Santo Domingo.- Más de 50 imputados acusados de diferentes delitos, incluyendo violencia de género, se encuentran con brazaletes electrónicos, luego de haberles dictado medida de coerción por parte de un Juez de la Instrucción.Nacionales
Más de 50 imputados ya tienen colocados sus brazaletes electrónicos
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9 años agoon
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LA REDACCIÓNLa colocación de los brazaletes eléctronicos como medida de coerción garantiza que los imputados no se sustraigan al proceso.
Santo Domingo.- Más de 50 imputados acusados de diferentes delitos, incluyendo violencia de género, se encuentran con brazaletes electrónicos, luego de haberles dictado medida de coerción por parte de un Juez de la Instrucción.La colocación de localizadores electrónicos a personas sujetas a esa medida de coerción ha sido implementada desde enero del año 2016 hasta la fecha, por la prestadora de servicios de monitoreo compañía MonitoReos Dominicana de Fénix Global Technologies.
La señal del brazalete colocado a los imputados, que guardan prisión domiciliaria en sus residencias, no se activa hasta tanto estos no violen la verja virtual. “Grilletes Electrónicos” es el nombre que se le ha dado comúnmente en la región del Caribe a los Localizadores o Brazaletes Electrónicos para la industria de Justicia Criminal.
El abogado Renzo Hilario fue el primer imputado en el país a quien le fue colocado el brazalete electrónico. Fue acusado de falsificar una orden de libertad para favorecer a Nelson Cabral Veras, implicado en un fraude cometido en el Banco Peravia, pero luego fue favorecido con un auto de no ha lugar.
La implementación de la medida se produce luego de que el Consejo Superior del Ministerio Público autoriza a la compañía para el uso y habilitación de las prestadoras del servicio de los localizadores electrónicos, mediante resolución del 22 de enero del año 2016.
El empresario Chey Rodríguez, de Fénix Global Technologies, explicó que tan pronto uno de los imputados que tiene instalado el dispositivo sale de la puerta de su residencia, se envía inmediatamente una señal al centro de monitoreo.
Precisó que cuentan con una plataforma tecnológica para el seguimiento y rastreo de los localizadores electrónicos en la que se utiliza tecnología de punta.
“Tan pronto la compañía recibe la alerta roja se comunica con un equipo de la Policía Nacional autorizado para su búsqueda y captura, y seguido sale otro equipo de la empresa de monitoreo, pero no puede ejecutar captura de personas que violen la verja virtual. De hacerlo, estaría violando el sistema de seguridad de la compañía”, argumentó.
De conformidad al Código Procesal Penal en su artículo 226, establece en el acápite 5 que el juez puede imponer como medida “la colocación de localizadores electrónicos, sin que pueda mediar violencia o lesión a la dignidad o integridad física del imputado”.

Juez y juristas opinan
Para el juez coordinador de los juzgados de la Instrucción del Distrito Nacional, José Alejandro Vargas, la colocación de los brazaletes electrónicos, como medida de coerción,
garantiza que los imputados no se sustraigan del proceso.
Vargas, quien además es juez del juzgado de Atención Permanente de esa jurisdicción, entiende también que la medida coercitiva para la colocación de los brazaletes electrónicos debe estar acompañada de otra medida de coerción.
“Si imponemos la colocación de los brazaletes electrónicos necesitamos otra medida de coerción complementaria, por ejemplo, la prisión domiciliaria, o impedimento de salida, o un perímetro específico en el que el imputado debe circular”, explica Vargas.
El porcentaje de presos preventivos en el país sigue en aumento, alcanzan números preocupantes, ya que datos recientes, proporcionados por la Procuraduría General de la República indican que 65% de los internos en las cárceles dominicanas no han recibido condena. Se trata de 5% más de presos preventivos que el año 2016 cuando se reportó 60%.
Ante esa situación los juristas John Garrido y Cándido Simón Polanco entienden útil la utilización de dispositivos electrónicos como los brazaletes, como mecanismo para garantizar la aplicación efectiva de una medida de coerción restrictiva de libertad, como el arresto domiciliario o el impedimento de salida del sector o ciudad donde reside el imputado o imputada.
Botón de Pánico
En el país existe un sistema de prevención para evitar los acercamientos de victimarios a víctimas de violencia en contra de la mujer mediante la utilización de localizadores electrónicos y a pesar de no tener costos para el Estado, se han emitido pocas sentencias por parte de los tribunales del país.
