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Los dos depósitos que MP le atribuye a Roberto Rodríguez por 100 millones, no son ciertos, fueron por 500 mil pesos cada uno
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9 años agoon
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LA REDACCIÓNEs decir, los depósitos fueron por 1 millón de pesos, y no por 100 millones como interpretó el Ministerio Público, y dejó constancia en su expediente.

SANTO DOMINGO, República Dominicana.- La Procuraduría General de la República incluyó un dato falso al acusar al exdirector del Instituto Nacional de Aguas Potables y Alcantarillado (INAPA), Roberto Rodríguez, de depositar la suma de 100 millones de pesos en dos operaciones realizadas en una de las más grandes instituciones financieras del país, el Banco Popular, de acuerdo con una certificación emitida por la Superintendencia de Bancos.
El error del expediente de 336 páginas, con que se piden medidas de coerción de 18 meses de cárcel para los imputados, es que ofrece como válidas operaciones financieras que no ocurrieron, ni en los montos y menos en las fechas que hace constar la Procuraduría General de la República.
Se desconoce si el error fue cometido por la Superintendencia de Bancos, al emitir la certificación número 0746, o si fue de la Procuraduría General de la República.
Una fuente de entero crédito reportó a este diario que Roberto Rodríguez, ex director de INAPA, nunca realizó transacciones financieras de más de un millón de pesos. El expediente de la Procuraduría General de la República dice lo siguiente,resumido en una nota periodística de este diario el pasado jueves 1 de junio:
Roberto Rodríguez depositó en un banco 100 millones de pesos, en dos cuentas abiertas como certificados de inversión. La Superintendencia de Bancos ofreció la certificación de los depósitos realizados en el año 2006. Ese dinero no fue incluido en la Declaración Jurada de Bienes del funcionario al momento de salir del cargo.
Sin embargo, de acuerdo con los datos recibidos por este diario, que podrán ser comprobados por la Superintendencia de Bancos, los dos depósitos se realizaron en la sucursal de Nagua del Banco Popular, los días 21 y 24 de abril del 2006, no 21 y 22 de abril del 2006, por la suma de 500 mil pesos pesos cada uno. Es decir, los depósitos fueron por 1 millón de pesos, y no por 100 millones como interpretó el Ministerio Público, y dejó constancia en su expediente.
Estas informaciones deberán ser comprobadas por las autoridades del Ministerio Público, y corregirlas, en caso de que tengan interés en que el proceso que han iniciado se sostenga.
Acento hizo intentos por comunicarse con la Superintendencia de Bancos para comprobar los datos de Juan Roberto Rodríguez Hernández, y si es cierto que en sus operaciones financieras con el Banco Popular nunca ha registrado operaciones por más de 5 millones de pesos, y que en la cuenta de referencia las operaciones realizadas siempre fueron menores al millón de pesos. Sin embargo, siendo fin de semana, la entidad estatal se encuentra sin operaciones administrativas. No obstante, un funcionario del área de comunicaciones dijo que haría esfuerzos para ofrecer una reacción de la dirección de la entidad.
El Banco Popular tampoco responde a este tipo de cuestionamientos, porque está obligado a cumplir las disposiciones relativas al secreto bancario. No cabe duda que los fiscales que elaboraron el expediente pudieron confundir la cifra de 500 mil pesos con 50 millones de pesos, y tal vez esto dio pie a que se produjese el error.
Acento también hizo intentos por recibir una reacción de la Procuraduría General de la República, y recibimos respuesta de la asesora en comunicación del Procurador Jean Alain Rodríguez, Tessie Sánchez Kidd, quien pidió tiempo para comprobar los datos, anotando que si hubo un error pudo ocurrir en la Superintendencia de Bancos y no necesariamente en la Procuraduría General de la República.
Es probable, y parece que así ha ocurrido, que el Banco Popular remitiera nuevamente los datos relacionados con la cuenta número 72735110, a nombre de Juan Roberto Rodríguez Hernández, con los montos reales de las transacciones realizadas el 21 de abril del 2006 y el 24 de abril del 2006, por la suma de 500 mil pesos cada una, y no de 50 millones cada una.
Mientras tanto, esperamos la reacción de la Procuraduría General de la Repúblicay de la Superintendencia de Bancos.
acento.com.do
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Obispos se reunen con Abinader en la 64ª Asamblea Plenaria del Episcopado
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23 horas agoon
julio 3, 2026
Santo Domingo. – La Conferencia del Episcopado Dominicano (CED) en el marco de su 64ª Asamblea Plenaria, recibió este viernes la visita del presidente de la República, Luis Abinader, en un encuentro celebrado en la Casa Arquidiocesana María de la Altagracia, donde se abordaron distintos temas de interés nacional.
Durante su intervención, el mandatario destacó la importancia de mantener un diálogo permanente con la Iglesia católica, señalando que estos espacios permiten conocer de primera mano las necesidades de las diócesis y socializar las medidas adoptadas por el Gobierno.
“Siempre es bueno tener el contacto con los obispos, escuchar las necesidades de sus diócesis y también explicarles los grandes temas nacionales”, expresó.

