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Autoridades fijarían zonas y sectores laborales en los permisos de residencia de extranjeros

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Santo Domingo, R.D.-Las autoridades de la Dirección General de Migración (DGM) informaron este lunes que evalúa incluir en los documentos de residencia la zona geográfica y el sector laboral donde los extranjeros estarán autorizados a trabajar y transitar, cuya disposición  ya está contemplada en la ley sobre la materia, pero que no se aplicó en planes anteriores.

El director de la DGM, vicealmirante Luis Rafael Lee Ballester, se sentó en una entrevista con Listín Diario, donde junto a parte de su equipo directivo pasó revista a las medidas migratorias y a los avances institucionales que se han desarrollado durante su gestión.

La directora de Extranjería de la DGM, Laura Mariñez Espinal, explicó que la medida busca evitar que los beneficiarios del estatus migratorio se desplacen a otros lugares sin autorización.

Mariñez añadió que Migración ha aprendido de esa experiencia y contempla aplicarla cuando se reanude la emisión de visas en los consulados dominicanos.

“Eso es algo que a lo interno de la institución se ha hablado, para que en caso de cuando ya abran los consulados si alguien viene y dice: ‘Yo voy a trabajar en el sector de la construcción o en la agroindustria’, eso se coloca al dorso del documento y se le coloca también la zona geográfica donde está autorizado a trabajar, a transitar también”, dijo.

Advirtió que si un trabajador extranjero se traslada a otra provincia fuera de la zona autorizada, quedará “automáticamente en condición migratoria irregular porque ha violado las condiciones de permanencia en el país”.

La funcionaria precisó además que actualmente en República Dominicana residen unos 186,000 ciudadanos haitianos con estatus migratorio legal, mientras que los venezolanos ocupan el segundo lugar con unos 86,000 documentos emitidos, principalmente durante el plan de normalización aplicado entre 2021 y 2022.

Ese programa permitió otorgar carnés de trabajador temporal o estudiante, incluso a quienes tenían pasaportes vencidos, como respuesta a la crisis migratoria venezolana.

Mariñez detalló que la mayoría de los haitianos legales se concentran en Santo Domingo, Santiago y la región Este, aunque muchos se han desplazado a otras zonas productivas tras obtener su estatus.

Citó el caso de unos 12,000 trabajadores regularizados en el sector bananero de Manzanillo que luego migraron hacia otras regiones.

El director general de Migración, vicealmirante Luis Rafael Lee Ballester, destacó por su parte que la ley dominicana es clara sobre el proceso de permisos de trabajo, que debe partir siempre de una entrada legal al territorio nacional.

“Todo parte a partir de una entrada legal. La ley es clara”, subrayó el funcionario.

Consultado sobre la falta de emisión de visas, Lee Ballester recordó que los consulados dominicanos en Haití permanecen cerrados por razones de seguridad, aunque reiteró que uno de los principales objetivos del gobierno es que ese país recupere la estabilidad y la gobernabilidad.

El titular de Migración también informó que la institución refuerza los requisitos financieros y de verificación de inversiones para las residencias por inversión, rentistas y otros tipos de permisos, a fin de garantizar el cumplimiento del marco legal.

Explicó que se revisan los protocolos de fiscalización para que las empresas notifiquen de inmediato cuando un trabajador extranjero abandone su empleo.

“Estamos analizando los diferentes tipos de documentos que se presentan. Y ahí hemos trabajado fuertemente”, dijo.

Y añadió: “Hemos corregido esos procedimientos y estamos ahora haciendo una evaluación para ver cómo agilizamos la validación de esa documentación, con el uso de inteligencia artificial”.

Casos delictivos y cooperación internacional

El director de Migración, vicealmirante Luis Rafael Lee Ballester, también reveló que la institución detecta diariamente personas que representan un riesgo para la seguridad nacional, incluyendo casos de narcotráfico, lavado de activos, delitos sexuales y crímenes tecnológicos.

“Diariamente tenemos diferentes tipos de casos. Nosotros detectamos personas que constituyen un riesgo para la seguridad y a través de ahí gestionamos ese tipo de controles”, indicó.