Una de ellas fue dictada en diciembre del año 2016 por el juez Vargas, quien acogió una solicitud de la Unidad de Prevención y Persecución de la Violencia de Género, Intrafamiliar y Delitos Sexuales, de que aplicar una medida de coerción para supervisar víctimas mediante localizadores electrónicos y botón de pánico. Fénix Global Technologies hizo una donación de 120 Localizadores Electrónicos a la Red de Abogados Católicos en el país.

Seguridad. Los brazaletes se utilizan usualmente en la pierna, en el área del tobillo, con una tecnología de rastreo con una batería de larga duración, triangulación satelital y Radio Frecuencia, que se utiliza cuando el beneficiario entra a su casa. La señal. El brazalete electrónico es colocado a los imputados que guardan prisión dominiciliaria y no se activa hasta que no se viole la verja virtual.
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DISPOSITIVO CON TECNOLOCIA DE PUNTA
El dispositivo
Es un brazalete que usualmente se utiliza en la pierna en el área del tobillo, el dispositivo con el nombre de fennixSHACKLES -HyBrid 2.5 utiliza tecnologías de rastreo.
Cuenta con tecnologías alternas de rastreo como LBS (un sistema de almacenamiento de datos cuando no existe señal GPRS); cuenta con A-GPS un sistema de triangulación satelital usando las torres de señal GPRS y por último Radio Frecuencia, la cual se utiliza cuando el beneficiario entra a su casa.
Las tecnologías funcionan con una batería de larga duración (28 horas con una sola carga), el cual cuenta con algunos 12 sensores para medir rupturas, el estado del dispositivo, incluyendo la aproximación de la masa corporal del beneficiario, consta con una correa de seguridad que cuenta con fibra óptica y 2 líneas de metal, manufacturado con materiales 100% hipoalergénicos.
listindiario.com
Nacionales
Juez evaluará este miércoles solicitud de Pepca para extender investigación del caso Senasa.
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3 horas agoon
agosto 18, 2026
Santo Domingo, R.D.-Deiby Peguero, juez del Séptimo Juzgado de la Instrucción del Distrito Nacional, fijó para este miércoles el conocimiento de la solicitud de prórroga de cuatro meses presentada por el Ministerio Público para concluir la investigación y depositar la acusación contra el exdirector del Seguro Nacional de Salud (SeNaSa), Santiago Marcelo Hazim, y los demás implicados en el caso Cobra.
La solicitud de prórroga fue depositada por fiscales de la Procuraduría Especializada de Persecución de la Corrupción Administrativa (Pepca), con el propósito de analizar minuciosamente las evidencias recabadas durante allanamiento. Así lo informó recientemente el procurador adjunto, Wilson Camacho.
Camacho indicó que la institución cuenta con un equipo especializado dedicado al estudio del contenido de 16,800 cajas de documentos ocupadas durante los recientes operativos de intervención como parte de la investigación que realiza del caso.
El exdirector de SeNaSa, Santiago Marcelo Hazim, junto a otros imputados, es señalado de conformar una estructura criminal que habría perpetrado un desfalco superior a RD$15 mil millones en perjuicio del Estado dominicano, a través de la entidad pública de salud.
Además de Hazim, figuran como imputados Gustavo Enrique Messina Cruz, Germán Rafael Robles Quiñones, Francisco Iván Minaya Pérez, Rafael Luis Martínez Hazim, Ramón Alan Speakler Mateo, Ada Ledesma Ubiera, Eduardo Read Estrella, Cinty Acosta Sención y Heidi Mariela Pineda Perdomo, quienes cumplen distintas medidas de coerción impuestas en diciembre de 2025.
Nacionales
Asesino de conductor de camión recolector de basura es apresado en Jamaica.
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3 horas agoon
agosto 18, 2026
Santo Domingo, R.D.-Jhovanny de Jesus Metz Crus, conocido como «Macho», señalado como el principal sospechoso de la muerte del conductor Deivy Carlos Abreu Quezada, quien falleció luego de ser atacado por una turba de motociclistas durante una persecución, fue apresado en Jamaica.
La información fue confirmada a Diario Libre por una fuente de la Procuraduría General de la República (PGR).