El jefe de Estado agregó que estos encuentros se han convertido en una práctica habitual de su gestión, como parte de la relación de cooperación con la jerarquía eclesiástica.
El presidente fue recibido por la nueva directiva de la CED para el período 2026-2029, encabezada por el obispo de San Francisco de Macorís, Ramón Alfredo de la Cruz Baldera, quien asumió la presidencia de la institución.

También participaron el arzobispo coadjutor de Santo Domingo, Carlos Tomás Morel Diplán, en calidad de vicepresidente, y el obispo auxiliar de Santo Domingo, José Amable Durán Tineo, como secretario general.
Nacionales
Garantía económica e impedimento de salida a “Onguito Wa”.
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23 horas agoon
julio 3, 2026
Santo Domingo, R.D.-Una garantia economica impone el Tribunal del Distrito Judicial de San Cristóbal de RD$200,000, impedimento de salida del país y presentación periódica al Ministerio Público contra el imputado Elvis Manuel Santos Alcántara (Onguito Wa), acusado de porte ilegal de armas de fuego, tras acoger de forma parcial la solicitud del Ministerio Público.
La decisión judicial se produce luego de que el procesado fuera arrestado en flagrante delito el pasado 21 de junio, cuando agentes de la Policía Nacional realizaban labores de patrullaje en la carretera Sánchez Vieja, en San Cristóbal.
Durante el operativo, el imputado se desplazaba en un vehículo Honda CR-V, color negro, junto a otra persona, y al ser registrado se le ocupó una pistola Glock, calibre 9 mm, con 17 cápsulas, sin documentación legal.