Lee Ballester dijo que Migración mantiene una cooperación constante con países como Estados Unidos, Canadá, España, Inglaterra, Colombia, Panamá y diversas islas del Caribe, mediante el intercambio de información en tiempo real para reforzar la seguridad regional.

El director de Control Migratorio, coronel Manuel Antonio Carrasco Guerrero, informó que en lo que va de año la entidad ha registrado 3,742 casos de distintas tipificaciones delictivas, entre ellos deportados desde Estados Unidos por diversos crímenes.

Carrasco destacó el trabajo coordinado con Interpol, la Procuraduría General y los sistemas judiciales nacionales, así como la colaboración con otros países en la detención de personas buscadas internacionalmente.

“Es una dinámica que se da diariamente. No es que se da esporádicamente”, subrayó.

El director de Inteligencia Migratoria, general de brigada piloto Juan Carlos Vicente Pérez, informó que la institución ha sometido 189 casos a la justicia dominicana, principalmente por trata y tráfico de personas, delitos en los que participan tanto extranjeros como dominicanos.

Indicó que muchos de los casos se concentran en la zona fronteriza, donde nacionales dominicanos y haitianos colaboran en el transporte ilegal de personas hacia territorio dominicano.

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Suprema Corte mantiene condena de RD$2 millones contra Jean Alain Rodríguez a favor de Marino Zapete

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La Primera Sala declaró inadmisible el recurso de casación interpuesto por el exprocurador al considerar que no acreditó el interés casacional exigido por la Ley 2-23

SANTO DOMINGO.– La Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia (SCJ) dejó vigente la condena que ordena al exprocurador general de la República Jean Alain Rodríguez Sánchez pagar una indemnización de RD$2 millones al periodista Marino Zapete Corniel, por concepto de daños morales relacionados con la salida del aire de su programa El Jarabe de Zapete.

La decisión fue adoptada por el tribunal presidido por Justiniano Montero Montero e integrado por los magistrados Samuel Arias Arzeno, Édynson Alarcón y Miguelina Ureña Núñez, al declarar inadmisible el recurso de casación presentado por Rodríguez Sánchez.

La Suprema Corte determinó que el recurrente no acreditó la existencia de interés casacional, requisito establecido por la Ley núm. 2-23 sobre Recurso de Casación.

Como consecuencia, permanece vigente la sentencia dictada el 26 de agosto de 2024 por la Tercera Sala Civil y Comercial de la Corte de Apelación del Distrito Nacional, que revocó una decisión de primer grado y estableció la responsabilidad civil del exprocurador.

Condena incluye interés judicial

Además de los RD$2 millones por daños morales, la decisión contempla el pago de un interés judicial de 1.5 % mensual, computado desde la notificación de la sentencia hasta su ejecución total.

La Corte de Apelación había rechazado, sin embargo, la demanda interpuesta contra Maybeth Rodríguez Sánchez, hermana del exprocurador, y determinó que tampoco fueron demostrados los daños materiales reclamados por Zapete.

El origen del conflicto

El litigio tiene su origen en informaciones difundidas por Marino Zapete el 25 de septiembre de 2019, durante una emisión de El Jarabe de Zapete, transmitido entonces por Teleradio América.

El periodista abordó contratos suscritos entre el Ministerio de Obras Públicas y Comunicaciones y Grupo Asimra, SRL, relacionados con el suministro de cemento asfáltico AC-30.

Dos de esos contratos habían sido firmados en 2017 por Maybeth Rodríguez Sánchez en representación de la empresa.

Tras las informaciones divulgadas, Zapete solicitó que las contrataciones fueran investigadas. Maybeth Rodríguez respondió mediante una comunicación en la que negó ser o haber sido suplidora del Estado y posteriormente presentó una acusación penal privada por difamación contra el comunicador, acción de la que desistió en 2020.

Zapete sostuvo en su demanda que Jean Alain Rodríguez ejerció presiones para que se retractara de sus señalamientos y que, ante su negativa, posteriormente se produjo la salida del aire de su programa. El periodista atribuyó a esos hechos los daños reclamados judicialmente.

Demanda fue rechazada inicialmente

En 2022, el tribunal de primera instancia rechazó la demanda al considerar insuficientes las pruebas presentadas.