De acuerdo con las investigaciones, «Macho» habría sido quien presuntamente propinó varias estocadas a Abreu Quezada durante el ataque ocurrido el pasado 17 de abril en el parqueo del Palacio de Justicia de Santiago, donde la víctima intentó refugiarse tras ser perseguida durante varios kilómetros por un grupo de motociclistas.
En principio, se informó que la persecución se produjo a raíz de un incidente de tránsito.
Posteriormente, trascendió que la agresión habría sido motivada por una presunta deuda económica que el conductor mantenía con sus atacantes.
Visado a JamaicaEn marzo pasado, Jamaica eliminó el requisito de visa para los dominicanos que viajen a ese país por turismo o negocio por un periodo de 180 días.
Mets Cruz también enfrenta un proceso judicial por las heridas de bala ocasionadas en 2023 al sargento de la Policía Nacional Christopher Almánzar García, adscrito a la unidad SWAT.
El imputado no se presentó al juicio de fondo pautado para el miércoles 20 de mayo ante el Cuarto Tribunal Colegiado de Santiago, por lo que la sala ordenó declararlo en rebeldía y activar las consecuencias legales correspondientes.
En ese expediente, Mets Cruz enfrenta acusaciones por intento de homicidio y asociación de malhechores.
El hecho ocurrió el 7 de mayo de 2023 en el sector El Ejido, de Santiago.
Durante el incidente, el sargento Almánzar García sufrió fracturas en el fémur y la rodilla izquierda, mientras que su sobrino, Jeison Willian Almánzar Núñez, resultó herido en la pierna izquierda cuando intentaba auxiliarlo.
Según las informaciones ofrecidas en el tribunal, Mets Cruz cumplía medidas de coerción consistentes en presentación periódica, impedimento de salida del país y orden de alejamiento de las víctimas.
Tras su incomparecencia al juicio, el tribunal dispuso su declaratoria en rebeldía, mientras las autoridades activaron su búsqueda.
Ahora, con su detención en Jamaica, las autoridades dominicanas deberán realizar las gestiones correspondientes para establecer su eventual retorno al país y que responda ante la justicia por los procesos que tiene pendientes.
Formalmente no hay un tratado de extradición entre República Dominicana y Jamaica. El intercambio judicial y la colaboración policial se apoyan en organismos internacionales como Interpol.
Nacionales
Tribunal Constitucional rechaza amparo contra embargo inmobiliario.
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3 horas agoon
agosto 18, 2026
Santo Domingo, R.D.-Declaro inadmisible el Tribunal Constitucional (TC) por notoria improcedencia, la acción de amparo interpuesta por el empresario Alexander Montilla Sierra, con la que pretendía suspender un proceso de embargo inmobiliario en su contra y obtener la reposición de los plazos procesales de dicho caso.
La Alta Corte, mediante la sentencia TC/0784/26, tomó la decisión al rechazar la acción presentada por el cuñado del expresidente Danilo Medina contra la Procuraduría Especializada de Persecución de la Corrupción Administrativa (PEPCA) y la señora Francisca Elizabeth Castillo de los Santos.
La decisión fue aprobada por la mayoría de los jueces del pleno. Por su parte, el magistrado José Alejandro Vargas se inhibió de participar en la deliberación y el fallo, debido a que intervino en el proceso en su anterior condición de juez del Juzgado de Atención Permanente del Distrito Nacional, cuando conoció una medida de coerción vinculada al caso penal.
El caso se remonta a una investigación de la PEPCA dirigida contra Alexander Montilla Sierra y su hermano Maxy Gerardo, junto a otras personas físicas y jurídicas. Las indagatorias se originaron en una de las líneas de investigación de la Operación Antipulpo, por presuntos actos de corrupción y lavado de activos relacionados con contratos públicos y licitaciones irregulares.
En esas pesquisas, la jueza coordinadora de los Juzgados de la Instrucción del Distrito Nacional, Kenya Romero, autorizó entre diciembre de 2020 y enero de 2021 la inmovilización de fondos y la oposición a transferencias de bienes muebles e inmuebles de los investigados.
Según el expediente, estas medidas dejaron a Alexander Montilla Sierra sin capacidad para disponer de su patrimonio, impidiéndole honrar un pagaré notarial por RD$20,000,000.00 suscrito en 2018 con Francisca Elizabeth Castillo de los Santos.