La magistrada Chadalis E. Rosario Melenciano, jueza suplente del Tercer Juzgado de la Instrucción y de la Oficina Judicial de Atención Permanente, ordenó además que el imputado deberá presentarse los días 29 de cada mes durante seis meses ante el Ministerio Público, como parte de las medidas impuestas.
Asimismo, el tribunal dispuso la notificación a la Dirección General de Migración (DGM) para garantizar el impedimento de salida del país, mientras que el Primer Juzgado de la Instrucción de San Cristóbal fue designado como tribunal de control del caso.
El Ministerio Público, representado por las fiscales Belkis Tejeda e Ingris Maribel Guerrero Polanco, había solicitado prisión preventiva por tres meses; sin embargo, el tribunal optó por medidas no privativas de libertad, al considerar parcialmente la solicitud.
El órgano acusador también obtuvo un plazo de seis meses para presentar el requerimiento conclusivo del proceso.
De acuerdo con el expediente, Santos Alcántara ya había sido condenado previamente mediante la Sentencia Penal núm. 523-2025-SSEN-00015 por violaciones a la Ley 63-17 sobre Movilidad, Transporte Terrestre y Seguridad Vial, lo que fue recordado por el Ministerio Público durante la audiencia.
Con esta decisión, el caso sigue bajo investigación judicial mientras el imputado permanece bajo estrictas condiciones de control.
El uso, porte y tenencia ilegal de armas de fuego constituye uno de los delitos más vigilados por las autoridades judiciales y de seguridad en la República Dominicana, debido al impacto que tiene en la criminalidad, la seguridad ciudadana y la violencia urbana.
«En el país, este tipo de infracciones está regulado por la legislación penal vigente y por normativas específicas que establecen los requisitos para la adquisición, registro y porte legal de armas».
- En los últimos años, el Ministerio Público y la Policía Nacional han intensificado los operativos de prevención y persecución del porte ilegal de armas, especialmente en zonas urbanas y carreteras donde se registran mayores incidencias de delitos flagrantes.
- Estos operativos suelen incluir patrullajes, requisas selectivas y controles de vehículos, con el objetivo de reducir la circulación de armas no registradas.
El sistema judicial dominicano contempla medidas de coerción que pueden ser privativas o no privativas de libertad, dependiendo de la gravedad del hecho, los antecedentes del imputado y el riesgo procesal.
Nacionales
Prisión preventiva solicitan para falso odontólogo tras causar graves lesiones en La Vega
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24 horas agoon
julio 3, 2026
Santo Domingo, R.D.-La imposición de prision preventiva como medida de coercion contra un acusado de ejercer la odontología solicitará el Ministerio Público en las próximas horas la imposición contra un hombre acusado de ejercer la odontología sin exequátur en La Vega en un caso de presunto intrusismo profesional que dejó a una paciente con lesiones permanentes en el rostro y daños neurológicos severos.
El imputado, identificado como Franklin José Almánzar Escarramán, de 51 años, habría realizado procedimientos odontológicos de alta complejidad sin la debida autorización legal en el consultorio de su hermano, ubicado en el Centro Médico V Centenario, en la provincia de La Vega.
Su hermano, William Radhamés Almánzar Escarramán, también fue arrestado por su presunta complicidad en los hechos, ambos tras entregarse a las autoridades policiales en cumplimiento de una orden judicial.

De acuerdo con la investigación del Ministerio Público, la víctima acudió el pasado 17 de enero a recibir atención odontológica y fue evaluada en el consultorio de los imputados, donde se le indicó la extracción de cuatro terceros molares mediante un procedimiento quirúrgico.
Según el expediente, durante la intervención, el imputado habría aplicado anestesia y posteriormente realizado maniobras violentas con instrumentos odontológicos, incluyendo golpes en la zona afectada, sin lograr completar la extracción tras varias horas de intento.
La paciente posteriormente presentó dolor intenso, inflamación facial y complicaciones severas, lo que la llevó a buscar atención médica especializada, donde se determinó la existencia de daños permanentes en su salud bucal, incluyendo nervios atrofiados, edema facial, trismo, parestesia mandibular y otras lesiones complejas.
La procuradora de corte de La Vega, Aura Luz García Martínez, explicó que el Ministerio Público procederá a solicitar la medida de coerción garantizando el debido proceso.
“Vamos a presentar la solicitud de medida de coerción ante la autoridad competente, garantizando el debido proceso y los derechos fundamentales de los imputados”, afirmó.
Las autoridades indicaron que el imputado principal ejercía la odontología sin exequátur, según certificación del Ministerio de Salud Pública, lo que constituye una violación a la Ley General de Salud 42-01 y la normativa que regula el ejercicio profesional odontológico.
- El órgano persecutor también sostiene que la actuación de los hermanos Almánzar Escarramán pudo haber tenido consecuencias aún más graves
- Incluso la muerte de la paciente, debido a la naturaleza del procedimiento realizado sin habilitación legal.
El caso ha sido calificado provisionalmente como violación a varios artículos del Código Penal dominicano y de la legislación sanitaria vigente, mientras el tribunal evalúa la solicitud de medida de coerción presentada por el Ministerio Público.
El ejercicio de la odontología y otras profesiones de la salud en la República Dominicana está regulado por un marco legal que exige la obtención de un exequátur y la debida habilitación profesional, con el objetivo de garantizar la seguridad de los pacientes y la calidad de los servicios médicos.
Estas disposiciones forman parte de las políticas sanitarias orientadas a prevenir el intrusismo profesional, una práctica que consiste en ejercer una profesión sin la autorización correspondiente.
