sobrino, Jeison Willian Almánzar Núñez, resultó herido en la pierna izquierda cuando intentaba auxiliarlo.

Según las informaciones ofrecidas en el tribunal, Mets Cruz cumplía medidas de coerción consistentes en presentación periódica, impedimento de salida del país y orden de alejamiento de las víctimas.

Tras su incomparecencia al juicio, el tribunal dispuso su declaratoria en rebeldía, mientras las autoridades activaron su búsqueda.

Ahora, con su detención en Jamaica, las autoridades dominicanas deberán realizar las gestiones correspondientes para establecer su eventual retorno al país y que responda ante la justicia por los procesos que tiene pendientes.

Formalmente no hay un tratado de extradición entre República Dominicana y Jamaica. El intercambio judicial y la colaboración policial se apoyan en organismos internacionales como Interpol.

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Tribunal Constitucional rechaza amparo contra embargo inmobiliario.

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Santo Domingo, R.D.-Declaro inadmisible el Tribunal Constitucional (TC) por notoria improcedencia, la acción de amparo interpuesta por el empresario Alexander Montilla Sierra, con la que pretendía suspender un proceso de embargo inmobiliario en su contra y obtener la reposición de los plazos procesales de dicho caso.

La Alta Corte, mediante la sentencia TC/0784/26, tomó la decisión al rechazar la acción presentada por el cuñado del expresidente Danilo Medina contra la Procuraduría Especializada de Persecución de la Corrupción Administrativa (PEPCA) y la señora Francisca Elizabeth Castillo de los Santos.

La decisión fue aprobada por la mayoría de los jueces del pleno. Por su parte, el magistrado José Alejandro Vargas se inhibió de participar en la deliberación y el fallo, debido a que intervino en el proceso en su anterior condición de juez del Juzgado de Atención Permanente del Distrito Nacional, cuando conoció una medida de coerción vinculada al caso penal.

El caso se remonta a una investigación de la PEPCA dirigida contra Alexander Montilla Sierra y su hermano Maxy Gerardo, junto a otras personas físicas y jurídicas. Las indagatorias se originaron en una de las líneas de investigación de la Operación Antipulpo, por presuntos actos de corrupción y lavado de activos relacionados con contratos públicos y licitaciones irregulares.

En esas pesquisas, la jueza coordinadora de los Juzgados de la Instrucción del Distrito Nacional, Kenya Romero, autorizó entre diciembre de 2020 y enero de 2021 la inmovilización de fondos y la oposición a transferencias de bienes muebles e inmuebles de los investigados.

Según el expediente, estas medidas dejaron a Alexander Montilla Sierra sin capacidad para disponer de su patrimonio, impidiéndole honrar un pagaré notarial por RD$20,000,000.00 suscrito en 2018 con Francisca Elizabeth Castillo de los Santos.

Ante el incumplimiento de pago, Castillo de los Santos inició en 2021 un proceso de embargo inmobiliario sobre dos propiedades de Montilla Sierra: una unidad en el condominio Terrazas del Mirador II y un apartamento en el condominio Karla I.

Tras un acuerdo de colaboración entre Maxy Montilla y la PEPCA, la Coordinación de los Juzgados de la Instrucción autorizó, mediante auto del 12 de diciembre de 2025, el levantamiento parcial de las oposiciones e inmovilizaciones. La PEPCA tramitó la ejecución de dicha orden ante la Dirección General de Impuestos Internos (DGII) y la Superintendencia de Bancos el 30 de diciembre de 2025.

El 6 de febrero de 2026 antes de tener conocimiento formal del levantamiento, notificado por la DGII el 17 de febrero, Alexander Montilla interpuso una acción de amparo en la que solicitó la publicidad registral de las oposiciones, la suspensión del embargo inmobiliario y la reposición de los plazos procesales.

La Cuarta Sala de la Cámara Civil y Comercial del Distrito Nacional declaró inadmisible dicha acción el 3 de marzo de 2026 (Sentencia núm. 037-2026-SSEN-00109), al considerar que había perdido su objeto tras el levantamiento parcial de las medidas.

Montilla Sierra recurrió el fallo ante el Tribunal Constitucional alegando vulneraciones al debido proceso, la tutela judicial efectiva, el derecho de propiedad, la igualdad de armas y el principio de inviolabilidad de las nulidades constitucionales, entre otros.

El TC coincidió en que la sentencia de primera instancia era errónea, pero por una razón distinta a la planteada por el recurrente: consideró que el juez de amparo no debió declarar la inadmisibilidad por «falta de objeto», sino por «notoria improcedencia». Esto se apoya en su jurisprudencia reiterada, la cual establece que el amparo no puede utilizarse para suspender, modificar o dejar sin efecto decisiones dictadas por otro tribunal en un proceso judicial ordinario en curso.

En consecuencia, el TC revocó la sentencia recurrida y, actuando directamente sobre el fondo de la acción original, concluyó que las pretensiones de Montilla Sierra excedían el ámbito del amparo. De concederlas, el juez constitucional estaría sustituyendo a la jurisdicción ordinaria en la conducción de un proceso iniciado desde el año 2021.

El tribunal señaló que cualquier objeción sobre la falta de publicidad de las oposiciones administrativas debió plantearse oportunamente ante el propio juez del embargo, mediante los mecanismos procesales correspondientes.

Cabe destacar que el Ministerio Público obtuvo la homologación de un acuerdo bajo el criterio de oportunidad, mediante el cual Maxy Gerardo Montilla Sierra y un grupo de sus empresas aceptaron su responsabilidad penal y autorizaron el decomiso de RD$2,000 millones en efectivo a favor del Estado dominicano.

El acuerdo, homologado por el juez Raymundo Mejía del Primer Juzgado de la Instrucción del Distrito Nacional, compromete a Montilla a pagar una indemnización de RD$600 millones a las distribuidoras de electricidad EdeEste, EdeSur y EdeNorte, en resarcimiento por los perjuicios ocasionados.

Asimismo, contempla la disolución en un plazo de dos años de las empresas Transformadores Solomon Dominicana, S.A.S., Electrocable Aluconsa, S.A.S., NSD, Importaciones Diversas, SRL, Distribuidora de Materiales Eléctricos FEE, SRL, Distribuidora Eléctrica Henan Jinshui, SRL, Importadora Eaglerise, SRL, TLC Negocios Globales, SRL, Watmax Lighting, SRL, Herrajes Eléctricos RPC, SRL, y MG Solomon Corporation.

También fija el pago de RD$431,816,307.90 a la Dirección General de Impuestos Internos (DGII) y el decomiso de un terreno de 200.18 metros cuadrados ubicado en la avenida Roberto Pastoriza núm. 2, Ensanche Naco, valorado en RD$50,901,692.13.

Por el caso Antipulpo, el Segundo Tribunal Colegiado del Distrito Nacional condenó a Alexis Medinahermano del expresidente Danilo Medina, a siete años de prisión en el centro penitenciario de Najayo.

La decisión fue recurrida y está pendiente de revisión para el próximo 8 de septiembre en la Primera Sala Penal de la Corte de Apelación del Distrito Nacional. Otros imputados recibieron penas menores y algunos fueron declarados noculpables, entre ellos Magaly Medina.

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