Ante el incumplimiento de pago, Castillo de los Santos inició en 2021 un proceso de embargo inmobiliario sobre dos propiedades de Montilla Sierra: una unidad en el condominio Terrazas del Mirador II y un apartamento en el condominio Karla I.
Tras un acuerdo de colaboración entre Maxy Montilla y la PEPCA, la Coordinación de los Juzgados de la Instrucción autorizó, mediante auto del 12 de diciembre de 2025, el levantamiento parcial de las oposiciones e inmovilizaciones. La PEPCA tramitó la ejecución de dicha orden ante la Dirección General de Impuestos Internos (DGII) y la Superintendencia de Bancos el 30 de diciembre de 2025.
El 6 de febrero de 2026 antes de tener conocimiento formal del levantamiento, notificado por la DGII el 17 de febrero, Alexander Montilla interpuso una acción de amparo en la que solicitó la publicidad registral de las oposiciones, la suspensión del embargo inmobiliario y la reposición de los plazos procesales.
La Cuarta Sala de la Cámara Civil y Comercial del Distrito Nacional declaró inadmisible dicha acción el 3 de marzo de 2026 (Sentencia núm. 037-2026-SSEN-00109), al considerar que había perdido su objeto tras el levantamiento parcial de las medidas.
Montilla Sierra recurrió el fallo ante el Tribunal Constitucional alegando vulneraciones al debido proceso, la tutela judicial efectiva, el derecho de propiedad, la igualdad de armas y el principio de inviolabilidad de las nulidades constitucionales, entre otros.
El TC coincidió en que la sentencia de primera instancia era errónea, pero por una razón distinta a la planteada por el recurrente: consideró que el juez de amparo no debió declarar la inadmisibilidad por «falta de objeto», sino por «notoria improcedencia». Esto se apoya en su jurisprudencia reiterada, la cual establece que el amparo no puede utilizarse para suspender, modificar o dejar sin efecto decisiones dictadas por otro tribunal en un proceso judicial ordinario en curso.
En consecuencia, el TC revocó la sentencia recurrida y, actuando directamente sobre el fondo de la acción original, concluyó que las pretensiones de Montilla Sierra excedían el ámbito del amparo. De concederlas, el juez constitucional estaría sustituyendo a la jurisdicción ordinaria en la conducción de un proceso iniciado desde el año 2021.
El tribunal señaló que cualquier objeción sobre la falta de publicidad de las oposiciones administrativas debió plantearse oportunamente ante el propio juez del embargo, mediante los mecanismos procesales correspondientes.
Cabe destacar que el Ministerio Público obtuvo la homologación de un acuerdo bajo el criterio de oportunidad, mediante el cual Maxy Gerardo Montilla Sierra y un grupo de sus empresas aceptaron su responsabilidad penal y autorizaron el decomiso de RD$2,000 millones en efectivo a favor del Estado dominicano.
El acuerdo, homologado por el juez Raymundo Mejía del Primer Juzgado de la Instrucción del Distrito Nacional, compromete a Montilla a pagar una indemnización de RD$600 millones a las distribuidoras de electricidad EdeEste, EdeSur y EdeNorte, en resarcimiento por los perjuicios ocasionados.
Asimismo, contempla la disolución en un plazo de dos años de las empresas Transformadores Solomon Dominicana, S.A.S., Electrocable Aluconsa, S.A.S., NSD, Importaciones Diversas, SRL, Distribuidora de Materiales Eléctricos FEE, SRL, Distribuidora Eléctrica Henan Jinshui, SRL, Importadora Eaglerise, SRL, TLC Negocios Globales, SRL, Watmax Lighting, SRL, Herrajes Eléctricos RPC, SRL, y MG Solomon Corporation.
También fija el pago de RD$431,816,307.90 a la Dirección General de Impuestos Internos (DGII) y el decomiso de un terreno de 200.18 metros cuadrados ubicado en la avenida Roberto Pastoriza núm. 2, Ensanche Naco, valorado en RD$50,901,692.13.
Por el caso Antipulpo, el Segundo Tribunal Colegiado del Distrito Nacional condenó a Alexis Medina, hermano del expresidente Danilo Medina, a siete años de prisión en el centro penitenciario de Najayo.
La decisión fue recurrida y está pendiente de revisión para el próximo 8 de septiembre en la Primera Sala Penal de la Corte de Apelación del Distrito Nacional. Otros imputados recibieron penas menores y algunos fueron declarados noculpables, entre ellos Magaly Medina.