La decisión fue posteriormente revocada por la Corte de Apelación, que estableció responsabilidad civil a cargo de Jean Alain Rodríguez y fijó en RD$2 millones la indemnización por daños morales.

Rodríguez recurrió la sentencia en casación alegando, entre otros aspectos, violaciones a su derecho de defensa, deficiencias en la motivación y valoración de las pruebas y cuestionamientos relacionados con la participación de una magistrada en la decisión de apelación.

SCJ no encontró acreditado el interés casacional

Al examinar los requisitos de admisibilidad, la Primera Sala concluyó que Rodríguez Sánchez no demostró que la sentencia impugnada contradijera jurisprudencia establecida por esa jurisdicción, que existieran criterios contradictorios entre tribunales sobre el asunto planteado o que fuera necesario establecer doctrina respecto de normas jurídicas inéditas.

Por esas razones, el recurso fue declarado inadmisible, sin que la Suprema Corte modificara la condena impuesta por la Corte de Apelación.

La SCJ también examinó el cuestionamiento relacionado con la magistrada Maritza Elupina Capellán Araujo. Determinó que la jueza había integrado el tribunal durante el conocimiento del proceso y que no fue recusada durante el trámite correspondiente.

Asimismo, estableció que su ausencia como firmante de la sentencia definitiva respondió a un error material, circunstancia que, según la Primera Sala, no afectó la validez de la decisión recurrida.

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Dictan tres meses de prisión preventiva contra acusado por muerte de joven.

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Lenin Jhericop Núñez de León deberá cumplir la medida de coerción en Najayo Hombres; el caso se originó tras una negociación para adquirir un iPhone 15 Pro Max

SANTO DOMINGO.– Un tribunal del Distrito Nacional impuso este miércoles tres meses de prisión preventiva contra Lenin Jhericop Núñez de León, señalado como presunto responsable de la muerte de Emmanuel Contreras Medina, de 23 años, quien fue agredido en medio de una negociación relacionada con la compra de un teléfono celular.

La medida de coerción fue dictada por el juez Rigoberto Sena, quien dispuso que el imputado cumpla la prisión preventiva en el Centro de Corrección y Rehabilitación Najayo Hombres. La audiencia se desarrolló en el Palacio de Justicia de Ciudad Nueva bajo un amplio dispositivo de seguridad.

Una negociación por un iPhone terminó en tragedia

De acuerdo con la solicitud de medida de coerción, el hecho ocurrió el pasado 1 de julio, en los alrededores de un play ubicado en el sector Los Praditos, Distrito Nacional.

El Ministerio Público sostiene que Núñez de León habría perseguido a Contreras Medina y posteriormente lo habría golpeado con un bate en la cabeza y la espalda.

El incidente habría tenido su origen en una confusa negociación para adquirir un iPhone 15 Pro Max, anunciado a través de Facebook Marketplace. Según el expediente, en la operación también intervino un tercer hombre que actualmente se encuentra prófugo.

Las autoridades sostienen, además, que después de la agresión el imputado habría tomado el teléfono celular que Emmanuel tenía entre sus pertenencias mientras permanecía tendido en el pavimento.

Emmanuel permaneció ingresado hasta su fallecimiento

Contreras Medina resultó gravemente herido y permaneció bajo cuidados intensivos hasta que falleció el 9 de septiembre en el Hospital Traumatológico Ney Arias Lora.

La solicitud de medida de coerción fue presentada por los fiscales Vladimir Viloria y Kelvyn Colón Rodríguez. En la audiencia también participaron representantes de la Fiscalía del Distrito Nacional y de la Dirección General de Persecución.

Según los fiscales litigantes, el tribunal consideró suficientes los presupuestos presentados para imponer la prisión preventiva solicitada por el Ministerio Público.

Defensa rechaza responsabilidad del imputado

La defensa cuestionó la medida de coerción. La abogada Dianiris Perderaux sostuvo previamente que en los hechos participaron varias personas y rechazó que su representado fuera responsable de provocar la muerte de Contreras Medina.

Por su parte, Hugo Contreras, padre de Emmanuel, manifestó satisfacción por la decisión judicial y agradeció el respaldo recibido por su familia. También expresó su esperanza de que el proceso continúe hasta esclarecer completamente el caso.

La imposición de prisión preventiva constituye una medida de coerción y no una declaración de culpabilidad. El proceso penal deberá continuar hasta que los tribunales determinen las responsabilidades correspondientes.

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Corte retoma apelaciones del caso Antipulpo; Ministerio Público procura elevar condenas

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Los jueces revisan las decisiones dictadas en primera instancia mientras el órgano acusador busca aumentar las penas y obtener condenas contra imputados que fueron descargados

SANTO DOMINGO, República Dominicana.– La corte continúa este martes el conocimiento de los recursos de apelación relacionados con el caso Antipulpo, proceso mediante el cual condenados, el Ministerio Público y otras partes procuran la revisión de decisiones adoptadas en primera instancia.

Las audiencias se desarrollan los martes, en horario aproximado de 10:00 de la mañana a 4:30 de la tarde, como parte de una fase judicial que deberá determinar si las decisiones recurridas son confirmadas, modificadas o revocadas conforme a los argumentos y pruebas sometidos por las partes.

El Ministerio Público mantiene su pretensión de que sean incrementadas algunas de las condenas impuestas y que se establezca responsabilidad penal respecto de personas que resultaron descargadas en primera instancia.

El órgano persecutor ha sostenido durante el proceso que el entramado investigado habría ocasionado al Estado dominicano un perjuicio económico superior a RD$5,000 millones, planteamiento que corresponde a la tesis de la acusación.

Tribunal retoma audiencia tras aplazamiento

La corte está integrada por los magistrados Doris Pujols Ortiz, Rafael Báez e Indhira Montás Pimentel, quienes tienen a su cargo la revisión de los recursos interpuestos contra la sentencia.

La audiencia anterior fue aplazada a solicitud de la defensa de José Idelfonso Correa, luego de que fuera presentado un certificado médico indicando que se encontraba en recuperación tras una intervención quirúrgica.

Superado ese aplazamiento, el tribunal retoma el conocimiento de los recursos y continuará escuchando los planteamientos de las diferentes partes involucradas.

Ministerio Público mantiene petición de penas mayores

En representación del Ministerio Público participan Wilson Camacho, director general de Persecución; Mirna Ortiz, titular de la Procuraduría Especializada de Persecución de la Corrupción Administrativa (PEPCA), así como los fiscales Ernesto Guzmán Alberto, Elizabeth Paredes y Yoneivy González.

La acusación busca que la jurisdicción de alzada modifique parcialmente las decisiones adoptadas en primera instancia.

Entre sus pretensiones se encuentra conseguir penas superiores para determinados condenados, además de revertir los descargos pronunciados respecto de otros procesados.

Las defensas, por su parte, ejercen los recursos y medios correspondientes para cuestionar aquellos aspectos de la sentencia que consideran desfavorables a sus representados.

Los principales procesados

Entre las personas que recibieron condenas en primera instancia figura Juan Alexis Medina Sánchez, a quien el Ministerio Público ha señalado como principal responsable del entramado investigado.

También fueron condenados Magaly Medina Sánchez; Fernando Rosa, exdirector del Fondo Patrimonial de las Empresas Reformadas (Fonper); Freddy Hidalgo, exministro de Salud Pública; Antonio Germosén Andújar, excontralor general de la República, y Aquiles Alejandro Christopher Sánchez, exfiscalizador de la Oficina de Ingenieros Supervisores de Obras del Estado (OISOE).

La etapa de apelación no constituye un nuevo juicio desde cero, sino una revisión jurisdiccional de los aspectos de la sentencia que han sido impugnados por las partes, conforme a las reglas del proceso penal.

Un proceso que continúa abierto

El denominado caso Antipulpo ha sido uno de los procesos judiciales por presunta corrupción administrativa de mayor dimensión económica presentados en los últimos años en República Dominicana.

Sin embargo, el proceso todavía no ha concluido definitivamente.

La corte deberá ponderar individualmente los argumentos contenidos en los recursos, las respuestas de las demás partes y los fundamentos de la sentencia recurrida antes de adoptar sus decisiones.

Por tanto, será la jurisdicción de apelación la que determine cuáles condenas permanecen, cuáles podrían ser modificadas y qué decisión corresponde respecto de las personas descargadas cuya absolución fue recurrida por el Ministerio Público.

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